Destino del Crédito | Construcción de vivienda en suelo propiedad de la o el Trabajador Derechohabiente o bien, que adquiere de forma simultánea al formalizar el crédito para la construcción de la vivienda (ver modalidades en apartado C). |
Monto de Crédito | Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente. |
Fondeo | 100% (cien por ciento) con recursos del INFONAVIT. |
Plazo | De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres. |
Denominación del Crédito | En pesos. |
Tasa de interés | Tasa fija. La que aplique conforme al ingreso de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades apartado C). |
Modalidades del Crédito | Individual, conyugal, familiar o corresidencial. |
Comisión por Apertura del Crédito | Sin comisión por apertura del crédito. |
Cuota de Administración del Crédito | Sin cuota de administración del crédito. |
Gastos Financieros y de Operación del Crédito | Sin gastos financieros y de operación del crédito. |
Gastos de Escrituración (Titulación) | Se pagan con cargo al crédito otorgado. |
Avalúo | Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C). |
Uso del Saldo de la Subcuenta de Vivienda | Se aplica al destino del crédito, ya sea a la construcción de la vivienda o bien, a la adquisición del suelo sobre el cual se construirá la vivienda. (ver modalidades en apartado C). A elección de la o el Trabajador Derechohabiente se podrán aplicar las aportaciones voluntarias de su cuenta individual para aumentar el saldo de la Subcuenta de Vivienda. |
Pago de la Mensualidad | Pagos fijos a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente conforme al monto establecido en el contrato de crédito: o Con relación laboral: el pago se descontará por el patrón del salario de la o el Trabajador Derechohabiente, conforme a lo siguiente: · En el caso de percibir 1 (un) salario mínimo mensual, se descontará hasta el 20% (veinte por ciento) del salario integrado al momento de la originación. · En el caso de percibir ingresos mayores a 1 (un) salario mínimo mensual, se descontará el monto pactado en los contratos de crédito. Salvo que exista una justificación sustentada en la Ley Federal del Trabajo o en la Ley del Seguro Social (por ejemplo: incapacidades, paro técnico, huelga o suspensión de la relación laboral). o Sin relación laboral: pago directo de la o el Trabajador Derechohabiente al Infonavit, por los medios que éste le señale. |
Entrega de los recursos de la Subcuenta de Vivienda | En una o varias ministraciones directamente a la o el Trabajador Derechohabiente, al vendedor del suelo o a la entidad administradora elegida por el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C). |
Entrega de los recursos del Crédito | En una o varias ministraciones directamente a la o el Trabajador Derechohabiente, al vendedor del suelo o, a la entidad administradora elegida por el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C). |
Verificación | Aplica, con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente ya sea que la lleve a cabo una empresa verificadora o, la empresa administradora (ver modalidades en apartado C). |
Pagos Anticipados del Crédito | Aplica sin penalización. |
Aportaciones Patronales | Corresponden al 5% (cinco por ciento) del salario de la o el trabajador derechohabiente y son pagadas por el patrón. Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores. |
Garantía de Pago | Hipotecaria. |
Estado de Cuenta | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a consultar el Estado de Cuenta del crédito otorgado, el cual será emitido por el INFONAVIT, al menos, de manera bimestral y estará disponible en forma gratuita y sin intermediarios, a través de los medios físicos o electrónicos que se pongan a su alcance. |
Avisos | El INFONAVIT se obliga a notificar al patrón los avisos de retención de descuentos y de suspensión. Asimismo, el INFONAVIT deberá notificar tanto al patrón como a la o el Trabajador Derechohabiente, al menos, con 3 (tres) bimestres de anticipación previos a la liquidación de su crédito el aviso de que está próximo a concluir el pago de su crédito. |
Seguro por Fallecimiento o Incapacidad | Aplica de manera gratuita y sin intermediarios para liberar a la o el Trabajador Derechohabiente o sus beneficiarios de las obligaciones de pago del crédito, y su garantía. |
Seguro de Daños por siniestro a la Vivienda | Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico que ampara la vivienda garantía del crédito su contratación es obligatoria. |
Contratación de Coberturas | La o el Trabajador Derechohabiente podrá elegir libremente la empresa aseguradora que brindará la cobertura obligatoria por daños a la vivienda, en caso de no hacerlo el INFONAVIT contratará en su nombre el seguro correspondiente. |
Cobertura por Desempleo (Fondo de Protección de Pagos) | Aplica. El pago de la prima correrá con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente mientras tenga una relación laboral vigente. |
Prórroga en el Pago del Crédito | La o el Trabajador Derechohabiente, al momento de la firma del contrato de crédito, autorizará al INFONAVIT para que, dentro del mes siguiente en que deje de percibir ingresos salariales, se le otorgue una prórroga para el pago de la mensualidad del crédito. El INFONAVIT informará de manera clara y pormenorizada a través de Mi cuenta INFONAVIT y/o en los estados de cuenta, las condiciones financieras que tiene la prórroga sobre el crédito, los pagos, los intereses y saldos, a fin de que la o el Trabajador Derechohabiente tome decisiones de manera informada. |
Protección de los derechos de la o el Trabajador Derechohabiente | La o el Trabajador Derechohabiente, de manera gratuita y sin intermediarios, podrá promover el recurso de inconformidad ante el propio INFONAVIT, cuando estime lesionados cualquiera de sus derechos contractuales. Para ello se necesita: o Presentar un escrito en cualquier oficina del INFONAVIT(1), o por correo postal, o al siguiente correo electrónico INCONFORMIDADES@infonavit.org.mx. o Ese escrito deberá contar con los siguientes datos: nombre y firma, domicilio, correo electrónico y número telefónico para recibir notificaciones, número de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y número de seguridad social, resolución o acto que afecta sus derechos y su fecha de notificación. El tiempo de resolución del recuso será de aproximadamente 40 días hábiles, sujeto al desahogo de pruebas. La resolución del recurso se te informará en el domicilio o correo electrónico que hayas proporcionado. Para más información sobre el recurso de inconformidad consulta el anexo 1 (uno). |
Cobranza Social para la Recuperación del Crédito | De conformidad con el artículo 71 de la Ley, la o el Trabajador Derechohabiente tiene el derecho de acceder a las soluciones accesibles que le permitan continuar con el pago del crédito y que estén orientadas a preservar su patrimonio. El INFONAVIT podrá contactar por cualquier medio institucional a la o el Trabajador Derechohabiente para ofrecerle soluciones que le permitan regularizar el pago de su crédito. |
Recuperación Judicial del Crédito | Aplica una vez y solamente agotados los mecanismos de las soluciones de cobranza social conforme al Dictamen de Término que emita el INFONAVIT. Durante los procesos de recuperación judicial deberá respetarse la garantía de acceso a la justicia alternativa a través de la mediación, la cual será preferente en todos los casos. |
Datos de Contacto de la o el Trabajador Derechohabiente | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a recibir del INFONAVIT información oportuna de su crédito, por lo que deberá llenar el formato de datos de contacto que formará parte del contrato de crédito. El INFONAVIT anualmente deberá verificar que los datos de contacto de la o el Trabajador Derechohabiente sean pertinentes, correctos y actualizados. El INFONAVIT deberá de garantizar la obtención lícita, protección y tratamiento adecuado de los datos personales de las y los trabajadores acreditados conforme a las disposiciones en la materia. Dichos datos serán recabados mediante el Anexo "C", mismo que forma parte integrante del contrato de crédito. |
Liberación del Saldo Pendiente y Cancelación de Gravamen | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a liberación del saldo pendiente y cancelación de gravamen, cuando haya realizado 360 (trescientos sesenta) pagos completos, contados desde el otorgamiento del crédito. |
Créditos Subsecuentes | La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a obtener un crédito subsecuente que será otorgado siempre y cuando liquide efectivamente el anterior y cumpla con los requisitos vigentes al momento de solicitar el nuevo crédito. |
| Construcción en terreno propio | Crédito Integral | Crediterreno Para Mi Hogar |
Destino del Crédito | Construcción de vivienda en suelo propiedad de la o el Trabajador Derechohabiente. | Adquisición de suelo y la construcción de vivienda por medio de un desarrollador autorizado por el INFONAVIT. | Adquisición de suelo y a la construcción de su vivienda sobre éste. |
Tasa de interés | Desde 1% (uno por ciento) hasta 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija diferenciado por nivel de ingreso salarial. | Desde 6.50% (seis punto cincuenta por ciento) hasta 11% (once por ciento) dependiendo del riesgo y, si trata de la primera o segunda acción de vivienda. | |
Uso del Saldo de la Subcuenta de Vivienda | Se aplica a la construcción de la vivienda. | Se aplica a la adquisición del suelo destinado a la construcción de la vivienda. | |
Entrega de los recursos | Directamente se entregan a la o el Trabajador Derechohabiente el saldo de su Subcuenta de Vivienda y el monto del crédito otorgado, en 5 (cinco) entregas: o Primera entrega: El 30% (treinta por ciento) del crédito otorgado, en la fecha de celebración del contrato. o Segunda entrega: El 20% (veinte por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra tenga un avance del 30% (treinta por ciento). o Tercera entrega: El 20% (veinte por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra tenga un avance del 50% (cincuenta por ciento). o Cuarta entrega: El 15% (quince por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra tenga un avance del 70% (setenta por ciento). o Quinta entrega: El 15% (quince por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra esté completamente terminada, sujeto a la entrega al INFONAVIT del dictamen técnico único y el reporte de avance. | Se entregan a una entidad administradora elegida por la o el Trabajador Derechohabiente el saldo de su Subcuenta de vivienda y el monto del crédito otorgado, en 1 (una) entrega. La entidad administradora será la encargada de entregar los recursos al desarrollador autorizado, con base en el avance de la construcción de la vivienda. | El saldo de su Subcuenta de Vivienda y el monto del crédito otorgado, en 4 (cuatro) entregas: o Primera entrega: Hasta el 35% (treinta y cinco por ciento) del crédito otorgado más el 100% (cien por ciento) del saldo de Subcuenta de Vivienda para la adquisición del suelo, a la firma del contrato. La cual es entregada al vendedor del terreno y en caso de remanente de Saldo de Subcuenta de Vivienda a la o el Trabajador Derechohabiente para la construcción de la vivienda. o Segunda entrega: El 35% (treinta y cinco por ciento) del crédito otorgado para la construcción de la vivienda, cuando la o el Trabajador Derechohabiente presente las licencias de construcción. o Tercera entrega: El 20% (veinte por ciento) del crédito otorgado para la construcción de la vivienda, cuando la obra tenga un avance del 50% (cincuenta por ciento). o Cuarta entrega: El 10% (diez por ciento) del crédito otorgado para la construcción de la vivienda, cuando la obra tenga un avance del 90% (noventa por ciento). |
Plazo para licencias, permisos de construcción y expediente técnico | No aplica. | No aplica. | La o el Trabajador Derechohabiente cuenta con 60 (sesenta) días naturales contados a partir del otorgamiento del crédito. |
Entidad Administradora | No aplica. | Elegida libremente por la o el Trabajador Derechohabiente, entre las registradas ante el INFONAVIT, con cargo a los recursos del crédito. Se encargará de: o La administración de los recursos del crédito y del saldo de la subcuenta de vivienda. o La celebración del contrato de obra a precio alzado con el desarrollador autorizado por el INFONAVIT que construirá la vivienda. o La verificación de obra. | No aplica. |
Plazo para la disposición de los recursos del Crédito | La o el Trabajador Derechohabiente dispondrá de los recursos en un plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que el INFONAVIT le entregue la primera ministración de recursos. | La o el Trabajador Derechohabiente a través de la entidad administradora dispondrá de los recursos en un plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que el INFONAVIT le entrega de la única ministración. | La o el Trabajador Derechohabiente dispondrá de los recursos en un plazo de 360 (trecientos sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que el INFONAVIT le entregue la primera ministración de recursos. |
Verificación del avance de obra y aplicación de recursos | Aplica, mediante la contratación de una empresa verificadora con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente. | Aplica, mediante la contratación de una empresa administradora con cargo al monto del crédito otorgado. | Aplica, mediante la contratación de una empresa verificadora con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente. |
NOMBRE COMPLETO | |
DOMICILIO PARTICULAR (Este deberá coincidir con el inmueble objeto del crédito) | |
DOMICILIO PARTICULAR 2 (En el caso de créditos para adquisición de suelo se deberá proporcionar el domicilio en el que resida) | |
TELÉFONO PARTICULAR (FIJO) | |
TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL) | |
CORREO ELECTRÓNICO PARTICULAR | |
NOMBRE COMPLETO | |
DOMICILIO PARTICULAR | |
TELÉFONO PARTICULAR (FIJO) | |
TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL) | |
CORREO ELECTRÓNICO PARTICULAR | |