| Destino del Crédito | Adquisición de vivienda o suelo destinado a la construcción de vivienda. |
| Monto de Crédito | Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C). |
| Fondeo | 100% con recursos del INFONAVIT o en cofinanciamiento con entidades financieras o de fomento participantes (ver modalidades en apartado C). |
| Plazo | De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C). |
| Denominación del Crédito | En pesos. |
| Tasa de Interés | Tasa fija. La que aplique conforme al ingreso de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C). |
| Modalidades del Crédito | Individual, conyugal, familiar o corresidencial (ver modalidades en apartado C). |
| Comisión por apertura del Crédito | Sin comisión por apertura del crédito. |
| Cuota de Administración del Crédito | Sin cuota de administración del crédito. |
| Gastos Financieros y de Operación del Crédito | Sin gastos financieros y de operación del crédito. |
| Gastos de Escrituración (Titulación) | Se pagan con cargo al crédito otorgado. |
| Avalúo | Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente. |
| Uso del Saldo de la Subcuenta de vivienda | Se aplica al destino del crédito. A elección de la o el Trabajador Derechohabiente se podrán aplicar las aportaciones voluntarias de su cuenta individual para aumentar el saldo de la Subcuenta de Vivienda. |
| Entrega de Recursos del Crédito | A la o el Trabajador Derechohabiente o al Vendedor de la Vivienda (ver modalidades en apartado C). |
| Pago de la mensualidad | Pagos fijos a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente conforme al monto establecido en el contrato de crédito: o Con relación laboral: el pago se descontará por el patrón del salario de la o el Trabajador Derechohabiente, conforme a lo siguiente: · En el caso de percibir 1 salario mínimo mensual, se descontará hasta el 20% (veinte por ciento) del salario integrado al momento de la originación. · En el caso de percibir ingresos mayores a 1 (un) salario mínimo mensual, se descontará el monto pactado en los contratos de crédito. Salvo que exista una justificación sustentada en la Ley Federal del Trabajo o en la Ley del Seguro Social (por ejemplo: incapacidades, paro técnico, huelga o suspensión de la relación laboral). o Sin relación laboral: pago directo de la o el Trabajador Derechohabiente al INFONAVIT, por los medios que éste le señale. |
| Pagos anticipados del Crédito | Aplica sin penalización. |
| Aportaciones Patronales | Corresponden al 5% (cinco por ciento) del salario de la o el trabajador derechohabiente y son pagadas por el patrón. Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores (ver modalidades en apartado C). |
| Garantía de pago | Hipotecaria. |
| Estado de Cuenta | La o el trabajador derechohabiente tendrá derecho a consultar el estado de cuenta del crédito otorgado, el cual será emitido por el INFONAVIT, al menos, de manera bimestral y estará disponible en forma gratuita y sin intermediarios a través de los medios físicos o electrónicos que se pongan a su alcance. |
| Avisos | El INFONAVIT se obliga a notificar al patrón los avisos de retención de descuentos y de suspensión. Asimismo, el INFONAVIT deberá notificar tanto al patrón como a la o el Trabajador Derechohabiente, al menos, con 3 (tres) bimestres de anticipación previos a la liquidación de su crédito el aviso de que está próximo a concluir el pago de su crédito. |
| Seguro por fallecimiento o incapacidad | Aplica de manera gratuita y sin intermediarios para liberar a la o el trabajador derechohabiente de sus obligaciones de pago del crédito, y su garantía. |
| Seguro de Daños por siniestro a la Vivienda | Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico a la Vivienda garantía del crédito. Su contratación es obligatoria (ver modalidades en apartado C). |
| Seguro de Calidad de la Vivienda | Aplica para viviendas nuevas, por vicios ocultos o defectos de instalación o diseño que hayan tenido su origen en la etapa de diseño, desarrollo y terminación de la construcción de la vivienda, así como los daños consecuenciales relacionados directamente con los referidos vicios ocultos y defectos de la construcción. Su contratación es a cargo del desarrollador y sin costo para la o el Trabajador Derechohabiente. |
| Contratación de Coberturas | La o el Trabajador Derechohabiente podrá elegir libremente la empresa aseguradora que brindará la cobertura obligatoria por daños a la vivienda, en caso de no hacerlo el INFONAVIT contratará en su nombre el seguro correspondiente. |
| Cobertura por Desempleo (Fondo de Protección de Pagos) | Aplica. El pago de la prima correrá a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente mientras tenga una relación laboral vigente (ver modalidades en apartado C). |
| Prórroga en el pago del Crédito | La o el Trabajador Derechohabiente, al momento de la firma del contrato de crédito, autorizará al INFONAVIT para que, dentro del mes siguiente en que deje de percibir ingresos salariales, se le otorgue una prórroga para el pago de la mensualidad del crédito. El INFONAVIT informará de manera clara y pormenorizada a través de Mi cuenta INFONAVIT y/o en los estados de cuenta, las condiciones financieras que tiene la prórroga sobre el crédito, los pagos, los intereses y saldos, a fin de que la o el Trabajador Derechohabiente tome decisiones de manera informada. |
| Protección de los derechos de la o el Trabajador Derechohabiente | La o el Trabajador Derechohabiente, de manera gratuita y sin intermediarios, podrá promover el recurso de inconformidad ante el propio INFONAVIT, cuando estime lesionados sus derechos contractuales, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles. Para ello se necesita: o Presentar un escrito en cualquier oficina del INFONAVIT(1), o por correo postal, o al siguiente correo electrónico INCONFORMIDADES@infonavit.org.mx. o Ese escrito deberá contar con los siguientes datos: nombre y firma, domicilio, correo electrónico y número telefónico para recibir notificaciones, número de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y número de seguridad social, resolución o acto recurrido y su fecha de notificación. El tiempo de resolución del recurso será de aproximadamente 40 (cuarenta) días hábiles, sujeto al desahogo de pruebas. La resolución del recurso se te informará en el domicilio o correo electrónico que hayas proporcionado. Para más información sobre el recurso de inconformidad consulta el anexo 1 (uno). |
| Cobranza Social para la Recuperación del Crédito | De conformidad con el artículo 71 de la Ley, la o el Trabajador Derechohabiente tiene el derecho de acceder a las soluciones accesibles que le permitan continuar con el pago del crédito y que estén orientadas a preservar su patrimonio. El INFONAVIT podrá contactar por cualquier medio institucional a la o el Trabajador Derechohabiente para ofrecerle soluciones que le permitan regularizar el pago de su crédito. |
| Recuperación Judicial del Crédito | Aplica una vez y solamente agotados los mecanismos de las soluciones de cobranza social conforme al Dictamen de Término que emita el INFONAVIT. Durante los procesos de recuperación judicial deberá respetarse la garantía de acceso a la justicia alternativa a través de la mediación, la cual será preferente en todos los casos. |
| Datos de Contacto de la o el Trabajador Derechohabiente | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a recibir del INFONAVIT información oportuna de su crédito, por lo que deberá llenar el formato de datos de contacto que formará parte del contrato de crédito. El INFONAVIT anualmente deberá verificar que los datos de contacto de la o el Trabajador Derechohabiente sean pertinentes, correctos y actualizados. El INFONAVIT deberá de garantizar la obtención lícita, protección y tratamiento adecuado de los datos personales de las y los trabajadores acreditados conforme a las disposiciones en la materia. Dichos datos serán recabados mediante el Anexo "C", mismo que forma parte integrante del contrato de crédito. |
| Liberación del Saldo Pendiente y Cancelación de Gravamen | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a liberación del saldo pendiente y cancelación de gravamen, cuando haya realizado 360 (trescientos sesenta) pagos completos, contados desde el otorgamiento del crédito. |
| Créditos Subsecuentes | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a obtener un crédito subsecuente que será otorgado siempre y cuando liquide efectivamente el anterior y cumpla con los requisitos vigentes al momento de solicitar el nuevo crédito. |
| | Créditos Tradicional INFONAVIT | Créditos INFONAVIT Total | |
| Inmueble a Adquirir | o Vivienda nueva o Vivienda existente | ||
| Plazo del Crédito | De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres. | ||
| Tasa de Interés | Desde 1% (uno por ciento) hasta 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija, diferenciado por nivel de ingreso salarial. | ||
| Aportaciones Patronales (correspondientes al 5% del salario de la o el trabajador derechohabiente, pagadas por el patrón) | Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores. | ||
| Modalidad del Crédito | o Individual o Conyugal o Familiar o Corresidencial | ||
| Monto de Crédito | Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente. | ||
| Fondeo | 100% (cien por ciento) con recursos del INFONAVIT | ||
| Entrega de Recursos del Crédito | En una sola exhibición al Vendedor de la Vivienda. | ||
| Uso de los Recursos | Para la adquisición de Vivienda, a la firma del contrato. | ||
| Seguro de Daños por siniestro a la Vivienda | Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico a la vivienda garantía del crédito. Su contratación es obligatoria. | ||
| Cobertura por Desempleo (Fondo de Protección de Pagos) | Aplica. El pago de la prima correrá a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente mientras tenga una relación laboral vigente. | ||
| Complemento "Equipa tu Casa" | Restricción | No aplica para créditos de adquisición de vivienda otorgados en modalidad conyugal. | |
| Mejora del Hogar | Aplica complemento "Equipa tu Casa" para mejoras sin afectación estructural. | ||
| Asistencia Técnica | Se recomienda el uso de asistencia técnica, a elección y a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente. | ||
| Monto del Complemento "Equipa tu Casa" | o Se determina de acuerdo con el ingreso salarial. o Para acceder a este complemento la o el Trabajador Derechohabiente debe solicitar un monto de crédito menor al monto máximo definido de acuerdo con su capacidad de pago. o El monto de este complemento será la diferencia entre el monto máximo del crédito a otorgar y el monto del crédito otorgado. | ||
| | Entrega de Recursos del Complemento | En una sola exhibición distribuida de la siguiente manera: o El 80% (ochenta por ciento) de los recursos del crédito se depositará en una tarjeta que será proporcionada por el INFONAVIT a la o el Trabajador Derechohabiente, para uso en comercios afiliados. o El 20% (veinte por ciento) de los recursos del crédito se depositará una cuenta bancaria o tarjeta a nombre de la o el Trabajador Derechohabiente. | |
| Uso de los Recursos | o Para la mejora de Vivienda, posterior a la firma del contrato. o Para la ejecución de la mejora hasta 6 (seis) meses contados a partir de la firma del Contrato. | ||
| | Adquisición de Vivienda COFINAVIT | Adquisición de Vivienda INFONAVIT-FOVISSSTE | Adquisición de Vivienda Cuenta INFONAVIT + Crédito Bancario |
| Plazo del crédito | De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres. | El que determine la entidad financiera. | |
| Tasa de interés | 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija. | Tasa diferenciada por nivel de salario desde 6.1% (seis punto uno por ciento) y hasta 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento). | 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija. |
| Aportaciones Patronales | Aplica. Las aportaciones patronales subsecuentes se aplicarán a prepagar el crédito hipotecario con INFONAVIT hasta agotar el saldo insoluto, una vez liquidado y si la o el Trabajador Derechohabiente aún tiene saldo vigente en el crédito hipotecario otorgado por entidad financiera o de fomento, las aportaciones se enviarán para prepagar dicho crédito. | ||
| Modalidad del Crédito | o Individual o Conyugal o Familiar o Corresidencial | ||
| Monto de Crédito | Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente. | Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente. | 30% (treinta por ciento) del crédito autorizado por la entidad financiera con tope del monto máximo de COFINAVIT. |
| Fondeo | Una parte del crédito financiada por el INFONAVIT y el resto del financiamiento por la entidad financiera o de fomento. | ||
| Entrega de Recursos del Crédito | En una sola exhibición al vendedor de la vivienda. | ||
| Uso de los Recursos | Para la adquisición de vivienda, a la firma del contrato. | ||
| Seguro de Daños por siniestro a la Vivienda | Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico a la vivienda garantía del crédito. | Aplicará la póliza que la o el Trabajador Derechohabiente contrate con la entidad financiera. | |
| Cobertura por Desempleo (Fondo de Protección de Pagos) | Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente. | No aplica. | |
| | Adquisición de Suelo (Tradicional/ Infonavit Total) | Adquisición de Suelo (COFINAVIT) |
| Inmueble a Adquirir | Suelo destinado a la construcción de vivienda, con uso de suelo habitacional o mixto que incluya habitacional. | |
| Plazo del Crédito | De 1 (uno) a 15 (quince) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres. | |
| Tasa de Interés | o Si la o el Trabajador Derechohabiente no cuenta con una acción de vivienda previa a la obtención del presente crédito para adquisición de Suelo, tendrá la tasa desde 6.5% (seis punto cinco por ciento) al 8.2% (ocho punto dos por ciento). o Si la o el Trabajador Derechohabiente cuenta con una acción de vivienda previa a la obtención del presente crédito para adquisición de Suelo, tendrá la tasa desde el 9% (nueve por ciento) al 11% (once por ciento). | |
| Aportaciones Patronales | Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores. | |
| Modalidad del Crédito | o Individual o Conyugal o Familiar o Corresidencial | |
| Monto de Crédito | Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente. | |
| Fondeo | 100% (cien por ciento) con recursos del INFONAVIT. | Una parte del crédito financiada por el INFONAVIT y el resto del financiamiento por la entidad financiera. |
| Entrega de Recursos del Crédito | En una sola exhibición al vendedor del suelo destinado a la construcción de vivienda. | |
| Uso de los Recursos | Para la adquisición de suelo destinado a la construcción de vivienda, a la firma del contrato. | |
| Cobertura por Desempleo (Fondo de Protección de Pagos) | Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente. | |
| Seguro de Daños a la Vivienda | No aplica. | |
| Crédito para la o el Jornalero o Trabajador Agroindustrial | La o el Trabajador Derechohabiente deberá cumplir con los requisitos del Crédito Tradicional, además lo siguiente: o Deberá conjuntar un ahorro de al menos 12 (doce) mensualidades consecutivas e ininterrumpidas. o El monto de ahorro mensual será similar al de la mensualidad del crédito pretendido. o El ahorro que genere la o el Trabajador Derechohabiente se sumará, al saldo de la Subcuenta de Vivienda y el monto del crédito para entregar al vendedor el pago de la vivienda. o El crédito otorgado para la o el Trabajador Derechohabiente se sujetará a las reglas financieras de los Créditos Tradicional INFONAVIT señaladas en este apartado. |
| Crédito para la o el Trabajador Derechohabiente de Entes Públicos que no Cotizan en el INFONAVIT | o Podrá acceder a los Créditos Tradicional INFONAVIT la o el Trabajador Derechohabiente que labore en entes públicos que no cuenten con prestaciones en materia de vivienda en favor de sus trabajadores (organismos sin acceso a vivienda). o Estos organismos deberán presentar una solicitud de incorporación al INFONAVIT y cumplir con sus obligaciones patronales en materia de vivienda. o La o el Trabajador Derechohabiente deberá cumplir con los requisitos del Crédito Tradicional. o El crédito otorgado para la o el Trabajador Derechohabiente se sujetará a las reglas financieras de los Créditos Tradicional INFONAVIT señaladas en este apartado. |
| NOMBRE COMPLETO | |
| DOMICILIO PARTICULAR (Este deberá coincidir con el inmueble objeto del crédito) | |
| DOMICILIO PARTICULAR 2 (En el caso de créditos para adquisición de suelo se deberá proporcionar el domicilio en el que resida) | |
| TELÉFONO PARTICULAR (FIJO) | |
| TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL) | |
| CORREO ELECTRÓNICO PARTICULAR | |
| NOMBRE COMPLETO | |
| DOMICILIO PARTICULAR | |
| TELÉFONO PARTICULAR (FIJO) | |
| TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL) | |
| CORREO ELECTRÓNICO PARTICULAR | |
