ACUERDO por el que se da a conocer el domicilio de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en liquidación.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
SALIM ARTURO ORCI MAGAÑA, Director Corporativo de Administración y Liquidación de Activos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, con fundamento en los artículos 33 del Código Civil Federal; 235 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; 76 y 78, fracciones V y XIII de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; 59, fracciones I, V y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 8, 11, fracción III, 12, fracción IX y 37, fracciones I y V del Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 1, fracción XI de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, establece como propósito de la Ley, el regular la administración y destino por parte del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, de los bienes, activos y empresas, entre las que se encuentran aquellas que hayan sido transferidas al Instituto para el proceso de desincorporación, liquidación o extinción;
Que la misma Ley en su artículo 78, fracción V dispone como atribución del Instituto, el fungir como liquidador único del Gobierno Federal de las empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades nacionales de crédito y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, organismos autónomos, entidades de interés público, empresas productivas del estado, así como toda clase de sociedades mercantiles, sociedades o asociaciones civiles;
Que el 29 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y se abroga su Ley Orgánica, en el cual se establece en su artículo cuarto, que el proceso de liquidación de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, estará a cargo del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, quien fungirá como liquidador único del Gobierno Federal, conforme a las disposiciones legales aplicables, para lo cual tendrá las más amplias facultades para actos de administración, dominio, pleitos y cobranzas;
Que el 23 de junio de 2023, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las Bases para la liquidación del organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, estableciendo en su base SEGUNDA, que se confiere al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado la atribución para que se desempeñe como Liquidador de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero;
Que de conformidad con el artículo 1, 8, 11, fracción III, 12, fracción IX, 37, fracciones I y V del Estatuto Orgánico del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, la Dirección Corporativa de Administración y Liquidación de Activos, tiene entre sus atribuciones la gestión, administración y enajenación de los bienes, activos o empresas que le son transferidos para su destino o disposición, así como la supervisión y control de los procesos de liquidación de las entidades paraestatales en extinción o liquidación encomendadas al Instituto. Dichas atribuciones se vinculan de manera directa con la figura del Liquidador Único del Gobierno Federal, ya que, en su calidad de órgano operativo especializado, la Dirección Corporativa de Administración y Liquidación de Activos ejerce las funciones inherentes al proceso de liquidación, garantizando el cumplimiento de los objetivos institucionales relacionados con la disolución, liquidación y destino final de los activos de las entidades paraestatales en términos de las disposiciones aplicables;
Que conforme a lo dispuesto en los artículos 12, fracción IX, y 37, fracción V del Estatuto Orgánico en mención, la Dirección Corporativa de Administración y Liquidación de Activos tiene la atribución de suscribir o emitir los instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como someter aquellos que coadyuven en la conclusión de los procesos de liquidación de Empresas y Empresas en Administración, y la ejecución de los Encargos asignados al Instituto, y
Que con el propósito de brindar certeza jurídica a los interesados en la recepción de toda clase de notificaciones y documentos provenientes de particulares y autoridades competentes, relacionados con el proceso de liquidación de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y en apego a las facultades conferidas al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado en su calidad de Liquidador Único del Gobierno Federal, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL DOMICILIO DE FINANCIERA NACIONAL DE
DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, EN LIQUIDACIÓN
ÚNICO.- Se informa al público en general y a las autoridades interesadas, para todos los efectos legales a que haya lugar, que a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, el domicilio de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en Liquidación, estará ubicado en Avenida Insurgentes Sur, número 1931, pisos 2 y 3, Colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Alcaldía Álvaro Obregón, en la Ciudad de México.
Todos los escritos, notificaciones, oficios, acuerdos, citatorios, correspondencia, requerimientos, y cualquier otra diligencia relacionada con los asuntos competencia de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en Liquidación, deberán presentarse en el domicilio mencionado en el párrafo anterior, dejando de tener efecto legal cualquier notificación que se realice en un domicilio diverso al indicado.
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México a 16 de mayo de 2025.- Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado: Director Corporativo de Administración y Liquidación de Activos, Salim Arturo Orci Magaña.- Rúbrica.
(R.- 565700)