ACUERDO por el que se autoriza la publicación del Manual que regula las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Judicial de la Federación.

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTICINCO.
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, once de junio de mil novecientos noventa y nueve, y quince de septiembre de 2025, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;
SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 94, párrafo décimo tercero, y 101 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la remuneración que perciban por sus servicios los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, no podrá ser disminuida durante su encargo, como tampoco podrán aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de los Estados, de la Ciudad de México o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia y que dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, no pueden actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, ni pueden ocupar los cargos señalados en la fracción VI del artículo 95 de esa Constitución;
TERCERO.- El 24 de agosto del dos mil nueve se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", que en sus disposiciones transitorias establece un régimen de excepción a las retribuciones nominales de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Consejeros de la Judicatura Federal, los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, que estén en funciones al 31 de diciembre de dos mil nueve;
CUARTO.- De conformidad con el artículo 123, apartado B, fracción IV primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley aplicable en la materia; y,
QUINTO.- De conformidad con el artículo tercero transitorio del Decreto señalado en el considerando Cuarto, se elaboró el documento denominado "Manual que Regula las Remuneraciones de las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco", con la finalidad de integrar un instrumento administrativo que contenga el sistema de percepciones, así como las normas y lineamientos a observarse para su asignación, indicándose además aquellas prestaciones que se brindan a las personas servidoras públicas a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.
SEXTO.- Los tabuladores de sueldos fueron autorizados el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, se expide el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, el Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, publican la información completa y detallada relativa a las remuneraciones que se cubren para cada uno de los niveles jerárquicos, atendiendo a los tabuladores vigentes y la normativa aplicable al Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
SEGUNDO. Para los efectos de este Acuerdo, las percepciones de las personas servidoras públicas se sujetarán a los tabuladores autorizados por sus respectivos Órganos de Gobierno.
TERCERO. Adicionalmente a los conceptos que integran el total de sueldo mensual que se incluyen como Anexo 2, se describe el sistema de percepciones establecidas y autorizadas para las personas servidoras públicas Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
CUARTO. Los Órganos de Gobierno que forma parte del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de su respectiva competencia, podrá autorizar modificaciones a la nomenclatura, nivel y rango de los puestos que integran los tabuladores y catálogos respectivos, así como a las estructuras y plantillas de personal, sujetándose al presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el Consejo de la Judicatura Federal.
QUINTO. El Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación podrá ejercer los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año dos mil veinticinco, en beneficio de las personas servidoras públicas a su cargo, de acuerdo con el nivel jerárquico al que pertenezcan, así como a los lineamientos, montos y periodicidad que para estos efectos autoricen sus Órganos de Gobierno, de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los reglamentos y acuerdos generales que emane del Órgano de Gobierno.
SEXTO. El Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, en cumplimiento con el artículo 21 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, publica el presupuesto analítico de plazas que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, conforme al Anexo 3; así como el Manual que Regula las Remuneraciones de las personas servidoras públicas Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación para el Ejercicio Fiscal dos mil veinticinco, que se incluye como Anexo 1.
TRANSITORIOS
ÚNICO. Publíquese este Acuerdo en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el Diario Oficial de la Federación y en medios electrónicos de consulta pública en términos de lo previsto en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Ciudad de México, a 19 de febrero de 2025.- La Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Norma Lucía Piña Hernández.- Rúbrica.
ANEXO 1
MANUAL QUE REGULA LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTICINCO.
El presente Manual se integra por los siguientes 9 apartados:
I.        Objetivo.
II.       Base Legal.
III.      Ámbito de aplicación.
IV.      Sujetos del Manual.
V.       Responsables de la Aplicación del Manual.
VI.      Definición de conceptos.
VII.     Sistema de Percepciones.
VIII.    Lineamientos de operación.
IX.      Interpretación.
I. OBJETIVO
Establecer las normas y lineamientos que se deben observar para la asignación de las percepciones, prestaciones y demás beneficios que se cubren a las personas servidoras públicas adscritas al Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, conforme a su nivel jerárquico.
II. BASE LEGAL
·      Artículos 94, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
·      Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
·      Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal correspondiente.
·      Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.
·      Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
·      Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
·      Ley Federal de Austeridad Republicana.
·      Ley del ISSSTE.
·      Ley del Impuesto sobre la Renta.
·      Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
·      Artículo tercero transitorio del "DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos"
·      Condiciones Generales de Trabajo de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.
·      Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.
·      Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1981, mediante el que Ejecutivo Federal facultó a la Secretaría de Programación y Presupuesto así como al Departamento del Distrito Federal, para que contrataran en beneficio de los trabajadores al servicio civil de la Federación, de los Poderes Legislativo y Judicial Federales y del propio Departamento, respectivamente, un seguro colectivo de retiro con Aseguradora Hidalgo, S.A.
·      Acuerdo por el que se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Departamento del Distrito Federal, para celebrar convenios con Aseguradora Hidalgo, S.A., a fin de establecer nuevas condiciones de aseguramiento de los servidores públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de enero de 1997.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las disposiciones contenidas en el presente Manual son aplicables al Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
IV. SUJETOS DEL MANUAL
Las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
Quedan excluidos del presente Manual los profesionales que presten sus servicios mediante las modalidades de contratación por honorarios.
V. RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DEL MANUAL
La Secretaria Ejecutiva de Administración, así como los Directores Generales de Recursos Humanos; de Servicios al Personal; de Programación, Presupuesto y Tesorería; el Coordinador de Administración Regional; los Administradores Regionales y Delegados Administrativos.
VI. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS
Para los efectos del presente Manual, se entenderá por:
Catálogo.- Catálogo de Puestos del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación; instrumento técnico-administrativo que contiene, entre otros aspectos, la descripción clara de todos los puestos que integran su estructura de organización.
Instancias.- Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
ISSSTE.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Ley Orgánica.- Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Nivel salarial.- Escala de sueldos relativa a cada uno de los puestos contenidos en el Tabulador General de Sueldos y Prestaciones.
Órganos de Gobierno.- Máxima autoridad en materia administrativa facultada para tomar decisiones de su competencia, siendo: la Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal y la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.
PEF.- Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.
Plaza.- Posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de una persona servidora pública a la vez, con una adscripción determinada y respaldada presupuestalmente.
Puesto.- Unidad de trabajo específica e impersonal, constituida por un conjunto de funciones que deben realizarse y aptitudes que se requieren para su ocupación, implica deberes específicos, delimita jerarquías y autoridad.
Rango.- Ubicación del nombramiento en el puesto correspondiente, considerando diversos factores que inciden en el monto de sus percepciones.
SAR.- Sistema de Ahorro para el Retiro.
Servidores Públicos.- Personas que desempeñan un empleo en el Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
Tabulador.- Tabulador General de Sueldos y Prestaciones, es el instrumento técnico en el que se fijan y ordenan por nivel salarial las percepciones ordinarias, para los puestos genéricos del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación. Se conforma por los conceptos de: Sueldo Base, Compensaciones Garantizada(s) o de Apoyo y Prestaciones Nominales.
VII. SISTEMA DE PERCEPCIONES.- Conjunto de conceptos que conforman el total de ingresos monetarios, prestaciones y beneficios que reciben las personas servidoras públicas por sus servicios prestados en el Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación. Se conforma por:
1. Sueldo Base.- Remuneración mensual que se asigna a cada puesto.
2. Compensación Garantizada o de Apoyo.- Asignación que se otorga a las personas servidoras públicas de mando superior, medio y personal operativo de manera regular y fija, en función del nivel salarial autorizado en los tabuladores del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación.
3. Sueldo Básico.- Sueldo base más la compensación garantizada o de apoyo que refleja el tabulador.
4. Prestaciones Nominales.- Son las que se encuentran en el tabulador de sueldos, diferentes al sueldo básico.
5. Sueldo Tabular.- Total de percepciones fijas que refleja el Tabulador.
6. Percepciones Ordinarias.- Es el pago mensual que se cubre a las personas servidoras públicas por el desempeño de sus funciones, y que resulta de la suma aritmética de los montos que integran el sueldo tabular.
7. Percepciones Extraordinarias.- Pagos que se otorgan de manera excepcional a las personas servidoras públicas los cuales deberán autorizarse por su respectivo Órgano de Gobierno.
8. Prestaciones.- Beneficios que se otorgan a las personas servidoras públicas, previstos en las Condiciones Generales de Trabajo y demás ordenamientos aplicables, en relación directa con el sueldo y/o en razón del puesto. En los casos de los numerales: 8.3.1; 8.3.2; 8.3.4; 8.3.5; 8.3.6; 8.3.7; 8.3.8 y 8.3.9, no son aplicables a Consejeras y Consejeros.
8.1. Seguros.- Beneficios que se otorgan a las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, establecidos en consideración a las necesidades de estos, con el fin de coadyuvar a su estabilidad económica y al bienestar de su familia. Estos seguros los protegen en materia de vida, retiro, incapacidad e invalidez total y permanente, gastos médicos mayores y de separación individualizado.
8.1.1. Seguro de Vida Institucional.- Beneficio que tiene por objeto cubrir los siniestros de fallecimiento o de incapacidad e invalidez total y permanente de las personas servidoras públicas, con lo que se contribuye a su seguridad o la de su familia. La suma asegurada básica es equivalente a 40 meses de sueldo básico, con opción a potenciación de hasta 108 meses, con cargo a la persona servidora pública.
8.1.2. Seguro Colectivo de Retiro.- Beneficio económico en favor de las personas servidoras públicas que se retiren o se jubilen en los términos que establece la Ley del ISSSTE, para hacer frente a las contingencias inherentes a la separación del servicio. Se otorga una suma asegurada de hasta veinticinco mil pesos, de acuerdo con los años de servicio y edad.
8.1.3. Seguro de Gastos Médicos Mayores.- Beneficio que se otorga a las personas servidoras públicas, así como a su cónyuge, concubina o concubinario, o pareja del mismo sexo (por matrimonio civil o cualquier figura reconocida por la legislación civil) y/o hijos solteros menores de veinticinco años, ante la eventualidad de un accidente o enfermedad cubierta que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización.
La suma asegurada básica es hasta de 333 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) mensuales vigentes, con opción de incremento hasta una suma asegurada de 15,000 UMAS mensuales vigentes, con cargo a la persona servidora pública.
8.1.4. Seguro de Separación Individualizado.- Beneficio establecido en favor de las personas servidoras públicas de mando medio y superior, que otorga el Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio; tiene la finalidad de proporcionar una seguridad económica y preservar el ingreso de éstos, en tanto se reincorporan, en su caso, al mercado laboral ante la eventualidad de su separación del servicio público por cualquier causa.
8.2. Prestaciones Económicas.- Las que reciben las personas servidoras públicas conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, su Reglamento, así como los acuerdos que establezcan los Órganos de Gobierno cuyas previsiones deberán estar contempladas en el Presupuesto de Egresos de cada una de las tres Instancias del Poder Judicial de la Federación. Las prestaciones económicas consisten en:
8.2.1. Aguinaldo.- Cantidad que se otorga por derecho constitucional a las personas servidoras públicas al finalizar el año vigente en los términos que para tal efecto establezca el Órgano de Gobierno.
8.2.2. Ayuda de Gastos Funerarios.- Prestación de carácter económico que se otorga a las personas beneficiarias para sufragar los gastos por concepto de sepelio, inhumación o cremación con motivo del fallecimiento de la persona servidora pública, por un monto equivalente a treinta y cinco mil pesos.
8.2.3. Ayuda por Incapacidad Médica Permanente.- Beneficio económico que se confiere a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación cuando se acredite mediante dictamen médico del ISSSTE, la invalidez o incapacidad médica permanente, por un monto equivalente a veinticinco mil pesos netos.
8.2.4. Estímulo por Antigüedad.- Asignaciones por concepto de antigüedad en beneficio de las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación, conforme a los montos y lineamientos que establezca el Órgano de Gobierno.
8.2.5. Estímulo por Jubilación.- Asignación que se confiere a las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, por un monto equivalente a treinta mil pesos netos.
8.2.6. Licencia Prejubilatoria.- Otorgamiento de una licencia con goce de sueldo tabular, sin perjuicio de las demás prestaciones y remuneraciones a que tengan derecho las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, por un periodo de dos meses, que se les confiere con motivo de su jubilación o de su pensión, conforme a las modalidades previstas en la Ley del ISSSTE, como reconocimiento a las labores prestadas.
8.2.7. Pago de Defunción.- Prestación de carácter económico para contribuir al bienestar de las personas beneficiarias de la persona servidora pública con motivo del fallecimiento de ésta. El importe para pagos de defunción será de cuatro meses del último sueldo bruto tabular que hubiere percibido la persona servidora pública fallecida, más quinquenios.
8.2.8. Prima Vacacional.- Importe equivalente al 50% de 10 días de sueldo básico, se otorgará en cada uno de los dos periodos vacacionales, de conformidad con las normas y lineamientos establecidos.
8.2.9. Prima Quinquenal.- Pago que se otorga a las personas servidoras públicas de manera quincenal en razón de su antigüedad, por cada cinco años de servicios efectivos prestados en el Gobierno Federal, hasta llegar a veinticinco años, conforme a los montos y lineamientos que establezca el Órgano de Gobierno.
8.2.10. Vacaciones.- Las vacaciones son un derecho de todas las personas servidoras públicas que tengan más de seis meses consecutivos de servicios en el Poder Judicial de la Federación, quienes podrán disfrutar de dos periodos anuales con base en lo establecido en los artículos 139, 140, 141 y 142 en relación con el 204, así como el 206, todos de la Ley Orgánica.
En el caso del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, durante los años de proceso electoral federal o durante los períodos de procesos electorales federales extraordinarios, las vacaciones podrán diferirse o pagarse de acuerdo con la elección de la persona servidora pública. En ningún caso se podrán acumular las vacaciones correspondientes a más de dos años.
8.3. Otras Prestaciones.- Percepciones en beneficio de la economía de las personas servidoras públicas. Se establecen de acuerdo con el puesto y nivel salarial y se conforman por las prestaciones que se señalan a continuación, cuyo otorgamiento se realiza atendiendo a las normas, lineamientos, montos y periodicidad aprobados por el Órgano de Gobierno.
8.3.1. Asignaciones Adicionales.- Prestación de carácter general con la finalidad de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida individual y familiar, además de fomentar la cultura del ahorro entre las personas servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con los lineamientos y montos que establezca el Órgano de Gobierno a través de Acuerdos Generales y Específicos.
8.3.2. Ayuda al Personal Operativo.- Beneficio económico anual mediante el cual se reconocen las labores de todo el personal operativo. Se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezca el Órgano de Gobierno.
8.3.3. Pago por Riesgo.- Cantidad que se otorga a las personas servidoras públicas de mando del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación, dada la naturaleza, complejidad y responsabilidad de las funciones que tienen encomendadas, que se confiere de conformidad con los lineamientos y montos que establezca el Órgano de Gobierno.
8.3.4. Ayuda de Despensa.- Beneficio económico anual para las personas servidoras públicas con el fin de coadyuvar a solventar sus gastos de fin de año, se otorga de conformidad con los lineamientos y montos que establezca el Órganos de Gobierno.
8.3.5. Estímulo Día de la Madre.- Beneficio económico anual a las servidoras públicas del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezca el Órgano de Gobierno.
8.3.6. Estímulo Día del Padre.- Beneficio económico anual a los servidores públicos del Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación que tengan hijos, conforme a los montos y lineamientos que establezca el Órgano de Gobierno.
8.3.7. Fondo de Reserva Individualizado.- Beneficio establecido en favor de las personas servidoras públicas de nivel operativo, que otorga el Consejo de la Judicatura Federal del Poder Judicial de la Federación a quienes manifiesten voluntariamente su decisión de incorporarse a dicho beneficio, teniendo como finalidad fomentar el ahorro.
8.3.8. Pago de Horas Extraordinarias.- Tratándose del pago de horas extras se tomará en cuenta que de la interpretación de lo previsto en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la duración máxima de la jornada diurna semanal es de cuarenta horas. El pago de horas extraordinarias, así como de la prima dominical está condicionado a que se autorice el Órgano de Gobierno conforme al procedimiento que establezca.
8.3.9. Apoyos a la Capacitación.- Prestación para la capacitación orientada al desarrollo personal o profesional de las personas servidoras públicas, de conformidad con las disposiciones que para su otorgamiento determine el Órgano de Gobierno.
9. Prestaciones de Seguridad Social.- Beneficios que reciben las personas servidoras públicas de conformidad con la Ley del ISSSTE.
VIII. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN
Son aquellos acuerdos específicos que emiten los Órganos de Gobierno, así como los lineamientos y manuales de procedimientos autorizados por los mismos.
IX. INTERPRETACIÓN
Los Órganos de Gobierno del Consejo de la Judicatura Federal serán los facultados para interpretar, modificar o complementar el contenido del presente Manual.
En la Ciudad de México, a 19 de febrero de 2025.- Secretaria Ejecutiva de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, Licenciada María Fernanda Casanueva de Diego.- Rúbrica.
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SUELDOS Y SALARIOS MENSUAL NETO
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
PERCEPCIONES NETAS
SUELDOS Y SALARIOS
Mínimo
Medio
Máximo
CONSEJERA/ CONSEJERO
2
 
 
204,970
TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR
3
 
 
122,549
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL A
5
 
 
122,104
MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO
6
 
 
152,578
TITULAR DE UNIDAD
6A
 
 
122,655
VOCAL,
6B
 
 
122,662
SECRETARIA EJECUTIVA/ SECRETARIO EJECUTIVO,
COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL DE PLANEACIÓN INSTITUCIONAL,
SECRETARIA/ SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
COORDINADORA ACADÉMICA/ COORDINADOR ACADÉMICO,
7A
 
 
122,444
COORDINADORA/ COORDINADOR DE SEGURIDAD
JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
7
 
 
139,257
SECRETARIA TÉCNICA COORDINADORA/ SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE PONENCIA DE CONSEJERA(O)
8A
 
 
122,125
DIRECTORA/ DIRECTOR GENERAL,
8
 
 
122,292
COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL
SECRETARIA TÉCNICA/ SECRETARIO TÉCNICO DE PONENCIA DE CONSEJERA(O)
9B
111,540
118,484
 
SECRETARIA TÉCNICA AA/ SECRETARIO TÉCNICO AA DE COMISION PERMANENTE
9C
107,846
113,650
 
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
9
 
 
113,900
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL B
10
 
 
112,282
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
11
97,708
 
105,362
REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
SECRETARIA TÉCNICA A/ SECRETARIO TÉCNICO A
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ÁREAS,
12
81,947
87,808
93,773
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL A,
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR DE CENTRO DE JUSTICIA PENAL FEDERAL
RESPONSABLE DE ARCHIVOS JUDICIALES
12A
 
 
81,075
SECRETARIA/ SECRETARIO DE TRIBUNAL,
13A
 
 
78,717
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE TRIBUNAL DE ALZADA,
DELEGADA/ DELEGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE TRIBUNAL
EVALUADORA/ EVALUADOR
13B
 
 
76,269
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE JUEZA/ JUEZ DE CONTROL O JUEZA/ JUEZ DE ENJUICIAMIENTO,
13C
 
 
72,790
SECRETARIA/ SECRETARIO DE JUZGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE JUZGADO,
SECRETARIA/ SECRETARIO DE INSTRUCCIÓN DE LOS JUZGADOS LABORALES
SUPERVISORA/ SUPERVISOR,
13
 
 
70,097
DIRECTORA/ DIRECTOR DE ÁREA,
SECRETARIA/ SECRETARIO DE APOYO B
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL
14
 
56,946
70,097
SECRETARIA/ SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
15
 
 
67,297
ASESORA ESPECIALIZADA/ ASESOR ESPECIALIZADO,
COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR,
16
 
 
66,817
COORDINADORA/ COORDINADOR DE GESTIÓN
DEFENSORA PÚBLICA/ DEFENSOR PÚBLICO,
16A
 
 
64,191
ASESORA JURÍDICA/ ASESOR JURÍDICO
ASESORA/ ASESOR,
20
49,296
53,707
56,946
COORDINADORA ESPECIALIZADA/ COORDINADOR ESPECIALIZADO DE PROYECTOS
LIDERESA/ LÍDER DE PROYECTO,
COORDINADORA TÉCNICA/ COORDINADOR TÉCNICO,
DIRECTORA/ DIRECTOR DE CENDI
DELEGADA ADMINISTRATIVA/ DELEGADO ADMINISTRATIVO
20A
 
42,796
49,296
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE ARCHIVOS JUDICIALES
21B
 
40,236
48,802
SUBDIRECTORA/ SUBDIRECTOR DE ÁREA,
21
38,820
42,796
47,138
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN A,
JEFA/JEFE DE UNIDAD DE NOTIFICADORES COMÚN,
COORDINADORA TÉCNICA A/ COORDINADOR TÉCNICO A,
ACTUARIA/ ACTUARIO JUDICIAL,
ACTUARIA/ACTUARIO DE LA COM. CONF. LAB. PJF.
PERITA/ PERITO MÉDICO
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO,
21A
 
 
37,240
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES,
21C
32,990
33,671
36,852
COORDINADORA/ COORDINADOR DE PROTECCIÓN CIVIL,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE MANTENIMIENTO DEL CENTRO ARCHIVISTICO JUDICIAL
JEFA/ JEFE DE DEPARTAMENTO,
24
33,055
33,249
33,791
JEFA/ JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA COMÚN B,
AUDITORA/ AUDITOR,
DICTAMINADORA/ DICTAMINADOR,
COORDINADORA TÉCNICA B/ COORDINADOR TÉCNICO B,
COORDINADORA/ COORDINADOR DE AYUDA Y SEGURIDAD
COORDINADORA TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO
24A
 
33,297
33,388
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A
29,838
 
 
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A M2
 
30,379
 
SECRETARIA/ SECRETARIO
25B
26,635
 
 
TAQUÍGRAFA/ TAQUÍGRAFO JUDICIAL PARLAMENTARIA(O),
25
 
 
32,790
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO OCC,
ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE,
JEFA/ JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,
OFICIAL JUDICIAL A
AUXILIAR DE ACTUARIA/ ACTUARIO,
26
 
 
30,843
NOTIFICADORA/NOTIFICADOR DE UNC
AUXILIAR DE SALA,
OFICIAL JUDICIAL B
TÉCNICA/ TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL
27A
 
21,482
29,838
OFICIAL JUDICIAL D
OFICIAL ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
27
 
 
29,264
OFICIAL DE PARTES,
ANALISTA ESPECIALIZADA/ ESPECIALIZADO,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN,
ENFERMERA ESPECIALIZADA/ ENFERMERO ESPECIALIZADO,
EDUCADORA/ EDUCADOR,
OFICIAL JUDICIAL C,
TÉCNICA/ TÉCNICO EN SEGURIDAD
28A
21,482
22,899
26,590
SECRETARIA EJECUTIVA A/ SECRETARIO EJECUTIVO A,
28
 
 
26,121
AUXILIAR DE EDUCACIÓN,
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE FUNCIONARIA/ FUNCIONARIO,
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE SERVICIOS,
OFICIAL DE SEGURIDAD,
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS CENDI,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO A,
TÉCNICA OPERATIVA/ TÉCNICO OPERATIVO
28B
19,022
21,509
24,047
ANALISTA A
29A
 
 
21,470
SECRETARIA A/ SECRETARIO A,
29
 
 
21,046
ANALISTA
TÉCNICA ESPECIALIZADA/ TÉCNICO ESPECIALIZADO,
30
 
 
20,390
TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ TÉCNICO ADMINISTRATIVO,
OFICIAL JUDICIAL E
ANALISTA ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO
31
 
 
19,685
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,
32
 
17,231
18,565
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS,
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO B,
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
CONDUCTORA/ CONDUCTOR
33A
 
 
17,766
OFICIAL DE SERVICIOS
33B
 
16,108
16,538
OFICIAL JUDICIAL E
34
 
 
13,183
*Montos estimados, ya que se calcula de forma mensual conforme al artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
ANEXO 2
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
AGUINALDO, PRIMA VACACIONAL, PAGO POR RIESGO Y ASIGNACIÓN ADICIONAL NETA
(cifras en pesos)
DESCRIPCIÓN
NIVEL
AGUINALDO - PRIMA VACACIONAL
PAGO POR
RIESGO
ASIGNACIONES ADICIONALES
Mínimo
Medio
Máximo
Mínimo
Medio
Máximo
CONSEJERA/ CONSEJERO
2
 
 
445,489
416,802
 
 
 
TITULAR DE ÓRGANO AUXILIAR
3
 
 
257,418
 
 
 
350,839
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL A
5
 
 
256,370
 
 
 
349,504
MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO
6
 
 
291,422
474,599
 
 
 
TITULAR DE UNIDAD
6A
 
 
251,782
 
 
 
348,607
VOCAL,
6B
 
 
245,999
 
 
 
346,186
SECRETARIA EJECUTIVA/ SECRETARIO
EJECUTIVO,
 
COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL DE
PLANEACIÓN INSTITUCIONAL,
 
SECRETARIA/ SECRETARIO GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
FEDERAL
 
COORDINADORA ACADÉMICA/ COORDINADOR
ACADÉMICO,
7A
 
 
240,122
 
 
 
343,543
COORDINADORA/ COORDINADOR DE SEGURIDAD
 
JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
7
 
 
261,695
424,562
 
 
 
SECRETARIA TÉCNICA COORDINADORA/
SECRETARIO TÉCNICO COORDINADOR DE
PONENCIA DE CONSEJERA(O)
8A
 
 
233,087
 
 
 
341,209
DIRECTORA/ DIRECTOR GENERAL,
8
 
 
225,416
 
 
 
338,955
COORDINADORA/ COORDINADOR GENERAL,
 
COORDINADORA/ COORDINADOR DE
ADMINISTRACIÓN REGIONAL
 
SECRETARIA TÉCNICA/ SECRETARIO TÉCNICO
DE PONENCIA DE CONSEJERA(O)
9B
209,367
213,142
 
 
315,899
336,733
 
SECRETARIA TÉCNICA AA/ SECRETARIO
TÉCNICO AA DE COMISION PERMANENTE
9C
209,367
209,454
 
 
304,817
322,229
 
TITULAR DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
9
 
 
207,175
 
 
 
321,735
VISITADORA/ VISITADOR JUDICIAL B
10
 
 
219,806
 
 
 
301,603
REPRESENTANTE DEL CJF ANTE LA COMISIÓN
DE CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
11
186,015
 
200,686
 
257,073
 
279,802
REPRESENTANTE DEL SINDICATO DE
TRABAJADORES DEL PJF ANTE LA COMISIÓN DE
CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
 
SECRETARIA TÉCNICA A/ SECRETARIO TÉCNICO
A
 
COORDINADORA/ COORDINADOR DE ÁREAS,
12
157,300
169,359
180,768
 
215,106
231,653
248,496
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL
A,
 
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR DE CENTRO
DE JUSTICIA PENAL FEDERAL
 
RESPONSABLE DE ARCHIVOS JUDICIALES
12A
 
 
160,200
 
 
 
212,643
SECRETARIA/ SECRETARIO DE TRIBUNAL,
13A
 
 
150,917
 
 
 
205,986
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE
TRIBUNAL DE ALZADA,
 
DELEGADA/ DELEGADO,
 
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE
TRIBUNAL
 
EVALUADORA/ EVALUADOR
13B
 
 
146,289
 
 
 
199,072
ASISTENTE DE CONSTANCIAS Y REGISTRO DE
JUEZA/ JUEZ DE CONTROL O JUEZA/ JUEZ DE
ENJUICIAMIENTO,
13C
 
 
138,610
 
 
 
189,572
SECRETARIA/ SECRETARIO DE JUZGADO,
 
SECRETARIA/ SECRETARIO PROYECTISTA DE
JUZGADO,
 
SECRETARIA/ SECRETARIO DE INSTRUCCIÓN DE
LOS JUZGADOS LABORALES
 
SUPERVISORA/ SUPERVISOR,
13
 
 
131,522
 
 
 
182,418
DIRECTORA/ DIRECTOR DE ÁREA,
 
SECRETARIA/ SECRETARIO DE APOYO B
 
ADMINISTRADORA/ ADMINISTRADOR REGIONAL
14
 
103,912
131,522
 
 
147,473
182,418
SECRETARIA/ SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE
CONFLICTOS LABORALES DEL PJF,
15
 
 
125,628
 
 
 
174,976
ASESORA ESPECIALIZADA/ ASESOR
ESPECIALIZADO,
 
COORDINADORA ESPECIALIZADA/
COORDINADOR ESPECIALIZADO
 
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR
16
 
 
124,618
 
 
 
173,701
COORDINADORA/ COORDINADOR DE GESTIÓN
 
DEFENSORA PÚBLICA/ DEFENSOR PÚBLICO
16A
 
 
113,892
 
 
 
166,723
ASESORA JURÍDICA/ ASESOR JURÍDICO
 
ASESORA/ ASESOR
20
87,357
96,884
103,912
 
126,751
138,866
147,473
COORDINADORA ESPECIALIZADA/
COORDINADOR ESPECIALIZADO DE PROYECTOS
 
LIDERESA/ LÍDER DE PROYECTO,
 
COORDINADORA TÉCNICA/ COORDINADOR
TÉCNICO,
 
DIRECTORA/ DIRECTOR DE CENDI
 
DELEGADA ADMINISTRATIVA/ DELEGADO
ADMINISTRATIVO
20A
 
73,384
87,357
 
 
108,658
126,751
COORDINADORA/ COORDINADOR DE
ADMINISTRACIÓN Y RESGUARDO DE ARCHIVOS
JUDICIALES
21B
 
70,711
88,965
 
 
102,658
125,353
SUBDIRECTORA/ SUBDIRECTOR DE ÁREA,
21
66,159
73,384
82,556
 
99,129
108,658
120,646
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA
COMÚN A,
 
JEFA/JEFE DE UNIDAD DE NOTIFICADORES
COMÚN,
 
COORDINADORA TÉCNICA A/ COORDINADOR
TÉCNICO A,
 
ACTUARIA/ ACTUARIO JUDICIAL,
 
ACTUARIA/ACTUARIO DE LA COM. CONF. LAB.
PJF.
 
PERITA/ PERITO MÉDICO
 
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE
MAGISTRADA/ MAGISTRADO DE CIRCUITO,
21A
 
 
62,889
 
 
 
95,194
SECRETARIA/ SECRETARIO PARTICULAR DE
JUEZA/ JUEZ DE DISTRITO
 
COORDINADORA/ COORDINADOR DE
ORGANIZACIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES,
21C
58,060
58,840
64,544
 
84,805
86,381
94,227
COORDINADORA/ COORDINADOR DE
PROTECCIÓN CIVIL,
 
COORDINADORA/ COORDINADOR DE
MANTENIMIENTO DEL CENTRO ARCHIVISTICO
JUDICIAL
 
JEFA/ JEFE DE DEPARTAMENTO,
24
55,900
56,119
57,038
 
84,765
85,249
86,598
JEFA/ JEFE DE SEGURIDAD REGIONAL,
 
JEFA/ JEFE DE OFICINA DE CORRESPONDENCIA
COMÚN B,
 
AUDITORA/ AUDITOR,
 
DICTAMINADORA/ DICTAMINADOR,
 
COORDINADORA TÉCNICA B/ COORDINADOR
TÉCNICO B,
 
COORDINADORA/ COORDINADOR DE AYUDA Y
SEGURIDAD
 
COORDINADORA TÉCNICA ADMINISTRATIVA/
COORDINADOR TÉCNICO ADMINISTRATIVO
24A
 
56,218
56,200
 
 
85,367
85,595
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A
50,292
 
 
 
76,751
 
 
PROFESIONAL OPERATIVA/ OPERATIVO
25A M2
 
50,448
 
 
 
78,099
 
SECRETARIA/ SECRETARIO
25B
44,523
 
 
 
69,269
 
 
TAQUÍGRAFA/ TAQUÍGRAFO JUDICIAL
PARLAMENTARIA(O),
25
 
 
56,163
 
 
 
84,106
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE ADMINISTRATIVO
OCC,
 
ASISTENTE ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
 
TÉCNICA/ TÉCNICO DE ENLACE,
 
JEFA/ JEFE DE GRUPO DE SEGURIDAD,
 
OFICIAL JUDICIAL A
 
AUXILIAR DE ACTUARIA/ ACTUARIO,
26
 
 
49,037
 
 
 
79,254
NOTIFICADORA/NOTIFICADOR DE UNC
 
AUXILIAR DE SALA,
 
OFICIAL JUDICIAL B
 
TÉCNICA/ TÉCNICO EN PROTECCIÓN CIVIL
27A
 
34,609
50,292
 
 
56,614
76,751
OFICIAL JUDICIAL D
 
OFICIAL ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO,
27
 
 
49,057
 
 
 
75,374
OFICIAL DE PARTES,
 
ANALISTA ESPECIALIZADA/ ESPECIALIZADO,
 
TÉCNICA/ TÉCNICO DE VIDEOGRABACIÓN,
 
ENFERMERA ESPECIALIZADA/ ENFERMERO
ESPECIALIZADO,
 
EDUCADORA/ EDUCADOR,
 
OFICIAL JUDICIAL C,
 
TÉCNICA/ TÉCNICO EN SEGURIDAD
28A
34,609
35,707
44,211
 
56,614
60,382
69,137
SECRETARIA EJECUTIVA A/ SECRETARIO
EJECUTIVO A,
28
 
 
42,962
 
 
 
68,016
AUXILIAR DE EDUCACIÓN,
 
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE FUNCIONARIA/
FUNCIONARIO,
 
CONDUCTORA/ CONDUCTOR DE SERVICIOS,
 
OFICIAL DE SEGURIDAD,
 
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS
CENDI,
 
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO A,
 
TÉCNICA OPERATIVA/ TÉCNICO OPERATIVO
28B
29,812
34,781
39,402
 
49,692
56,722
63,224
ANALISTA A
29A
 
 
34,465
 
 
 
56,548
SECRETARIA A/ SECRETARIO A,
29
 
 
33,310
 
 
 
55,267
ANALISTA
 
TÉCNICA ESPECIALIZADA/ TÉCNICO
ESPECIALIZADO,
30
 
 
32,010
 
 
 
53,417
TÉCNICA ADMINISTRATIVA/ TÉCNICO
ADMINISTRATIVO,
 
OFICIAL JUDICIAL E
 
ANALISTA ADMINISTRATIVA/ ADMINISTRATIVO
31
 
 
30,611
 
 
 
51,424
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES,
32
 
25,386
28,395
 
 
44,402
48,265
PROFESIONAL EN PREPARACIÓN DE ALIMENTOS,
 
TÉCNICA/ TÉCNICO DE SERVICIO B,
 
OFICIAL DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO
 
CONDUCTORA/ CONDUCTOR
33A
 
 
26,864
 
 
 
46,024
OFICIAL DE SERVICIOS
33B
 
23,710
24,114
 
 
41,526
42,574
OFICIAL JUDICIAL E
34
 
 
18,137
 
 
 
33,767
* Montos estimados, ya que se calcula de forma mensual conforme al artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
ANEXO 3
PRESUPUESTO ANALÍTICO DE PLAZAS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
(cifras en pesos)
 
CONCEPTO
IMPORTE
DESCRIPCIÓN
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER PERMANENTE
40,051,948,604
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
SUELDO BASE
COMPENSACIÓN GARANTIZADA O DE APOYO
PRESTACIONES NOMINALES
PRIMA VACACIONAL
AGUINALDO
REMUNERACIONES AL PERSONAL DE CARÁCTER TRANSITORIO
123,419,381
POR EL TIPO DE GASTO SE ENCUENTRA UBICADO EN ESTE IMPORTE LO CORRESPONDIENTE A:
HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS
REMUNERACIONES AL PERSONAL EVENTUAL
REMUNERACIONES ADICIONALES
8,385,405,169
SE UBICAN LOS PAGOS DE:
AYUDA A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS OPERATIVAS
VESTUARIO
AYUDA DE DESPENSA
AYUDA POR INCAPACIDAD MEDICA PERMANENTE
COMPENSACIONES POR SERVICIOS EVENTUALES
PAGO POR RIESGO
ESTÍMULO DEL DÍA DE LA MADRE
ESTÍMULO DEL DÍA DEL PADRE
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD
ESTÍMULO POR JUBILACIÓN
AYUDA DE TRASLADO
PRIMA QUINQUENAL
PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS
PRIMA DOMINICAL
SERVICIOS DE DOCENCIA
SUBSIDIO DE RENTA A PERSONAS TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
AYUDA ECONÓMICA PARA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD EN EL TRASLADO DE PERSONAS TITULARES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES
ASIGNACIONES ADICIONALES A LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS
EROGACIONES DEL GOBIERNO FEDERAL POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL Y SEGUROS
6,229,901,740
CONTIENE EL PAGO DE:
DEPÓSITOS PARA EL AHORRO SOLIDARIO
APORTACIONES AL ISSSTE
APORTACIONES AL FOVISSSTE
APORTACIONES AL SEGURO DE CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE GASTOS MÉDICOS MAYORES
SEGURO DE SEPARACION INDIVIDUALIZADO
FONDO DE RESERVA INDIVIDUALIZADO
APORTACIONES PARA EL SEGURO DE VIDA
APORTACIONES PARA EL SEGURO COLECTIVO DE RETIRO
APORTACIONES PARA EL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO
PREVISIONES PARA SERVICIOS PERSONALES
376,190,598
ASIGNACIÓN DESTINADA A CUBRIR:
PREVISIÓN PARA CONSERVAR LAS CONDICIONES DE DECORO Y SUFICIENCIA EN LAS REMUNERACIONES DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DEL PJF.
CREACIÓN DE PLAZAS
OTROS
937,412,613
APOYOS A LA CAPACITACION
APOYO DE ANTEOJOS
PRESTACIONES DE RETIRO
 
56,104,278,105
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS OCUPADAS
48,988
 
 
 
 
TOTAL DE PLAZAS VACANTES
1,501
 
 
ESTRUCTURA ocupacional que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales del Consejo de la Judicatura Federal para el ejercicio fiscal 2025.
ESTRUCTURA OCUPACIONAL QUE CONTIENE LA INTEGRACIÓN DE LOS RECURSOS APROBADOS EN EL CAPÍTULO DE SERVICIOS PERSONALES DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.
En cumplimiento al artículo 21 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025, se publica la información relativa a la integración de las asignaciones presupuestales aprobadas en el capítulo de servicios personales.
A continuación se presenta la estructura ocupacional que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas de servidores públicos superiores, mandos medios y personal operativo, en el que se identifican todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social, así como la totalidad de las plazas vacantes con que se cuenta.
ESTRUCTURA OCUPACIONAL POR NIVELES JERÁRQUICOS
Nivel
Tipo
No. de
Plazas por
Nivel
Remuneraciones al
personal de carácter
permanente
Remuneraciones al
personal de carácter
transitorio
Remuneraciones
adicionales
Erogaciones del
Gobierno Federal por
concepto de
seguridad social y
seguros
Previsiones
para servicios
personales
Otros
Total
 
02 AL 11
MANDOS SUPERIORES
2,057
5,784,573,979
13,342,500
1,291,291,366
531,623,240
2,669,910
853,585,850
8,477,086,845
12 AL 24
MANDOS MEDIOS
18,611
20,688,049,089
88,950,000
4,230,249,059
2,858,283,297
352,446,680
33,772,066
28,251,750,191
25 AL 34
PERSONAL OPERATIVO
29,821
13,579,325,536
16,307,500
2,863,864,744
2,839,995,203
21,074,008
50,054,697
19,370,621,688
SUBTOTAL
50,489
40,051,948,604
118,600,000
8,385,405,169
6,229,901,740
376,190,598
937,412,613
56,099,458,724
 
HONORARIOS
 
 
 
 
 
 
 
4,819,381
TOTAL
 
 
 
 
 
 
 
56,104,278,105
 
Al 31 de enero de 2025 se tienen 50,489 plazas, de las cuales 1,501 estaban vacantes; las plazas están sujetas a la utilización conforme a la autorización correspondiente.
Las cifras contenidas en las partidas del cuadro anterior no consideran modificaciones a las remuneraciones que, en su caso, se otorguen a los servidores públicos durante 2025.
Ciudad de México, a 19 de febrero de 2025.- La Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, Norma Lucía Piña Hernández.- Rúbrica.