Ecogas México, S. de R.L. de C.V.
Zona Geográfica Mexicali
LISTA DE TARIFAS MÁXIMAS AUTORIZADAS PARA 2025
Publicación de conformidad con lo dispuesto en la disposición 21.1 de la Directiva sobre la determinación de tarifas y el traslado de precios para las actividades reguladas en materia de gas natural DIR-GAS-001-2007, así como al oficio UH-250/10895/2025, de fecha 20 de febrero de 2025, por el que la Comisión Reguladora de Energía aprobó a Ecogas México, S. de R.L. de C.V., titular del permiso G/002/DIS/1996, la siguiente lista de Tarifas Máximas:
| Cargo por: | Unidad | Periodi cidad | Residen cial | Comercial/Industrial |
| De 0 a 418.68 GJ | De 418.69 a 4,186.80 GJ | De 4,186.81 a 16,747.20 GJ | De 16,747.21 a 58,615.20 GJ | Más de 58,615.20 GJ |
| | Pesos | Mensual | $45.814 9 | $230.4628 | $4,103.4470 | $6,949.4882 | $21,017.3259 | $31,451.375 8 |
| Distribución con comercialización (1) | Pesos/GJ | Mensual | $222.42 65 | $183.4051 | | | | |
| Capacidad | Pesos/GJ | Mensual | $183.56 64 | $151.3624 | $79.7833 | $28.1026 | $14.7225 | $10.7280 |
| Uso | Pesos/GJ | Mensual | $38.860 1 | $32.0427 | $16.8898 | $5.9492 | $3.1167 | $2.2711 |
| Cargo por conexión no estándar | Pesos/Metro | Cargo único | $562.07 44 | $569.5203 | $45.8225 | $45.8225 | $45.8225 | 45.8225 |
| Cobranza | Pesos | Evento | $237.93 91 | $237.9391 | $237.9391 | $237.9391 | $237.9391 | $237.9391 |
| Reconexión y Desconexión | Pesos | Evento | $235.59 41 | $235.5941 | $45.8225 | $45.8225 | $45.8225 | $45.8225 |
| Cheque devuelto | Pesos | Evento | 20% o Mínimo $223.65 37 | 20% o Mínimo $223.6537 | 20% o Mínimo $223.6537 | 20% o Mínimo $223.6537 | 20% o Mínimo $223.6537 | 20% o Mínimo $223.6537 |
| Depósito para prueba de medidor | Pesos | Evento | $356.86 18 | $594.8009 | $594.8009 | $594.8009 | $594.8009 | $594.8009 |
Cifras expresadas a pesos de diciembre 2024.
(1) Aplica únicamente a usuarios con consumo de hasta 5,000.00 Gigajoules al año.
(2) Las Tarifas Máximas estarán vigentes cinco días hábiles después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Costos Trasladables:
Cargo por adquisición de gas: a los clientes con servicio de distribución con comercialización se aplicará un cargo por adquisición de gas (molécula) costo en que incurre el distribuidor y que será trasladado al usuario.
Cargo por servicio de transporte: al proporcionarse el servicio de transporte de gas, el costo correspondiente en que incurra el distribuidor será trasladado al usuario.
Cargo por servicio de almacenamiento: cuando se proporcione el servicio de almacenamiento de gas, el costo correspondiente en que incurra el distribuidor, será trasladado al usuario.
Cargo por importación: al proporcionarse el servicio de importación de gas, el costo correspondiente en que incurra el distribuidor será trasladado al usuario.
Derecho municipal: está sujeto a las modificaciones en el régimen de impuestos en que incurra el distribuidor en base a la autorización del régimen impositivo local, estatal y federal, será trasladado al usuario.
IVA: 8% de cada peso facturado.
Notas aclaratorias:
El consumo de gas que se facturará al usuario será el resultado de multiplicar los metros cúbicos consumidos por el poder calorífico promedio por metro cúbico de gas suministrado. El permisionario podrá optar por facturar en tarifas equivalentes a metros cúbicos.
Cargo por servicio: se aplicará mensualmente, a partir de que la línea de servicio instalada al usuario cuente con gas.
Cargo por cheque devuelto: será equivalente al 20% del monto del cheque, y en ningún caso será inferior a $223.6537 M.N.
Todas nuestras tarifas se aplicarán de acuerdo con lo dispuesto por la Comisión Reguladora de Energía, las Condiciones Generales para la Prestación del Servicio y la regulación vigente.
Las tarifas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el cual será adicionado a la factura.
Mexicali, B.C. a 27 de febrero de 2025.
Ecogas México, S. de R.L. de C.V.
Representante Legal
Juan Rodriguez Castañeda
Rúbrica.
(R.- 565152)