Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco
EDICTO:
Mediante auto de ocho de mayo de dos mil veintitrés, dictado en el juicio de amparo 855/2023, este Juzgado admitió la demanda de amparo promovida por OLGA CECILIA NÚÑEZ en su carácter de cónyuge supérstite y MARTÍN GABRIEL MICHEL NÚÑEZ, como albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Bernardo Procopio Michel Rodríguez, contra actos de la Comisión Interinstitucional para la Regularización de Predios Rústicos de la Pequeña Propiedad del Estado de Jalisco, con sede en Zapotlán El Grande, Jalisco, consistente en la resolución del procedimiento de regularización bajo número de expediente VI-014-141/2010, y la ejecución de dicha resolución que concluyó en la emisión de un título de propiedad a favor de Miguel Rivera Chávez, Juan Rivera Chávez y Angelita Lucille Soberano; asimismo, se señaló como tercera interesada a ANGELITA LUCILLE SOBERANO, que por este medio se emplaza al juicio de amparo, y se le hace saber la radicación del juicio y que puede comparecer a éste a defender sus derechos dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del presente; apercibido que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento, y las subsecuentes notificaciones se harán por lista, en términos del artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, copia de la demanda de amparo, escrito aclaratorio, documento con el que se acredita la personalidad, ampliación de demanda, autos ocho de mayo y veinticinco de septiembre, ambos de dos mil veintitrés.
Zapopan, Jalisco, 15 de julio de 2024.
Secretaria del Juzgado Séptimo de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de
Jalisco
Yanet Viridiana Aguirre González
Rúbrica.
(R.- 556286)