Terminal de LNG de Altamira, S. de R.L. de C.V.
LISTA DE TARIFAS
1. Publicación de las tarifas máximas para el cuarto periodo de prestación de servicios aprobados por la Comisión Reguladora de Energía a Terminal de LNG de Altamira, S. de R.L. de C.V. ("TLA") como titular del Permiso de Almacenamiento de gas natural G/138/ALM/2003.
Lista de tarifas máximas Pesos por GJ
| Servicio de Almacenamiento | Unidades | Tarifa 1,3 |
| Servicio en Base Firme Cargo por capacidad Cargo por uso Servicio Interrumplible2 Cargo por servicio interrumpible | Pesos/GJ/día Pesos/GJ Pesos/GJ/día | 0.7100 0.0000 0.7082 |
1/ Cifras expresadas en pesos del 30 de abril de 2024.
2/ El Cargo por uso es el costo de la energía eléctrica
3/ El cargo en base interrumpible se considera el cargo por capacidad menos 0.0001dólares de los EUA por GJ/día.
2. El cargo por uso será igual al costo de electricidad facturado por la Comisión Federal de Electricidad a Terminal de LNG de Altamira, S. de R.L. de C.V., quien los trasladará mensualmente a cada usuario del sistema del almacenamiento, prorrateado de acuerdo con la utilización que el usuario correspondiente haga de la terminal de gas natural licuado al amparo del permiso referido en el resolutivo inmediato anterior, definido en pesos por Gigajoule por día. El cargo por uso mensual (CU) aplicable a cada usuario de la terminal de gas natural, se determinará mediante siguiente la expresión:
CU = (CEE * PUkWh + CD * PUD ) * EGU
Donde:
CU = cargo por uso aplicable en el mes correspondiente en pesos.
CEE = consumo total mensual de energía eléctrica, en kWh.
PUkWh = precio unitario del kWh, de conformidad con la tarifa aplicable del servicio público de energía eléctrica correspondiente al mes en cuestión, en pesos por kWh.
CD = demanda facturable, en kW.
PUD = precio unitario de demanda por kW, de conformidad con la tarifa aplicable del servicio público de energía eléctrica correspondiente al mes en cuestión, en pesos por kW.
EGU = fracción de la energía total contenida en el gas natural entregada mensualmente por Terminal de LNG de Altamira, S. de R.L. de C.V., a cada usuario del sistema de almacenamiento."
Altamira, Tamaulipas, a 30 de enero de 2025.
Terminal de LNG de Altamira, S. de R.L. de C.V.
Representante Legal
Héctor Hugo Arroyo Muñoz
Rúbrica.
(R.- 563990)