Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
EDICTO
 
En los autos del concurso mercantil 39/2024-III, el treinta y uno de enero de dos mil veinticinco, se dictó sentencia que declaró en concurso mercantil a José Ramón Ruiz Caso, y declaró abierta la etapa de conciliación por ciento ochenta y cinco días naturales; se estableció como fecha de retroacción el SEIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO para los acreedores que no corresponden al grado de subordinados; y para los acreedores que se clasifican dentro del grado de subordinados, el DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS; se determinó que dicha resolución produce efectos de arraigo al comerciante para el solo efecto de que no pueda separarse del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato, apoderado suficientemente instruido y expensado, así como la prohibición al comerciante de realizar operaciones de enajenación o gravamen de los bienes principales de su empresa y de realizar transferencias de recursos o valores a favor de terceros; se ordenó al solicitante poner de inmediato a disposición del conciliador a fin de que supervise conforme a su función, los libros, registros y demás documentos del comerciante, así como los recursos necesarios para sufragar las publicaciones y gastos de registro previstos en la ley en consulta; se ordenó al solicitante, suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir efectos la sentencia de concurso mercantil, salvo los que sean indispensables para la operación ordinaria del comerciante; se ordenó que durante la etapa de conciliación se suspenda todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante, con las excepciones a que se refiere el artículo 65 y 69 de la Ley de Concursos Mercantiles.
El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, designó como conciliador a Samuel Ricardo Egure Lascano, quien señaló como domicilio para el cumplimiento de obligaciones, el ubicado en San Francisco número 509, Colonia Del Valle, código postal 03100, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, y se le ordenó que inicie el reconocimiento de créditos, lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la concursada para que aquellos que así lo deseen, le presenten solicitud de reconocimiento de sus créditos. La publicación de este edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente, ordenada en la propia sentencia.
 
Atentamente
Ciudad de México, 28 de febrero de 2025.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
Lic. Marlene Sandra Chávez Reyes
Rúbrica.
(R.- 561780)