Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa
 
Mediante Oficio No. D00/100/420/2024 del 27 de noviembre de 2024 y en cumplimiento al Acuerdo No. JGE 04/01/2024 tomado por la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro en su 4ta Sesión Extraordinaria de 2024 celebrada el 27 de noviembre de 2024, acordó autorizar la comisión que cobrará Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa, tal y como lo establece el artículo 37 quinto párrafo de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De conformidad con lo dispuesto en el oficio antes referido, a continuación se publica, en tiempo y forma en el Diario Oficial de la Federación, la comisión que Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa, cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro Básicas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025:
 
Concepto
Factor
Comisión sobre saldo anual
0.55% anual sobre el saldo administrado
 
La comisión será aplicable a todos los Trabajadores registrados o asignados a los que Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa, administre los fondos de su cuenta individual desde la fecha de su entrada en vigor, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el Trabajador en lo sucesivo a Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa.
 
Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2024.
Director General
Afore Inbursa, S.A. de C.V., Grupo Financiero Inbursa
Lic. José Ignacio Jiménez Santos
Rúbrica.
(R.- 559065)