Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Industrias Zuco, S.A. de C.V.
Vs.
Juan Rafael Gramillo González
M. 2224269 Fuego de Alebrije y Diseño
Exped.: P.C. 1276/2024(C-466)15408
Folio: 012831
Juan Rafael Gramillo González
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
 
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta dirección el día 28 de junio de 2024, al cual recayó el folio de entrada 015408 por JORGE NICOLAU BENITO, apoderado de INDUSTRIAS ZUCO, S.A. DE C.V., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro, propiedad de JUAN RAFAEL GRAMILLO GONZÁLEZ.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV y 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a JUAN RAFAEL GRAMILLO GONZÁLEZ, parte demandada, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga. apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez. en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
29 de abril de 2025.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Roberto Díaz Ramirez
Rúbrica.
(R.- 565058)