Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
EDICTO
En el expediente 7/2023-II relativo al procedimiento de concurso mercantil de Financiera Realidad, Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No regulada, el Juez Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana, el día seis de junio de dos mil veinticuatro, dictó sentencia en la que declaró en concurso mercantil a dicha comerciante, estableciendo como fecha de retroacción el DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS; declaró abierta la etapa de conciliación y ordenó que durante ésta se suspenda todo mandamiento de embargo o ejecución contra bienes y derechos del concursado, excepto los referidos en el artículo 65, de la Ley de Concursos Mercantiles. Dicha resolución produce efectos de arraigo del responsable o responsables de la administración de la persona moral declarada en concurso, para el solo efecto de que no puedan separarse del lugar de su domicilio, sin dejar, mediante mandato general o especial con facultades para actos de dominio, actos de administración y para pleitos y cobranzas, apoderado suficientemente instruido y expensado. El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, designó como conciliador a Raúl Contreras Salazar, y éste señaló como domicilio para el cumplimiento de su función, el ubicado en Avenida Vertical Frida Kahlo número 195, Piso 8, Suite 808, colonia Valle Oriente, Código Postal 66269, Municipio de San Pedro Garza García, Nuevo León, a quien se le ordenó que inicie con la propuesta de reconocimiento de créditos, lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la concursada para que, aquellos que así lo deseen, le presenten su solicitud de reconocimiento de sus créditos. La publicación de este edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente, ordenada en la propia sentencia.
Ciudad de México, cinco de julio de dos mil veinticuatro.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
Lic. Emmanuel Castellanos Rosas
Rúbrica.
(R.- 556896)