Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS.
 
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. JUZGADO DECIMOCUARTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
TERCERO INTERESADO (EMPLAZAMIENTO): BANCO SANTANDER (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA, INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER.
PRESENTE:
En los autos del juicio de amparo 671/2023-I, promovido por Ana Sugey Santiago González, en su carácter de apoderada legal de la sociedad PM OFFSHORE Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos del Juez Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, se hace del conocimiento que por auto de trece de junio de dos mil veintitrés se admitió dicho juicio de amparo en relación al acto reclamado consistente en la sentencia interlocutoria de dieciocho de mayo de dos mil veintitrés, que resolvió el recurso de revocación promovido en contra de la sentencia de trece de diciembre de dos mil veintidós, que resolvió el incidente de Insubsistencia de Fideicomiso y Derechos de Cobro, y en Consecuencia Solvencia Sobrevenida, dictada dentro del expediente número 348/2016, relativo al concurso mercantil de Avalon Marine Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable radicado del índice del juez responsable; asimismo, mediante diverso proveído de trece de mayo de dos mil veinticuatro, se ordenó emplazar por EDICTOS la tercera interesada Banco Santander (México), Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, habiéndose agotado los domicilios proporcionados por la quejosa, las autoridades responsables y diversas dependencias requeridas, haciéndole saber que deberá presentarse en el local de este Juzgado de Distrito, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente hábil al de la última publicación, y dentro del mismo término deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad de México, apercibido que de no hacerlo, las siguientes notificaciones, aún las de carácter personal, le surtirá efectos por medio de lista que se fije en este juzgado, quedando a su disposición las copias de traslado.
 
Atentamente
Ciudad de México, a dieciséis de mayo de dos mil veinticuatro.
Secretario del Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Salvador Torres Rodriguez
Rúbrica.
(R.- 554335)