Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Quinto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales,
con sede en la Ciudad de México
EDICTO
Número de Expediente: 23/2024-II. Parte actora: Danae Brenda Ramírez de Arellano Moreno. Parte demandada a emplazar por edictos: Chrolem, Sociedad Anónima de Capital Variable. Prestaciones reclamadas: La reinstalación, el pago de los salarios caídos, el pago de las prestaciones relativas a vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, bono anual, vales de despensa, fondo de ahorro, constancia de días laborados, la nulidad de cualquier documento que contenga renuncia de derechos, pago de horas extras, salarios devengados, la continuación en la póliza de gastos médicos mayores y seguro de vida. La demandada Chrolem, Sociedad Anónima de Capital Variable tiene el término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la última publicación del presente edicto, para producir su contestación a la demanda, ofrezca pruebas y objete las de la actora. En el entendido que en caso de no comparecer y no dar contestación a la demanda, dentro del término establecido, se tendrán por admitidas las peticiones de la parte actora, salvo aquellas que sean contrarias a lo dispuesto por la ley, así como por perdido su derecho a ofrecer pruebas y en su caso a formular reconvención, sin perjuicio de que antes de la audiencia preliminar pueda ofrecer pruebas, para demostrar que la actora no era trabajadora, que no existió el despido o que no son ciertos los hechos. Se hace saber a la demandada Chrolem, Sociedad Anónima de Capital Variable que el traslado de la demanda y anexos correspondientes, el acuerdo de prevención de 22 de enero de 2024, el escrito de desahogo a la prevención con fecha de presentación del 26 de enero de 2024 y la totalidad de sus anexos, como lo son la memoria USB exhibida por la actora como traslado de su prueba identificada con el numeral 18, el acuerdo de admisión de 31 de enero de 2024, acuerdo de regularización de 22 de febrero de 2024, el proveído de 11 de noviembre de 2024 y el acuerdo de 12 febrero de 2025, están a su disposición en las oficinas de este Tribunal Laboral, que tiene su domicilio en Carretera Picacho-Ajusco número 200, piso 10, ala norte, colonia Jardines en la Montaña, alcaldía Tlalpan, código postal 14120, Ciudad de México.
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de febrero de 2025.
Secretaria Instructora adscrita al Décimo Quinto Tribunal Laboral Federal
de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México
Fernanda Aline López Osornio
Rúbrica.
(R.- 561733)