Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada de la Fiscalía Especial
en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas
NOTIFICACION POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de la carpeta de investigación, de la cual se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal, 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la ley de la Federación de la Administración y enajenación de Bienes del Sector Público; se notifica través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representante legal o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad del siguiente bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe: carpeta de investigación, FGR/FEMDO/UEITA-MICH/0000311/2022 iniciada por el delito de posesión de armas de fuego, previstos y sancionados por los artículos 83 fracción III, de la Ley Federal de Armas de fuego y Explosivos, SE NOTIFICA AL PROPIETARIO, POSEEDOR, REPRESENTANTE LEGAL Y/O QUIEN TENGA DERECHOS O INTERÉS JURÍDICO, QUE EN FECHA (21) de FEBRERO DE (2022) DOS MIL VEINTIDOS SE DECRETÓ EL ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO DEL SIGUIENTE DE LOS SIGUIENTES VEHICULOS:
1.-Vehiculo de la marca Jeep, modelo Grand Cherokee, color negro, año 2014, con numero de serie 1C4RJEBT4EC311056, con placas de circulación PZB185C, del Estado de Morelos.
2.-Vehiculo de la marca Dodge, línea Ram 1500, de color rojo año 2021, con número de serie 1C6SRFJT4MN53035, con placas de circulación PZB185C del estado de Morelos.
Dichos bienes se encuentran afecto a la carpeta de investigación número FGR/FEMDO/UEITA-MICH/0000311/2022 Notificación realizada de conformidad con el numeral 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; con el apercibimiento que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, el bien asegurado causará abandono a favor del Gobierno Federal, como lo previene el mismo numeral en su último párrafo. Lo anterior a efecto de no enajenar o disponer del bien asegurado en comento, y para manifestar lo que a derecho convenga, en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas, ubicada en Avenida Paseo de la Reforma número 75, primer piso, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, Código Postal 06300, lugar en donde podrá imponerse las constancias conducentes al mencionado aseguramiento.
Atentamente
Ciudad de México a 27 de noviembre de 2024.
Agente del Ministerio Público de la Federación
adscrita a la F.E.I.T.A.T.A. de la F.E.M.D.O.
Lic. Lilia Gonzalez Lira
Rúbrica.
(R.- 560624)