CONDICIONES Generales de Contratación que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes con y sin relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda o suelo destinado a la construcción de vivienda en su versión 1.0.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus
derechohabientes con y sin relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos destinados a la
adquisición de vivienda o suelo destinado a la construcción de vivienda en su versión 1.0
Por medio del presente se comunica a las y los trabajadores derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en lo subsecuente, "INFONAVIT"), que a partir de la publicación de esta oferta podrán celebrar el contrato necesario para recibir un crédito con garantía hipotecaria para que adquieran en propiedad Suelo destinado a la construcción de vivienda o bien, adquisición en propiedad de una Vivienda con opción de obtener el complemento "Equipa tu casa" el cual permitirá incorporar a la Vivienda la remodelación, mejoras, reparación, ampliación y/o equipamiento, creando un espacio habitacional de bienestar cómodo e higiénico, mejorando la calidad de vida de nuestros acreditados acorde a sus necesidades y expectativas de vivienda.
CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN DEL CRÉDITO
Apartado A. Objeto del Crédito.
Otorgar a las y los Trabajadores Derechohabientes una alternativa de financiamiento que les permita adquirir suelo destinado a la construcción de vivienda o, adquirir vivienda con la opción de acceder al complemento "Equipa tu Casa", y con ello solucionar en la forma que más convenga a sus intereses sus necesidades en materia de vivienda.
Apartado B. Términos y Condiciones.
A continuación, se describen las características del crédito, conforme a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores ("Ley"), a las Políticas de Crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a las Reglas para el otorgamiento de Créditos a los trabajadores derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y a las Reglas de Negocio aprobadas para esta opción de financiamiento:
Destino del Crédito
Adquisición de vivienda o suelo destinado a la construcción de vivienda.
Monto de Crédito
Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C).
Fondeo
100% con recursos del INFONAVIT o en cofinanciamiento con entidades financieras o de fomento participantes (ver modalidades en apartado C).
Plazo
De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C).
Denominación del
Crédito
En pesos.
Tasa de Interés
Tasa fija. La que aplique conforme al ingreso de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C).
Modalidades del Crédito
Individual, conyugal, familiar o corresidencial (ver modalidades en apartado C).
Comisión por apertura
del Crédito
Sin comisión por apertura del crédito.
Cuota de
Administración del
Crédito
Sin cuota de administración del crédito.
Gastos Financieros y de
Operación del Crédito
Sin gastos financieros y de operación del crédito.
Gastos de Escrituración
(Titulación)
Se pagan con cargo al crédito otorgado.
Avalúo
Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente.
Uso del Saldo de la
Subcuenta de vivienda
Se aplica al destino del crédito.
A elección de la o el Trabajador Derechohabiente se podrán aplicar las aportaciones voluntarias de su cuenta individual para aumentar el saldo de la Subcuenta de Vivienda.
Entrega de Recursos del
Crédito
A la o el Trabajador Derechohabiente o al Vendedor de la Vivienda (ver modalidades en apartado C).
Pago de la mensualidad
Pagos fijos a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente conforme al monto establecido en el contrato de crédito:
o    Con relación laboral: el pago se descontará por el patrón del salario de la o el Trabajador Derechohabiente, conforme a lo siguiente:
·  En el caso de percibir 1 salario mínimo mensual, se descontará hasta el 20% (veinte por ciento) del salario integrado al momento de la originación.
·  En el caso de percibir ingresos mayores a 1 (un) salario mínimo mensual, se descontará el monto pactado en los contratos de crédito.
      Salvo que exista una justificación sustentada en la Ley Federal del Trabajo o en la Ley del Seguro Social (por ejemplo: incapacidades, paro técnico, huelga o suspensión de la relación laboral).
o    Sin relación laboral: pago directo de la o el Trabajador Derechohabiente al INFONAVIT, por los medios que éste le señale.
Pagos anticipados del
Crédito
Aplica sin penalización.
Aportaciones Patronales
Corresponden al 5% (cinco por ciento) del salario de la o el trabajador derechohabiente y son pagadas por el patrón.
Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores (ver modalidades en apartado C).
Garantía de pago
Hipotecaria.
Estado de Cuenta
La o el trabajador derechohabiente tendrá derecho a consultar el estado de cuenta del crédito otorgado, el cual será emitido por el INFONAVIT, al menos, de manera bimestral y estará disponible en forma gratuita y sin intermediarios a través de los medios físicos o electrónicos que se pongan a su alcance.
Avisos
El INFONAVIT se obliga a notificar al patrón los avisos de retención de descuentos y de suspensión.
Asimismo, el INFONAVIT deberá notificar tanto al patrón como a la o el Trabajador Derechohabiente, al menos, con 3 (tres) bimestres de anticipación previos a la liquidación de su crédito el aviso de que está próximo a concluir el pago de su crédito.
Seguro por fallecimiento
o incapacidad
Aplica de manera gratuita y sin intermediarios para liberar a la o el trabajador derechohabiente de sus obligaciones de pago del crédito, y su garantía.
Seguro de Daños por
siniestro a la Vivienda
Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico a la Vivienda garantía del crédito. Su contratación es obligatoria (ver modalidades en apartado C).
Seguro de Calidad de la
Vivienda
Aplica para viviendas nuevas, por vicios ocultos o defectos de instalación o diseño que hayan tenido su origen en la etapa de diseño, desarrollo y terminación de la construcción de la vivienda, así como los daños consecuenciales relacionados directamente con los referidos vicios ocultos y defectos de la construcción.
Su contratación es a cargo del desarrollador y sin costo para la o el Trabajador Derechohabiente.
Contratación de
Coberturas
La o el Trabajador Derechohabiente podrá elegir libremente la empresa aseguradora que brindará la cobertura obligatoria por daños a la vivienda, en caso de no hacerlo el INFONAVIT contratará en su nombre el seguro correspondiente.
Cobertura por
Desempleo
(Fondo de Protección de
Pagos)
Aplica. El pago de la prima correrá a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente mientras tenga una relación laboral vigente (ver modalidades en apartado C).
Prórroga en el pago del
Crédito
La o el Trabajador Derechohabiente, al momento de la firma del contrato de crédito, autorizará al INFONAVIT para que, dentro del mes siguiente en que deje de percibir ingresos salariales, se le otorgue una prórroga para el pago de la mensualidad del crédito.
El INFONAVIT informará de manera clara y pormenorizada a través de Mi cuenta INFONAVIT y/o en los estados de cuenta, las condiciones financieras que tiene la prórroga sobre el crédito, los pagos, los intereses y saldos, a fin de que la o el Trabajador Derechohabiente tome decisiones de manera informada.
Protección de los
derechos
de la o el
Trabajador
Derechohabiente
La o el Trabajador Derechohabiente, de manera gratuita y sin intermediarios, podrá promover el recurso de inconformidad ante el propio INFONAVIT, cuando estime lesionados sus derechos contractuales, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles.
Para ello se necesita:
o    Presentar un escrito en cualquier oficina del INFONAVIT(1), o por correo postal, o al siguiente correo electrónico INCONFORMIDADES@infonavit.org.mx.
o    Ese escrito deberá contar con los siguientes datos: nombre y firma, domicilio, correo electrónico y número telefónico para recibir notificaciones, número de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y número de seguridad social, resolución o acto recurrido y su fecha de notificación.
El tiempo de resolución del recurso será de aproximadamente 40 (cuarenta) días hábiles, sujeto al desahogo de pruebas.
La resolución del recurso se te informará en el domicilio o correo electrónico que hayas proporcionado.
Para más información sobre el recurso de inconformidad consulta el anexo 1 (uno).
Cobranza Social para la
Recuperación del
Crédito
De conformidad con el artículo 71 de la Ley, la o el Trabajador Derechohabiente tiene el derecho de acceder a las soluciones accesibles que le permitan continuar con el pago del crédito y que estén orientadas a preservar su patrimonio.
El INFONAVIT podrá contactar por cualquier medio institucional a la o el Trabajador Derechohabiente para ofrecerle soluciones que le permitan regularizar el pago de su crédito.
Recuperación Judicial
del Crédito
Aplica una vez y solamente agotados los mecanismos de las soluciones de cobranza social conforme al Dictamen de Término que emita el INFONAVIT.
Durante los procesos de recuperación judicial deberá respetarse la garantía de acceso a la justicia alternativa a través de la mediación, la cual será preferente en todos los casos.
Datos de Contacto de la
o el Trabajador
Derechohabiente
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a recibir del INFONAVIT información oportuna de su crédito, por lo que deberá llenar el formato de datos de contacto que formará parte del contrato de crédito.
El INFONAVIT anualmente deberá verificar que los datos de contacto de la o el Trabajador Derechohabiente sean pertinentes, correctos y actualizados.
El INFONAVIT deberá de garantizar la obtención lícita, protección y tratamiento adecuado de los datos personales de las y los trabajadores acreditados conforme a las disposiciones en la materia.
Dichos datos serán recabados mediante el Anexo "C", mismo que forma parte integrante del contrato de crédito.
Liberación del Saldo
Pendiente y Cancelación
de Gravamen
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a liberación del saldo pendiente y cancelación de gravamen, cuando haya realizado 360 (trescientos sesenta) pagos completos, contados desde el otorgamiento del crédito.
Créditos Subsecuentes
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a obtener un crédito subsecuente que será otorgado siempre y cuando liquide efectivamente el anterior y cumpla con los requisitos vigentes al momento de solicitar el nuevo crédito.
 
El INFONAVIT, antes de celebrar el contrato de crédito con la o el Trabajador Derechohabiente, le presentará la Carta de Condiciones Financieras Definitivas del crédito a otorgar, en las cuales se dará a conocer a la o el Trabajador Derechohabiente el monto del crédito, su denominación, tasa de interés, plazo, monto mensualidad a pagar, pago de coberturas y, en su caso, gastos de escrituración (titulación), entre otros.
La Carta de Condiciones Financieras Definitivas se insertará en el contrato de crédito que suscriban las y los Trabajadores Derechohabientes y se agregará a dicho contrato como Anexo "B" mismo que forma parte integrante del contrato de crédito.
Apartado C. Condiciones Particulares de los Créditos
A continuación, se describen las características particulares del Crédito que la o el Trabajador Derechohabiente puede elegir libremente para ajustarlo a sus necesidades, conforme a la Ley, a las Políticas, a las Reglas de Créditos, y a las Reglas de Negocio aprobadas para esta opción de financiamiento:
1.     Créditos con Fondeo Propio: Créditos Tradicional INFONAVIT y Créditos INFONAVIT Total
 
Créditos Tradicional INFONAVIT
Créditos INFONAVIT Total
Inmueble a Adquirir
o    Vivienda nueva
o    Vivienda existente
Plazo del Crédito
De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres.
Tasa de Interés
Desde 1% (uno por ciento) hasta 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija, diferenciado por nivel de ingreso salarial.
Aportaciones Patronales
(correspondientes al 5% del
salario de la o el trabajador
derechohabiente, pagadas
por el patrón)
Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores.
Modalidad del Crédito
o    Individual
o    Conyugal
o    Familiar
o    Corresidencial
Monto de Crédito
Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente.
Fondeo
100% (cien por ciento) con recursos del INFONAVIT
Entrega de Recursos del
Crédito
En una sola exhibición al Vendedor de la Vivienda.
Uso de los Recursos
Para la adquisición de Vivienda, a la firma del contrato.
Seguro de Daños por
siniestro a la Vivienda
Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico a la vivienda garantía del crédito. Su contratación es obligatoria.
Cobertura por Desempleo
(Fondo de Protección de
Pagos)
Aplica. El pago de la prima correrá a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente mientras tenga una relación laboral vigente.
Complemento
"Equipa tu Casa"
Restricción
No aplica para créditos de adquisición de vivienda otorgados en modalidad conyugal.
Mejora del Hogar
Aplica complemento "Equipa tu Casa" para mejoras sin afectación estructural.
Asistencia Técnica
Se recomienda el uso de asistencia técnica, a elección y a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente.
Monto del
Complemento
"Equipa tu Casa"
o    Se determina de acuerdo con el ingreso salarial.
o    Para acceder a este complemento la o el Trabajador Derechohabiente debe solicitar un monto de crédito menor al monto máximo definido de acuerdo con su capacidad de pago.
o    El monto de este complemento será la diferencia entre el monto máximo del crédito a otorgar y el monto del crédito otorgado.
 
Entrega de Recursos del Complemento
En una sola exhibición distribuida de la siguiente manera:
o    El 80% (ochenta por ciento) de los recursos del crédito se depositará en una tarjeta que será proporcionada por el INFONAVIT a la o el Trabajador Derechohabiente, para uso en comercios afiliados.
o    El 20% (veinte por ciento) de los recursos del crédito se depositará una cuenta bancaria o tarjeta a nombre de la o el Trabajador Derechohabiente.
Uso de los Recursos
o    Para la mejora de Vivienda, posterior a la firma del contrato.
o    Para la ejecución de la mejora hasta 6 (seis) meses contados a partir de la firma del Contrato.
 
2.     Crédito en Cofinanciamiento: COFINAVIT, INFONAVIT-FOVISSSTE y Cuenta INFONAVIT + Crédito Bancario.
 
Adquisición de
Vivienda
COFINAVIT
Adquisición de Vivienda
INFONAVIT-FOVISSSTE
Adquisición de Vivienda
Cuenta INFONAVIT +
Crédito Bancario
Plazo del crédito
De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres.
El que determine la entidad financiera.
Tasa de interés
10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija.
Tasa diferenciada por nivel de salario desde 6.1% (seis punto uno por ciento) y hasta 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento).
10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija.
Aportaciones
Patronales
Aplica. Las aportaciones patronales subsecuentes se aplicarán a prepagar el crédito hipotecario con INFONAVIT hasta agotar el saldo insoluto, una vez liquidado y si la o el Trabajador Derechohabiente aún tiene saldo vigente en el crédito hipotecario otorgado por entidad financiera o de fomento, las aportaciones se enviarán para prepagar dicho crédito.
Modalidad del
Crédito
o    Individual
o    Conyugal
o    Familiar
o    Corresidencial
Monto de Crédito
Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente.
Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente.
30% (treinta por ciento) del crédito autorizado por la entidad financiera con tope del monto máximo de COFINAVIT.
Fondeo
Una parte del crédito financiada por el INFONAVIT y el resto del financiamiento por la entidad financiera o de fomento.
Entrega de Recursos
del Crédito
En una sola exhibición al vendedor de la vivienda.
Uso de los Recursos
Para la adquisición de vivienda, a la firma del contrato.
Seguro de Daños por
siniestro a la
Vivienda
Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico a la vivienda garantía del crédito.
Aplicará la póliza que la o el Trabajador Derechohabiente contrate con la entidad financiera.
Cobertura por
Desempleo
(Fondo de
Protección de
Pagos)
Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente.
No aplica.
 
3.     Crédito para Adquisición de Suelo, destinado a la construcción de Vivienda.
 
Adquisición de Suelo (Tradicional/
Infonavit Total)
Adquisición de Suelo (COFINAVIT)
Inmueble a Adquirir
Suelo destinado a la construcción de vivienda, con uso de suelo habitacional o mixto que incluya habitacional.
Plazo del Crédito
De 1 (uno) a 15 (quince) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres.
Tasa de Interés
o    Si la o el Trabajador Derechohabiente no cuenta con una acción de vivienda previa a la obtención del presente crédito para adquisición de Suelo, tendrá la tasa desde 6.5% (seis punto cinco por ciento) al 8.2% (ocho punto dos por ciento).
o    Si la o el Trabajador Derechohabiente cuenta con una acción de vivienda previa a la obtención del presente crédito para adquisición de Suelo, tendrá la tasa desde el 9% (nueve por ciento) al 11% (once por ciento).
Aportaciones
Patronales
Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores.
Modalidad del
Crédito
o    Individual
o    Conyugal
o    Familiar
o    Corresidencial
Monto de Crédito
Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente.
Fondeo
100% (cien por ciento) con recursos del INFONAVIT.
Una parte del crédito financiada por el INFONAVIT y el resto del financiamiento por la entidad financiera.
Entrega de Recursos
del Crédito
En una sola exhibición al vendedor del suelo destinado a la construcción de vivienda.
Uso de los Recursos
Para la adquisición de suelo destinado a la construcción de vivienda, a la firma del contrato.
Cobertura por
Desempleo
(Fondo de Protección
de Pagos)
Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente.
Seguro de Daños a la
Vivienda
No aplica.
 
4.     Otras modalidades de Crédito Tradicional
Crédito para la o el
Jornalero o Trabajador
Agroindustrial
La o el Trabajador Derechohabiente deberá cumplir con los requisitos del Crédito Tradicional, además lo siguiente:
o    Deberá conjuntar un ahorro de al menos 12 (doce) mensualidades consecutivas e ininterrumpidas.
o    El monto de ahorro mensual será similar al de la mensualidad del crédito pretendido.
o    El ahorro que genere la o el Trabajador Derechohabiente se sumará, al saldo de la Subcuenta de Vivienda y el monto del crédito para entregar al vendedor el pago de la vivienda.
o    El crédito otorgado para la o el Trabajador Derechohabiente se sujetará a las reglas financieras de los Créditos Tradicional INFONAVIT señaladas en este apartado.
Crédito para la o el
Trabajador Derechohabiente
de Entes Públicos que no
Cotizan en el INFONAVIT
o    Podrá acceder a los Créditos Tradicional INFONAVIT la o el Trabajador Derechohabiente que labore en entes públicos que no cuenten con prestaciones en materia de vivienda en favor de sus trabajadores (organismos sin acceso a vivienda).
o    Estos organismos deberán presentar una solicitud de incorporación al INFONAVIT y cumplir con sus obligaciones patronales en materia de vivienda.
o    La o el Trabajador Derechohabiente deberá cumplir con los requisitos del Crédito Tradicional.
o    El crédito otorgado para la o el Trabajador Derechohabiente se sujetará a las reglas financieras de los Créditos Tradicional INFONAVIT señaladas en este apartado.
 
Apartado D. Requisitos.
La o el Trabajador Derechohabiente antes de formalizar el contrato deberá obtener la aprobación de su solicitud de crédito y cumplir con lo siguiente:
a)    La o el Trabajador Derechohabiente cumpla con los requisitos establecidos por la Ley, las Reglas, y las Reglas de Negocio aprobadas por su Consejo de Administración;
b)    El plazo concedido por el INFONAVIT a la o el Trabajador Derechohabiente para celebrar el contrato de crédito no hubiere vencido;
c)    Que no hayan cambiado (i) las condiciones personales y laborales de la o el Trabajador Derechohabiente, así como (ii) cualquier información declarada por éste y las de la operación de crédito que fueron consideradas para la aprobación de su solicitud de crédito, en los términos que se indiquen en la notificación que hubiere recibido del INFONAVIT;
d)    La o el Trabajador Derechohabiente acepte celebrar con el INFONAVIT el contrato de crédito y, en su caso, el Anexo "A", el cual deberá formalizarse, según las formalidades que correspondan y entregar dentro del plazo que el INFONAVIT le señale, los documentos que le sean requeridos por el Notario Público.
La presente oferta surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en portal de Internet del INFONAVIT, disponible en la dirección electrónica portalmx.infonavit.org.mx, sujeto a la disponibilidad de las opciones de financiamiento en las modalidades que en la misma se establecen, y se dirige sólo a las y los Trabajadores Derechohabientes que presenten sus solicitudes de crédito en los canales de atención aprobados a partir de esta fecha, y tendrá una vigencia indefinida. El INFONAVIT publicará y mantendrá publicadas las presentes Condiciones Generales de Contratación en su sitio de internet.
Se dejan sin efectos a partir de esa fecha las "Condiciones Generales de Contratación que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes sin relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda al amparo del esquema de financiamiento Cuenta INFONAVIT + Crédito Bancario en su versión 1.0" que fueron publicadas en el sitio de internet portalmx.infonavit.org.mx el 10 de noviembre de 2021; "Condiciones Generales de Contratación número 2.04 que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes con relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda, así como para el mejoramiento, reparación y ampliación de la misma, denominado "Equipa tu Casa" que fueron publicadas en el sitio de internet portalmx.infonavit.org.mx el 08 de agosto de 2023; "Condiciones Generales de número 2.04 que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes con relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición de vivienda" que fueron publicadas en el sitio de internet portalmx.infonavit.org.mx el 08 de agosto de 2023 y las "Condiciones Generales de Contratación que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus Derechohabientes para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición en propiedad de suelo para la construcción de vivienda en su versión 1.2", que fueron publicadas en el sitio de internet, el 17 de octubre de 2023; salvo para los Trabajadores que hubieren presentado al INFONAVIT solicitudes de crédito antes de esa fecha, quienes en tal caso podrán aceptar posteriormente dichas Condiciones Generales de Contratación para la celebración de los correspondientes contratos de crédito.
Lo anterior lo comunico, en mi carácter de Director General del INFONAVIT, acreditando tal carácter mediante la Escritura Pública número 156,995 de fecha 5 de julio de 2022, otorgada ante la fe del Licenciado Ariel Ortiz Macías, Notario 103 de la Ciudad de México, en ejercicio de las facultades de representación que me confiere la fracción I del artículo 23 (veintitrés) y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 41 (cuarenta y uno), primer párrafo, ambos de la Ley, las Políticas y con base en lo dispuesto en los artículos 1804 (mil ochocientos cuatro), 1807 (mil ochocientos siete) y demás relativos del Código Civil Federal.
Atentamente
Ciudad de México, 24 de abril de 2024.- Director General, Lic. Carlos Martínez Velázquez.- Rúbrica.
Anexo "B" Línea II
correspondiente al contrato de crédito destinado a la adquisición de Vivienda o Suelo destinado a la
construcción de Vivienda con constitución de garantía hipotecaria
CARTA DE CONDICIONES FINANCIERAS DEFINITIVAS(2)
 
Fecha de emisión: __ de ______________ de _____
Nombre de la o del Trabajador Derechohabiente:
N.S.S.:
Número de Crédito:
Realizado por el Notario Público correspondiente el cálculo de los montos de Impuestos y Derechos que se causarán por los actos jurídicos que se celebren en la Escritura mediante la que se formalice el otorgamiento del crédito solicitado por usted al INFONAVIT, los cuales serán cubiertos por usted con la suma que dispone del Crédito Otorgado, el INFONAVIT notifica y a la vez propone a usted las Condiciones Financieras Definitivas bajo las que se otorga dicho crédito, mismas que son las siguientes:
Condiciones Financieras Definitivas del crédito:
Destino (fin) del Crédito Otorgado:     Adquisición en propiedad de la Vivienda o Suelo destinado a la construcción de Vivienda cuyo domicilio a continuación se indica:
Domicilio del inmueble (Vivienda o Suelo destinado a la construcción de Vivienda) objeto del Crédito Otorgado:
Monto (en pesos) del Crédito Otorgado:
Monto del Crédito Neto:
Monto del Saldo de la Subcuenta de Vivienda:
Monto del Crédito "Equipa tu Casa" (en su caso):
Monto del Subsidio del Gobierno Federal o Estatal (en su caso):
Monto del costo de avalúo (en su caso):
Monto de Gastos de Titulación:
Monto de Impuestos y Derechos:
Monto de Prima de Seguro de Daños (en su caso):
Cuota Mensual de Aportación al Fondo de Protección de Pagos (en su caso):
Monto de la Cuota Mensual de Amortización del Crédito:
Tasa de Interés Ordinario:
Plazo del Crédito:
Costo Anual Total (CAT): %
Datos adicionales en relación con la operación del Crédito Otorgado:
Nombre del (de los) Vendedor (es): CLABE de la(s) Cuenta(s) Bancaria(s) del (de los) Vendedor (es):
En el caso de ejercer el Crédito "Equipa tu Casa":
Nombre de la o el Trabajador Derechohabiente:
Medio de Disposición:
Aceptación de la o del Trabajador Derechohabiente:
La o el Trabajador Derechohabiente manifiesta formalmente su aceptación de las anteriores Condiciones Financieras Definitivas que el INFONAVIT arriba le propone.
La o el Trabajador Derechohabiente manifiesta su reconocimiento y aceptación de que los términos y expresiones que aparecen en esta comunicación con letras iniciales en mayúsculas y en negrillas son términos y expresiones definidos en el Anexo "A" de la Escritura.
Firma de la o el Trabajador-Derechohabiente:
[Nombre de la o el Trabajador-Derechohabiente]
                                             Firma del Apoderado:
Nombre del Apoderado: ______________________
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores
Ante mí:
Notario Público:
Fecha:
ANEXO "C"
FORMATO DE DATOS DE CONTACTO DE LA O EL TRABAJADOR DERECHOHABIENTE ACREDITADO
DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
I.     DATOS DE CONTACTO DE LA O EL TRABAJADOR DERECHOHABIENTE
NOMBRE COMPLETO
 
DOMICILIO PARTICULAR
(Este deberá coincidir con el
inmueble objeto del crédito)
 
DOMICILIO PARTICULAR 2
(En el caso de créditos para
adquisición de suelo se deberá
proporcionar el domicilio en el que
resida)
 
TELÉFONO PARTICULAR (FIJO)
 
TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL)
 
CORREO ELECTRÓNICO
PARTICULAR
 
 
II.     DATOS DE CONTACTO DE LA PERSONA DESIGNADA POR LA O EL TRABAJADOR DERECHOHABIENTE
NOMBRE COMPLETO
 
DOMICILIO PARTICULAR
 
TELÉFONO PARTICULAR (FIJO)
 
TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL)
 
CORREO ELECTRÓNICO
PARTICULAR
 
 
La o el Trabajador Derechohabiente manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que las personas titulares de los datos señalados en las referencias que proporciona para este trámite, tienen conocimiento y le han autorizado proporcionar sus datos de contacto al Infonavit, para los fines señalados en el Aviso de Privacidad publicado en el sitio de internet: portalmx.infonavit.org.mx en el que se establecen los términos conforme a los cuales la información contenida en el presente documento se encuentra protegida.

(R.- 554561)
1     Para ver la lista de oficinas consulta la siguiente liga: https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavitmx/mx2/contactanos/oficinas_atencion/.
2     Los términos y expresiones en negrillas son términos y expresiones definidos en el Anexo A de la Escritura.