Afore Invercap, S.A. de C.V.
 
Mediante oficio D00/100/421/2024 de fecha 27 de noviembre de 2024, el Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, en cumplimiento al Acuerdo No. JGE 04/01/2024 adoptado por la Junta de Gobierno de esa Comisión, en su 4ta Sesión Extraordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2024, hizo constar la autorización a las comisiones de Afore Invercap, S.A. de C.V., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
De conformidad con lo dispuesto en el oficio antes referido a continuación se publica, en tiempo y forma, en el Diario Oficial de la Federación, la comisión que Afore Invercap, S.A. de C.V., cobrará a los trabajadores a los que administre los fondos de su cuenta individual, que se encuentren invertidos en las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro básicas a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025:
 
Concepto
Factor
Comisión sobre saldo
0.55% anual sobre el saldo administrado
 
La comisión será aplicable a todos los trabajadores registrados o asignados a los que Afore Invercap, S.A. de C.V., administre los fondos de su cuenta individual a partir del 1° de enero de 2025, independientemente de la fecha en que se registre o se asigne el trabajador en lo sucesivo en la Administradora.
En virtud de que la comisión de Afore Invercap, S.A. de C.V., no implica un incremento en la comisión que se cobra a los trabajadores asignados o registrados, ya sean éstos activos o inactivos, en el presente caso, no se actualizará el derecho de los trabajadores a traspasar su cuenta individual previsto en el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
 
Monterrey, N.L. a 5 de diciembre de 2024.
Afore Invercap, S.A. de C.V.
Representante Legal
Lic. Eduardo Salaburu Llamas
Rúbrica.
(R.- 559064)