Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
A.D.C. 409/2024
EDICTOS
 
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
SECRETARÍA DE ACUERDOS.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO A.D.C. 409/2024.
QUEJOSO: ROGELIO PAREDES PÉREZ.
EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS INTERESADOS:
DDC AMSTERDAM, SOCIEDAD ANONIMA PROMOTORA DE INVERSION DE CAPITAL VARIABLE; JAVIER SÁNCHEZ CORRAL, SANTIAGO SÁNCHEZ CORRAL QUIEN TAMBIEN ACOSTUMBRA USAR EL NOMBRE DE SANTIAGO SÁNCHEZ DEL CORRAL Y ALVARO BECKER CORRAL.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de seis de enero del ano en curso, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 315 del Codigo Federal de Procedimientos Civiles, procedase a CITAR, NOTIFICAR Y EMPLAZAR a los terceros interesados DDC Amsterdam, Sociedad Anonima Promotora de Inversion de Capital Variable; Javier Sanchez Corral, Santiago Sanchez Corral quien tambien acostumbra usar el nombre de Santiago Sanchez del Corral y Alvaro Becker Corral, por medio de EDICTOS a costa del quejoso, los cuales se publicarán por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, en el Diario Oficial de la Federacion y en uno de los periodicos de mayor circulacion en la Republica, como lo dispone el precepto legal en cita, haciendole saber a los terceros interesados que deberan presentarse dentro del termino de treinta dias, contados del dia siguiente al de la ultima publicacion, ante este tribunal colegiado, a deducir sus derechos, quedando a su disposicion en la Secretaria de Acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo relativa al expediente A.D.C. 409/2024, promovido por Rogelio Paredes Perez, por su propio derecho, contra los actos que reclama del Juez Vigésimo Séptimo de lo Civil de Proceso Oral y de Extincion de Dominio del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Mexico, consistentes en la sentencia dictada el treinta de abril de dos mil veinticuatro, en el expediente 243/2022 y su ejecucion, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legales a que haya lugar.
 
Ciudad de México, a 06 de enero de 2025.
El Secretario de Acuerdos
Lic. Luis Arturo Calzada Loza
Rúbrica.
(R.- 559880)