SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social, que celebran la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE ESTABLECE LA FORMA DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PERSONAL, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS PARA LA PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD, PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DE FECHA 31 DE AGOSTO DE 2023; QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE SALUD, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "SALUD", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO DE SALUD, DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, ASISTIDO POR EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, MTRO. MARCO VINICIO GALLARDO ENRÍQUEZ; EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL IMSS", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL MTRO. ZOÉ ALEJANDRO ROBLEDO ABURTO, ASISTIDO POR EL DR. HERMILO DOMÍNGUEZ ZÁRATE, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PRESTACIONES MÉDICAS; SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, EN LO SUCESIVO "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, ASISTIDO POR EL LIC. JUAN CARLOS CARDONA ALDAVE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y POR LA DRA. CÉLIDA DUQUE MOLINA, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD; Y EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL EL C. CUITLÁHUAC GARCÍA JIMÉNEZ, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. CARLOS ALBERTO JUÁREZ GIL, LA SECRETARIA DE SALUD Y DIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ, LA DRA. GUADALUPE DÍAZ DEL CASTILLO FLORES Y EL SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, EL MTRO. JOSÉ LUIS LIMA FRANCO; A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. Con fecha 17 de enero de 2023, "EL IMSS" por conducto de la Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Veracruz Sur y "EL Gobierno del Estado" a través de la Secretaría de Salud y Servicios de Salud de Veracruz suscribieron el Acta de Entrega-Recepción de la Unidad de Salud denominada Hospital Materno Infantil de Coatzacoalcos, CLUES VZSSA008290 por la que "EL IMSS" recibió las instalaciones con el equipo electromecánico, médico y tecnológico, así como mobiliario administrativo, equipo e instrumental médico y plantilla vehicular en cumplimiento al Acuerdo de Coordinación para establecer las acciones generales para la ampliación de operación del Programa IMSS-BIENESTAR en el Estado de Veracruz, celebrado entre el "EL IMSS" y el Gobierno del Estado, con fecha 04 de noviembre de 2022.
2. Con fecha 31 de agosto de 2023, "LAS PARTES" suscribieron el "Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave", en lo sucesivo el "CONVENIO PRINCIPAL".
3. Conforme a la cláusula DÉCIMA del "CONVENIO PRINCIPAL", dicho instrumento consensual puede ser modificado o adicionado.
4. En la cláusula DÉCIMA CUARTA del "CONVENIO PRINCIPAL", "LAS PARTES" acordaron que los Anexos a los que se refiere dicho instrumento, forman parte de este.
5. Con fecha 3 de enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Salud, para consolidar la federalización del sistema de salud para el bienestar", cuyo transitorio tercero dispone, entre otros supuestos, que "IMSS-BIENESTAR", a más tardar el 31 de marzo de 2024, deberá realizar las conciliaciones respectivas, contar con la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y modificar los Convenios de Coordinación que haya suscrito en el ejercicio fiscal 2023 con las Entidades Federativas, en términos del artículo 77 bis 16 A de la Ley General de Salud, en adelante LGS, a efecto de adecuarlos a lo previsto en dicho Decreto.
6. En virtud a lo señalado en el antecedente previo, el 18 de enero de 2024 "LAS PARTES" suscribieron Convenio Modificatorio al "CONVENIO PRINCIPAL", en lo sucesivo "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO", cuyo objeto, establecido en su cláusula PRIMERA, fue modificar, entre otras, las fracciones y numerales que a continuación se transcriben de las Cláusulas Primera y Segunda del "CONVENIO PRINCIPAL", para quedar como sigue:
PRIMERA.- OBJETO. El presente Convenio de Coordinación tienen como objeto establecer los compromisos a que se sujetarán "LAS PARTES", para que:
...
(ii) "EL GOBIERNO DEL ESTADO", con estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables y en su respectivo ámbito de competencia, transfiera, al "IMSS-BIENESTAR" o al fideicomiso público sin estructura orgánica a que hace mención el artículo 77 bis 29 de la "LGS", en adelante "EL FONSABI", los recursos destinados a la atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social en el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Por lo que corresponde a los recursos presupuestarios y financieros objeto del presente Convenio de Coordinación, son los señalados en los artículos 77 bis 12, 77 bis 13, 77 bis 14, 77 bis 15 y 77 bis 16 A y demás relativos y aplicables de la "LGS", así como, recursos propios o de libre disposición que cubran el pago de servicios personales y de operación de atención a la salud de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
SEGUNDA.- DE LA INFRAESTRUCTURA DE SALUD Y DE LOS RECURSOS MATERIALES. Para efectos de la transferencia de los establecimientos de salud, se estará a lo siguiente:
I. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y, en su caso, "EL IMSS" se comprometen a suscribir los actos jurídicos correspondientes y a realizar los trámites necesarios a efecto de que los diversos bienes inmuebles sean transmitidos en propiedad y/o posesión, según corresponda, al "IMSS-BIENESTAR", a fin de que dicho organismo en el ámbito de su competencia sea el que opere las unidades señaladas en el Anexo 1 del presente Convenio de Coordinación para dar cumplimiento a su objeto en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
...
(lo subrayado es propio)
7. Con fecha 19 de julio de 2024, se suscribió el CONVENIO DE TERMINACIÓN DEL ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES COORDINADAS PARA LA AMPLIACIÓN DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA IMSS-BIENESTAR EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Y DEL ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA ESTABLECER LAS ACCIONES GENERALES PARA LA AMPLIACIÓN DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA IMSS-BIENESTAR EN EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE entre "EL IMSS" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
8. Mediante oficio número CE-IBVER/2847/2024, la Dra. Romana Gutiérrez Polo, Coordinadora Estatal de "IMSS-BIENESTAR" en el Estado de Veracruz, solicitó la modificación al Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL", objeto del presente Convenio Modificatorio, para incluir la unidad médica siguiente, ello con la finalidad de dar cumplimiento a los compromisos realizados por la Federación y brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social, atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados:
| CLUES UNIDAD | NIVEL DE ATENCIÓN | TIPO ESTABLECIMIENTO | NOMBRE DE LA UNIDAD | ENTIDAD | MUNICIPIO | LOCALIDAD | JURISDICCIÓN | DOMICILIO |
| VZSSA008290 | SEGUNDO NIVEL | DE HOSPITALIZACIÓN | HOSPITAL MATERNO INFANTIL DE COATZACOALCOS | VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | COATZACOALCOS | COATZACOALCOS | COATZACOALCOS | DR. JOSÉ LEMARROY CARRIÓN NO 37, FRACCIONAMIENTO BAHÍA DE SAN MARTÍN, C.P. 96536, VERACRUZ, VER. |
DECLARACIONES
I. "SALUD" declara que:
I.1 Se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL".
II. "EL IMSS" declara que:
II.1 Se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL", salvo las declaraciones II.7 y II.8.
II.2 El Dr. Hermilo Domínguez Zárate, Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 268 A, de la Ley del Seguro Social; 2, fracción V, 3, fracción II, inciso g), 6, fracción I y 82, fracciones I y XXI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; asimismo, acredita su personalidad mediante nombramiento expedido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, el 14 de mayo de 2024, así como con el testimonio de la escritura pública número 84,260, de 16 de mayo de 2024, otorgada ante la fe del Lic. Ignacio Soto Sobreyra y Silva, Titular de la Notaría Pública número 13 de la Ciudad de México, inscritos en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo los folios números 97-5-22052024-180816 y 97-7-22052024-181002, respectivamente, el 22 de mayo de 2024, en términos de lo dispuesto por el artículo 25, fracción IV, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
III. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
III.1 Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL", salvo las Declaraciones III.7 y III.8.
III.2 El Lic. Carlos Alberto Juárez Gil, en su carácter de Secretario de Gobierno tiene facultades para intervenir en el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los artículos 50, párrafos primero y quinto de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 9 fracción l, 10, 12, fracciones I, II, VII y XIX, 17 y 18 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 15, fracciones XXXV y XXXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; de igual forma, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 13 de octubre de 2023, expedido a su favor por el C. Cuitláhuac García Jiménez, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
III.3 La Dra. Guadalupe Díaz del Castillo Flores, en su carácter de Secretaria de Salud y Directora General de Servicios de Salud de Veracruz, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con los artículos 50 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2, 3, 9, fracción X, 10, 12 fracciones VII y XIX, 31, 32, 38, 40 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 13 y 14 fracciones I, VI y XIII de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, de igual forma, acredita su personalidad con los nombramientos de fecha 04 de octubre de 2023, expedidos a su favor por el C. Cuitláhuac García Jiménez, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, cargos que acredita con copia de los nombramientos respectivos.
"IMSS-BIENESTAR" declara que:
IV.1 Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL", salvo las Declaraciones IV.8 y IV.9.
IV.2. El Lic. Juan Carlos Cardona Aldave, en su carácter de Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de "IMSS-BIENESTAR", cargo que acredita con copia de su nombramiento, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio Modificatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 23, fracción XI y 35 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
IV.3. La Dra. Célida Duque Molina, en su carácter de Titular de la Unidad de Atención a la Salud de "IMSS-BIENESTAR", cargo que acredita con copia de su nombramiento, cuenta con las facultades suficientes para participar en la celebración del presente Convenio Modificatorio, en términos de las facultades que le confieren los artículos 23, fracción XI y 25 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
IV. "LAS PARTES" declaran, por conducto de sus representantes, que:
V.1. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente Convenio Modificatorio.
V.2. Acuerdan la celebración del presente convenio modificatorio de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. "LAS PARTES" acuerdan modificar el Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL", para incluir la unidad médica siguiente:
| CLUES UNIDAD | NIVEL DE ATENCIÓN | TIPO ESTABLECIMIENTO | NOMBRE DE LA UNIDAD | ENTIDAD | MUNICIPIO | LOCALIDAD | JURISDICCIÓN | DOMICILIO |
| VZSSA008290 | SEGUNDO NIVEL | DE HOSPITALIZACIÓN | HOSPITAL MATERNO INFANTIL DE COATZACOALCOS | VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE | COATZACOALCOS | COATZACOALCOS | COATZACOALCOS | DR. JOSÉ LEMARROY CARRIÓN NO 37, FRACCIONAMIENTO BAHÍA DE SAN MARTÍN, C.P. 96536, VERACRUZ, VER. |
SEGUNDA. RATIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL "CONVENIO PRINCIPAL" Y SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. "LAS PARTES" acuerdan que, salvo las modificaciones al Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL" objeto del presente Convenio Modificatorio, quedan vigentes con toda su fuerza y alcance legal, las demás estipulaciones del "CONVENIO PRINCIPAL" y sus convenios modificatorios, formando estos y el presente Convenio Modificatorio, una sola unidad contractual.
TERCERA. ENTRADA EN VIGOR DE LAS MODIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen que las modificaciones objeto del presente Convenio Modificatorio, entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma.
Previa lectura y debidamente enteradas "LAS PARTES" del contenido, alcance y fuerza legal del presente Convenio Modificatorio, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y su consentimiento, y no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe, ni otros vicios de la voluntad, lo firman y rubrican en cuatro ejemplares originales, conservando un tanto cada una de "LAS PARTES", en la Ciudad de México, el 19 de julio de 2024.- Por Salud: Secretario de Salud, Dr. Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.- Con la Asistencia de: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Mtro. Marco Vinicio Gallardo Enríquez.- Rúbrica.- Por el IMSS: Director General, Mtro. Zoé Alejandro Robledo Aburto.- Rúbrica.- Con la Asistencia de: Titular de la Dirección de Prestaciones Médicas, Dr. Hermilo Domínguez Zárate.- Rúbrica.- Por IMSS-BIENESTAR: Director General, Dr. Alejandro Antonio Calderón Alipi.- Rúbrica.- Con la Asistencia de: Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, Lic. Juan Carlos Cardona Aldave.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Atención a la Salud, Dra. Célida Duque Molina.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, C. Cuitláhuac García Jiménez.- Rúbrica.- Con la Asistencia de: Secretario de Gobierno, Lic. Carlos Alberto Juárez Gil.- Rúbrica.- Secretaria de Salud y Directora General de Servicios de Salud de Veracruz, Dra. Guadalupe Díaz del Castillo Flores.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Planeación, Mtro. José Luis Lima Franco.- Rúbrica.