Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y
de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
 
Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de siete de mayo de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo indirecto 1522/2024, promovido por Gerardo Manuel Uriz Borras, contra actos del Juez Séptimo Especializado en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Puebla y otra autoridad, se emplaza a las morales terceras interesadas Descafeinados Solubles, Sociedad Anónima de Capital Variable y Compañía Proveedora e Industrializadora de Café, Sociedad Anónima de Capital Variable, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Queda a su disposición, en la secretaría de este órgano judicial, copia simple de la demanda de garantías, y anexos, así como copia del auto admisorio. Se les hace saber que cuentan con treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto, para que comparezcan a este Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, con residencia en San Andrés Cholula, a hacer valer lo que a su interés conviniere y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en la zona conurbada. Se les apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista; y como esta ordenado en el citado proveído, se informa que se encuentran señaladas las once horas con cinco minutos del veinte de mayo de dos mil veinticinco, para el desahogo de la audiencia constitucional.
 
Actuaria Judicial adscrita al Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Marilyn Pamela Cerezo Andraca
Rúbrica.
(R.- 565218)