CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/MICH/003/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el ejercicio fiscal 2025.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MUJERES.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/MICH/003/2025
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, CARLOS TORRES PIÑA; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, LUIS NAVARRO GARCÍA; Y POR LA SECRETARIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y DESARROLLO DE LAS MUJERES MICHOACANAS, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, ALEJANDRA ANGUIANO GONZÁLEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; Y ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres corresponde al Gobierno Federal, a través de la "SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN", por lo que "MUJERES", dará acompañamiento y seguimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres, con el objetivo de ejercer las atribuciones que el DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres en el artículo 15 fracciones IX y X en la materia de acciones y medidas preventivas, correctivas, de atención, reparación del daño y legislativas que correspondan para dar cumplimiento.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025 (PEF 2025), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 24 de diciembre de 2024 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual las dependencias y entidades que las otorguen deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2025 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 18 de marzo de 2025, suscrito por Alejandra Anguiano González en su carácter de Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/MICH/003/2025.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $4,164,166.00 (cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil ciento sesenta y seis pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/MICH/003/2025. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio MUJERES/SDVLV/0149/2025, de fecha 16 de abril de 2025.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.        "MUJERES" declara que:
I.1.     Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.     La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha 01 de enero de 2025 y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2o., fracción I, y 5o., fracciones I y XIV y 7o. del RISM.
I.3.     Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria.
I.4.     Señala como su domicilio el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II.       El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.     Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM,11, 13 párrafo primero y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.    El Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, Alfredo Ramírez Bedolla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 47, 60 fracción XXIII y 62 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 3 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.3.    El Secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12 fracción I, 14, 17 fracción I y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracciones XIX y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.     El Secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García, en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 62, 66 y 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9, 11, 12 fracción I, 17 fracción II y 19 fracciones VII y LXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6 y 16 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración.
II.5.     La Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, y Titular de la Instancia Local Responsable, Alejandra Anguiano González, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 62 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 9o., 11, 12 fracción I, 17 fracción XVI y 36 fracciones IX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6o. y 16 fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
II.6.    Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos en numerario para el cumplimiento de su coparticipación establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.    Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Avenida Francisco I Madero Poniente número 63, Colonia Morelia Centro, Código Postal 58000, Morelia, Estado de Michoacán de Ocampo y con Registro Federal de Contribuyentes GEM850101C99.
III.      "LAS PARTES" declaran que:
III.1.    Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.    Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3.    Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4.    Consideran como acciones para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, las Acciones de Coadyuvancia siguientes: Atención y Prevención.
III.5.    Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/MICH/003/2025, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025; y que se encuadran en las siguientes Acciones de coadyuvancia:
Acción coadyuvante
Atención: Acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
Prevención: Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $4,164,166.00 (cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil ciento sesenta y seis pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/MICH/003/2025, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/023/11042025.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y de Administración en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2025 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral Décimo tercero de los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas aportará la cantidad de $2,000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo Tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través del subsidio aprobado por el COMITÉ, exclusivamente destinado para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico.
b.     Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.     Realizar las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.      Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "MUJERES", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y Administración, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.      En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2026, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, por el Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración y Enlace Designada ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2025 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas que para ese efecto se habilite.
n.     Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2025, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 5213
Correo electrónico
Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Erika Gómez Lucas.
Cargo:
Directora de Bienestar y Autonomías.
Dirección:
Calle Batalla de la Angostura número 457, Colonia Chapultepec Sur, Código Postal 58260, Morelia, Estado de Michoacán de Ocampo.
Teléfono institucional:
44 35 82 20 82
Correo electrónico
Institucional:
egomez.seimujer@michoacan.gob.mx
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas informará a "MUJERES", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2025 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, asimismo deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo Octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría de Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran las personas servidoras públicas federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.     En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2025. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicadas en el DOF el 20 de marzo de 2025; y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra parte e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2025.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en tres ejemplares en la Ciudad de México el día 30 del mes de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña.- Secretario de Finanzas y Administración y Titular de la Instancia Local Receptora, Luis Navarro García.- Rúbrica.- Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, y Titular de la Instancia Local Responsable, Alejandra Anguiano González.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 30 de mayo de 2025 celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, de conformidad con el numeral Trigésimo sexto y Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2025 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.         DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
MICHOACAN DE OCAMPO
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/MICH/003/2025
 
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
SECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA Y DESARROLLO DE LAS MUJERES MICHOACANAS
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
18 de marzo de 2025
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Julio de 2025
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2025.
Diciembre de 2025
 
B.         ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
Deberá de colocar una X en la acción a desarrollar:
X
1. Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
X
2. Prevención. acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
3. Seguridad. aquellas que buscan fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo.
 
4. Justicia. acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
 
MONTO SOLICITADO
$ 4, 164, 166.00
(Cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil ciento sesenta y seis
pesos 00/100 M.N.)
MONTO COPARTICIPACIÓN
$ 2,000,000.00
45%
(Dos millones de pesos 00/100 M.N.
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
$ 6, 164, 166.00
(Seis millones ciento sesenta y cuatro mil ciento sesenta y seis pesos
00/100 M.N.)
 
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
ERIKA GÓMEZ LUCAS
Cargo:
DIRECTORA DE BIENESTAR Y AUTONOMÍAS
Domicilio:
CALLE BATALLA DE LA ANGOSTURA, NÚMERO 457, COLONIA CHAPULTEPEC SUR, CÓDIGO POSTAL58260, MORELIA, MICHOACÁN.
Teléfono Institucional:
44 35 82 20 82
Extensión
0000
Correo Institucional:
egomez.seimujer@michoacan.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
El proyecto fue diseñado, para fortalecer y dar cumplimiento a las medidas de prevención establecidas en la Declaratoria de Procedencia de Alerta de Violencia de Género (DVAGM) para el Estado de Michoacán de Ocampo y que aún no han sido cumplidas de manera satisfactoria y que tienen que ver directamente con el fortalecimiento institucional de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, de los gobiernos municipales y la sensibilización y organización de la ciudadanía para enfrentar la violencia feminicida, considerando los siguientes ejes centrales:
1. Brindar servicios de atención especializada a mujeres en situación de violencia y, en su caso, sus hijas e hijos, en la unidad local de atención de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
2. Actividades de capacitación sobre el uso y manejo adecuado de la nueva plataforma del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), así como el estudio contextual, procesamiento de la información y análisis de datos, priorizando el análisis en los municipios con DVAGM: Apatzingán, Hidalgo, Huetamo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Los Reyes, Maravatío, Morelia, Pátzcuaro. Sahuayo, Tacámbaro, Uruapan, Zamora y Zitácuaro.
3. Programa de reeducación con perspectiva de género, enfocado en la prevención de la violencia sexual y prevención de la violencia feminicida, priorizando los 14 municipios con DVAGM.
4.Estrategia de prevención de la violencia sexual y embarazo forzado infantil, con el propósito de proteger a las niñas a través de la transformación de patrones culturales, priorizando los 14 municipios con DVAGM.
5. Programa de capacitación y sensibilización para mujeres indígenas en contexto de autogobierno, servidoras y servidores públicos encargados de la atención a mujeres sus hijas e hijos, así como a los conductores de transporte público, en temas asociados a la prevención de la violencia feminicida.
6.- Fortalecimiento del Centro de Integral de Justicia para las mujeres del Municipio de Zamora, que es municipio declarado con AVGM.
7.- Fortalecimiento de la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva, con el propósito de robustecer el seguimiento y atención jurídica de las mujeres, sus hijas e hijos de la capital Michoacana.
Estas acciones, serán evaluadas a través de indicadores de gestión, los cuales permitirán medir el cumplimiento de las medidas que contienen la declaratoria de AVGM.
ACCIÓN COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
ATENCIÓN
Acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
-Se brindarán servicios de atención jurídica, psicológica y de trabajo social con un enfoque especializado a mujeres en situación de violencia y, en su caso, sus hijas e hijos, en la unidad local de atención de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
-Se fortalecerá a la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva, mediante una abogada con conocimientos en derechos humanos y perspectiva de género, con el propósito de robustecer el seguimiento y atención jurídica de las mujeres, sus hijas e hijos de la capital Michoacana.
-Se fortalecerá del Centro de Integral de Justicia para las mujeres del Municipio de Zamora mediante una abogada con conocimientos en derechos humanos y perspectiva de género, con la finalidad de atender a las mujeres víctimas de violencia de género sus hijas e hijos del municipio de Zamora declarado con Alerta de Violencia de Género en Michoacán.
-Mejorar la calidad de vida, mediante la contribución a la reparación integral del daño, acompañamiento y apoyo a los núcleos cuidadores de niñas, niños y adolescentes de los familiares de las víctimas directas de feminicidio.
PREVENCIÓN
Acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
-Se realizarán actividades de capacitación sobre el uso y manejo adecuado de la nueva plataforma del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), así como el estudio contextual, procesamiento de la información y análisis de datos, priorizando el análisis en los municipios con DVAGM: Apatzingán, Hidalgo, Huetamo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Los Reyes, Maravatío, Morelia, Pátzcuaro. Sahuayo, Tacámbaro, Uruapan, Zamora y Zitácuaro.
-Programa de reeducación con perspectiva de género, enfocado en la prevención de la violencia sexual y prevención de la violencia feminicida, priorizando los 14 municipios con DVAGM.
-Se realizará una estrategia de prevención de la violencia sexual y embarazo forzado infantil, con el propósito de proteger a las niñas a través de la transformación de patrones culturales, priorizando los 14 municipios con DVAGM.
-Se realizarán actividades de capacitación y sensibilización para mujeres indígenas en contexto de autogobierno, servidoras y servidores públicos encargados de la atención a mujeres sus hijas e hijos, así como a los conductores de transporte público, en temas asociados a la prevención de la violencia feminicida
-Se fortalecerán las competencias y conocimientos de las personas que integran las agrupaciones municipales de seguridad pública y de los kuriachas (guardia comunal) al interior de las comunidades que ejercen su derecho al autogobierno conforme a sus usos y costumbres de los municipios con Declaratoria de Alerta de Género del Estado de Michoacán, en las temáticas de perspectiva de género, atención de primer contacto a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos, y derechos humanos de las mujeres.
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
ATENCIÓN
ATENCIÓN. Con base en el Resolutivo Segundo de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Michoacán, se establece que tanto el Gobierno del Estado como los gobiernos municipales deberán adoptar las acciones necesarias para ejecutar las medidas de seguridad, prevención y justicia que se enuncian en la declaratoria, así como todas aquellas que se requieran para garantizar a las mujeres y niñas el derecho a vivir una vida libre de violencia, conforme a sus competencias.
El mismo resolutivo señala de manera explícita que las medidas establecidas son complementarias, no excluyentes y que también pueden ampliarse en función de las necesidades que se presenten durante su implementación.
En este sentido, la medida de Atención aunque no se encuentra enunciada de manera literal, se encuentra plenamente alineada con el marco normativo de la DECLARATORIA ALERTA DE VIOLENCIA DE GENERO y los LINEAMIENTOS DE RECURSOS: DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025, ya que responde a necesidades específicas detectadas en el territorio y contribuye directamente al cumplimiento del mandato legal de garantizar el acceso efectivo de las mujeres y niñas a una vida libre de violencia.
La incorporación de esta acción permite atender vacíos operativos, fortalecer la ruta de atención integral y actuar de manera proactiva ante manifestaciones de violencia que requieren intervención inmediata o especializada.
JUSTICIA. De conformidad con el artículo 26 de la Ley General de Acceso, se deberá realizar un plan de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios. Para estos efectos, se deberán considerar los estándares básicos en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Michoacán de Ocampo, y la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo, se deberá determinar una medida de reparación simbólica para todas las mujeres que han sido víctimas de feminicidio en el estado de Michoacán. Para la definición de la reparación simbólica se tomará en cuenta a las organizaciones de la sociedad civil y los familiares de las víctimas, de acuerdo a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, señala en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia, que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio. La efectividad en el cumplimiento de esta medida se encuentra plenamente relacionada al fortalecimiento del CJIM (Centro de Justicia Integral para las Mujeres).
Con base en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, se deben implementar acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedida
PREVENCIÓN
PREVENCIÓN. De acuerdo a los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, en el CAPITULO III ACCIONES DE COADYUVANCIA DEL SUBSIDIO, párrafo QUINTO, numeral 2, se establece que se deben implementar acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que lo generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
Así mismo, atendiendo a lo establecido en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género en Michoacán en el apartado de RESOLITIVOS, párrafo SEGUNDO, fracción II. Medidas de Prevención, numeral 2, primer párrafo, el cual señala que se deberá establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno del estado de Michoacán que prevea un adecuado, mecanismo de evaluación de resultados.
Se implementarán acciones dirigidas a mujeres, niñas, niños, adolescentes, servidoras y servidores públicos, personas vinculadas a los servicios de atención a víctimas, así como aquellas encargadas de la procuración y administración de justicia
SEGURIDAD. La Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en Michoacán fue emitida el 27 de junio de 2016 debido a la prevalencia de distintas formas de violencia contra las mujeres en el estado. Esta alerta es un mecanismo de emergencia que busca garantizar la seguridad de las mujeres y niñas, así como eliminar las desigualdades que vulneran sus derechos humanos, en ese mismo acto se declara la alerta en 14 municipios: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huetamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío, por ende dentro de los municipios declarados con Alerta de Violencia de Género en Michoacán se encuentran comunidades con autogobierno las cuales se rigen por usos y costumbres, dentro de los municipios declarados con Alerta de Violencia de Género en Michoacán se encuentran Hidalgo con la comunidad de San Matías el Grande; Los Reyes con las comunidades de J. Jesús Díaz Tzirio, Pamatácuaro, San Benito Palermo, San Isidro, Sicuicho y Zacán; Pátzcuaro con las comunidades de Isla Tecuena, Janitzio y Urandén de Morelos; Uruapan con las comunidades de Angahuan y Nuevo Zirosto; Zitácuaro con las comunidades de Carpinteros, Crescencio Morales y Donaciano Ojeda.
Con base a los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en estados y municipios, para el ejercicio fiscal 2025, CAPITULO III ACCIONES DE COADYUVANCIA DEL SUBSIDIO; QUINTO; numeral 3, establece que se debe fortalecer e implementar acciones de seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuyen factores de riesgo, de acuerdo a la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género en Michoacán señala que se deben crear y fortalecer las agrupaciones especializadas en seguridad pública de reacción inmediata, los Kuarichas (Guardia comunal, que se encarga de proteger a los pueblos indígenas que ejercen su autogobierno) mediante la formación para la atención y prevención de la violencia de género.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE
VIOLENCIA
OBJETIVO
ATENCIÓN
Atención: acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas.
a) acciones estratégicas para la identificación, atención, canalización y seguimiento a las mujeres, las adolescentes y las niñas, indígenas o afromexicanas que sufren violencia.
Atención: Se da atención en su cuarta medida de prevención en su fracción IV.
-Fortalecer la Secretaría de Igualdad sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, y todas las instancias encargadas de Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con recursos presupuestales y humanos.
Fortalecer a la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas para brindar servicios integrales para la identificación, atención y canalización a niñas, adolescentes y mujeres, indígenas o afroamericanas que sean víctimas directas o indirectas de violencia de género.
Justicia: De conformidad con el artículo 26 de la Ley General de Acceso, se deberá realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios. Para estos efectos, se deberán considerar los estándares básicos en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Michoacán de Ocampo, y la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán de Ocampo.
Mejorar la Calidad de Vida de las Víctimas Indirectas de Feminicidio y contribuir con la reparación integral de daños a los familiares directos de las víctimas de feminicidio, y de los núcleos cuidadores de niñas, niños y adolescentes, víctimas indirectas de feminicidio en el Estado de Michoacán de Ocampo, proporcionándoles apoyo económico, servicios psicológicos, de trabajo social, tanatología y acompañamiento jurídico.
PREVENCIÓN
Prevención: acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
b) estrategias educativas en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos.
c) Fortalecimiento de la captura, análisis y procesamiento de la información en el BANAVIM, comprometiéndose al llenado y entrega de la Carta Compromiso de Confidencialidad, No divulgación, Reserva y Resguardo de Información de Datos Personales derivado de las funciones de atención de todo el personal que registre en el BANAVIM.
-Integrar y actualizar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.
-Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno del Estado de Michoacán, que prevea un adecuado mecanismo de evaluación de resultados.
-Establecer e impulsar la cultura de no violencia contra las mujeres en el sector educativo público y privado. Para ello, se deberá diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia.
-Generar campañas permanentes, de alcance estatal, disuasivas, reeducativas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia.
-Fortalecer la Secretaría de Igualdad sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, y todas las instancias encargadas de Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con recursos presupuestales y humanos.
Generar acciones preventivas de alcance estatal, para disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en las que se encuentran las niñas, adolescentes y mujeres, indígenas o afromexicanas que sufren violencias.
Seguridad: Crear y/o fortalecer las agrupaciones estatales, municipales o mixtas especializadas en seguridad pública, así como células municipales de reacción inmediata. Estas agrupaciones deberán integrarse multidisciplinariamente, actuar coordinadamente entre ellas y otros actores estratégicos, y su personal deberá estar capacitado para ejecutar sus funciones con perspectiva de género.
Fortalecer las competencias y conocimientos de las personas que integran las agrupaciones municipales de seguridad pública y de los kuriachas (guardia comunal) para las comunidades que ejercen su derecho al autogobierno conforme a sus usos y costumbres, en los temas de perspectiva de género, atención de primer contacto a mujeres víctimas de violencia y derechos humanos de las mujeres.
 
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
1.Coordinar la operación e implementación de las actividades establecidas en el presente proyecto sobre las acciones de coadyuvancia para la atención de la declaratoria de alerta de violencia de género.
1.1 Coordinar a las personas contratadas e integrar los informes del proyecto, realizar las gestiones necesarias de manera interinstitucional para el cumplimiento de los objetivos específicos e informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del subsidio del presente proyecto, con el objetivo de avanzar en el cumplimiento de las medidas de la Declaratoria de Procedencia respecto a la solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Michoacán, ante la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas y la Secretaría de las Mujeres del Gobierno Federal.
1.2 Realizará el monitoreo territorial en los 14 municipios enmarcados en DAVGM durante la implementación de las actividades del proyecto, y será responsable de la contraloría social para dar cumplimiento de las actividades del proyecto e informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del subsidio del presente proyecto, con el objetivo de avanzar en el cumplimiento de las medidas de la Declaratoria de Procedencia respecto a la solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Michoacán.
(a) Porcentaje de actividades cumplidas conforme a las comprometidas en el proyecto.
Variables:
(b)total de actividades cumplidas
(c) total de actividades comprometidas
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
3. Contrataciones y adquisiciones realizadas.
4. Minutas de trabajo.
5. Memorias fotográficas.
2.Operar la Unidad Local de Atención, para el seguimiento de las carpetas de violencia familiar de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
2.1 Brindar atención, orientación y representación jurídica a mujeres víctimas de violencia familiar, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
2.2 Brindar orientación y atención psicológica a las mujeres, sus hijas e hijos víctimas de violencia familiar, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
2.3 Brindar atención de primer contacto, con el objetivo de identificar los tipos y modalidades de violencia, asesorar a la mujer que acuda al módulo de atención y realizar la canalización al área jurídica y/o psicológica, así como realizar el registro en el BANAVIM.
(a) Porcentaje de carpetas de violencia familiar atendidas, de las mujeres que reciben los servicios de la Unidad Local de Atención.
Variables
(b)total de carpetas de violencia familiar atendidas cumplidas.
(c) total de carpetas de violencia familiar recibidas en la Unidas Local de Atención.
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
3.Informe cualitativo y cuantitativo sobre el registro de casos y servicios de la plataforma del BANAVIM.
 
2.4 Fortalecer los servicios de la Unidad Local de Atención de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, con el propósito de contar con un espacio físico digno y ergonómico que ofrezca tranquilidad a las mujeres, sus hijas e hijos, que son atendidos. Los bienes adquiridos serán instalados en el área de psicología, recepción y baños destinados a las mujeres e infancias atendidas.
1.(a)Porcentaje de mujeres que reciben atención psicológica a la Unidad Local de Atención.
Variables:
(b)total de mujeres que reciben atención psicológica en Unidad Local de Atención
(c) total de mujeres que solicitan atención psicológica en Unidad Local de Atención
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
2.(a)Porcentaje de infantes que reciben atención psicológica de la Unidad Local de Atención.
Variables:
(b)total de infantes que reciben atención psicológica en Unidad Local de Atención
(c) total de infantes que solicitan atención psicológica en Unidad Local de Atención
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
1. Memoria Fotográfica de los bienes adquiridos.
2. Registro de los bienes en el padrón de bienes de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas.
3. Fortalecimiento a la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva del Municipio de Morelia, con el propósito de robustecer el seguimiento y atención jurídica de las mujeres, sus hijas e hijos de la capital Michoacana.
3.1 Brindar atención, orientación y representación jurídica a mujeres víctimas de violencia que acudan a la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva del Municipio de Morelia, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
(a)Porcentaje de mujeres que reciben atención jurídica, del total de mujeres que acudieron a solicitar un servicio a la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva del Municipio de Morelia.
Variables:
(b)total de mujeres que reciben atención jurídica en la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva del Municipio de Morelia
(c) total de mujeres que solicitan atención jurídica en la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva del Municipio de Morelia
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
-Número de mujeres atendidas
-Asesorías Jurídicas, acompañamientos, promociones, medidas de protección.
-tipos de violencia y modalidades de violencia
3.Informe cualitativo y cuantitativo sobre el registro de casos y servicios de la plataforma del BANAVIM.
4. Fortalecer el Centro de Justicia de las Mujeres (CJIM) del Municipio de Zamora, con el propósito de robustecer el seguimiento y atención jurídica de las mujeres, sus hijas e hijos de la capital Michoacana.
4.1 Brindar atención y orientación jurídica a mujeres víctimas de violencia que acudan al CJIM del Municipio de Zamora, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
1. (a)Porcentaje de mujeres que recibieron atención jurídica en CJIM Zamora.
del total de mujeres que acudieron a solicitar un servicio al CJIM.
Variables:
(b)total de mujeres que recibieron atención jurídica en CJIM Zamora
(c) total de mujeres que solicitaron atención jurídica en CJIM Zamora.
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
3.Informe cualitativo y cuantitativo sobre el registro de casos y servicios de la plataforma del BANAVIM.
 
PREVENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
5. Fortalecer el uso y manejo adecuado de la nueva plataforma del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), mediante procesos de capacitación dirigidos a las y los servidores públicos de las instancias obligadas a registrar en la plataforma.
5.1 Realizar actividades de capacitación sobre el uso y manejo adecuado de la nueva plataforma del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), con la finalidad de que, las y los servidores públicos alimenten la información en el Banco de datos, de manera precisa y con calidad. Así mismo, realizarán las funciones de seguimiento del avance de la captura de casos y servicios por las instancias obligadas a registrar en la plataforma.
1. (a) Porcentaje de instituciones, servidores y servidoras públicas capacitadas en materia de AVGM que cuentan con la obligación de atender la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
Variables:
(b)total de instituciones, servidores y servidoras públicas, capacitadas en materia de AVGM
(c) total de instituciones que tiene la obligación de atender AVGM
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
2. (a) Porcentaje de mejora de conocimientos adquiridos por las personas servidoras públicas participantes en los procesos de capacitación.
(b) Porcentaje de conocimiento obtenido en el pretest.
(c) Porcentaje de los conocimientos obtenido en el postest.
Método de cálculo: a=((c-b)/b)*100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
3.Informe cualitativo y cuantitativo sobre el registro de casos y servicios de la plataforma del BANAVIM.
4. Instrumentos de evaluación de conocimientos
6. Implementar una estrategia de fortalecimiento para transformar los patrones culturales y fomentar la prevención de la violencia mediante la identificación, abstención y denuncia, enfocado a la prevención de la violencia sexual en niñas y prevención del embarazo forzado infantil. Se implementará en los 14 municipios enmarcados en la DAVGM.
6.1. Realizar foros regionales para la implementación de las pláticas de sensibilización en las escuelas, priorizando zonas con altos índices de tipos de violencia en el ámbito escolar y familiar, que pongan en riesgo a niñas y adolescentas. Se priorizará el fortalecer temas asociados al semáforo del cuerpo, relaciones igualitarias entre las infancias y adolescencias, así como la reeducación en el tema de la prevención de la violencia sexual con el objetivo de que las comunidades escolares puedan identificarla y prevenirla en los ámbitos escolares.
6.2. Diseñar e Implementar un programa de reeducación con perspectiva de género, enfocado en la prevención de la violencia sexual, en niñas y prevención del embarazo forzado infantil, en coordinación con la Secretaría de Educación del Estado de Michoacán enfocado a infancias de sexto de primaria y adolescencias en nivel secundaria. El programa deberá estar enfocado en el estudiantado, mamás, papás, maestras y maestros. Se diseñarán e imprimirán materiales de prevención como son: Semáforo del cuerpo, amorometro, mini cuentos "corunda del consentimiento" y "un abrazo al corazón", los cuales se entregarán a través de talleres y platicas de sensibilización contempladas en las actividades del numeral 4.1.
1.(a) Porcentaje de escuelas de educación básica atendidas/fortalecidas en 14 municipios con AVGM por municipio del total de instituciones educativas.
Variables:
(b)total de escuelas de educación básica atendidas/fortalecidas en 14 municipios con AVGM
(c) total de escuelas educación básica en 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
2.(a) Porcentaje de niños y adolescentes sensibilizados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
por municipio del total de la matrícula de las instituciones educativas.
Variables:
(b)total de niños y adolescentes sensibilizados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
(c) total de niños y adolescentes en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
3. (a)Porcentaje de niñas y adolescentes sensibilizadas en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM. por municipio del total de la matrícula de las instituciones educativas.
Variables:
(b)total de niñas y adolescentas sensibilizados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM
(c) total de niñas y adolescentas en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
4. (a) Porcentaje de maestras sensibilizadas en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM
del total de la matrícula de las instituciones educativas.
Variables:
(b)total maestras sensibilizadas en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM
(c) total maestras en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c)*100
5. (a)Porcentaje de maestros sensibilizadas en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
sensibilizados del total de la matrícula de las instituciones educativas.
Variables:
(b)total maestros sensibilizados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
(c) total maestros en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
6. (a) Porcentaje de mamás y papás sensibilizados de alumnas y alumnos matriculados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
del total de la matrícula del alumnado.
Variables:
(b)total de mamás y papás sensibilizados de alumnas y alumnos matriculados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
(c) total mamás y papás de alumnos y alumnas matriculados en escuelas de educación básica en 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
7. (a) Porcentaje de mejora de conocimientos adquiridos por las niñas, niños, adolescentes, maestras, maestros, mamás y papás participantes en los procesos de capacitación.
(b) Porcentaje de conocimiento obtenido en el pretest.
(c) Porcentaje de los conocimientos obtenido en el postest.
Método de cálculo:
a=((c-b)/b) *100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
3. Lista de asistencia.
4. Memoria Fotográfica.
5. Carta Descriptiva de las temáticas implementadas en las pláticas de sensibilización.
6. Instrumentos de evaluación de conocimientos.
7. Implementar una estrategia de prevención para transformar los patrones culturales y fomentar la prevención de la violencia mediante la identificación, abstención y denuncia, para mujeres indígenas en contexto de autogobierno. Se acudirá a las comunidades indígenas de autogobierno que pertenecen a los municipios enmarcados en la DAVGM.
7.1 Implementar un programa de sensibilización para mujeres indígenas en contexto de autogobierno, en las siguientes etapas:
a) Elaboración del programa de sensibilización.
b) Establecer acciones de coordinación con actores estratégicos de las comunidades indígenas de autogobierno.
c) Fomentar el liderazgo de las niñas, adolescentas y mujeres indígenas.
d) Promover los derechos de las mujeres indígenas, para prevenir la violencia feminicida.
e) Vinculación de las mujeres a actividades económicas como el programa Las Solidarias y Fuerza Mujer, implementado por el Gobierno del Estado de Michoacán.
f) Informar a las mujeres sobre los servicios de los Centro LIBRE.
7.2 Fortalecer los conocimientos de los kuarichas y rondas comunitarias en temas relacionados con los derechos humanos de las mujeres indígenas, tipos y modalidades de violencia de la Ley General de Acceso a una vida libre de violencia, así como identificación y canalización de mujeres, sus hijas e hijos víctimas de violencia a instituciones que ofrecen servicios de atención jurídica y psicológica, con el propósito de prevenir la violencia feminicida en las comunidades de autogobierno.
1. (a) Porcentaje de mujeres indígenas sensibilizadas en comunidades indígenas con autogobierno de municipios con AVGM.
del total que habitan en la comunidad.
Variables:
(b)total de mujeres indígenas sensibilizadas en comunidades indígenas con autogobierno de municipios con AVGM.
(c) total mujeres indígenas que viven en comunidades indígenas con autogobierno de municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
2. (a) Porcentaje de mejora de conocimientos adquiridos por las mujeres indígenas en contexto de autogobierno participantes en los procesos de capacitación.
(b) Porcentaje de conocimiento obtenido en el pretest.
(c) Porcentaje de los conocimientos obtenido en el postest.
Método de cálculo:
a=((c-b)/b) *100
3. (a) Porcentaje de kuarichas capacitados en comunidades indígenas con autogobierno de municipios con AVGM.
del total en funciones dentro de la comunidad.
Variables:
(b)total de kuarichas capacitados en comunidades indígenas con autogobierno de municipios con AVGM.
(c) total kuarichas que viven en comunidades indígenas con autogobierno de municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
4. (a) Porcentaje de mejora de conocimientos adquiridos por las mujeres indígenas en contexto de autogobierno participantes en los procesos de capacitación.
(b) Porcentaje de conocimiento obtenido en el pretest.
(c) Porcentaje de los conocimientos obtenido en el postest.
Método de cálculo:
a=((c-b)/b) *100
1. Plan de trabajo.
2. Informes mensuales.
3. Listas de asistencia.
4. Memoria Fotográfica.
5. Carta Descriptiva de las temáticas implementadas en las pláticas de sensibilización.
6. Instrumentos de evaluación de conocimientos.
8. Sensibilizar a las y los conductores del transporte público en materia de perspectiva de género con la finalidad de que puedan brindar un mejor servicio y prevenir la violencia contra las mujeres, en específico el acoso sexual en las unidades de transporte, así mismo, conocer el nuevo Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción de Quejas sobre Actos de Acoso Sexual contra las Mujeres (violencia de género contra las mujeres), en el servicio público, autotransporte de personas en el Estado de Michoacán, para poder actuar en caso de presenciar una situación de violencia contra las niñas, adolescentes y mujeres adultas. Se implementará en los 14 municipios enmarcados en la DAVGM.
8.1 Implementar talleres de sensibilización en materia de perspectiva de género dirigidos a operadores del transporte público, con el fin de brindarles herramientas de identificación y actuación ante una situación de violencia contra las mujeres con base en el Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia de Género en el transporte público.
Se abordarán las temáticas siguientes:
1. Sistema sexo-género.
2. Perspectiva de género.
3. Violencia (Tipos y modalidades).
4. Nuevas Masculinidades.
5. Protocolo de prevención, atención y sanción de la violencia de género en el sistema de servicio público de Michoacán.
1. (a) Porcentaje de personas conductoras del transporte público sensibilizadas de los 14 municipios con AVGM.
del total de que laboran en el transporte público.
Variables:
(b)total personas conductoras del transporte público sensibilizadas de los 14 municipios con AVGM.
(c) total personas conductoras del transporte público de los 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
2. (a) Porcentaje de mejora de conocimientos adquiridos por personas conductoras del transporte público participantes en los procesos de capacitación.
(b) Porcentaje de conocimiento obtenido en el pretest.
(c) Porcentaje de los conocimientos obtenido en el postest.
Método de cálculo:
a=((c-b)/b) *100
1. Plan de trabajo.
2. Listas de asistencia.
3.Memoria Fotográfica.
4. Informes mensuales.
5. Carta Descriptiva de las temáticas implementadas en las pláticas de sensibilización.
6. Instrumentos de evaluación de conocimientos
9. Sensibilizar a las y los policías en materia de perspectiva de género con la finalidad de que puedan brindar un mejor servicio y prevenir la violencia contra las mujeres, con el objetivo de fortalecer las agrupaciones municipales para que existan una coordinación entre ellas y otros actores estratégicos para la protección de mujeres víctimas de violencia.
Se implementará en los 14 municipios enmarcados en la DAVGM.
9.1Implementar talleres de sensibilización en materia de perspectiva de género dirigidos a policías municipales, con el fin de brindarles herramientas de identificación y actuación ante una situación de violencia contra las mujeres.
Se abordarán las temáticas siguientes:
1. Sistema sexo-género.
2. Perspectiva de género.
3. Violencia (Tipos y modalidades).
4. Nuevas Masculinidades.
5. Atención de primer contacto a mujeres víctimas de violencia.
1. (a) Porcentaje de personas policías sensibilizadas que laboran en agrupación municipal de los 14 municipios con AVGM.
Variables:
(b)total personas policías sensibilizadas que laboran en agrupación municipal de los 14 municipios con AVGM.
(c) total personas policías que laboran en agrupación municipal de los 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
1. Plan de trabajo.
2. Listas de asistencia.
3.Memoria Fotográfica.
4. Informes mensuales.
5. Carta Descriptiva de las temáticas implementadas en las pláticas de sensibilización.
6. Instrumentos de evaluación de conocimiento
10. Ejecutar un programa de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización para servidoras y servidores públicos que atienden a niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia en el tema: Violencia sexual contra las mujeres, criterios para la prevención y atención.
10.1 Capacitar a 50 servidoras y servidores públicos de las instituciones a nivel municipal y estatal que atienden a mujeres víctimas de violencia sexual desde el ámbito jurídico, psicológico y de salud, para fortalecer sus conocimientos y competencias, que coadyuven en la prevención de la violencia feminicida. En específico en el tema: Violencia sexual contra las mujeres, criterios para la prevención y atención.
1. (a) Porcentaje de servidoras y servidores públicos capacitados responsables de atender a las mujeres víctimas de violencia sexual en los 14 municipios con AVGM.
enmarcados en la DVGM.
Variables:
(b)total servidoras y servidores públicos capacitados responsables de atender a las mujeres víctimas de violencia sexual en los 14 municipios con AVGM.
(c) total servidoras y servidores públicos responsables de atender a las mujeres víctimas de violencia sexual en los 14 municipios con AVGM.
Método de cálculo:
a= (b/c) *100
1. Plan de trabajo.
2. Listas de asistencia.
3.Memoria Fotográfica.
4.Constancias de participación.
5. Carta Descriptiva de las temáticas implementadas en las pláticas de sensibilización.
 
 
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Selección del personal especializado de acuerdo con cada actividad a desarrollar.
2
Reunión y organización con actores estratégicos.
3
Diseñar esquema de adquisición de bienes y servicios.
4
Diseño de Plan de Trabajo con las personas contratadas y/o seleccionadas para la prestación de servicios conforme al Anexo Técnico del proyecto.
5
Implementar esquema de adquisiciones.
6
Ejecución del proyecto.
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA.
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS (AS)
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS (AS)
Mujeres - Hombres
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
Mujeres - Hombres
ADULTAS (OS) MAYORES
Mujeres
INDÍGENAS
Mujeres
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
 
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
 
MADRES JEFAS DE FAMILIA
Mujeres
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
Mujeres
VÍCTIMAS INDIRECTAS
Mujeres - Hombres
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
OTRAS
 
 
GRUPO ETARIO
MUJERES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
x
x
x
x
x
HOMBRES
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
x
x
x
x
x
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huetamo, La Piedad,
Sahuayo y Maravatío.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/O
MECANISMO DE COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Instancias Municipales de la Mujer (IMM) de los 14 Municipios enmarcados en la DAVGM: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huetamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío.
Convenio de Colaboración
Coadyuvar en el otorgamiento de las facilidades necesarias a efecto de la correcta ejecución de las actividades previstas en el proyecto.
2
Fiscalía General de Michoacán
Convenio de Colaboración
Institución responsable de dar seguimiento a las carpetas de investigación de violencia familiar y feminicidio, se mantiene una estrecha relación con el área jurídica de la Unidad Local de Atención de la SEIMUJER.
3
Secretaría de Educación del estado Michoacán
Convenio de Colaboración
Coadyuvará con la estrategia de transformar los patrones culturales y fomentar la prevención de la violencia mediante la identificación, abstención y denuncia, enfocado a la prevención de la violencia sexual en niñas y prevención del embarazo forzado infantil. Se implementará en los 14 municipios enmarcados en la DAVGM.
Para fortalecer el acceso a las instituciones educativas.
4
Instituto del Transporte del estado de Michoacán
Convenio de Colaboración
Gestionará los acuerdos con los colectivos de transportistas que operan en los 14 municipios enmarcados en la DAVGM, para que las personas asistan a las pláticas de sensibilización.
5
Autoridades de las Comunidades de Autogobierno
Convenio de Colaboración
Brindarán acompañamiento y las gestiones necesarias dentro la comunidad, para que se realicen las actividades de sensibilización enmarcadas en el proyecto.
6
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV)
Convenio de Colaboración
La Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas celebrará un Convenio con la CEEAV a fin de garantizar la disponibilidad de los recursos a través del Fideicomiso Público del Fondo de Ayuda, asistencia y reparación integral del Estado de Michoacán, para contribuir a la reparación integral de los familiares directos de las víctimas de feminicidio y los núcleos cuidadores de niñas, niños y adolescentes víctimas indirectas de feminicidio en el Estado.
7
Secretaría de Seguridad Pública
Convenio de Colaboración
Institución con la que se Coadyuvará para la capacitación a policías.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Inseguridad y presencia de grupos delictivos como factor que limita la intervención en territorio
-Coordinar acciones con autoridades de seguridad estatal y local para acompañamiento o monitoreo.
-Limitar intervenciones presenciales en zonas críticas y sustituirlas por estrategias digitales, híbridas o en puntos seguros.
-Capacitación del personal en protocolos de actuación en caso de riesgo.
Resistencia social o cultural hacia los enfoques de género, derechos humanos y Alerta de Violencia de Género
-Utilizar lenguaje accesible y culturalmente pertinente.
-Incluir a actores locales como aliados estratégicos.
-Diseñar acciones de sensibilización previas con líderes de opinión locales.
Limitaciones logísticas, de infraestructura y conectividad que dificultan el acceso a comunidades prioritarias
-Programar visitas en temporadas adecuadas climáticamente.
-Realizar rutas coordinadas con otros programas en campo.
-Tener alternativas digitales cuando sea viable.
Eventos naturales como sismos, huracanes, lluvias intensas, inundaciones, incendios, deslizamientos, olas de calor o frentes fríos que puedan afectar la ejecución territorial del proyecto, la seguridad del personal, la asistencia de la población beneficiaria o la entrega de resultados.
-Identificación anticipada de zonas de riesgo mediante mapas y alertas oficiales.
-Ajuste de cronogramas y sedes con base en condiciones climáticas estacionales.
-Implementación de protocolos de emergencia y reprogramación.
-Capacitación al personal en medidas preventivas y rutas de evacuación.
 
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
ACTIVIDADES
CONCEPTO DE GASTO
MES
MES 1
MES 2
MES 3
MES 4
MES 5
MES 6
MES 7
Monto
1.1 Coordinar a las personas contratadas e integrar los informes del proyecto, realizar las gestiones necesarias de manera interinstitucional para el cumplimiento de los objetivos específicos e informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del subsidio del presente proyecto, con el objetivo de avanzar en el cumplimiento de las medidas de la Declaratoria de Procedencia respecto a la solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Michoacán, ante la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas y la Secretaría de las Mujeres del Gobierno Federal.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Coordinación General)
Salario de $
37,333.33mensual
 
X
X
X
X
X
X
$224,000.00
1.2 Realizará el monitoreo territorial en los 14 municipios enmarcados en DAVGM durante la implementación de las actividades del proyecto, y será responsable de la contraloría social para dar cumplimiento de las actividades del proyecto e informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con los recursos del subsidio del presente proyecto, con el objetivo de avanzar en el cumplimiento de las medidas de la Declaratoria de Procedencia respecto a la Solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para el Estado de Michoacán.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Coordinación Territorial)
Salario de $ 25,666.67
mensual
 
X
X
X
X
X
X
$154,000.00
2.1 Brindar atención, orientación y representación jurídica a mujeres víctimas de violencia familiar, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
3 personas
(Ciencias Jurídicas)
Salario de $ 21,000.00
mensual por persona
 
X
X
X
X
X
X
$378,000.00
2.2 Brindar orientación y atención psicológica a las mujeres, sus hijas e hijos víctimas de violencia familiar, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
5 personas (Psicología)
Salario de $ 21,000.00
mensual por persona.
 
X
X
X
X
X
X
$630,000.00
2.3 Brindar atención de primer contacto, con el objetivo de identificar los tipos y modalidades de violencia, asesorar a la mujer que acuda al módulo de atención y realizar la canalización al área jurídica y/o psicológica, así como realizar el registro en el BANAVIM.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
2 personas
(Trabajo Social)
Salario de $ 21,000.00
mensual por persona.
 
X
X
X
X
X
X
$252,000.00
2.4 Fortalecer los servicios de la Unidad Local de Atención de la Secretaría de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, con el propósito de contar con un espacio físico digno y ergonómico que ofrezca tranquilidad a las mujeres, sus hijas e hijos, que son atendidos. Los bienes adquiridos serán instalados en el área de psicología, recepción y baños destinados a las mujeres e infancias atendidas.
Mobiliario general y/o
Mobiliario y equipo de
oficina.
Adquisición de:
4 Sillas
4 Escritorios
4 Sillones
2 Cambiadores de
pañales
1 Archivero
 
 
 
X
X
 
 
$85,500.00
Equipo de cómputo
Adquisición de Laptops:
4 laptop 15.6" 16 GB
RAM, procesador Intel
Core 7, 512 SSD
 
 
 
X
X
 
 
$100,000.00
3.1 Brindar atención, orientación y representación jurídica a mujeres víctimas de violencia que acudan a la Secretaría de la Mujer Moreliana para la Igualdad Sustantiva del Municipio de Morelia, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Ciencias Jurídicas)
Salario de $21,000.00
mensual
 
X
X
X
X
X
X
$126,000.00
4.1 Brindar atención y orientación jurídica a mujeres víctimas de violencia que acudan al CJIM del Municipio de Zamora, con base en la identificación oportuna para disminuir el riesgo de violencia feminicida, así como realizar el registro en el BANAVIM.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Ciencias Jurídicas)
Salario de $21,000.00
mensual
 
X
X
X
X
X
X
$126,000.00
5.1 Realizar actividades de capacitación sobre el uso y manejo adecuado de la nueva plataforma del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), con la finalidad de que, las y los servidores públicos alimenten la información en el Banco de datos, de manera precisa y con calidad. Así mismo, realizarán las funciones de seguimiento del avance de la captura de casos y servicios por las instancias obligadas a registrar en la plataforma.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
2 personas (BANAVIM)
Salario de $21,000.00
mensual por persona.
 
X
X
X
X
X
X
$252,000.00
6.1. Realizar foros regionales para la implementación de las pláticas de sensibilización en las escuelas, priorizando zonas con altos índices de tipos de violencia en el ámbito escolar y familiar, que pongan en riesgo a niñas y adolescentas. Se priorizará el fortalecer temas asociados al semáforo del cuerpo, relaciones igualitarias entre las infancias y adolescencias, así como la reeducación en el tema de la prevención de la violencia sexual con el objetivo de identificarla y prevenirla en los ámbitos escolares.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
2 personas
(Capacitación)
Salario de $ 26,833.33
mensual por persona
 
X
X
X
X
X
X
$322,000.00
6.2. Diseñar e Implementar un programa de reeducación con perspectiva de género, enfocado en la prevención de la violencia sexual, en niñas y prevención del embarazo forzado infantil, en coordinación con la Secretaría de Educación del Estado de Michoacán enfocado a infancias de sexto de primaria y adolescencias en nivel secundaria. El programa deberá estar enfocado en el estudiantado, mamás, papás, maestras y maestros. Se diseñarán e imprimirán materiales de prevención como son: Semáforo del cuerpo, amorometro, mini cuentos "cuento de consentimiento" y "un abrazo al corazón".
Impresión de materiales:
Amorometro, cuento del
consentimiento, cuento
un respiro para el
corazón, semáforo del
cuerpo y lapicera.
 
 
X
 
 
 
 
$500,000.00
7.1 Implementar un programa de sensibilización para mujeres indígenas en contexto de autogobierno.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Capacitación)
Salario de $ 32,666.67
mensual
 
X
X
X
X
X
X
$196,000.00
7.2 Fortalecer los conocimientos de los kuarichas y rondas comunitarias en temas relacionados con los derechos humanos de las mujeres indígenas, tipos y modalidades de violencia de la Ley General de Acceso a una vida libre de violencia, así como identificación y canalización de mujeres, sus hijas e hijos víctimas de violencia a instituciones que ofrecen servicios de atención jurídica y psicológica, con el propósito de prevenir la violencia feminicida en las comunidades de autogobierno.
 
 
 
 
 
 
 
 
Materiales impresos:
Folletería.
 
 
X
 
 
 
 
$94,666.00
8.1 Implementar talleres de sensibilización en materia de perspectiva de género dirigidos a operadores del transporte público, con el fin de brindarles herramientas de identificación y actuación ante una situación de violencia contra las mujeres con base en el Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia de Género en el transporte público.
Materiales impresos:
violentometro rutero
 
 
X
 
 
 
 
$52,000.00
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Capacitación)
Salario de $ 26,833.33
mensual
 
X
X
X
X
X
X
$161,000.00
9.1Implementar talleres de sensibilización en materia de perspectiva de género dirigidos a policías municipales, con el fin de brindarles herramientas de identificación y actuación ante una situación de violencia contra las mujeres.
Contratación por
servicios profesionales
por honorarios:
1 persona
(Capacitación)
 
X
X
X
X
X
X
$161,000.00
10.1 Capacitar a 50 servidoras y servidores públicos de las instituciones a nivel municipal y estatal que atienden a mujeres víctimas de violencia sexual desde el ámbito jurídico, psicológico y de salud, para fortalecer sus conocimientos y competencias, que coadyuven en la prevención de la violencia feminicida.
Contratación de una
persona moral
(institución educativa
incorporada a la
Secretaría de
Educación) para la
impartición de un
Diplomado de 120 horas.
 
X
X
X
X
X
 
$350,000.00
TOTAL
(Cuatro millones ciento sesenta y cuatro mil ciento
sesenta y seis pesos 00/100 M.N.)
$4,164,166.00
 
C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE
CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
CIENCIAS JURÍDICAS
1
Licenciatura
Servicios profesionales
(Honorarios)
5
PSICOLOGÍA
1
Licenciatura
Servicios profesionales
(Honorarios)
5
TRABAJO SOCIAL
1
Licenciatura
Servicios profesionales
(Honorarios)
2
LICENCIATURA ENFOCADA
EN EL ÁREA DE
HUMANIDADES, SOCIALES Y/
O ECONÓMICO CON
CONOCIMIENTOS EN
DERECHOS HUMANOS Y
PERSPECTIVA DE GÉNERO.
1
Licenciatura
Servicios profesionales
(Honorarios)
9
INSTITUCIÓN EDUCATIVA
UNIVERSITARIA PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DEL
DIPLOMADO, INCORPORADA
A LA SECRETARÍA DE
EDUCACIÓN.
1
No aplica
Personas Morales
1
 
Total de Prestadores de Servicios a Contratar
22
 
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
Mobiliario General
Sillones
Pieza
4
Mobiliario General
Cambiador de pañales
Pieza
2
Mobiliario y equipo de oficina
Sillas
Pieza
4
Mobiliario y equipo de oficina
Escritorios
Pieza
4
Mobiliario y equipo de oficina
Archivero
Pieza
1
Equipo de cómputo
laptop 15.6" 16 GB RAM,
procesador Intel Core 7, 512
SSD
Pieza
4
Cartel del Amorometro
Cartel prevención de la violencia
sexual en las niñas y prevención
del embarazo forzado infantil.
Pieza
2000
Minicuento del consentimiento
Mini cuento prevención de la
violencia sexual en las niñas y
prevención del embarazo
forzado infantil.
Pieza
2000
Minicuento Un respiro para el
Corazón
Mini cuento prevención de la
violencia sexual en las niñas y
prevención del embarazo
forzado infantil desde un enfoque
psicoemocional.
Pieza
2000
Semáforo del cuerpo
Semáforo del cuerpo prevención
de la violencia sexual en las
niñas y prevención del embarazo
forzado infantil.
Pieza
2000
Lapicera
Lapicera prevención de la
violencia sexual en las niñas y
prevención del embarazo
forzado infantil.
Que contendrá QR para que las
mamás y papás puedan
continuar con su formación vía
digital sobre el tema.
Pieza
600
Folletería
Folletería mujeres indígenas en
contexto de autogobierno
Pieza
500
Folletería
Cartilla de los derechos de las
mujeres de la Secretaría de las
Mujeres del Gobierno Federal
Pieza
500
Violentometro Rutero
Violentometro Rutero Tabloide
Pieza
1500
Violentometro Rutero
Violentometro Rutero Media
Carta
Pieza
3000
 
 
Total de Adquisiciones      19
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en tres ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto MUJERES/AVGM/MICH/003/2025, en la Ciudad de México el día 30 de mayo del año 2025.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado, Alfredo Ramírez Bedolla.- Rúbrica.- Secretario de Gobierno, Carlos Torres Piña.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Administración y Titular de la Instancia Local Receptora, Luis Navarro García.- Rúbrica.- Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, y Titular de la Instancia Local Responsable, Alejandra Anguiano González.- Rúbrica.