Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
EDICTO
GRUPO HEGEMONIA, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS; ADMINISTRADORA EMPRESARIAL DE NÓMINA, SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; INDUSTRIA DE ALIMENTOS PENINSULARES DEL SURESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; Y OPERADORA PROVEEDORA Y SUMINISTROS DEL GOLFO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo 652/2024-II, promovido por ABEL SÁNCHEZ ARIAS, ARISTEO DOMÍNGUEZ IZQUIERDO, JOSÉ MANUEL GARCÍA GONZÁLEZ, ELISEO GARCÍA MORALES, ESTEBAN GARCÍA MORALES, MANUEL MÉNDEZ JAVIER, TIMOTEO MÉNDEZ PÉREZ, JORGE GARCÍA MORALES, JOSÉ HUGO GONZÁLEZ BOLAINA, ELISEO GONZÁLEZ GARCÍA, ISAÍAS MAYO RODRÍGUEZ, CANDELARIO MÉNDEZ JAVIER Y FERMÍN RAMÍREZ TORRES, contra actos de la Junta Especial Número Siete Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y su Presidente, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, se les ha señalado como terceros interesados y como se desconoce sus domicilios actuales, se ha ordenado por auto de seis de febrero de dos mil veinticinco, notificarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso B, de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentran a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia autorizada de la demanda de amparo, escrito que la aclara y del auto de admisión, haciéndoles saber que cuentan con un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia y hacer valer sus derechos; así también, se les informa que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les harán, sin ulterior acuerdo, por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de este órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 29, de la Ley de Amparo.
Ciudad de México, a 6 de febrero de 2025.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Pedro Aragón Pozos
Rúbrica.
(R.- 562208)