AVISO mediante el cual se da a conocer la dirección electrónica para la consulta de los Lineamientos del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA PARA LA CONSULTA DE LOS "LINEAMIENTOS DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN EL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO"
GABRIEL ÁNGEL LIMÓN GONZÁLEZ, Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (Instituto o IPAB), de conformidad con lo previsto en los artículos 59, fracciones XII y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 84, fracciones III y XI de la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB); 7 del Estatuto Orgánico del IPAB, y Segundo, último párrafo del "Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican", así como su modificatorio, y
CONSIDERANDO
Que el 10 de abril de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal la cual dispone en su artículo 1, segundo párrafo que, las entidades del sector paraestatal podrán establecer sus propios sistemas de servicio profesional de carrera tomando como base los principios señalados en la referida Ley;
Que el 14 de febrero de 2006, la Junta de Gobierno del Instituto en su Sesión Ordinaria número 62, aprobó los "Lineamientos del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario", los cuales fueron modificados el 3 de diciembre de 2009 -en la Sesión Ordinaria número 84- y el 6 de octubre de 2015 -en la Sesión Ordinaria número 119- (Lineamientos 2015). El objeto de los Lineamientos 2015 es el de "Establecer las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario";
Que los Lineamientos 2015, establecen disposiciones relacionados con los procesos que regulan el ingreso de personal al IPAB, incluyendo los procesos de evaluación y selección de ingreso de personal para ocupar plazas vacantes, así como los órganos colegiados dotados de atribuciones vinculadas con estos procesos;
Que el 2 de mayo de 2006, el Comité Directivo de Profesionalización del IPAB, en su Primera Sesión Ordinaria, aprobó los "Criterios de Operación del proceso de ingreso al Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario" (Criterios), mismos que fueron modificados el 30 de abril de 2018. El objeto de los Criterios es "Establecer los criterios y mecanismos que deberán observarse para operar el Proceso de Ingreso para la ocupación de Plazas vacantes y de nueva creación en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, con objeto de dotar a dicho Proceso de Ingreso de objetividad, equidad, valoración del mérito e igualdad de oportunidades para todos los participantes";
Que los Criterios amplían a detalle las etapas, obligaciones y derechos vinculados a los procesos de ingreso de personal al IPAB, complementando las disposiciones establecidas en los Lineamientos 2015;
Que el 25 de septiembre de 2006, la Junta de Gobierno del Instituto en su Sesión Extraordinaria número 59, aprobó las Condiciones Generales de Trabajo para los Trabajadores del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (CGT), cuyo texto vigente establece en su artículo 9, fracción VI que, el IPAB diseñará e implementará el Servicio Profesional de Carrera del Instituto de conformidad con los Lineamientos 2015 y que, en términos de lo dispuesto en su artículo 71, serán de carácter general y de observancia obligatoria;
Que el 27 de marzo de 2014, fue publicado en el DOF el Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (Estatuto Orgánico del IPAB), instrumento que ha sido modificado en diversas ocasiones a efecto de reformar la estructura orgánica y funcional del Instituto y reasignar diversas atribuciones a las Unidades Administrativas, siendo la última modificación la publicada en el DOF el 19 de junio de 2023, por lo que resulta necesario adecuar las normas del Servicio Profesional de Carrera del IPAB a la actual denominación de las Unidades Administrativas;
Que es necesario actualizar y optimizar el proceso de ingreso que comprende el Servicio Profesional de Carrera en el Instituto, tomando en consideración lo dispuesto en la normatividad vigente respecto a la libre designación de diversas personas servidoras públicas;
Que con el objeto de realizar una simplificación normativa, se estima necesario unificar los Lineamientos 2015 y Criterios, en una sola norma, y
Que mediante acuerdo número IPAB/JG/24/172.8, aprobado en la Sesión Ordinaria número 172 celebrada el 27 de noviembre de 2024, la Junta de Gobierno del Instituto, determinó abrogar los Lineamientos 2015, dejar sin efectos los Criterios y aprobar una nueva normatividad que regule el Servicio Profesional de Carrera en el Instituto, por lo que se ha tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA PARA LA CONSULTA DE LOS "LINEAMIENTOS DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN EL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO" conforme a lo siguiente:
PRIMERO. - Se publican los datos de identificación de los Lineamientos del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario y se comunica para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, de conformidad con lo siguiente:
· Denominación de la norma: Lineamientos del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
· Emisor: La Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
· Fecha de emisión: 14 de mayo de 2025.
· Materia correspondiente: Recursos Humanos y Servicio Profesional de Carrera.
SEGUNDO. - Los Lineamientos del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, están disponibles en la siguiente dirección electrónica:
https://www.gob.mx/ipab/documentos/normateca-38086
www.dof.gob.mx/2025/IPAB/lineamientos_SPC.pdf
TRANSITORIOS
ÚNICO. Los Lineamientos del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, entrarán en vigor al día hábil siguiente a la publicación en el Diario Oficial de la Federación del presente Aviso.
Ciudad de México, a 21 de mayo de 2025.- Secretario Ejecutivo, Mtro. Gabriel Ángel Limón González.- Rúbrica.
(R.- 566026)