AVISO mediante el cual se dan a conocer las páginas de internet en que puede consultarse la Segunda Modificación a las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar, así como su texto íntegro.

Al margen un logotipo, que dice: IMSS-BIENESTAR.

L.C.P. DALIA VERÓNICA INZUNZA CAMACHO, Titular de la Coordinación de Finanzas de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y Titular de la Secretaría de Actas del Comité Técnico del Fondo de Salud para el Bienestar, con fundamento en los artículos 11 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 215, fracción II, inciso c), de su Reglamento; en relación con las cláusulas SEGUNDA, QUINTA y DÉCIMA SEGUNDA del Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso Público Irrevocable de Administración y Pago denominado "Fondo de Salud para el Bienestar" celebrado el 18 de julio de 2023; 38, fracción VII, del Estatuto Orgánico de IMSS-BIENESTAR, y el artículo Segundo, último párrafo, del Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como a la Procuraduría General de la República a abstenerse de emitir regulación en las materias que se indican y Único de su diverso modificatorio, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 10 de agosto de 2010 y 21 de agosto de 2012, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS PÁGINAS DE INTERNET EN QUE PUEDE
CONSULTARSE LA SEGUNDA MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO DE
SALUD PARA EL BIENESTAR, ASÍ COMO SU TEXTO ÍNTEGRO
Denominación:
Segunda Modificación a las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar aprobadas mediante Acuerdo 12E.03/0924.
Emisor:
Comité Técnico del Fondo de Salud para el Bienestar en la Duodécima Sesión Extraordinaria 2024.
Fecha de modificación de las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar:
27 de septiembre de 2024.
Objetivo de la Modificación a las Reglas Operación del Fondo de Salud para el Bienestar:
Plasmar las modificaciones que ha tenido el Estatuto Orgánico de IMSS-BIENESTAR, mediante las cuales se adicionó la Coordinación de Adquisiciones, la Coordinación de Servicios Generales, la Coordinación de Recursos Materiales, la Coordinación de Planeación y Control del Abasto y la Coordinación de Control Presupuestal del Abasto; asimismo, contemplar el Protocolo de Atención Integral; establecer que los Institutos Nacionales de Salud, Hospitales Federales de Referencia constituidos como organismos públicos descentralizados y el Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH y el SIDA, instrumenten por su cuenta los procedimientos de contratación; que la Coordinación de Finanzas de IMSS-BIENESTAR, realice la transferencia de recursos entre subcuentas homologas; se permite a la Coordinación de Adquisiciones de IMSS-BIENESTAR, la adquisición de equipamiento médico, entre otros cambios.
Páginas electrónicas para consulta de la Modificación:
https://imssbienestar.gob.mx/assets/docs/finanzas/SEGUNDA_MODIF_REG_OPER_FONSABI.pdf
www.dof.gob.mx/2024/IMSS-BIENESTAR/SEGUNDA_MODIF_REG_OPER_FONSABI.pdf
Páginas electrónicas para consulta del texto íntegro modificado:
https://imssbienestar.gob.mx/assets/docs/finanzas/TEXTO_INT_SEGUNDA_MODIF_REG_OPER_FONSABI.pdf
www.dof.gob.mx/2024/IMSS-BIENESTAR/TEXTO_INT_SEGUNDA_MODIF_REG_OPER_FONSABI.pdf
 
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso surtirá efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 4 de octubre de 2024.- Titular de la Coordinación de Finanzas de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar y Titular de la Secretaría de Actas del Comité Técnico del Fondo de Salud para el Bienestar, L.C.P. Dalia Verónica Inzunza Camacho.- Rúbrica.
(R.- 558385)