ACUERDO General 1/2025 que emite el H. Pleno del Tribunal Superior Agrario, por el que se modifica la competencia territorial de los Tribunales Unitarios Agrarios de los Distritos 32, 43 y 55; así como el término en sus funciones del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14 con sede en Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo, por redistritación de competencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.

ACUERDO GENERAL 1/2025 QUE EMITE EL H. PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES UNITARIOS AGRARIOS DE LOS DISTRITOS 32, 43 Y 55; ASÍ COMO EL TÉRMINO EN SUS FUNCIONES DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 14 CON SEDE EN HUEJUTLA DE REYES, ESTADO HIDALGO, POR REDISTRITACIÓN DE COMPETENCIA.
Ciudad de México, a siete de enero de dos mil veinticinco.
El Honorable Pleno del Tribunal Superior Agrario, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las fracciones II y X del artículo y la fracción VIII del artículo 9º, ambos de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, emite el presente acuerdo bajo las siguientes:
CONSIDERACIONES:
I. El Artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, acorde con los principios de prontitud, completitud, imparcialidad y gratuidad.
II. En tanto que, el artículo 27 de la Carta Magna, en su fracción XIX, instituye Tribunales en Materia Agraria, dotándolos de autonomía y plena jurisdicción, para conocer y resolver las controversias que se susciten con motivo de la tenencia de la tierra ejidal y comunal, así como los derechos deducidos de las mismas y de éstas con la pequeña propiedad.
III. Asimismo, entre los Tratados Internacionales de los que México es parte, se encuentra el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado por el Estado Mexicano el cinco de noviembre de mil novecientos noventa, en cuyo articulado establece el derecho que se tiene para vivir y desarrollarse como comunidades distintas, a ser respetados, estableciendo obligaciones en materia de su integridad y cultural, la salvaguarda de sus derechos sobre las tierras, territorios y recursos naturales, sus formas propias de organización, la no discriminación, la búsqueda de su participación y consulta en las decisiones de políticas públicas que los afecten y el derecho al desarrollo económico y social.
IV. Por ello, el veintiséis de febrero del mil novecientos noventa y dos, fue promulgada en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Agraria, como reglamentaria del artículo 27 constitucional, la que en su numeral 163, establece que son juicios agrarios los que tienen por objeto sustanciar y dirimir las controversias que se susciten con motivo de la aplicación de esa ley.
V. Para regular las atribuciones de los Tribunales Agrarios, en esa misma fecha fue publicada en el referido medio de comunicación nacional, la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, que conforme a su numeral 2o prevé que los Tribunales Agrarios se componen del Tribunal Superior Agrario y Tribunales Unitarios Agrarios.
VI. Dicho ordenamiento en el artículo 5o de esa ley, prevé que el territorio de la República se dividirá en distritos, cuyos límites territoriales los determinará el Tribunal Superior Agrario, pudiéndolos modificar en cualquier tiempo; en tanto que, el numeral 8o en sus fracciones I, II, establece que el Tribunal Superior tiene la atribución de fijar el número y límite territorial de los distritos en que se dividirá el territorio de la República, y establecer el número y sede de los tribunales unitarios que existirán en cada uno de los distritos y el artículo 18 de la propia Ley Orgánica establece la competencia de los Tribunales Unitarios Agrarios para conocer, por razón de territorio, de las controversias que se planteen con relación a tierras ubicadas dentro de su jurisdicción.
VII. Por otra parte, y de forma paralela a las anteriores disposiciones, el cuatro de junio de dos mil veinticuatro se aprobó el Nuevo Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiocho del mismo mes y año, como ordenamiento interno de estas instituciones de impartición de justicia agraria, el que, en su artículo 113 determina que el Tribunal Superior fijará la competencia territorial de los Tribunales, quedando divididos en distritos de justicia agraria en los que ejercerán su jurisdicción los Tribunales Unitarios, tomando en cuenta los volúmenes de trabajo, los que podrán comprender una o más entidades federativas o regiones de éstas.
VIII. En ese contexto normativo, una vez analizada la problemática agraria prevalente en la república, se conoce que los Tribunales Unitarios Agrarios de los Distritos 14, 32, 43, 55 tienen jurisdicción en diversos municipios de los estados de Puebla, Veracruz San Luis Potosí, Hidalgo, como a continuación se observa:
 
No.
Tribunal Unitario Agrario del
Distrito 32, con sede en Tuxpan
Estado de Veracruz
Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43,
con sede en Ciudad Valles, Estado de
San Luis Potosí
Tribunal Unitario Agrario del Distrito
55, con sede en Pachuca, Estado de
Hidalgo
Tribunal Unitario Agrario del Distrito
14, con sede en Huejutla de Reyes,
Estado de Hidalgo
1
Francisco Z. Mena, Estado de Puebla
Alaquines, Estado de San Luis Potosí
Acatlán, Estado de Hidalgo
Atlapexco, Estado de Hidalgo
2
Jalpan, Estado de Puebla
Aquismón, Estado de San Luis Potosí
Acaxochitlán, Estado de Hidalgo
Calnali, Estado de Hidalgo
3
Juan Galindo, Estado de Puebla
Axtla de Terrazas, Estado de San Luis
Potosí
Actopan, Estado de Hidalgo
Chapulhuacán, Estado de Hidalgo
4
Pantepec, Estado de Puebla
Cárdenas, Estado de San Luis Potosí
Agua Blanca de Iturbide, Estado de
Hidalgo
Eloxochitlán, Estado de Hidalgo
5
Tlacuilotepec
Ciudad del Maíz, Estado de San Luis Potosí
Ajacuba, Estado de Hidalgo
Huautla, Estado de Hidalgo
6
Tlaxco, Estado de Puebla
Ciudad Fernández, Estado de San Luis
Potosí
Alfajayucan, Estado de Hidalgo
Huazalingo, Estado de Hidalgo
7
Venustiano Carranza, Estado de
Puebla
Ciudad Valles, Estado de San Luis Potosí
Almoloya, Estado de Hidalgo
Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo
8
Xicotepec, Estado de Puebla
Coxcatlán, Estado de San Luis Potosí
Apan, Estado de Hidalgo
Jacala de Ledezma, Estado de Hidalgo
9
Zihuateutla, Estado de Puebla
Ebano, Estado de San Luis Potosí
Atitalaquia, Estado de Hidalgo
Jaltocán, Estado de Hidalgo
10
Álamo Temapache, Estado de
Veracruz
El Naranjo, Estado de San Luis Potosí
Atotonilco de Tula, Estado de Hidalgo
Juárez Hidalgo, Estado de Hidalgo
11
Benito Juárez, Estado de Veracruz
Huehuetlán, Estado de San Luis Potosí
Atotonilco el Grande, Estado de
Hidalgo
La Misión, Estado de Hidalgo
12
Castillo de Teayo, Estado de
Veracruz
Lagunillas, Estado de San Luis Potosí
Cardonal, Estado de Hidalgo
Lolotla, Estado de Hidalgo
13
Cazones, Estado de Veracruz
Matlapa, Estado de San Luis Potosí
Chapantongo, Estado de Hidalgo
Molango de Escamilla, Estado de Hidalgo
14
Cerro Azul, Estado de Veracruz
Rayón, Estado de San Luis Potosí
Chilcuautla, Estado de Hidalgo
Pisaflores, Estado de Hidalgo
15
Chicontepec, Estado de Veracruz
Rioverde, Estado de San Luis Potosí
Cuautepec de Hinojosa, Estado de
Hidalgo
San Felipe Orizatlán, Estado de Hidalgo
16
Chinampa de Gorostiza, Estado de
Veracruz
San Antonio, Estado de San Luis Potosí
El Arenal, Estado de Hidalgo
Tepehuacán de Guerrero, Estado de
Hidalgo
17
Chontla, Estado de Veracruz
San Ciro de Acosta, Estado de San Luis
Potosí
Emiliano Zapata, Estado de Hidalgo
Tianguistengo, Estado de Hidalgo
18
Chumatlán, Estado de Veracruz
San Martín Chalchicuautla, Estado de San
Luis Potosí
Epazoyucan, Estado de Hidalgo
Tlahuitepa, Estado de Hidalgo
19
Citlaltépetl, Estado de Veracruz
San Vicente Tancuayalab, Estado de San
Luis Potosí
Francisco I. Madero, Estado de
Hidalgo
Tlanchinol, Estado de Hidalgo
20
Coahuitlán, Estado de Veracruz
Santa Catarina, Estado de San Luis Potosí
Huasca de Ocampo, Estado de
Hidalgo
Xochiatipan, Estado de Hidalgo
21
Coatzintla, Estado de Veracruz
Tamasopo, Estado de San Luis Potosí
Huehuetla, Estado de Hidalgo
Xochicoatlán, Estado de Hidalgo
22
Coxquihui, Estado de Veracruz
Tamazunchale, Estado de San Luis Potosí
Huichapan, Estado de Hidalgo
Yahualica, Estado de Hidalgo
23
Coyutla, Estado de Veracruz
Tampacán, Estado de San Luis Potosí
Ixmiquilpan, Estado de Hidalgo
Chalma, Estado de Veracruz
24
Espinal, Estado de Veracruz
Tampamolón Corona, Estado de San Luis
Potosí
Metepec, Estado de Hidalgo
Chiconamel, Estado de Veracruz
25
Filomeno Mata, Estado de Veracruz
Tamuín, Estado de San Luis Potosí
Metztitlán, Estado de Hidalgo
El Higo, Estado de Veracruz
26
Gutiérrez Zamora, Estado de
Veracruz
Tancanhuitz, Estado de San Luis Potosí
Mineral de la Reforma, Estado de
Hidalgo
Llamatlán, Estado de Veracruz
27
Ixcatepec, Estado de Veracruz
Tanlajás, Estado de San Luis Potosí
Mineral del Chico, Estado de Hidalgo
Ozuluama de Mascareñas, Estado de
Veracruz
28
Ixhuatlán de Madero, Estado de
Veracruz
Tanquián de Escobedo, Estado de San Luis
Potosí
Mineral del Monte, Estado de Hidalgo
Pánuco, Estado de Veracruz
29
Mecatlán, Estado de Veracruz
Xilitla, Estado de San Luis Potosí
Mixquiahuala de Juárez, Estado de
Hidalgo
Platón Sánchez, Estado de Veracruz
30
Naranjos Amatlán, Estado de
Veracruz
 
Nicolás Flores, Estado de Hidalgo
Pueblo Viejo, Estado de Veracruz
31
Papantla, Estado de Veracruz
 
Nopala de Villagrán, Estado de
Hidalgo
Tampico Alto, Estado de Veracruz
32
Poza Rica de Hidalgo, Estado de
Veracruz
 
Omitlán de Juárez, Estado de Hidalgo
Tantoyuca, Estado de Veracruz
33
Tamalín, Estado de Veracruz
 
Pachuca de Soto, Estado de Hidalgo
Tempoal, Estado de Veracruz
34
Tamiahua, Estado de Veracruz
 
Pacula, Estado de Hidalgo
Texcatepec, Estado de Veracruz
35
Tancoco, Estado de Veracruz
 
Progreso de Obregón, Estado de
Hidalgo
Zontecomatlán de López y Fuentes,
Estado de Veracruz
36
Tantima, Estado de Veracruz
 
San Agustín Metzquititlán, Estado de
Hidalgo
 
37
Tecolutla, Estado de Veracruz
 
San Agustín Tlaxiaca, Estado de
Hidalgo
 
38
Tepetzintla, Estado de Veracruz
 
San Bartolo Tutotepec, Estado de
Hidalgo
 
39
Tihuatlán, Estado de Veracruz
 
San Salvador, Estado de Hidalgo
 
40
Tlachichilco, Estado de Veracruz
 
Santiago de Anaya, Estado de Hidalgo
 
41
Tuxpan, Estado de Veracruz
 
Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero
Estado de Hidalgo
 
42
Zozocolco de Hidalgo, Estado de
Veracruz
 
Singuilucan, Estado de Hidalgo
 
43
 
 
Tasquillo, Estado de Hidalgo
 
44
 
 
Tecozautla, Estado de Hidalgo
 
45
 
 
Tenango de Doria, Estado de Hidalgo
 
46
 
 
Tepeapulco, Estado de Hidalgo
 
47
 
 
Tepeji del Río de Ocampo, Estado de
Hidalgo
 
48
 
 
Tepetitlán, Estado de Hidalgo
 
49
 
 
Tetepango, Estado de Hidalgo
 
50
 
 
Tezontepec de Aldama, Estado de
Hidalgo
 
51
 
 
Tizayuca, Estado de Hidalgo
 
52
 
 
Tlahuelilpan, Estado de Hidalgo
 
53
 
 
Tlanalapa, Estado de Hidalgo
 
54
 
 
Tlaxcoapan, Estado de Hidalgo
 
55
 
 
Tolcayuca, Estado de Hidalgo
 
56
 
 
Tula de Allende, Estado de Hidalgo
 
57
 
 
Tulancingo de Bravo, Estado de
Hidalgo
 
58
 
 
Villa de Tezontepec, Estado de
Hidalgo
 
59
 
 
Zacualtipán de Ángeles, Estado de
Hidalgo
 
60
 
 
Zapotlán de Juárez, Estado de Hidalgo
 
61
 
 
Zempoala, Estado de Hidalgo
 
62
 
 
Zimapán, Estado de Hidalgo
 
63
 
 
Huayacocotla, Estado de Veracruz
 
64
 
 
Zacualpan, Estado de Veracruz
 
 
Es preciso destacar que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14, con sede en Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo, tiene jurisdicción sobre los municipios de Huautla del Estado de Hidalgo y Ozuluama de Mascareñas del Estado de Veracruz, los cuales como se advierte de la siguiente tabla se encuentran a la siguiente distancia del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 32 con sede en Tuxpan, Estado de Veracruz, siendo el Órgano Jurisdiccional más próximo a dichos municipios y con el que cuenta con diversos accesos de vías de comunicación:
Municipio
Estado
Distancia en Km al TUA 14, con sede en Huejutla de Reyes,
Hidalgo.
Distancia en Km al TUA 32, con sede en Tuxpan,
Veracruz.
Huautla
Hidalgo
30.8
126
Ozuluama de Mascareñas
Veracruz
109
108
Asimismo, los municipios de Atlapexco, Chapulhuacán, Huazalingo, Huejutla de Reyes, Jacala de Ledezma, Jaltocán, La Misión, Pisaflores, San Felipe Orizatlán, Tepehuacán de Guerrero, Tlanchinol del Estado de Hidalgo, así como los municipios de Chalma, Chiconamel, El Higo, Pánuco, Platón Sánchez, Pueblo Viejo, Tampico Alto, Tantoyuca y Tempoal del Estado de Veracruz los cuales como se advierte de la siguiente tabla se encuentran a la siguiente distancia del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43 con sede en Ciudad Valles, Estado de San Luis Potosí, siendo el Órgano Jurisdiccional más próximo a dichos municipios y con el que cuenta con diversos accesos de vías de comunicación:
Municipio
Estado
Distancia en Km al TUA 14, con sede en Huejutla de Reyes,
Hidalgo.
Distancia en Km al TUA 43, con sede en Ciudad Valles, San
Luis Potosí.
Atlapexco
Hidalgo
21.9
178
Chapulhuacán
Hidalgo
85.6
138
Huazalingo
Hidalgo
30.2
185
Huejutla de Reyes
Hidalgo
--
185
Jacala de Ledezma
Hidalgo
150
202
Jaltocán
Hidalgo
18.7
149
La Misión
Hidalgo
142
194
Pisaflores
Hidalgo
109
160
San Felipe Orizatlán
Hidalgo
27.3
134
Tepehuacán de Guerrero
Hidalgo
99.9
168
Tlanchinol
Hidalgo
52.1
156
Chalma
Veracruz
12.5
161
Chiconamel
Veracruz
14.5
149
El Higo
Veracruz
90.3
81.3
Pánuco
Veracruz
117
120
Platón Sánchez
Veracruz
23.4
155
Pueblo Viejo
Veracruz
169
148
Tampico Alto
Veracruz
164
160
Tantoyuca
Veracruz
41.4
147
Tempoal
Veracruz
52
121
 
Finalmente los municipios Calnali, Eloxochitlán, Juárez Hidalgo, Lolotla, Molango de Escamilla, Tianguistengo, Tlahuiltepa, Xochiatipan, Xochicoatlán, Yahualica, del Estado de Hidalgo así como Llamatlán, Texcatepec, Zontecomatlán de López y Fuentes, del Estado Veracruz, los cuales como se advierte de la siguiente tabla se encuentran a la siguiente distancia del Tribunale Unitario Agrario del Distrito 55 con sede en Pachuca, Estado de Hidalgo, siendo el Órgano Jurisdiccional más próximo a dichos municipios y con el que cuenta con diversos accesos de vías de comunicación :
Municipio
Estado
Distancia en Km al TUA 14, con sede en Huejutla de Reyes,
Hidalgo.
Distancia en Km al TUA 55, con sede en Pachuca,
Hidalgo.
Calnali
Hidalgo
56.8
173
Eloxochitlán
Hidalgo
112
126
Juárez Hidalgo
Hidalgo
118
163
Lolotla
Hidalgo
77.3
144
Molango de Escamilla
Hidalgo
84.5
138
Tianguistengo
Hidalgo
94
119
Tlahuitepa
Hidalgo
141
178
Xochiatipan
Hidalgo
54.1
180
Xochicoatlán
Hidalgo
95
180
Yahualica
Hidalgo
38.6
186
Llamatlán
Veracruz
121
172
Texcaltepec
Veracruz
119
136
Zontecomatlán de López y Fuentes
Veracruz
87
151
 
En ese sentido, y en aras a que la labor de dichos Tribunales Unitarios Agrarios se refleje una apropiada, expedita y eficiente atención de los asuntos sometidos a su potestad y con la finalidad de beneficiar a las personas campesinas de ejidos y comunidades agrarias, así como de las poblaciones indígenas y sus integrantes para que puedan tener el acceso a la justicia pronta y expedita; y para efecto de una mejor distribución de cargas de trabajo, tomando como base a los volúmenes de demandas recibidas, se concluye modificar la competencia territorial de los Tribunales Unitarios Agrarios de los Distritos 32, 43 y 55, teniendo en su jurisdicción los municipios de los que actualmente conoce el Distrito 14.
Asimismo, el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 32 con sede en Tuxpan, Estado de Veracruz, actualmente tiene competencia en los municipios de Juan Galindo, Tlacuilotepec, Xicotepec y Zihuatehutla pertenecientes al Estado de Puebla, mismos que se encuentran más cercanos a Pachuca, Hidalgo, siendo el Órgano Jurisdiccional más próximo a dichos municipios y con el que cuenta con diversos accesos de vías de comunicación, como puede observarse en la siguiente tabla:
No.
Municipio
Estado
Distancia en Km al TUA 32, con sede en Tuxpan, Veracruz.
Distancia en Km al TUA 55, con sede en Pachuca, Hidalgo.
1
Juan Galindo
Puebla
129
124
2
Tlacuilotepec
Puebla
153
110
3
Xicotepec
Puebla
123
113
4
Zihuateutla
Puebla
126
123
 
Por lo que se estima conveniente que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 55, amplie su competencia territorial con los municipios de Juan Galindo, Tlacuilotepec, Xicotepec y Zihuatehutla pertenecientes al Estado de Puebla, por lo que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 32 con sede en Tuxpan Estado de Veracruz dejará tener jurisdicción territorial en los mencionados municipios.
Aunado lo anterior, y con la finalidad de eliminar barreras geográficas se redistribuyen los cuatro municipios mencionados con anterioridad al Distrito 55, con sede en Pachuca, Estado de Hidalgo, y como consecuencia, la redistritación del Tribunal Unitario Agrario Distrito 14, con sede en Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo, para quedar de la siguiente manera:
 
Tribunal Unitario Agrario del Distrito 32, con sede en Tuxpan, Veracruz
TUA 32
Estado
Francisco Z. Mena
Puebla
Jalpan
Puebla
Pantepec
Puebla
Tlaxco
Puebla
Venustiano Carranza
Puebla
Álamo Temapache
Veracruz
Benito Juárez
Veracruz
Castillo de Teayo
Veracruz
Cazones
Veracruz
Cerro Azul
Veracruz
Chicontepec
Veracruz
Chinampa de Gorostiza
Veracruz
Chontla
Veracruz
Chumatlán
Veracruz
Citlaltépetl
Veracruz
Coahuitlán
Veracruz
Coatzintla
Veracruz
Coxquihui
Veracruz
Coyutla
Veracruz
Espinal
Veracruz
Filomeno Mata
Veracruz
Gutiérrez Zamora
Veracruz
Ixcatepec
Veracruz
Ixhuatlán de Madero
Veracruz
Mecatlán
Veracruz
Naranjos Amatlán
Veracruz
Papantla
Veracruz
Poza Rica de Hidalgo
Veracruz
Tamalín
Veracruz
Tamiahua
Veracruz
Tancoco
Veracruz
Tantima
Veracruz
Tecolutla
Veracruz
Tepetzintla
Veracruz
Tihuatlán
Veracruz
Tlachichilco
Veracruz
Tuxpan
Veracruz
Zozocolco de Hidalgo
Veracruz
Huautla
Hidalgo
Ozuluama de Mascareñas
Veracruz
 
Tribunal Unitario Agrario del Distrito 43, con sede en Ciudad Valles, San Luis Potosí.
TUA 43
Estado
Alaquines
San Luis Potosí
Aquismón
San Luis Potosí
Axtla de Terrazas
San Luis Potosí
Cárdenas
San Luis Potosí
Ciudad del Maíz
San Luis Potosí
Ciudad Fernández
San Luis Potosí
Ciudad Valles
San Luis Potosí
Coxcatlán
San Luis Potosí
Ebano
San Luis Potosí
El Naranjo
San Luis Potosí
Huehuetlán
San Luis Potosí
Lagunillas
San Luis Potosí
Matlapa
San Luis Potosí
Rayón
San Luis Potosí
Rioverde
San Luis Potosí
San Antonio
San Luis Potosí
San Ciro de Acosta
San Luis Potosí
San Martín Chalchicuautla
San Luis Potosí
San Vicente Tancuayalab
San Luis Potosí
Santa Catarina
San Luis Potosí
Tamasopo
San Luis Potosí
Tamazunchale
San Luis Potosí
Tampacán
San Luis Potosí
Tampamolón Corona
San Luis Potosí
Tamuín
San Luis Potosí
Tancanhuitz
San Luis Potosí
Tanlajás
San Luis Potosí
Tanquián de Escobedo
San Luis Potosí
Xilitla
San Luis Potosí
Atlapexco
Hidalgo
Chapulhuacán
Hidalgo
Huazalingo
Hidalgo
Huejutla de Reyes
Hidalgo
Jacala de Ledezma
Hidalgo
Jaltocán
Hidalgo
La Misión
Hidalgo
Pisaflores
Hidalgo
San Felipe Orizatlán
Hidalgo
Tepehuacán de Guerrero
Hidalgo
Tlanchinol
Hidalgo
Chalma
Veracruz
Chiconamel
Veracruz
El Higo
Veracruz
Pánuco
Veracruz
Platón Sánchez
Veracruz
Pueblo Viejo
Veracruz
Tampico Alto
Veracruz
Tantoyuca
Veracruz
Tempoal
Veracruz
 
Tribunal Unitario Agrario del Distrito 55, con sede en Pachuca, Hidalgo.
No.
TUA 55
Estado
1
Acatlán
Hidalgo
2
Acaxochitlán
Hidalgo
3
Actopan
Hidalgo
4
Agua Blanca de Iturbide
Hidalgo
5
Ajacuba
Hidalgo
6
Alfajayucan
Hidalgo
7
Almoloya
Hidalgo
8
Apan
Hidalgo
9
Atitalaquia
Hidalgo
10
Atotonilco de Tula
Hidalgo
11
Atotonilco el Grande
Hidalgo
12
Cardonal
Hidalgo
13
Chapantongo
Hidalgo
14
Chilcuautla
Hidalgo
15
Cuautepec de Hinojosa
Hidalgo
16
El Arenal
Hidalgo
17
Emiliano Zapata
Hidalgo
18
Epazoyucan
Hidalgo
19
Francisco I. Madero
Hidalgo
20
Huasca de Ocampo
Hidalgo
21
Huehuetla
Hidalgo
22
Huichapan
Hidalgo
23
Ixmiquilpan
Hidalgo
24
Metepec
Hidalgo
25
Metztitlán
Hidalgo
26
Mineral de la Reforma
Hidalgo
27
Mineral del Chico
Hidalgo
28
Mineral del Monte
Hidalgo
29
Mixquiahuala de Juárez
Hidalgo
30
Nicolás Flores
Hidalgo
31
Nopala de Villagrán
Hidalgo
32
Omitlán de Juárez
Hidalgo
33
Pachuca de Soto
Hidalgo
34
Pacula
Hidalgo
35
Progreso de Obregón
Hidalgo
36
San Agustín Metzquititlán
Hidalgo
37
San Agustín Tlaxiaca
Hidalgo
38
San Bartolo Tutotepec
Hidalgo
39
San Salvador
Hidalgo
40
Santiago de Anaya
Hidalgo
41
Santiago Tulantepec de Lugo Guerrero
Hidalgo
42
Singuilucan
Hidalgo
43
Tasquillo
Hidalgo
44
Tecozautla
Hidalgo
45
Tenango de Doria
Hidalgo
46
Tepeapulco
Hidalgo
47
Tepeji del Río de Ocampo
Hidalgo
48
Tepetitlán
Hidalgo
49
Tetepango
Hidalgo
50
Tezontepec de Aldama
Hidalgo
51
Tizayuca
Hidalgo
52
Tlahuelilpan
Hidalgo
53
Tlanalapa
Hidalgo
54
Tlaxcoapan
Hidalgo
55
Tolcayuca
Hidalgo
56
Tula de Allende
Hidalgo
57
Tulancingo de Bravo
Hidalgo
58
Villa de Tezontepec
Hidalgo
59
Zacualtipán de Ángeles
Hidalgo
60
Zapotlán de Juárez
Hidalgo
61
Zempoala
Hidalgo
62
Zimapán
Hidalgo
63
Huayacocotla
Veracruz
64
Zacualpan
Veracruz
65
Calnali
Hidalgo
66
Eloxochitlán
Hidalgo
67
Juárez Hidalgo
Hidalgo
68
Lolotla
Hidalgo
69
Molango de Escamilla
Hidalgo
70
Tianguistengo
Hidalgo
71
Tlahuitepa
Hidalgo
72
Xochiatipan
Hidalgo
73
Xochicoatlán
Hidalgo
74
Yahualica
Hidalgo
75
Llamatlán
Veracruz
76
Texcaltepec
Veracruz
77
Zontecomatlán de López y Fuentes
Veracruz
78
Juan Galindo
Puebla
79
Tlacuilotepec
Puebla
80
Xicotepec
Puebla
81
Zihuateutla
Puebla
 
Como se observa en el cuadro anterior, el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 55, con sede en Pachuca, Estado De Hidalgo, ampliará su jurisdicción territorial con los trece municipios que pertenecían al Distrito 14, con sede en Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo, así como con los cuatro municipios del Estado de Puebla que pertenecían al Distrito 32 con sede en Tuxpan, Estado de Veracruz.
IX. Derivado de lo anterior, y para efecto de otorgar a todas las personas de los núcleos de población ejidal y comunal así como de la población indígena y sus integrantes el acceso efectivo a un derecho humano a la tutela jurisdiccional y para hacer efectiva la impartición de justicia agraria, el H. Pleno del Tribunal Superior Agrario con fundamento en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 163 de la Ley Agraria, 2, 5 y 8 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios y 113 del Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios, emite el siguiente
ACUERDO:
PRIMERO. Se modifica la competencia territorial del Distrito 32, con sede en Tuxpan, Estado de Veracruz, por lo que, a partir del treinta y uno de enero de dos mil veinticinco; dicho Distrito ampliara su jurisdicción territorial con los municipios de Huautla del Estado de Hidalgo y Ozuluama de Mascareñas del Estado de Veracruz, por lo que dejarán de pertenecer a la competencia territorial del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14; continuando a su vez con los cuarenta y dos municipios de su actual competencia territorial en los Estados de Puebla y Veracruz.
SEGUNDO. Se modifica la competencia territorial del Distrito 43, con sede en Ciudad Valles, Estado de San Luis Potosí, por lo que a partir del treinta y uno de enero de dos mil veinticinco; dicho Distrito ampliará su jurisdicción territorial con los municipios de Atlapexco, Chapulhuacán, Huazalingo, Huejutla de Reyes, Jacala de Ledezma, Jaltocán, La Misión, Pisaflores, San Felipe Orizatlán, Tepehuacán de Guerrero, Tlanchinol, pertenecientes al Estado de Hidalgo, así como Chalma, Chiconamel, El Higo, Pánuco, Platón Sánchez, Pueblo Viejo, Tampico Alto, Tantoyuca, Tempoal del Estado de Veracruz, por lo que dejarán de pertenecer a la jurisdicción territorial en el Distrito 14 con sede en Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo; y a su vez continuará con los veintinueve municipios de su actual conocimiento en el Estado de San Luis Potosí.
TERCERO. Se modifica la competencia territorial del Distrito 55, con sede en Pachuca, Estado de Hidalgo, por lo que, a partir del treinta y uno de enero de dos mil veinticinco dicho Distrito ampliará su jurisdicción territorial con los municipios de Juan Galindo, Tlacuilotepec, Xicotepec y Zihuateutla, del Estado de Puebla, por lo que dejarán de pertenecer a la competencia territorial del Tribunal Unitario Agrario del Distrito 32, con sede en Tuxpan, Estado de Veracruz; por otro lado, los municipios de Calnali, Eloxochitlán Juárez Hidalgo Lolotla Molango de Escamilla Tianguistengo Tlahuitepa Xochiatipan Xochicoatlán Yahualica del Estado de Hidalgo, así como Llamatlán Texcaltepec y Zontecomatlán de López y Fuentes del Estado de Veracruz, por lo que dejarán de pertenecer a la jurisdicción territorial en el Distrito 14 con sede en Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo, de tal modo que el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 55, tendrá competencia territorial en los mencionados municipios así como en los sesenta y cuatro municipios de su actual competencia territorial en los Estados de Hidalgo y Veracruz.
CUARTO. En tanto que, el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14, cuya sede se localiza en la Huejutla de Reyes, Estado de Hidalgo, funcionará hasta el treinta y uno de enero de dos mil veinticinco debido a la redistritación de competencia; no obstante, el personal que actualmente trabaja en el mismo, realizará sus labores a puerta cerrada a partir del cuatro de febrero de dos mil veinticinco, esto para la preparación del envío de expedientes y los trámites administrativos correspondientes.
QUINTO. El personal que integra el Tribunal Unitario Agrario del Distrito 14, contará con el plazo del cuatro al catorce de febrero de la presente anualidad, para la remisión de los expedientes sobre los cuales dejará de tener jurisdicción, a cuyo vencimiento se reiniciará en los Tribunales Unitarios Agrarios de los Distritos 32, 43 y 55 la respectiva reprogramación de las diligencias pendientes.
SEXTO. Las personas titulares de los Tribunales Unitarios Agrarios Distrito 32, 43 y 55, podrán proveer la suspensión de plazos y términos en los sumarios que así lo ameriten, a efecto de respetar los derechos de las partes sobre las cuestiones procesales y reprogramarse las audiencias o diligencias por virtud del contenido del presente acuerdo.
SÉPTIMO. Los Tribunales Unitarios Agrarios Distrito 32, 43 y 55, contarán con un plazo de cinco días a partir del día diecisiete al día veintiuno de febrero del año en curso, para radicar los juicios agrarios que reciban, debiendo proveer lo conducente para dar el impulso procesal que en derecho corresponda, debiendo informar al H. Pleno del Tribunal Superior Agrario, por conducto de la Secretaría General de Acuerdos, la conclusión de la radicación.
OCTAVO. Los Tribunales Unitarios Agrarios citados, deberán comunicar el contenido del presente acuerdo a las autoridades jurisdiccionales y administrativas para que se impongan de su conocimiento y efectos legales conducentes.
NOVENO. Para el cumplimiento de este acuerdo, la Unidad General Administrativa del Tribunal Superior Agrario intervendrá, en el ámbito de sus atribuciones, para atender y resolver lo relacionado con los recursos humanos, materiales y financieros.
DÉCIMO. Se contará con el plazo comprendido del día diecisiete al día veintiocho de febrero de dos mil veinticinco para el resguardo de mobiliario y como fecha de entrega de inmuebles.
DÉCIMOPRIMERO. En lo relativo a la adscripción del personal Jurisdiccional, el Pleno de este Tribunal Superior Agrario acordará lo conducente y por cuanto hace al personal operativo, la Unidad General Administrativa proveerá en la esfera de su competencia.
DÉCIMOSEGUNDO. Publíquese este acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en los Estados de Hidalgo, San Luis Potosí, Puebla y Veracruz, en los estrados de los Tribunales Unitarios Agrarios de los Distritos de que se trata y la página web del Tribunal Superior Agrario.
Así, por unanimidad de votos, lo acordó el H. Pleno del Tribunal Superior Agrario; firma la Magistrada Numeraria, Licenciada Claudia Dinorah Velázquez González; los Magistrados Numerarios, Maestro en Derecho Alberto Pérez Gasca, Doctor Guadalupe Espinoza Sauceda; la Magistrada Numeraria, Maestra Larisa Ortiz Quintero y la Magistrada Supernumeraria, Licenciada Carmen Laura López Almaraz, quien suple ausencia de la Magistrada Numeraria, Licenciada Maribel Concepción Méndez de Lara, en términos del artículo 3°, párrafo cuarto, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios; ante el Secretario General de Acuerdos, Licenciado Marco Antonio Olallo Lima, quien autoriza y da fe.
El Secretario General de Acuerdos del Tribunal Superior Agrario, Licenciado Marco Antonio Olallo Lima, con fundamento en el artículo 22, Fracción II y III, de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios, hace constar y CERTIFICA: Que en fecha siete de enero de dos mil veinticinco, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, emitió el ACUERDO GENERAL 1/2025 QUE EMITE EL H. PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO, POR EL QUE SE MODIFICA LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES UNITARIOS AGRARIOS DE LOS DISTRITOS 32, 43 Y 55; ASÍ COMO EL TÉRMINO EN SUS FUNCIONES DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DEL DISTRITO 14 CON SEDE EN HUEJUTLA DE REYES, ESTADO HIDALGO, POR REDISTRITACIÓN DE COMPETENCIA.- Conste.
Ciudad de México, a 7 de enero de 2025.- Secretario General de Acuerdos, Lic. Marco Antonio Olallo Lima.- Rúbrica.