LISTADO de entidades federativas que incumplieron con la obligación prevista en el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Coordinación con Entidades Federativas.

FERNANDO RENOIR BACA RIVERA, Titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 6o., cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal y numeral 9 del Acuerdo 02/2014 por el que se expiden los Lineamientos para la publicación de la información a que se refiere el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2014, se emite el siguiente:
LISTADO DE ENTIDADES FEDERATIVAS QUE INCUMPLIERON CON LA OBLIGACIÓN PREVISTA EN
EL ARTÍCULO 6o. DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
1.     Las entidades federativas que incumplieron con la obligación prevista en el numeral 5, fracción I, inciso c), de los Lineamientos, referente a publicar el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como los montos estimados de las participaciones federales que las entidades federativas reciban y de las que tengan obligación de participar a sus municipios, mediante Acuerdo, en el órgano de difusión oficial de la entidad federativa, así como a través de su página oficial de internet a más tardar el 15 de febrero del ejercicio fiscal que corresponda, considerando lo siguiente: Especificar las fórmulas utilizadas para la distribución de las participaciones federales, con la nomenclatura de cada una de las variables usadas, así como la información que se utiliza para su determinación y, en su caso, la descripción detallada del procedimiento de cálculo correspondiente, son:
Entidades que incumplieron con la obligación de publicar, mediante Acuerdo,
en el órgano de difusión oficial del gobierno de la entidad federativa, así como
a través de su página oficial de Internet, a más tardar el día 15 de febrero del
ejercicio fiscal que corresponda, considerando las fórmulas utilizadas para la
distribución de las participaciones federales, con la nomenclatura de cada una
de las variables usadas, así como la información que se utiliza para su
determinación y, en su caso, la descripción detallada del procedimiento de
cálculo correspondiente
Acuerdo de publicación del calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y
variables utilizadas, así como los montos estimados 2025
Fórmulas utilizadas
Colima
Variables utilizadas
Colima
Jalisco
 
2.     La entidad federativa que incumplió con la obligación prevista en el numeral 7, inciso a), segundo párrafo de los Lineamientos, referente al apartado "Participaciones a Municipios" de la página de internet donde deberán estar disponibles los documentos correspondientes a las publicaciones realizadas en el órgano de difusión oficial de la entidad federativa, respecto de las participaciones federales, es:
Entidad que incumplió con la publicación en el apartado "Participaciones a
Municipios" en la página oficial de internet de su Secretaría de Finanzas o
equivalente o en la página de internet principal del gobierno de la entidad
federativa
Calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así como
los montos estimados de las participaciones federales que reciba y de las
que tenga obligación de participar a sus municipios. 2025
Sinaloa
Publicación Trimestral
Cuarto Trimestre 2024
Sinaloa
3.     Las entidades federativas que incumplieron con la obligación prevista en el numeral 8, inciso a), de los Lineamientos, referente a remitir por correo electrónico a la dirección electrónica participaciones_m@hacienda.gob.mx el archivo electrónico de la publicación de que se trate, en el periódico o medio de difusión oficial de la entidad federativa, en formato PDF, así como de las tablas correspondientes en archivo de Excel, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la publicación respectiva, son:
Entidades que incumplieron con la obligación de remitir por correo electrónico a la dirección electrónica participaciones_m@hacienda.gob.mx el archivo electrónico de la publicación de que se trate, en el periódico o medio de difusión oficial de la entidad federativa, en formato PDF, así como de las tablas correspondientes en archivo de Excel, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la publicación respectiva
Publicaciones en el órgano de difusión oficial
Tabla en Excel y Publicación Trimestral
Tercer Trimestre 2024
Sinaloa
Tabla en Excel y Publicación Trimestral
Cuarto Trimestre 2024
Sinaloa
Cuarto Trimestre 2024
Tlaxcala
 
4.     La entidad federativa que incumplió con la obligación prevista en el numeral 8, inciso b), de los Lineamientos, referente a remitir mensualmente, la información respecto de los montos ministrados a cada municipio por cada concepto de participaciones federales, por correo electrónico a la dirección electrónica participaciones_m@hacienda.gob.mx en el formato previsto en el Anexo VII de los Lineamientos, en archivo de Excel, a más tardar 10 días naturales posteriores al término del mes para el cual se genera la información, es:
Entidad que incumplió con la obligación de remitir mensualmente, la información respecto de los montos ministrados a cada municipio por cada concepto de participaciones federales, por correo electrónico a la dirección electrónica participaciones_m@hacienda.gob.mx, en archivo de Excel, a más tardar 10 días naturales posteriores al término del mes para el cual se genera la información
Octubre
Sinaloa
 
Los listados que anteceden derivan de la revisión de la información de participaciones federales publicada y de los reportes enviados por las entidades federativas a la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas y se presentan con corte al 19 de febrero de 2025.
Atentamente.
Ciudad de México, 19 de febrero de 2025.- El Titular de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas, Fernando Renoir Baca Rivera.- Rúbrica.