Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito
Celaya, Gto.
EDICTOS
A LAS MORALES TERCERAS INTERESADAS: SCALA
URBANISMO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE Y SANTA LUCIA DE CELAYA, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo 519/2024-I, promovido por ANTONIA ZARATE CUELLO, contra actos del Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Celaya, Guanajuato y otras autoridades, se les ha señalado como terceras interesadas y como se desconoce su domicilio actual, se ordenó emplazarlas a juicio por edictos, que deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con los artículos 27 fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria, quedando a su disposición copia simple de la demanda de amparo en la secretaría de este Juzgado de Distrito, la cual en síntesis dice: "I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: ANTONIA ZARATE CUELLO,.... II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: DAVID CALDERÓN ZORRILLA,... III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: COMO ORDENADORAS. a) Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Celaya, Guanajuato, b) Secretario General de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Celaya, Guanajuato, c) Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Celaya, Guanajuato, d) Actuario y/o Ministro Ejecutor de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con sede en Celaya, Guanajuato. IV.- ACTO RECLAMADO.- La AUDIENCIA DE REMATE del próximo día 20 VEINTE de junio del año en curso 2024 dos mil veinticuatro a las 9:00 nueve horas, dentro de las constancias que integran el Juicio con número expediente 1488/2010/L1/CD/IND que promueve DAVID CALDERÓN ZORRILLA en contra de SANTA LUCIA DE CELAYA, S.A. DE C.V., ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de esta ciudad de Celaya, Guanajuato. Así como todos los actos emanados dentro del juicio laboral antes mencionado. Así mismo la posible adjudicación, el embargo del inmueble, todo acto de escrituración, todo acto destinado a desposeerme de mi inmueble y por consiguiente se me garantice siga en el goce de la posesión y propiedad de mi inmueble materia de la litis..."; además se les hace saber que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, deberán comparecer por conducto de quien legalmente las represente ante este Tribunal Federal, para hacer valer lo que a sus intereses convengan. Si pasado el término concedido no comparecieren, se seguirá el juicio en su ausencia y se les tendrá por emplazadas al presente juicio, haciéndoles las ulteriores notificaciones por medio de lista en los estrados de este Tribunal.
Atentamente
Celaya, Guanajuato, 07 de mayo de 2025.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado
Lic. Aarón Isaac Ojeda Romo
Rúbrica.
(R.- 564525)