CONDICIONES Generales de Contratación que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes con relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos con garantía hipotecaria para la construcción de vivienda, en su versión 1.0.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus
derechohabientes con relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos con garantía
hipotecaria para la construcción de vivienda, en su versión 1.0
Por medio del presente se comunica a las y los Trabajadores Derechohabientes activos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en lo subsecuente, "INFONAVIT"), que a partir de la publicación de esta oferta podrán celebrar el contrato necesario para recibir un crédito con garantía hipotecaria para construir la vivienda que mejor convenga a sus necesidades en suelo de su propiedad o bien, que adquiere de forma simultánea al contratar el crédito destinado a la construcción de su vivienda.
CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN DEL CRÉDITO
Apartado A. Objeto del Crédito.
Otorgar a las y los Trabajadores Derechohabientes una alternativa de financiamiento que les permita construir la vivienda que mejor convenga a sus necesidades en suelo de su propiedad o bien, que adquiere de forma simultánea al contratar el crédito destinado a la construcción de su vivienda.
Apartado B. Términos y condiciones.
A continuación, se describen las características del crédito, conforme a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en lo subsecuente, "Ley"), a las Políticas de Crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en lo subsecuente, "Políticas"), a las Reglas para el otorgamiento de Créditos a los trabajadores derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (en lo subsecuente, "Reglas de Créditos"), y a las Reglas de Negocio aprobadas para esta opción de financiamiento:
 
Destino del Crédito
Construcción de vivienda en suelo propiedad de la o el Trabajador Derechohabiente o bien, que adquiere de forma simultánea al formalizar el crédito para la construcción de la vivienda (ver modalidades en apartado C).
Monto de Crédito
Hasta el monto máximo aprobado por el Consejo de Administración, a elección de la o el Trabajador Derechohabiente.
Fondeo
100% (cien por ciento) con recursos del INFONAVIT.
Plazo
De 1 (uno) a 30 (treinta) años a elección de la o el Trabajador Derechohabiente, siempre y cuando, el plazo elegido más su edad, sea menor o igual a 70 (setenta) años para hombres, o sea menor o igual a 75 (setenta y cinco) años para mujeres.
Denominación del
Crédito
En pesos.
Tasa de interés
Tasa fija. La que aplique conforme al ingreso de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades apartado C).
Modalidades del
Crédito
Individual, conyugal, familiar o corresidencial.
Comisión por Apertura
del Crédito
Sin comisión por apertura del crédito.
Cuota de
Administración del
Crédito
Sin cuota de administración del crédito.
Gastos Financieros y
de Operación del
Crédito
Sin gastos financieros y de operación del crédito.
Gastos de
Escrituración
(Titulación)
Se pagan con cargo al crédito otorgado.
Avalúo
Aplica, a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C).
Uso del Saldo de la
Subcuenta de Vivienda
Se aplica al destino del crédito, ya sea a la construcción de la vivienda o bien, a la adquisición del suelo sobre el cual se construirá la vivienda. (ver modalidades en apartado C).
A elección de la o el Trabajador Derechohabiente se podrán aplicar las aportaciones voluntarias de su cuenta individual para aumentar el saldo de la Subcuenta de Vivienda.
Pago de la
Mensualidad
Pagos fijos a cargo de la o el Trabajador Derechohabiente conforme al monto establecido en el contrato de crédito:
o    Con relación laboral: el pago se descontará por el patrón del salario de la o el Trabajador Derechohabiente, conforme a lo siguiente:
·  En el caso de percibir 1 (un) salario mínimo mensual, se descontará hasta el 20% (veinte por ciento) del salario integrado al momento de la originación.
·  En el caso de percibir ingresos mayores a 1 (un) salario mínimo mensual, se descontará el monto pactado en los contratos de crédito.
      Salvo que exista una justificación sustentada en la Ley Federal del Trabajo o en la Ley del Seguro Social (por ejemplo: incapacidades, paro técnico, huelga o suspensión de la relación laboral).
o    Sin relación laboral: pago directo de la o el Trabajador Derechohabiente al Infonavit, por los medios que éste le señale.
Entrega de los
recursos de la
Subcuenta de Vivienda
En una o varias ministraciones directamente a la o el Trabajador Derechohabiente, al vendedor del suelo o a la entidad administradora elegida por el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C).
Entrega de los
recursos del Crédito
En una o varias ministraciones directamente a la o el Trabajador Derechohabiente, al vendedor del suelo o, a la entidad administradora elegida por el Trabajador Derechohabiente (ver modalidades en apartado C).
Verificación
Aplica, con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente ya sea que la lleve a cabo una empresa verificadora o, la empresa administradora (ver modalidades en apartado C).
Pagos Anticipados del
Crédito
Aplica sin penalización.
Aportaciones
Patronales
Corresponden al 5% (cinco por ciento) del salario de la o el trabajador derechohabiente y son pagadas por el patrón.
Se abonan a capital. En caso de existir adeudos atrasados, serán utilizadas para cubrir parcialmente adeudos anteriores.
Garantía de Pago
Hipotecaria.
Estado de Cuenta
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a consultar el Estado de Cuenta del crédito otorgado, el cual será emitido por el INFONAVIT, al menos, de manera bimestral y estará disponible en forma gratuita y sin intermediarios, a través de los medios físicos o electrónicos que se pongan a su alcance.
Avisos
El INFONAVIT se obliga a notificar al patrón los avisos de retención de descuentos y de suspensión.
Asimismo, el INFONAVIT deberá notificar tanto al patrón como a la o el Trabajador Derechohabiente, al menos, con 3 (tres) bimestres de anticipación previos a la liquidación de su crédito el aviso de que está próximo a concluir el pago de su crédito.
Seguro por
Fallecimiento o
Incapacidad
Aplica de manera gratuita y sin intermediarios para liberar a la o el Trabajador Derechohabiente o sus beneficiarios de las obligaciones de pago del crédito, y su garantía.
Seguro de Daños por
siniestro a la Vivienda
Aplica en caso de un siniestro súbito e imprevisto que ocasione pérdida o daño físico que ampara la vivienda garantía del crédito su contratación es obligatoria.
Contratación de
Coberturas
La o el Trabajador Derechohabiente podrá elegir libremente la empresa aseguradora que brindará la cobertura obligatoria por daños a la vivienda, en caso de no hacerlo el INFONAVIT contratará en su nombre el seguro correspondiente.
Cobertura por
Desempleo
(Fondo de Protección
de Pagos)
Aplica. El pago de la prima correrá con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente mientras tenga una relación laboral vigente.
Prórroga en el Pago
del Crédito
La o el Trabajador Derechohabiente, al momento de la firma del contrato de crédito, autorizará al INFONAVIT para que, dentro del mes siguiente en que deje de percibir ingresos salariales, se le otorgue una prórroga para el pago de la mensualidad del crédito.
El INFONAVIT informará de manera clara y pormenorizada a través de Mi cuenta INFONAVIT y/o en los estados de cuenta, las condiciones financieras que tiene la prórroga sobre el crédito, los pagos, los intereses y saldos, a fin de que la o el Trabajador Derechohabiente tome decisiones de manera informada.
Protección de los
derechos de la o el
Trabajador
Derechohabiente
La o el Trabajador Derechohabiente, de manera gratuita y sin intermediarios, podrá promover el recurso de inconformidad ante el propio INFONAVIT, cuando estime lesionados cualquiera de sus derechos contractuales.
Para ello se necesita:
o    Presentar un escrito en cualquier oficina del INFONAVIT(1), o por correo postal, o al siguiente correo electrónico INCONFORMIDADES@infonavit.org.mx.
o    Ese escrito deberá contar con los siguientes datos: nombre y firma, domicilio, correo electrónico y número telefónico para recibir notificaciones, número de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y número de seguridad social, resolución o acto que afecta sus derechos y su fecha de notificación.
El tiempo de resolución del recuso será de aproximadamente 40 días hábiles, sujeto al desahogo de pruebas.
La resolución del recurso se te informará en el domicilio o correo electrónico que hayas proporcionado.
Para más información sobre el recurso de inconformidad consulta el anexo 1 (uno).
Cobranza Social para
la Recuperación del
Crédito
De conformidad con el artículo 71 de la Ley, la o el Trabajador Derechohabiente tiene el derecho de acceder a las soluciones accesibles que le permitan continuar con el pago del crédito y que estén orientadas a preservar su patrimonio.
El INFONAVIT podrá contactar por cualquier medio institucional a la o el Trabajador Derechohabiente para ofrecerle soluciones que le permitan regularizar el pago de su crédito.
Recuperación Judicial
del Crédito
Aplica una vez y solamente agotados los mecanismos de las soluciones de cobranza social conforme al Dictamen de Término que emita el INFONAVIT.
Durante los procesos de recuperación judicial deberá respetarse la garantía de acceso a la justicia alternativa a través de la mediación, la cual será preferente en todos los casos.
Datos de Contacto de
la o el Trabajador
Derechohabiente
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a recibir del INFONAVIT información oportuna de su crédito, por lo que deberá llenar el formato de datos de contacto que formará parte del contrato de crédito.
El INFONAVIT anualmente deberá verificar que los datos de contacto de la o el Trabajador Derechohabiente sean pertinentes, correctos y actualizados.
El INFONAVIT deberá de garantizar la obtención lícita, protección y tratamiento adecuado de los datos personales de las y los trabajadores acreditados conforme a las disposiciones en la materia.
Dichos datos serán recabados mediante el Anexo "C", mismo que forma parte integrante del contrato de crédito.
Liberación del Saldo
Pendiente y
Cancelación de
Gravamen
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a liberación del saldo pendiente y cancelación de gravamen, cuando haya realizado 360 (trescientos sesenta) pagos completos, contados desde el otorgamiento del crédito.
Créditos Subsecuentes
La o el Trabajador Derechohabiente tendrá derecho a obtener un crédito subsecuente que será otorgado siempre y cuando liquide efectivamente el anterior y cumpla con los requisitos vigentes al momento de solicitar el nuevo crédito.
 
El INFONAVIT, antes de celebrar el contrato de crédito con la o el Trabajador Derechohabiente, le presentará la Carta de Condiciones Financieras Definitivas del crédito a otorgar, en las cuales se dará a conocer a la o el Trabajador Derechohabiente el monto del crédito, su denominación, tasa de interés, plazo, monto mensualidad a pagar, pago de coberturas y, en su caso, gastos de escrituración (titulación), entre otros.
La Carta de Condiciones Financieras Definitivas se insertará en el contrato de crédito que suscriban las y los Trabajadores Derechohabientes y se agregará a dicho contrato como Anexo "B" mismo que forma parte integrante del contrato de crédito.
Apartado C. Condiciones Particulares de los Créditos
A continuación, se describen las características particulares del crédito que la o el Trabajador Derechohabiente puede elegir libremente para ajustarlo a sus necesidades, conforme a la Ley, a las Políticas, a las Reglas de Créditos, y a las Reglas de Negocio aprobadas para esta opción de financiamiento:
 
 
Construcción en terreno
propio
Crédito Integral
Crediterreno
Para Mi Hogar
Destino del Crédito
Construcción de vivienda en suelo propiedad de la o el Trabajador Derechohabiente.
Adquisición de suelo y la construcción de vivienda por medio de un desarrollador autorizado por el INFONAVIT.
Adquisición de suelo y a la construcción de su vivienda sobre éste.
Tasa de interés
Desde 1% (uno por ciento) hasta 10.45% (diez punto cuarenta y cinco por ciento) anual fija diferenciado por nivel de ingreso salarial.
Desde 6.50% (seis punto cincuenta por ciento) hasta 11% (once por ciento) dependiendo del riesgo y, si trata de la primera o segunda acción de vivienda.
Uso del Saldo de la
Subcuenta de
Vivienda
Se aplica a la construcción de la vivienda.
Se aplica a la adquisición del suelo destinado a la construcción de la vivienda.
Entrega de los
recursos
Directamente se entregan a la o el Trabajador Derechohabiente el saldo de su Subcuenta de Vivienda y el monto del crédito otorgado, en 5 (cinco) entregas:
o    Primera entrega: El 30% (treinta por ciento) del crédito otorgado, en la fecha de celebración del contrato.
o    Segunda entrega: El 20% (veinte por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra tenga un avance del 30% (treinta por ciento).
o    Tercera entrega: El 20% (veinte por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra tenga un avance del 50% (cincuenta por ciento).
o    Cuarta entrega: El 15% (quince por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra tenga un avance del 70% (setenta por ciento).
o    Quinta entrega: El 15% (quince por ciento) del crédito otorgado, misma que se entregará cuando la obra esté completamente terminada, sujeto a la entrega al INFONAVIT del dictamen técnico único y el reporte de avance.
Se entregan a una entidad administradora elegida por la o el Trabajador Derechohabiente el saldo de su Subcuenta de vivienda y el monto del crédito otorgado, en 1 (una) entrega. La entidad administradora será la encargada de entregar los recursos al desarrollador autorizado, con base en el avance de la construcción de la vivienda.
El saldo de su Subcuenta de Vivienda y el monto del crédito otorgado, en 4 (cuatro) entregas:
o    Primera entrega: Hasta el 35% (treinta y cinco por ciento) del crédito otorgado más el 100% (cien por ciento) del saldo de Subcuenta de Vivienda para la adquisición del suelo, a la firma del contrato. La cual es entregada al vendedor del terreno y en caso de remanente de Saldo de Subcuenta de Vivienda a la o el Trabajador Derechohabiente para la construcción de la vivienda.
o    Segunda entrega: El 35% (treinta y cinco por ciento) del crédito otorgado para la construcción de la vivienda, cuando la o el Trabajador Derechohabiente presente las licencias de construcción.
o    Tercera entrega: El 20% (veinte por ciento) del crédito otorgado para la construcción de la vivienda, cuando la obra tenga un avance del 50% (cincuenta por ciento).
o    Cuarta entrega: El 10% (diez por ciento) del crédito otorgado para la construcción de la vivienda, cuando la obra tenga un avance del 90% (noventa por ciento).
Plazo para
licencias, permisos
de construcción y
expediente técnico
No aplica.
No aplica.
La o el Trabajador Derechohabiente cuenta con 60 (sesenta) días naturales contados a partir del otorgamiento del crédito.
Entidad
Administradora
No aplica.
Elegida libremente por la o el Trabajador Derechohabiente, entre las registradas ante el INFONAVIT, con cargo a los recursos del crédito. Se encargará de:
o    La administración de los recursos del crédito y del saldo de la subcuenta de vivienda.
o    La celebración del contrato de obra a precio alzado con el desarrollador autorizado por el INFONAVIT que construirá la vivienda.
o    La verificación de obra.
No aplica.
Plazo para la
disposición de los
recursos del
Crédito
La o el Trabajador Derechohabiente dispondrá de los recursos en un plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que el INFONAVIT le entregue la primera ministración de recursos.
La o el Trabajador Derechohabiente a través de la entidad administradora dispondrá de los recursos en un plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que el INFONAVIT le entrega de la única ministración.
La o el Trabajador Derechohabiente dispondrá de los recursos en un plazo de 360 (trecientos sesenta) días naturales, contados a partir de la fecha en que el INFONAVIT le entregue la primera ministración de recursos.
Verificación del
avance de obra y
aplicación de
recursos
Aplica, mediante la contratación de una empresa verificadora con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente.
Aplica, mediante la contratación de una empresa administradora con cargo al monto del crédito otorgado.
Aplica, mediante la contratación de una empresa verificadora con cargo a la o el Trabajador Derechohabiente.
 
Apartado D. Requisitos.
La o el Trabajador Derechohabiente antes de formalizar el contrato deberá obtener la aprobación de su solicitud de crédito y cumplir con lo siguiente:
a)    La o el Trabajador Derechohabiente cumpla con los requisitos establecidos por la Ley, las Reglas, y las Reglas de Negocio aprobadas por su Consejo de Administración;
b)    El plazo concedido por el INFONAVIT a la o el Trabajador Derechohabiente para celebrar el contrato de crédito no hubiere vencido;
c)    Que no hayan cambiado (i) las condiciones personales y laborales de la o el Trabajador Derechohabiente, así como (ii) cualquier información declarada por éste y las de la operación de crédito que fueron consideradas para la aprobación de su solicitud de crédito, en los términos que se indiquen en la notificación que hubiere recibido del INFONAVIT;
d)    La o el Trabajador Derechohabiente acepte celebrar con el INFONAVIT el contrato de crédito y, en su caso, el Anexo "A", el cual deberá formalizarse, según las formalidades que correspondan y entregar dentro del plazo que el INFONAVIT le señale, los documentos que le sean requeridos por el Notario Público.
La presente oferta surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación en portal de Internet del INFONAVIT, disponible en la dirección electrónica portalmx.infonavit.org.mx, y se dirige sólo a las y los Trabajadores Derechohabientes que presenten sus solicitudes de crédito en los canales de atención aprobados a partir de esta fecha, y tendrá una vigencia indefinida. El INFONAVIT publicará y mantendrá publicadas las presentes Condiciones Generales de Contratación en su sitio de internet.
Se dejan sin efectos a partir de esa fecha las "Condiciones Generales de Contratación número 3.03 que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes con relación laboral activa para el otorgamiento de créditos destinados a la construcción o autoproducción de vivienda" que fueron publicadas en el sitio de internet portalmx.infonavit.org.mx, cuya vigencia inició a partir del 19 de diciembre de 2022, salvo para los Trabajadores que hubieren presentado al INFONAVIT solicitudes de crédito antes de la publicación de las presente oferta, quienes en tal caso podrán aceptar posteriormente dichas Condiciones Generales de Contratación para la celebración de los correspondientes contratos de crédito.
Asimismo, se dejan sin efectos las "Condiciones Generales de Contratación que ofrece el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores a sus derechohabientes con relación laboral vigente, para el otorgamiento de créditos destinados a la adquisición en propiedad de suelo y la construcción de vivienda bajo la opción de financiamiento denominada "Crediterreno Para Mi Hogar" en su versión 1.0" que fueron publicadas en el sitio de internet portalmx.infonavit.org.mx el 29 de diciembre 2023, salvo para los Trabajadores que hubieren presentado al INFONAVIT solicitudes de crédito antes de esa fecha, quienes en tal caso podrán aceptar posteriormente dichas Condiciones Generales de Contratación para la celebración de los correspondientes contratos de crédito.
Lo anterior lo comunico, en mi carácter de Director General del INFONAVIT, acreditando tal carácter mediante la Escritura Pública número 156,995 de fecha 5 de julio de 2022, otorgada ante la fe del Licenciado Ariel Ortiz Macías, Notario 103 de la Ciudad de México, en ejercicio de las facultades de representación que me confiere la fracción I del artículo 23 (veintitrés) y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 41 (cuarenta y uno), primer párrafo, ambos de la Ley, las Políticas y con base en lo dispuesto en los artículos 1804 (mil ochocientos cuatro), 1807 (mil ochocientos siete) y demás relativos del Código Civil Federal.
Atentamente
Ciudad de México, 24 de abril de 2024.- Director General, Lic. Carlos Martínez Velázquez.- Rúbrica.
Anexo "B" de Línea III
correspondiente al contrato de crédito destinado para la construcción de Vivienda con constitución
de garantía hipotecaria
CARTA DE CONDICIONES FINANCIERAS DEFINITIVAS(2)
Fecha de emisión: __ de ______________ de _____
Nombre de la o del Trabajador Derechohabiente:
N.S.S.:
Número de Crédito:
Realizado por el Notario Público correspondiente el cálculo de los montos de Impuestos y Derechos que se causarán por los actos jurídicos que se celebren en la Escritura mediante la que se formalice el otorgamiento del crédito solicitado por usted al INFONAVIT, los cuales serán cubiertos por usted con la suma que dispone del Crédito Otorgado, el INFONAVIT notifica y a la vez propone a usted las Condiciones Financieras Definitivas bajo las que se otorga dicho crédito, mismas que son las siguientes:
Condiciones Financieras Definitivas del Crédito:
Destino (fin) del Crédito Otorgado:      Adquisición en propiedad de Suelo y Construcción de Vivienda o Construcción de Vivienda ubicado en el domicilio que a continuación se indica:
Domicilio del inmueble objeto del Crédito Otorgado:
Monto (en pesos) del Crédito Otorgado:
Monto del Crédito Neto:
Monto del Saldo de la Subcuenta de Vivienda:
Monto de la Ministración Primera (en su caso):
Monto de la Ministración Única (en su caso):
Monto del Subsidio del Gobierno Federal o Estatal (en su caso):
Monto del costo de avalúo (en su caso):
Monto del costo de verificación (en su caso):
Monto de Gastos de Titulación:
Monto de Impuestos y Derechos:
Monto de Prima de Seguro de Daños (en su caso):
Cuota Mensual de Aportación al Fondo de Protección de Pagos:
Monto de la Cuota Mensual de Amortización del Crédito:
Tasa de Interés Ordinario:
Plazo del Crédito:
Costo Anual Total (CAT):                                                      %
Datos adicionales en relación con la operación del Crédito Otorgado:
En el caso de ejercer "Suelo + Construcción":
Nombre del (de los) Vendedor (es): CLABE de la(s) Cuenta(s) Bancaria(s) del (de los) Vendedor (es):
Nombre de la o el Trabajador Derechohabiente:
CLABE de la Cuenta Bancaria de la o el Trabajador Derechohabiente:
En el caso de ejercer "Crédito Tradicional":
Nombre de la o el Trabajador Derechohabiente:
CLABE de la Cuenta Bancaria de la o el Trabajador Derechohabiente:
En el caso de ejercer "Crédito Integral":
Nombre de la Entidad Administradora:
CLABE de la(s) Cuenta(s) Bancaria(s) de Entidad Administradora:
Aceptación de la o del Trabajador Derechohabiente:
La o el Trabajador Derechohabiente manifiesta formalmente su aceptación de las anteriores Condiciones Financieras Definitivas que el INFONAVIT arriba le propone.
La o el Trabajador Derechohabiente manifiesta su reconocimiento y aceptación de que los términos y expresiones que aparecen en esta comunicación con letras iniciales en mayúsculas y en negrillas son términos y expresiones definidos en el Anexo "A" de la Escritura.
Firma de la o el Trabajador Derechohabiente:
[Nombre de la o el Trabajador Derechohabiente]
                                           Firma del Apoderado:
Nombre del Apoderado: ______________________
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores
Ante mí:
Notario Público:
Fecha:
ANEXO "C"
FORMATO DE DATOS DE CONTACTO DE LA O EL TRABAJADOR DERECHOHABIENTE ACREDITADO
DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
I.     DATOS DE CONTACTO DE LA O EL TRABAJADOR DERECHOHABIENTE
NOMBRE COMPLETO
 
DOMICILIO PARTICULAR
(Este deberá coincidir con el
inmueble objeto del crédito)
 
DOMICILIO PARTICULAR 2
(En el caso de créditos para
adquisición de suelo se deberá
proporcionar el domicilio en el que
resida)
 
TELÉFONO PARTICULAR (FIJO)
 
TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL)
 
CORREO ELECTRÓNICO
PARTICULAR
 
 
II.     DATOS DE CONTACTO DE LA PERSONA DESIGNADA POR LA O EL TRABAJADOR DERECHOHABIENTE
NOMBRE COMPLETO
 
DOMICILIO PARTICULAR
 
TELÉFONO PARTICULAR (FIJO)
 
TELÉFONO PARTICULAR (MÓVIL)
 
CORREO ELECTRÓNICO
PARTICULAR
 
 
La o el Trabajador Derechohabiente manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que las personas titulares de los datos señalados en las referencias que proporciona para este trámite, tienen conocimiento y le han autorizado proporcionar sus datos de contacto al Infonavit, para los fines señalados en el Aviso de Privacidad publicado en el sitio de internet: portalmx.infonavit.org.mx en el que se establecen los términos conforme a los cuales la información contenida en el presente documento se encuentra protegida.

(R.- 554563)
1     Para ver la lista de oficinas consulta la siguiente liga: https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavitmx/mx2/contactanos/oficinas_atencion/.
2     Los términos y expresiones en negrillas son términos y expresiones definidos en el Contrato.