CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro del Juicio de Amparo Indirecto No. 1035/2024, le concedió el amparo y protección de la Justicia Federal a la empresa Distribuidora Sajor, S.A. de C.V. y a su representante legal, la ciudadana María Aurora Rubio Hernández.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Buen Gobierno.- Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.- Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional.- Área de Responsabilidades.- Expediente: 010/PAS/2022.
CIRCULAR No. AR07- 02/2025.
CIRCULAR por la que se comunica a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, que el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro del Juicio de Amparo Indirecto No. 1035/2024, le concedió el amparo y protección de la Justicia Federal a la empresa "Distribuidora Sajor, S.A. de C.V." y a su representante legal, la Ciudadana María Aurora Rubio Hernández.
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México.
Presentes.
Se hace de su conocimiento que dentro del juicio de amparo indirecto número 1035/2024, del índice del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, por sentencia de 19 de febrero de 2025, se resolvió lo siguiente:
"Único. La Justicia Federal ampara y protege a (i) Distribuidora SAJOR, sociedad anónima de capital variable, y a (ii) María Aurora Rubio Hernández, contra los actos reclamados al Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Defensa Nacional, en términos del considerando sexto y para los efectos precisados en el último considerando de esta sentencia."
En ese sentido, en cumplimiento a la referida ejecutoria, me permito comunicarles que dentro del procedimiento administrativo sancionador No. 010/PAS/2022 del que deriva el juicio de amparo antes citado, se emitió un acuerdo en fecha seis de marzo de dos mil veinticinco, por el que, se dejó insubsistente la totalidad del procedimiento administrativo sancionador, No. 010/PAS/2022, así como los actos que derivaron del mismo.
En virtud de lo anterior, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, la empresa "Distribuidora Sajor, S.A. de C.V." y su representante legal la Ciudadana María Aurora Rubio Hernández, podrán presentar por sí o por interpósita persona, propuestas o celebrar contratos con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, la Fiscalía General de la República, Entidades Federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes y prestación de servicios de cualquier naturaleza relacionados con las actividades sustantivas de carácter público.
Lo anterior en cumplimiento y para su debida observancia.
Atentamente.
Ciudad de México, a veintiséis de marzo de dos mil veinticinco.- El Titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional, Licenciado César Alejandro Rivera Castillo.- Rúbrica.