Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
Miguel Ángel Escobedo Marín y Galilea Quiroz Aguilar, como terceros interesados en el juicio de amparo 791/2023 promovido por Marco Antonio Dávila Fernández, contra actos de la Jueza de Oralidad Penal y Ejecución de la Región Judicial Centro-Poniente con sede en Cholula, Puebla y otra autoridad, mismos que se hacen consistir en la determinación de ocho de julio de dos mil veintitrés, por la cual desechó de plano la petición del quejoso para que se señalara día y hora para que tuviera verificativo la audiencia de revisión de medida cautelar de prisión preventiva justificada, ello dentro de la carpeta judicial administrativa 83/2022/SANMARTIN; con fundamento en los artículos 27, fracciones II y III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, y en razón de que en acuerdo de cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, dictado en el mencionado juicio de amparo, se ordenó emplazarlos por edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la Republica "Reforma", se les previene para que se presenten a este juicio en el plazo de treinta días contados al día siguiente a la última publicación y señalen domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad de Puebla, apercibidos que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones que les correspondan se harán por lista, aún las de carácter personal. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de amparo, del escrito de cumplimiento a la prevención y del auto admisorio de once de agosto de dos mil veintitrés. Finalmente, se les hace saber que se encuentran señaladas las nueve horas con treinta y dos minutos del diecisiete de febrero de dos mil veinticinco, misma que se diferirá hasta en tanto transcurra el plazo citado. Doy Fe.
 
Puebla, Puebla, veintinueve de enero de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Ramiro Ramírez y Escobedo
Rúbrica.
(R.- 561213)