Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos
Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento al acuerdo dictado el 09 de enero de 2025, en la carpeta de investigación FED/FEMDH/FEIDT-NL/0000099/2019; con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82, fracción III y 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 4, 5, 6, 11, fracción VII y 13 fracción VI de la Ley de la Fiscalía General de la República; 2, 5, fracción VII, inciso c), 106 y 107 del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República, se notifica a través del presente edicto a los CC. MIGUEL ANGEL MARTINEZ GONZALEZ, DIEGO GUADALUPE GARCÍA GAONA, GRACIANO RAFAEL AGUIRRE RODRIGUEZ, PEDRO ANTONIO ARMENTA y FRANCISCA ALMAGUER TORRES a efecto de hacerle del conocimiento la determinación de No Ejercicio de la Acción Penal por lo que respecta al delito de TORTURA, previsto en el numeral 3 y sancionado en el numeral 4, ambos de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura; ello, en virtud de que se actualiza la hipótesis contemplada en el artículo 255 en relación con el 327 fracción V, del Código Nacional de Procedimientos Penales; resolución dictada en la carpeta de investigación FED/FEMDH/FEIDT-NL/0000099/2019.
Lo anterior, a efecto de hacer del conocimiento de que MIGUEL ANGEL MARTINEZ GONZALEZ, DIEGO GUADALUPE GARCÍA GAONA, GRACIANO RAFAEL AGUIRRE RODRIGUEZ, PEDRO ANTONIO ARMENTA y FRANCISCA ALMAGUER TORRES cuenta con el término de diez días siguientes al de la publicación del presente EDICTO, para impugnar la resolución ante el Juez de Control, de conformidad con el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales y conforme a lo establecido en el Capítulo II, numeral Tercero del acuerdo A/173/16, publicado el 21 de octubre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, vigente de conformidad con el último párrafo del Transitorio Cuarto de la Ley de la Fiscalía General de la República por el que se delegan en los servidores públicos que se indican, facultades previstas en diversas leyes.
 
Ciudad de México, a 24 de abril de 2025.
Fiscal Especial en Investigación del Delito de Tortura
Juan Carlos Chávez Jiménez
Rúbrica.
(R.- 565201)