Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito
Hermosillo, Sonora
EDICTO
GERARDO GARCÍA APARICIO.
En el juicio de amparo número 369/2024, promovido por GUILLERMINA OSORIO MARTINEZ, contra los actos del agente del Ministerio Público de la Unidad de Investigación de Delitos de Homicidios, Feminicidios y Lesiones Grabes Dolosas de la Fiscalía General del Estado de Sonora, con sede en esta ciudad, consistente en violación al numeral 8 de la C.P.E.U.M. por no fundar y motivar su negativa a tener presente en la carpeta de investigación con NUC: SON/HER/FGE/2023/019/57479, como ofendida a la quejosa en su calidad de concubina; por auto de diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, se tuvo como tercero interesado a GERARDO GARCÍA APARICIO, posteriormente, en acuerdo de diecisiete de junio del año en curso, se ordenó el emplazamiento por medio de edictos, que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república e igualmente en estrados de este juzgado, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria según su artículo 2º; deberá presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora ubicado en calle Doctor Paliza esquina con Londres número 44, colonia Centenario, en Hermosillo, Sonora, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones personales en el lugar de residencia de este juzgado, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le harán por medio de lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo.
Atentamente
Hermosillo, Sonora, tres de julio de dos mil veinticinco.
Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora
Santiago Flores Cota
Rúbrica.
(R.- 566616)