Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE DISTRTIO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
AL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SECCIÓN CIVIL.
EMISORA: "ENERGÍA LIMPIA DE PALO ALTO", SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE HOY "ENERGÍA LIMPIA DE PALO ALTO", SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del Procedimiento Especial de Cancelación y Reposición de Títulos Nominativos 6659/2024, promovido por "Enel Finance International", N.V., en contra de "Energía Limpia de Palo Alto", sociedad de responsabilidad limitada de capital variable hoy "Energía Limpia de Palo Alto", sociedad anónima de capital variable, se reclamaron las siguientes prestaciones: La declaración judicial consistente en la cancelación del pagaré no negociable suscrito el veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho, por "Energía Limpia de Palo Alto", sociedad de responsabilidad limitada de capital variable hoy "Energía Limpia de Palo Alto", sociedad anónima de capital variable, en su calidad de deudor y suscriptor, por la cantidad de $165'000,000.00 (ciento sesenta y cinco millones de dólares americanos 00/100 moneda de los Estados Unidos de América) Asimismo, la declaración judicial de reposición del pagaré antes señalado. Finalmente, se prevenga a "Energía Limpia de Palo Alto", sociedad de responsabilidad limitada de capital variable hoy "Energía Limpia de Palo Alto", sociedad anónima de capital variable, a efecto de que suscriba un duplicado del pagaré en mención. Demanda que fue admitida en auto de veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, previo desahogo de prevención, en la vía ESPECIAL DE CANCELACIÓN DE TÍTULO NOMINATIVO. Por auto de veinticuatro de mayo del año en curso, con fundamento en el artículo 45 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se declaró la cancelación provisional del multicitado título y conforme a lo expuesto en la fracción III del diverso numeral 45 del ordenamiento legal antes citado, se ordenó publicar una vez en el Diario Oficial de la Federación y a costa de la actora, un extracto de la presente determinación que declara la cancelación del título de referencia.
Ciudad de México, 31 de mayo de 2024.
La Secretaria del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil la Ciudad de México
Angélica Pérez Maldonado
Rúbrica.
(R.- 554839)