Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación "A"
Expedientes No. DGSUB "A"/A.2/842/07/2024
EDICTO
 
En el Procedimiento de Responsabilidad Administrativa número DGSUB"A"/A.2/842/07/2024, iniciado por la Dirección General de Substanciación "A" de la Auditoría Superior de la Federación, en el cual se señala como presunto responsable, entre otros, al C. RODULFO FIGUEROA PACHECO, por la probable falta administrativa de desvío de recursos públicos contemplada en el artículo 54 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con fecha trece de agosto de dos mil veinticuatro, se ordenó emplazarlo a dicho procedimiento por medio de edictos; por lo que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118; se le cita para que comparezca personalmente a la Audiencia Inicial que se celebrará en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación "A" de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de la Federación ubicadas en el sexto piso del edificio "A" situado en Carretera Picacho Ajusco número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110, Tlalpan, Ciudad de México; el día veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) a las diez horas con cero minutos (10:00). Lo anterior, para que rinda su declaración por escrito o verbalmente y ofrezca las pruebas que estime necesarias para su defensa; asimismo se le informa el derecho que tiene de no declarar en contra de sí mismo ni declararse culpable, así como su derecho a defenderse personalmente o ser asistido por un defensor perito en la materia y que, de no contar con un defensor le será nombrado uno de oficio. Poniéndose a su disposición las copias de traslado, además de que podrá acudir a consultar las constancias que integran los Expedientes de Presunta Responsabilidad Administrativa que nos ocupa, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, se le hace saber que deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la Federación, apercibido que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se deben llevar a cabo a través de rotulón que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si, pasado el término referido anteriormente, no comparece a la audiencia inicial, se debe seguir el procedimiento, haciéndose las ulteriores notificaciones por rotulón, que se fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación, y que debe contener, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a trece de agosto de dos mil veinticuatro, el Licenciado Isaid Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación "A.2" de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica.
 
(R.- 556269)