Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Amparo Indirecto 504/2025
Pral.
"2025, Año de la Mujer Indígena"
EDICTO
TERCERO INTERESADO: SYSER DE IXTAPALUCA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo indirecto 504/2025-IV, promovido por Francisco López Pérez, apoderado legal de López y Rangel Demoliciones, Construcciones y Excavaciones, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos de la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y otras autoridades, se advierte: que por auto de veinticinco de marzo de dos mil veinticinco, se admitió la demanda de amparo respecto del acto reclamado consistente en la resolución nueve de enero de dos mil veinticinco, dictada por la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en el Toca 616/2018/7, por la que confirmó el auto de cuatro de julio de dos mil veinticuatro, emitido por el Juzgado Sexagésimo Noveno de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México en el juicio ordinario mercantil 888/2015, por el que no se acordó de conformidad la petición de la parte quejosa con relación a la ampliación del embargo que había trabado en el contradictorio de origen.
Y, por auto de veinte de junio de dos mil veinticinco, se ordenó emplazar por medio de edictos a la tercera interesada Syser de Ixtapaluca, Sociedad Anónima de Capital Variable, el cual debe ser publicado una sola vez, requiriéndole para que se presente ante este juzgado dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la publicación, ya que de no hacerlo, se le harán las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, por medio de lista en los estrados de este juzgado; haciéndole del conocimiento que queda a su disposición en este Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda de amparo y auto admisorio.
Ciudad de México, a 20 de junio de 2025.
El Secretario
Carlos Augusto Casas Santiago
Rúbrica.
(R.- 566757)