Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
Santa María Magdalena Llamas Hernández, José Vázquez Pacilla, Guillermina Vargas Morales, Arturo Peláez Luna, Edith Susunaga Basurto, Carmen Tiburcio García, María Esther Medina Cruz, Adela Armendia Romero y Marisol Rodríguez Huerta, como terceros interesados en el juicio de amparo 1131/2023 promovido por Edmundo Tiro Moranchel, contra actos del Juez de lo Penal del Distrito Judicial de Cholula, Puebla y otra autoridad, mismos que se hacen consistir en la omisión de ordenar su libertad, pese a que la prisión preventiva ha excedido de la pena privativa de libertad máxima de diez años establecida para el delito de fraude, ello dentro del proceso 242/2010; Con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, y en razón de que en acuerdo de ocho de abril de dos mil veinticinco, dictado en el mencionado juicio de amparo, se ordenó emplazarlos por edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la Republica "Reforma", se les previene para que se presenten a este juicio en el plazo de treinta días contados al día siguiente a la última publicación y señalen domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad de Puebla, apercibidos que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones que les correspondan se harán por lista, aún las de carácter personal. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo, del escrito de cumplimiento a la prevención y del auto admisorio de veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés. Finalmente, se le hace saber que se encuentran señaladas las nueve horas con treinta y seis minutos del veintidós de abril de dos mil veinticinco, para la celebración de la audiencia constitucional, misma que se diferirá hasta en tanto transcurra el plazo citado. Doy Fe.
 
Puebla, Puebla, ocho de abril de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Ramiro Ramírez y Escobedo
Rúbrica.
(R.- 564083)