EXTRACTO del Acuerdo por el que se aprueba la modificación a los Lineamientos para regular el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.- Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL REGISTRO NACIONAL DE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS.
MARÍA DEL ROCÍO GARCÍA PÉREZ, Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, con fundamento en lo establecido por los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2°, 3°, fracción XVIII, 5°, 24°, 27°, fracción X, 148°, 167°, 168°, fracción IX, 169°, y 172° de la Ley General de Salud; 9°, fracciones IX y XV, 12°, fracción I, inciso i), 14°, 27°, 28, inciso z), 37°, incisos b), g), j), 33, inciso k) y 44°, de la Ley de Asistencia Social; 120°, fracción VI, 135 Bis, 135 Quáter y 135 Quinquies, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 1°, 2° fracciones II, X y XXXVII, 7°, fracción IX, 8°, 10°, fracciones II y XVII, y 34, fracción VIII Bis del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia publicado en el Diario Oficial de la Federación, el treinta de diciembre de 2024, y el Acuerdo 12/ORD.01/2025 aprobado en la Primera Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno, celebrada el 20 de marzo de 2025.
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ÚNICO.- Se aprueba la modificación a los Lineamientos para Regular el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
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1. Los presentes Lineamientos tienen por objeto regular la operación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias con el fin de que los Tribunales Superiores de Justicia de las Entidades Federativas y de la Ciudad de México suministren, intercambien, sistematicen, consulten, analicen y actualicen la información que se generen sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de su competencia, con la finalidad de crear un sistema de consulta y emitir Certificados de no inscripción en el registro, a efecto de salvaguardar los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
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La versión íntegra; está disponible en la siguiente dirección electrónica:
http://sitios.dif.gob.mx/normateca/wp-content/Archivos/Normateca/ModLineamientosRNOA.pdf
Página DOF:
www.dof.gob.mx/2025/DIF/ModLineamientosRNOA.pdf
Ciudad de México, a 20 de marzo de 2025.- Titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Mtra. María del Rocío García Pérez.- Rúbrica.
(R.- 563211)