Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Chiapas
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
NOTIFICACION POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto al C. DAVID MOISES CONSTANTINO RENTERIA, CARMEN HERNANDEZ CRUZ y/o quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de investigación FED/CHIS/TAP/0000890/2024, iniciada por el delito de Artículo 83 fracción III. con prisión de cuatro a quince años, de cien a quinientos días multa, cuando se trate de cualquiera de las otras armas comprendidas en el artículo 11 de esta ley. de la Ley Federal de Armas de Fuego, Explosivos, artículo 83 Quin fracción reformado desde el 19 de febrero de 2021, vigente al día siguiente de su publicación en el D.O.F. II.- con prisión de cuatro a ocho años, de doscientos a cuatrocientos días multa, cuando se trate de más de cinco cargadores. de la Ley Federal de Armas de Fuego, Explosivos y artículo 83 QUAT fracción reformado desde el 19 de febrero de 2021, vigente al día siguiente de su publicación en el D.O.F. II.- con prisión de cuatro a siete años y de cien a trescientos días multa, si son para las armas que están comprendidas en los restantes incisos del artículo 11 de esta ley. de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual con fecha 25 de mayo y 26 junio del año 2024, se decretó el aseguramiento de: 1.- Una camioneta marca Ford, tipo Suv, modelo Expedition Limited, color verde, cinco puertas, con placas de circulación DSP-026-D, particulares del Estado de Chiapas, con numero de identificación vehicular 1FMJU1K59AEA93494. 2.- Una motocicleta de la marca Italika, tipo Naked, modelo 125 z, color negro, con azul, no porta placas de circulación, con numero de motor LC157FMIUE259518 con número de identificación 3SCK59LA4N1033996, corresponden a un vehículo de origen nacional y un año modelo 2022. 3.- Una motocicleta marca Italika, tipo Naked, modelo 125 z, color negro con azul, no porta placas de circulación, con numero de motor LC157FMIVE182829, con número de identificación vehicular 3SCK59LA8P1009333, corresponde a un vehículo de origen nacional y un año y modelo 2023. 4.- Una motocicleta marca Hero Moto Corp, tipo Naked, modelo Hunk 190R, color negro, no porta placas de circulación con numero de motor MC20AAMGH00849, numero de identificación vehicular MBLLCS016NGV00929 corresponde a un vehículo de origen extranjero y un año y modelo 2022, por instrumento del delito investigado. Se notifica a través del presente edicto a 2.- TORRES TRANSPORTES TERRESTRES S.A. DE C.V. del siguiente bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe: Carpeta de Investigación FED/CHIS/TGZ/0000968/2022, iniciada por el delito de A Quien Albergue o Transporte por el Territorio Nacional, con el objetivo de obtener directa o indirectamente un lucro, a uno o varios extranjeros con el fin de evadir la Revisión Migratoria, con la agravante de que dicha conducta se realice respecto de niñas, niños y adolescentes, previsto y sancionado por los artículos 159, fracción III y 160 fracción I, de la Ley de Migración, en la cual el 21 de junio de 2022, se decretó el aseguramiento de: Un Semirremolque marca Fruehauf, tipo caja seca color blanco y franjas en color azul, rojo y verde, con placas de circulación 23-UP-5L del Servicio Público Federal, con número de identificación vehicular 3AWV25329MY316214, de origen nacional, año modelo 2021, por ser instrumento del delito investigado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y en caso de no comparecer para la debida acreditación de los artefactos bélicos, de conformidad con el artículo 231 del Condigo Nacional de Procedimientos Penales, de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, se procederá a su destino final, según corresponda, haciendo del conocimiento que los referidos artefactos bélicos se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, de la Fiscalía Federal en el Estado de Chiapas, con domicilio en libramiento sur poniente 2069, colonia Belén, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Atentamente
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 28 de abril del 2025.
El Fiscal Federal en el Estado de Chiapas
Dr. Felipe Neri León Aragón
Rúbrica.
(R.- 565075)