Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Noveno de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco
EDICTO
 
En el juicio de amparo 1787/2023, promovido por Hugo Ernesto Trujillo Gracián, por propio derecho contra actos del Juez y Notificadores, ambos del Juzgado Segundo de lo Civil de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, toda vez que del estudio socioeconómico realizado a la parte quejosa, se determinó que la misma no cuenta con la capacidad económica para costear la publicación de edictos a su costa, se ordena emplazar por edictos a la Tercera Interesada Perla Yesenia Rodríguez Parra, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación, por ser los de mayor circulación a nivel nacional; queda a su disposición en este juzgado, copia simple de la demanda de amparo; dígasele que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación, para que ocurran a este Órgano Jurisdiccional a hacer valer derechos y que se señalaron las once horas con treinta minutos del nueve de julio de dos mil veinticuatro, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
 
Zapopan, Jalisco, a diez de junio de dos mil veinticuatro.
Juez Noveno de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Maestro Rodrigo Torres Padilla
Rúbrica.
(R.- 554723)