CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Oaxaca, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/OAX/004/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/OAX/004/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, SALOMÓN JARA CRUZ; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ DE JESÚS ROMERO LÓPEZ; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, FARID ACEVEDO LÓPEZ; Y POR LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, ANAHÍ MONSERRATT SARMIENTO PÉREZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de la "SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN", por lo que "MUJERES", dará acompañamiento y seguimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 18 de marzo de 2025, suscrito por Anahí Monserratt Sarmiento Pérez en su carácter de Secretaria de las Mujeres del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/OAX/004/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $3,655,988.53 (tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos 53/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/OAX/004/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0142/2025, de fecha 16 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.        "MUJERES" declara que:
I.1.     Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.     La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025, y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o, fracción I, y 5o, fracciones I y XIV y 7o del RISM.
I.3.     Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4.     Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.       El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.    Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM, 1 primer párrafo, 26 y 27 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.    El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Salomón Jara Cruz, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 66 y 79 fracciones XIX y XXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 9, 10 y 15 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
II.3.    El Secretario de Gobierno, José de Jesús Romero López, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3 fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción I y 34 fracción XLVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 8 y 9 fracciones XIV y XLIV del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.    El Secretario de Finanzas, Farid Acevedo López, en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3 fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción XII y 45 fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 1 y 7 fracción VIII del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado.
II.5.    La Secretaria de las Mujeres, y Titular de la Instancia Local Responsable, Anahí Monserratt Sarmiento Pérez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 82 y 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3, fracción I, 15 párrafo primero, 27 fracción XVII y 46-C fracciones VI y VIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 58 fracción XV de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género; 2, 7 y 8 fracciones V y XXII del Reglamento Interno de la Secretaría de la Mujer Oaxaqueña.
II.6.    Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos en numerario para el cumplimiento de su coparticipación establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.    Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Carretera Oaxaca Istmo, Kilometro 11.5, Sin Número, Interior 7, Código Postal 68270, Tlalixtac de Cabrera, Estado de Oaxaca y con Registro Federal de Contribuyentes GEO621201KIA.
III.      "LAS PARTES" declaran que:
III.1.    Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.    Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.    Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.    Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Atención.
III.5.    Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/OAX/004/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en la siguiente Acción de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $3,655,988.53 (tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos 53/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/OAX/004/2025, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/016/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de éstos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral Décimo Tercero de los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca aportará la cantidad de $4,183,079.00 (Cuatro millones ciento ochenta y tres mil setenta y nueve pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.       Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.       Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.       Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.       Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo Tercero de los LINEAMIENTOS.
b.       Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.       Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.       Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.       Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.       Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c.       Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.       Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.       Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.        Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.       Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.       Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.        Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.        Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.       Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.        En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de las Mujeres, por el Titular de la Secretaría de Finanzas y por la Enlace Designada ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.      Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca que para ese efecto se habilite.
n.       Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.       Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 5213
Correo electrónico Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
 
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Yazmin Chávez Ortiz.
Cargo:
Jefa de Departamento de Vinculación para el Acceso a la Justicia de las Mujeres.
Dirección:
Calle de Siracusa, Número 101, Código Postal 71244, Santa Lucía del Camino, Estado de Oaxaca.
Teléfono institucional:
9514540508 Ext. 1009
Correo electrónico Institucional:
secretariadelasmujeres@oaxaca.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de las Mujeres.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública y la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.       Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.       En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Salomón Jara Cruz.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, José de Jesús Romero López.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Farid Acevedo López.- Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable, Anahí Monserratt Sarmiento Pérez.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 de mayo del año 2025, celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Oaxaca
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/OAX/004/2025
 
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Secretaría de las Mujeres
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Secretaría de Finanzas
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
18 de marzo de 2025
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Junio 2025
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
Diciembre 2025
 
B. ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar:
x
1. Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
 
2. Prevención. acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
3. Seguridad. aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
4. Justicia. acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
MONTO SOLICITADO
 
 
$3,655,988.53
Tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil, novecientos ochenta y ocho pesos 53/100 M.N.
 
MONTO COPARTICIPACIÓN
 
 
 
$4,183,079.00
53.36%
Cuatro millones ciento ochenta y tres mil setenta y nueve pesos 00/100 M.N.
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
 
 
$7,839,067.53
Siete millones ochocientos treinta y nueve mil sesenta y siete pesos 53/100 M.N.
 
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
Yazmin Chávez Ortiz
Cargo:
Jefa de Departamento de Vinculación para el Acceso a la Justicia de las Mujeres
Domicilio:
Calle de Siracusa 101 Santa Lucia del Camino, Oaxaca, C.P. 71244
Teléfono Institucional:
9514540508
Extensión
1009
Correo Institucional:
secretariadelasmujeres@oaxaca.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
ACCIÓN COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
ATENCIÓN
A través de este proyecto se dará continuidad a las acciones de coordinación interinstitucional que, desde el ámbito municipal, se han impulsado desde el año 2023 y sostenido durante el 2024, para brindar atención, canalización y seguimiento a mujeres en situación de violencia de género, mediante la instalación de puntos de atención inmediata en los municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género. Así como, para fortalecer las capacidades de las y los síndicos municipales para la emisión de órdenes de protección de carácter administrativo, dirigidas a niñas, adolescentes y mujeres, particularmente, indígenas y afromexicanas que habitan en 30 de los 40 municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género. Cabe mencionar que con este proyecto se coadyuva con la implementación del Programa de Acciones Estratégicas para el Cumplimiento de los Resolutivos y Medidas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género 2024-2025", particularmente con la Primera y Cuarta Medida de Seguridad de la DAVGM.
C.1 JUSTIFICACIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
ATENCIÓN
De acuerdo con datos de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca para el periodo enero-diciembre del 2024, las regiones que presentaron el mayor número de asesinatos de mujeres (homicidios dolosos más feminicidios) fueron las regiones de: Valles Centrales (30), Istmo (23), Costa (22), Sierra Sur (11) y Papaloapan (10). Sobre la Incidencia Estatal de Violencia Feminicida de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, que se presenta en las Mesas Estatales y Regionales de Construcción de Paz, para el periodo enero-diciembre del 2024, se señalan los siguientes delitos: Violencia Familiar (5,694), Lesiones dolosas (1,693) y Violación (677). Estos delitos junto con el Homicidio Doloso (86) y el Feminicidio (20) conforman el continuum de la Violencia Feminicida en el Estado de Oaxaca.
En virtud de la problemática planteada y, en el marco de los trabajos que realiza el Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia de Género contra las Mujeres, para dar seguimiento a la DAVGM, la Secretaría de las Mujeres, presenta este proyecto con la finalidad de brindar asesoría jurídica, acompañamiento para la canalización y seguimiento a mujeres en situación de violencia de género, mediante la instalación de puntos de atención inmediata. Así como, para fortalecer las capacidades de las y los síndicos municipales para la emisión de órdenes de protección de carácter administrativo, como una medida preventiva, dirigidas a niñas, adolescentes y mujeres, particularmente, indígenas y afromexicanas que habitan en 30 de los 40 municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género en el Estado. A través de este proyecto se coadyuva con el cumplimiento de la Primera y Cuarta Medida de Seguridad, orientado por las acciones y metas contenidas en el Programa de Acciones Estratégicas para el Cumplimiento de los Resolutivos y Medidas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género 2024-2025
Brindar asesoría jurídica y acompañamiento para su canalización a mujeres en situación de violencia, que habitan en 30 de los 40 municipios con DAVGM, requiere del trabajo coordinado e interinstitucional entre las autoridades municipales y estatales, encargadas de la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. En esta tarea, la participación de las Presidencias Municipales, las Sindicaturas, las Regidurías de Salud y de Igualdad de Género, entre otras; así como el de las Instancias Municipales de las Mujeres y de las Policías Municipales, tiene un papel crucial, para garantizar la instalación de un punto de atención y para asegurar la coordinación con las dependencias estatales para la canalización efectiva de las mujeres que lo requieran.
De la misma manera, la emisión de las órdenes de protección de carácter administrativo, como una medida preventiva de protección del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, requiere de síndicas y síndicos, con conocimiento de sus atribuciones y capacitados para la emisión de este importante mecanismo previsto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En la Sindicatura Municipal recae la resolución de conflictos entre particulares, el garantizar la paz y el orden, vigilar la aplicación de la ley, así como el resolver y dar seguimiento a cualquier tipo de conflicto dentro de su jurisdicción, como lo es la atención a la violencia contra las mujeres. Así, activar este mecanismo de carácter administrativo a nivel municipal, ha sido un objetivo compartido con el Poder Judicial del Estado de Oaxaca y con la Fiscalía General del Estado de Oaxaca.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE
VIOLENCIA
OBJETIVO
ATENCIÓN
Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
(Medida 1 de seguridad. La creación o fortalecimiento de puntos de atención inmediata a mujeres en situación de violencia que consideren las dinámicas sociales de la población y la distribución de las comunidades. Su funcionamiento deberá contemplar asistencia directa o canalizada, de carácter multidisciplinaria en materia de asistencia jurídica, psicológica y salud y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes. Estos puntos de atención deberán trabajar en coordinación con el número de emergencia nacional 911 para brindar protección inmediata y pertinente en casos de violencia.
Promover la coordinación interinstitucional en el ámbito municipal para brindar atención y /o, canalizar y/o dar seguimiento a mujeres en situación de violencia de género, en especial a mujeres que se auto adscriben indígenas y/o afromexicanas que habitan en 30 de los 40 municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género; así como, promover la emisión de órdenes de protección por las autoridades administrativas municipales, en el marco del cumplimiento del Programa de Acciones Estratégicas para el Cumplimiento de los Resolutivos y Medidas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género 2024-2025"
 
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN

OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Brindar orientación jurídica y/o acompañamiento para su canalización a mujeres víctimas de violencia de género y seguimiento a los casos atendidos en los puntos de coordinación interinstitucional y de atención inmediata instalados en municipios.
A mujeres víctimas de violencia de género:
Se les proporcionará orientación jurídica.
Se les canalizará a otras instituciones que atienden la violencia contra las mujeres, en su caso.
Porcentaje de servicios de orientación jurídica, proporcionados.
Formula: (Servicios de orientación jurídica brindados/ Total de servicios brindados) *100
Porcentaje de servicios de canalización, realizados.
*Formula: (Número de servicios de orientación jurídica, proporcionados/
Número de total de servicios atendidos) *100
Registro de servicios jurídicosy canalizaciones en el BANAVIM.
Informe de Actividades que estará soportado por el registro realizado en BANAVIM y por los registros administrativos a resguardo de la SM.
Cédula de registro de personas atendidas.
Realizar mesas de trabajo, para la emisión y monitoreo de órdenes de protección a mujeres víctimas de violencias.
Realizar 30 mesas de trabajo de coordinación interinstitucional a nivel municipal para la emisión y monitoreo de las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia de género.
Porcentaje de mesas de coordinación interinstitucional a nivel municipal para la emisión y monitoreo de las órdenes de protección a mujeres
Formula: (Número mesas de trabajo para la emisión y monitoreo de las órdenes de protección realizadas/ Número de mesas para la emisión y monitoreo de las órdenes de protección a mujeres, programadas) *100
Programa
Actas de las mesas de trabajo
Lista de Asistencia
Memoria Fotográfica
Fortalecer las capacidades a titulares de sindicaturas y de autoridades municipales, en materia de órdenes de protección, en 30 de los 40 municipios con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres.
Brindar capacitación a titulares de sindicaturas y a autoridades municipales, en materia de órdenes de protección, en 30 de los 40 municipios con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres.
Porcentaje de capacitaciones brindadas capacitación a titulares de sindicaturas y a autoridades municipales en materia de órdenes de protección:
Formula: (Número de capacitaciones brindadas / Número de capacitaciones programadas) *100
Cartas Descriptivas
Lista de Asistencia
Memoria Fotográfica
Pre y Post Test
Realizar acciones de coordinación con las Autoridades municipales para agendar e Instalar puntos atención inmediata a mujeres en situación de violencia de género, en 30 municipios con DAVGM.
Convocar a las autoridades de 30 municipios con DAVGM para la instalación de los puntos de atención inmediata.
 
Porcentaje de puntos de coordinación interinstitucional y de atención inmediata a mujeres en situación de violencia de género, instalados.
Formula: (Número de puntos de atención inmediata instalados/ Número de puntos de atención inmediata programados.) *100
Actas de sesión de Instalación de los puntos atención inmediata a mujeres en situación de violencia.
Memoria Fotográfica
Realizar acciones de solicitud de emisión, monitoreo y seguimiento en órdenes de protección.
Realizar acciones de solicitud de emisión, monitoreo y seguimiento en órdenes de protección.
Porcentaje acciones de solicitud de emisión, monitoreo y seguimiento en órdenes de protección.
Formula: (Número de órdenes de protección con acciones de solicitud, monitoreo o seguimiento realizadas /total de órdenes emitidas) *100
Informe de órdenes de protección
Base de datos de solicitudes de órdenes de protección.
Realizar acciones de seguimiento y monitoreo de los indicadores de resultados.
Realizar acciones de seguimiento y monitoreo de los indicadores de resultados cuantitativos y cualitativos derivadas de la atención.
Porcentaje de acciones de seguimiento y monitoreo realizadas.
Formula: Número de acciones realizadas/total de acciones programadas*100
Informe de actividades
Realizar acciones de sistematización de resultados.
Elaborar informes mensuales recopilando la información cuantitativa y cualitativa derivado de las atenciones brindadas a fin de generar estadísticas que permitan revisar el avance de los indicadores de resultados planteados.
Porcentaje de informes sistematizados elaborados.
Formula: (Número de informes elaborados/ Total de informes programados)*100
Informe de actividades
Apoyo en la coordinación del proyecto y apoyo para las acciones de sistematización
Realizar acciones de Sistematización de los resultados.
Porcentaje de acciones de Sistematización de los resultados.
Formula: (Acciones apoyadas / Total de acciones previstas) × 100
Informe de actividades
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
ATENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Brindar orientación jurídica a mujeres víctimas de violencia de género y seguimiento a los casos atendidos.
2
Brindar acompañamiento para la canalización a mujeres víctimas de violencia de género y seguimiento a los casos atendidos.
3
Realizar 30 mesas de trabajo de coordinación interinstitucional a nivel municipal y su seguimiento para la emisión y monitoreo de las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia de género.
4
Brindar capacitación a titulares de sindicaturas y a autoridades municipales, en materia de órdenes de protección, en 30 de los 40 municipios con declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres
5
Realizar acciones de coordinación en las solicitudes de emisión, monitoreo y seguimiento en órdenes de protección.
6
Realizar acciones de sistematización de resultados.
7
Realizar acciones de coordinación
8
Apoyo en la coordinación del proyecto y apoyo en las acciones de sistematización
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS)
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS)
Mujer-Hombre
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
Mujer-Hombre
ADULTAS (OS) MAYORES
 
INDÍGENAS
Mujer-Hombre
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
Mujer-Hombre
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
 
MADRES JEFAS DE FAMILIA
Mujer
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
Mujer
VÍCTIMAS INDIRECTAS
Mujer-Hombre
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
OTRAS
 
 
GRUPO ETARIO
MUJERES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
x
x
x
x
x
x
HOMBRES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
x
x
x
x
x
x
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
ASUNCIÓN NOCHIXTLÁN, SANTO DOMINGO TEPUXTEPEC , HEROICA CIUDAD DE HUAJUAPAN DE LEÓN, IXTLÁN DE JUÁREZ, HEROICA CIUDAD DE TLAXIACO , SAN AGUSTÍN LOXICHA, SAN JUAN MIXTEPEC, SAN PEDRO MIXTEPEC, SANTA MARÍA APAZCO, SANTA MARÍA YUCUHITI, SANTA MARÍA HUATULCO, SALINA CRUZ, SANTIAGO JAMILTEPEC, TEOTITLÁN DE FLORES MAGÓN, SANTIAGO PINOTEPA NACIONAL, HEROICA CIUDAD DE JUCHITÁN DE ZARAGOZA, SANTO DOMINGO DE MORELOS, VILLA DE TUTUTEPEC DE MELCHOR OCAMPO, SAN LORENZO CACAOTEPEC, SANTO DOMINGO TEHUANTEPEC, SAN ANTONIO DE LA CAL, MATÍAS ROMERO AVENDAÑO, SAN BARTOLO COYOTEPEC, MIAHUATLÁN DE PORFIRIO DÍAZ, PUTLA VILLA DE GUERRERO, TLACOLULA DE MATAMOROS, VILLA DE ZAACHILA, SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, ZIMATLÁN DE ÁLVAREZ, CANDELARIA LOXICHA.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
#
ACTORES
ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JURÍDICO Y/O
MECANISMO DE COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
IMM y municipios con DAVGM
Elaboración de acta de instalación del consejo.
Elaboración de acta de instalación del punto de atención.
Registro de órdenes de protección.
-Mediante la instalación del consejo municipal para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género contra las mujeres.
-Mediante la asignación de un espacio para la instalación del punto de atención.
-Mediante la coordinación permanente de la titular de la IMM está en coordinación con la abogada del punto de atención para la canalización de las mujeres que lo requieran.
-Con la colaboración en ruta de atención interinstitucional para la atención de casos de mujeres, adolescentes y niñas en situación de violencia de género.
-Con la coordinación y asistencia a mesas de trabajo para la elaboración de una ruta para la emisión y monitoreo de las órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia.
-Mediante la emisión de las órdenes de protección de las autoridades administrativas
2
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Se realizará una minuta de acuerdo para la colaboración entre autoridades municipales y dependencias locales de la secretaría de seguridad y protección ciudanía.
-Ruta para el seguimiento monitoreo de las órdenes de protección.
-Salvaguardar la integridad física de las mujeres, hijas e hijos en situación de violencia y su canalización
-Difusión del número 9-1-1 y capacitación.
3
Fiscalía General del Estado
Se realizará una minuta de acuerdo de colaboración entre autoridades municipales y dependencias locales de la fiscalía general del estado de Oaxaca.
- agilizar los procesos para el acceso a la justicia de las mujeres de manera pronta y expedita como lo establece la ley.
-coordinación en las acciones que se promuevan por parte de la fiscalía general del estado de Oaxaca.
-seguimiento órdenes de protección a mujeres, adolescentes y niñas en situación de violencia.
4
Poder Judicial del Estado
Se realizará una minuta de acuerdo de colaboración entre autoridades municipales y dependencias locales del poder judicial del estado
Juzgar con perspectiva de género
Suspender temporalmente los derechos del agresor.
Retener o guardar armas del agresor.
Poner a resguardo los bienes de las victimas.
Dirigir al agresor a centro de reeducación.
Emisión de órdenes de protección.
5
Departamento de Vinculación para el Acceso a la Justicia de las Mujeres de la Secretaría de las Mujeres
- Se elaborarán informes cuantitativos de acciones a realizar.
- Se integrarán expedientes de las mujeres, adolescentes y niñas en situación de violencia de género.
Coordinar las acciones para el logro de las metas.
Vinculación interinstitucional con las instancias municipales, sindicaturas municipales e instituciones del Sistema Estatal PASEVMG.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Resistencia al cambio y falta de voluntad política por parte de
autoridades municipales que se rigen tanto por sistemas normativos
indígenas, como por partidos políticos
Propiciar reuniones de alto nivel con las autoridades encargadas
de dar seguimiento a los procesos de vinculación y
administrativos en el orden municipal, así como, impulsar
procesos de sensibilización en derechos humanos de las
mujeres.
Conflictos intermunicipales que generan contextos de violencia y ponen
en riesgo la instalación de puntos de atención
Realizar vinculaciones con actores estratégicos con la finalidad
de instalar en municipios que brindan las condiciones óptimas
para la operatividad de los puntos de atención.
Restricciones para la difusión de los puntos de atención y dificultad para
concertar la instalación de las mesas de trabajo debido a el contexto
electoral y post electoral
Prever y concertar con anticipación el cronograma de actividades
en coordinación con las autoridades de los municipios en donde
se instalarán los puntos de atención.
Dificultad para el acceso a Los puntos de atención inmediata y/o
atención a las mujeres en situación de violencia
Se podrán utilizar otros medios de comunicación para la atención
de las Mujeres en situación de violencia por eventos de casos
fortuitos.
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE GASTO
MES
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
MES 6
MES 7
Monto
REALIZAR ACCIONES DE
SOLICITUD DE EMISIÓN,
MONITOREO Y SEGUIMIENTO EN
ÓRDENES DE PROTECCIÓN.
PAGO DE HONORARIOS
DE SERVICIOS
PROFESIONALES DE 1
ABOGADA
 
X
X
X
X
X
X
$115,988.53
REALIZAR 30 MESAS DE TRABAJO
DE COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL A NIVEL
MUNICIPAL Y SU SEGUIMIENTO
PARA LA EMISIÓN Y MONITOREO
DE LAS ÓRDENES DE
PROTECCIÓN A MUJERES
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE
GÉNERO.
BRINDAR ORIENTACIÓN JURÍDICA
Y/O ACOMPAÑAMIENTO PARA SU
CANALIZACIÓN A MUJERES
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE
GÉNERO Y SEGUIMIENTO A LOS
CASOS ATENDIDOS EN LOS
PUNTOS DE COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL Y DE
ATENCIÓN INMEDIATA
INSTALADOS EN 30 DE LOS 40
MUNICIPIOS CON DAVGM.
PAGO DE HONORARIOS
DE SERVICIOS
PROFESIONALES DE 31
ABOGADAS.
 
X
X
X
X
X
X
$3,301,500.00
BRINDAR CAPACITACIÓN A
TITULARES DE SINDICATURAS Y
A AUTORIDADES MUNICIPALES,
EN MATERIA DE ÓRDENES DE
PROTECCIÓN, EN 30 DE LOS 40
MUNICIPIOS CON DECLARATORIA
DE ALERTA DE VIOLENCIA DE
GÉNERO CONTRA LAS MUJERES.
 
X
X
X
X
X
X
REALIZAR ACCIONES DE
COORDINACIÓN
COORDINACIÓN,
SEGUIMIENTO Y
CONCENTRACIÓN DE
RESULTADOS
1 PSICÓLOGA
 
X
X
X
X
X
X
$132,000.00
APOYO EN LA COORDINACIÓN
DEL PROYECTO Y APOYO EN LAS
ACCIONES DE SISTEMATIZACIÓN
REALIZAR ACCIONES DE
SISTEMATIZACIÓN DE
RESULTADOS.
1 ADMINISTRADORA
 
X
X
X
X
X
X
$106,500.00
TOTAL
TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y OCHO PESOS 53/100 M. N.
$3,655,988.53
 
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO (COPARTICIPACIÓN RECURSO ESTATAL)
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE GASTO
MES
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
MES 6
MES 7
Monto
CONCERTAR LA INSTALACIÓN DE
PUNTOS DE COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL Y DE
ATENCIÓN INMEDIATA A
MUJERES EN SITUACIÓN DE
VIOLENCIA DE GÉNERO, CON LAS
AUTORIDADES EN 30 DE LOS 40
MUNICIPIOS CON DAVGM, DE LAS
REGIONES LA SIERRA DE
FLORES MAGÓN, COSTA, VALLES
CENTRALES, ISTMO, MIXTECA,
SIERRA DE JUÁREZ, SIERRA SUR
Y PAPALOAPAN
N/A
X
X
 
 
 
 
 
$183,000.00
SE REALIZARÁN 60
CAPACITACIONES -DOS POR
CADA UNO DE LOS PUNTOS DE
COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL Y DE
ATENCIÓN INMEDIATA A
MUJERES EN SITUACIÓN DE
VIOLENCIA DE GÉNERO
DIRIGIDAS A LAS AUTORIDADES
MUNICIPALES EN MATERIA DE
PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA
CONTRA LAS MUJERES, ASÍ
COMO SOBRE EL MECANISMO DE
ALERTA DE VIOLENCIA DE
GÉNERO CONTRA LAS MUJERES
N/A
 
X
X
X
X
X
 
$272,579.00
BRINDAR ORIENTACIÓN
PSICOLÓGICA Y/O
ACOMPAÑAMIENTO PARA SU
CANALIZACIÓN A MUJERES
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE
GÉNERO Y SEGUIMIENTO A LOS
CASOS ATENDIDOS EN LOS
PUNTOS DE COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL Y DE
ATENCIÓN INMEDIATA
INSTALADOS EN 30 DE LOS 40
MUNICIPIOS CON DAVGM.
PAGO DE HONORARIOS
DE SERVICIOS
PROFESIONALES DE 30
PSICÓLOGAS.
X
X
X
X
X
X
X
$3,727,500.00
Total
Cuatro millones ciento ochenta y tres mil setenta y nueve pesos 00/100 M.N.
$4,183,079.00
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
PERFIL
AÑOS DE
EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE
CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
Derecho y Ciencias Sociales
01 a 05 años
Licenciatura
Eventual
32
Psicóloga
01 a 05 años
Licenciatura
Eventual
1
Administradora
01 a 05 años
Licenciatura
Eventual
1
 
Total de Prestadoras de Servicios a Contratar
34
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
No aplica
No aplica
No aplica
0
 
Total de Adquisiciones
0
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/OAX/004/2025 en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, Salomón Jara Cruz.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, José de Jesús Romero López.- Rúbrica.- Secretario/a de Finanzas y Titular de la Instancia Local Receptora, Farid Acevedo López.- Rúbrica.- Secretaría de las Mujeres del Estado de Oaxaca y Titular de la Instancia Responsable, Anahí Monserratt Sarmiento Pérez.- Rúbrica.