| DEBE DECIR | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ANEXO 1 CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 ... | ANEXO 1 CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200... | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| DECLARACIONES I.8 EL/LA (TÍTULO O GRADO ACADÉMICO Y NOMBRE), en su carácter de Titular de la Coordinación Estatal (NOMBREDE LA ENTIDAD), cargo que acredita con copia de su nombramiento, cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos 61,62 y 65 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR). ... | DECLARACIONES 1.8 EL/LA (TÍTULO O GRADO ACADÉMICO Y NOMBRE), en su carácter de Titular de la Coordinación Estatal (NOMBRE DE LA ENTIDAD), cargo que acredita con copia de su nombramiento, cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos 61, 62 y 65 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR). (*Esta disposición no será aplicable en el caso de las Entidades No Concurrentes, por lo que se omitirá). ... | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| CLÁUSULAS ... NOVENA. OBLIGACIONES DE "IMSS-BIENESTAR" ... l. Transferir al "GOBIERNO DE LA ENTIDAD", a través de la Unidad de Administración y Finanzas, mediante la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio de Colaboración, conforme al periodo de ministración establecido en su Anexo 2. ... | CLÁUSULAS ... NOVENA. OBLIGACIONES DE "IMSS-BIENESTAR" ... l. Transferir al "GOBIERNO DE LA ENTIDAD", a través de la Unidad de Administración y Finanzas, mediante la Coordinación de Finanzas, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio de Colaboración, conforme al periodo de ministración establecido en su Anexo 2. ... | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| ANEXO 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA PERIODO PARA LA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
| ANEXO 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA PERIODO PARA LA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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| ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A LA "ENTIDAD"
* ... ** Los recursos presupuestarios transferidos para la partida 37901, podrán ser ejercidos únicamente por el personal operativo exclusivamente en actividades de propias de su encargo. Los montos por este concepto serán los establecidos por los Servicios Estatales de Salud de conformidad a su normatividad vigente. Estas contrataciones se realizarán, siempre y cuando, fortalezcan el Programa S200 y estarán sujetas a la disponibilidad presupuestal. *** Los recursos programados para estas partidas no podrán exceder del 3% del presupuesto del monto total autorizado. | ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A LA "ENTIDAD"
* ... *** Los recursos programados para estas partidas no podrán exceder del 5% del presupuesto del monto total autorizado. |