Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 398/2024-VIII, promovido por José Guadalupe Morales Ulloa, contra actos del Juez de Control adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Número Dos del Poder Judicial de la Ciudad de México y otras autoridades, consistente en el auto de vinculación a proceso de trece de abril de dos mil veinticuatro, dictado en la carpeta judicial 02/515/2024, por los hechos con apariencia de delito de ribo calificado y homicidio calificado en grado de tentativa y medida cautelar de prisión preventiva justificada impuesta en audiencia de trece de abril de dos mil veinticuatro, se ordena emplazar por este medio a los terceros interesados José Antonio Vázquez Padilla y Genaro Vázquez González, como lo dispone el artículo 27, fracción III, inciso b), segundo párrafo, de la Ley de Amparo vigente.
Queda a su disposición en la Mesa VIII de este Juzgado la copia de la demanda que en derecho le corresponde (artículo 317 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo).
Deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente a defender sus derechos, y en caso de no comparecer o no nombrar autorizado en el término referido, se continuará el juicio sin su intervención y las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se practicarán por medio de lista que se publica en este Juzgado.
Durante el lapso del proceso de emplazamiento publíquese el presente en los estrados de este juzgado.
En el entendido de que el presente edicto, deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, tres veces de siete en siete días.
Atentamente
Ciudad de México, México, quince de abril de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
Licenciado Waldo Plata García
Rúbrica.
(R.- 564625)