Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de México
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III, 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción I, III, V, VI, VII y VIII, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen:
1.- Carpeta de Investigación FED/MEX/ECAT/0004675/2023, iniciada por el delito de Portación de arma de fuego sin licencia, previsto y sancionado en el artículo 81 en relación con el articulo 9 fracción I de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el dos de diciembre de dos mil veintitrés se decretó el aseguramiento de: UNA MOTOCICLETA MARCA ITALIKA, MODELO DM200, COLOR NEGRO CON DETALLES EN COLOR VERDE, SIN PLACAS DE CIRCULACIÓN, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 3SCK4EKH7P1008717, AÑO MODELO 2023; por ser instrumento del delito investigado. 2.- Carpeta de Investigación FED/MEX/NAU/0000434/2024, iniciada por el delito de Posesión De Cartuchos De Uso Exclusivo, previsto en el artículo 11 inciso f, y sancionado en el artículo 83 quat fracción II ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro se decretó el aseguramiento de: UNA MOTOCICLETA DEPORTIVA MARCA YAMAHA LINEA/MODELO FZS, COLOR NEGRO, SIN PLACA DE CIRCULACIÓN, NÚMERO DE IDETIFICACIÓN VEHICULAR ME1RG2666J2001798, AÑO MODELO 2018; por ser instrumento del delito investigado. 3.- Carpeta de Investigación FED/MEX/NEZA/0004671/2023, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego De Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en el artículo 83 fracción II, en relación con el artículo 11, inciso b), ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el primero de diciembre de dos mil veintitrés se decretó el aseguramiento de: UNA MOTOCICLETA MARCA VENTO, MODELO VENTO CROS, TODO TERRENO COLOR NEGRO, PLACAS DE CIRCULACIÓN 5K1AT DE LA CIUDAD DE MÉXICO, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR LB7VBGBDXL1003385, AÑO MODELO 2020; por ser instrumento del delito investigado. 4.- Carpeta de Investigación FED/MEX/NEZA/0000789/2021, iniciada por el delito de Portación de Arma de Fuego sin Licencia, previsto y sancionado en el Articulo 81 en relación con el artículo 9 fracción I de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el primero de mayo de dos mil veintiuno se decretó el aseguramiento de: UN VEHICULO MARCA PONTIAC, MODELO MONTANA, TIPO CAMIONETA MPV, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACIÓN MLJ-43-31 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN VEHICULAR 1GMDX13E0YD100187, AÑO MODELO 2000; por ser instrumento del delito investigado. 5.- Carpeta de Investigación FED/MEX/TEX/0002747/2024, iniciada por el delito de Sustracción Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en el Artículo 8 fracción I, de la Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el nueve de agosto de dos mil veinticuatro se decretó el aseguramiento de: UN INMUEBLE UBICADO EN CALLE DE TERRACERIA, SIN NÚMERO, POBLADO DE SAN BARTOLO, MUNICIPIO DE ACOLMAN, ESTADO DE MÉXICO, CON COORDENADAS GEOGRAFICAS 19°39"06.3" N, 98°53"36.4"W ESTADO DE MÉXICO; por ser instrumento del delito investigado. Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231, del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del Agente del Ministerio Público de la Federación, de la Fiscalía General de la República en la Delegación Estado de México, con domicilio en Calle Héctor Fix Zamudio, número 105, colonia Ex Parque Cuauhtémoc, C.P. 50010, Toluca, Estado de México.
Atentamente
Toluca, Estado de México; 10 de septiembre de 2024.
Fiscal Federal en el Estado de México
Lic. Jesús López Trujillo
Rúbrica.
(R.- 558083)