CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y la Ciudad de México, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REPRESENTADO POR EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, MARTÍ BATRES GUADARRAMA, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, RICARDO RUÍZ SUÁREZ; LA SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, LUZ ELENA GONZÁLEZ ESCOBAR Y POR EL COORDINADOR GENERAL DE INVESTIGACIÓN TERRITORIAL EN EJERCICIO DE LA SUPLENCIA DE LA PERSONA TITULAR DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR MINISTERIO DE LEY, INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, ULISES LARA LÓPEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento, y IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Ulises Lara López, en su carácter de Coordinador General de Investigación Territorial en ejercicio de la suplencia de la persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por ministerio de Ley del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), determinó viable el proyecto presentado, por lo que se autorizó la cantidad de $4,771,305.14 (Cuatro millones setecientos setenta y un mil trescientos cinco pesos 14/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/402/2024, de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2 El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3 La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4 La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Apartado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5 Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00326.
I.6 Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" declara que:
II.1. La Ciudad de México es una Entidad integrante de la Federación, la cual ha adoptado para su régimen interior la forma de gobierno representativo, republicano, democrático, laico y popular bajo un sistema de división de poderes, pluralismo político y participación social, así mismo, es libre y autónoma en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa, es la capital de los Estados Unidos Mexicanos y sede de los Poderes de la Unión, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, 42, fracción I, 43, 44 y 122, Apartado A, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, numerales 1, 3 y 4 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 4 y 7, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.2 Martí Batres Guadarrama, acredita su personalidad como Jefe de Gobierno de la Ciudad de México con la designación que realizó el Congreso de la Ciudad de México en su carácter de Colegio Electoral con fecha dieciséis de junio de dos mil veintitrés, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México número 1132 Bis, el día veintidós de ese mismo mes y año; por lo que cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 7, párrafo primero, 12 y 23, párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 13 y 15, fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.3. El Secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez, cuenta con facultades para asistir a la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, párrafo primero, 11, fracción, I, 14, 16, fracción, I, 18, 20, fracciones IX y XXII, y 26, fracciones, XVI y XXXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción I y 20, fracción XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.4 La Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2, párrafo primero, 11, fracción, I, 13, 14, 16, fracción, II, 18, 20, fracciones, IX y XXII y 27, fracción, XL de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7, fracción, II y 20, fracción, XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, e interviene única y exclusivamente para efectos de recibir los recursos que se ministren en el ámbito de su competencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y la demás normatividad aplicable.
II.5 El Coordinador General de Investigación Territorial en ejercicio de la suplencia de la persona titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ulises Lara López, actuando por Ministerio de Ley, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 35, fracción XVI de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; 4 y 5 del Reglamento para establecer las suplencias en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, en su carácter de Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora.
II.6 Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio el ubicado en Av. Fray Servando Teresa de Mier, número 77, Colonia Centro (Área 1), Demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06000, Ciudad de México.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir a la justicia pronta y expedita.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
| Acción coadyuvante |
| Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir a la justicia pronta y expedita. |
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $4,771,305.14 (Cuatro millones setecientos setenta y un mil trescientos cinco pesos 14/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/098/09022024.
Los recursos federales se transferirán al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México en la cuenta bancaria específica abierta a solicitud de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
| Nombre de la Beneficiaria: | Gobierno de la Ciudad de México |
| Nombre del Proyecto: | AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088 |
| Nombre de la Institución Financiera: | Banco Santander (México) S.A. |
| Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 014180655103181815 |
| Número de Cuenta Bancaria: | 65510318181 |
| Tipo de Cuenta: | Cuenta de cheques productiva en moneda nacional |
| Tipo de Moneda: | Moneda Nacional |
| Número de Sucursal: | 5625 Cuauhtémoc Río de la Loza |
| Número de Plaza: | 01 |
| Fecha de apertura de la Cuenta: | 19 de febrero de 2024. |
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" haya remitido por conducto de la Instancia Local Responsable a "GOBERNACIÓN" el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Instancia Local Responsable deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que se compromete la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y
normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" en el ámbito de su competencia se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"; en caso de ser aplicables al Proyecto aprobado, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" se compromete a través de las Dependencias y de la Instancia Local Responsable que asisten y suscriben el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cada uno en el ámbito de su competencia a:
a. Destinar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b. Erogar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c. Iniciar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local, vigente y aplicable en la materia.
e. Requerir, por medio de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar, a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar, por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas del Proyecto a desarrollar.
j. Establecer una cuenta bancaria productiva específica para la administración y ejecución de los recursos federales establecido en la CLAUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, así como los rendimientos financieros que generen, en términos de la LGCG y demás disposiciones aplicables en la materia, a efecto de identificarlos y separarlos del resto de los recursos que con cargo a su presupuesto destinen a subsidios, los cuales no podrán ser transferidos a otras cuentas que no permitan identificar su aplicación, destino y rendimientos del recurso asignado al proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088.
Para efectos del párrafo anterior, la apertura de la cuenta bancaria productiva deberá ser notificada por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a la "CONAVIM" para el seguimiento de la ejecución del recurso otorgado para el proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088 objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, asimismo, la Instancia Local Responsable deberá remitir toda la información que la "CONAVIM" solicite de dicha cuenta a fin de identificar en todo momento el destino y comprobación del recurso.
k. Entregar a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
l. Entregar a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
m. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la persona a quien en derecho corresponda la representación de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora y por la persona Designada como Enlace ante "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
ñ. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, que para ese efecto se habilite.
o. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
p. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
| Nombre: | Susana Vanessa Otero González. |
| Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. |
| Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 |
| Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx |
POR EL "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO"
| Nombre: | Genaro Hurtado López |
| Cargo: | Coordinador de Enlace Administrativo |
| Dirección: | Calle Digna Ochoa y Plácido, número 56, 5o piso, Colonia Doctores, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código postal 06720, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 5553455156 |
| Correo electrónico Institucional: | genaro_hurtado@fgjcdmx.gob.mx |
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", por conducto de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" a través de la Instancia Local Responsable no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo Quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México de dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE" a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría General del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO", a través de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: I) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; II) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; III) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; V) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y VI) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a solicitud de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en un plazo de 60 días hábiles a partir de su suscripción y entrará en vigor a partir de la fecha de la misma.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en siete ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno de la Ciudad de México: el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez.- Rúbrica.- La Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.- El Coordinador General de Investigación Territorial en ejercicio de la suplencia de la persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por Ministerio de Ley, Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ulises Lara López.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno de la Ciudad de México, de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
| ENTIDAD FEDERATIVA: | Ciudad de México |
| NOMBRE DEL PROYECTO: | AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088 |
| | |
| ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: |
| 4. Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita. |
| INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: |
| Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México |
| INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: |
| Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México |
| FECHA DE INICIO DEL PROYECTO: |
| 16 de mayo de 2024 |
| FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 |
| 29 de diciembre de 2024 |
B. MONTO APROBADO
| A. MONTO APROBADO |
| $4,771,305.14 | Cuatro millones setecientos setenta y un mil trescientos cinco pesos 14/100 M.N. |
| |
| B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR) |
| | | |
| No aplica | % | 00/100 M.N. |
| | |
| MONTO TOTAL DEL PROYECTO: (en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado) |
| $4,771,305.14 | Cuatro millones setecientos setenta y un mil trescientos cinco pesos 14/100 M.N. |
| C. DESIGNACIÓN DE ENLACE |
| He tenido a bien designar como Enlace ante CONAVIM a: |
| Nombre: | Genaro Hurtado López |
| Cargo: | Coordinador de Enlace Administrativo |
| Dirección: | Calle Digna Ochoa y Plácido, número 56, 5o piso, colonia Doctores, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código postal 06720, Ciudad de México. |
| Teléfono Institucional: | 5553455156 |
| Extensión | No aplica |
| Correo Institucional: | genaro_hurtado@fgjcdmx.gob.mx |
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
D.1 JUSTIFICACIÓN
Durante el ejercicio 2023, a través del proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/062, se logró la incorporación de la perspectiva de género en la realización de 2460 peritajes psicológicos y de trabajo social, para mejorar la eficacia de las investigaciones de delitos vinculados a la violencia de género.
También se logró enriquecer el perfil multidisciplinario del equipo dedicado a la elaboración de informes de análisis de contexto a través de la contratación de personas con conocimientos en diversas disciplinas de ciencias sociales, lo cual permitió la elaboración de 6 informes de análisis de contexto a nivel agregado en el ejercicio 2023.
El otorgamiento del subsidio para el ejercicio 2024 se justifica por la importancia de dar continuidad al fortalecimiento de las áreas que realizan los informes de análisis de contexto y los peritajes en psicología y trabajo social en la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos de Género, y Fiscalías de Investigación de Delitos de Género).
La realización de peritajes psicológicos y trabajo social aporta elementos a las carpetas de investigación ministerial que sirven para el éxito en la resolución de los casos, la reparación del daño y la sanción a las personas agresoras.
Los informes de análisis de contexto permiten generar una comprensión más completa y sofisticada de los fenómenos criminales relacionados con la violencia de género; contribuyen a la toma de decisiones informadas dentro de la política criminal y el plan de persecución penal de esta Fiscalía General; y sirven como un insumo para la mejora de los procesos y protocolos de actuación de la institución.
El fortalecimiento del área de la Unidad de Análisis y Contexto con la adquisición de computadoras de alta capacidad, permitirá el uso de herramientas de software indispensables para agilizar la sistematización, procesamiento y análisis de la información que se obtenga de las carpetas de investigación y de otras fuentes abiertas para la elaboración de productos de análisis de contexto.
Es importante disponer del Subsidio para la atención de las Alertas de Violencia de Género Contra las Mujeres en la Ciudad de México durante el presente ejercicio fiscal, a efecto de dar continuidad a la atención a mujeres, niñas y niños víctimas directas e indirectas de los delitos de género, para garantizar su acceso a la justicia.
| MEDIDA DE ATENCIÓN | ACCIÓN COADYUVANTE | OBJETIVO GENERAL |
| Fortalecer la eficiencia y la eficacia en la actuación, e investigación de los delitos vinculados con la violencia de género a través de informes de análisis de contexto y peritajes psicológicos y en trabajo social. | Justicia: Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita. B. Abatimiento al rezago en carpetas de investigación en los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres, adolescentes y niñas. | Fortalecer el acceso a la justicia para víctimas directas e indirectas de delitos relacionados con la violencia de género a través de la realización de peritajes psicológicos y de trabajo social, así como informes de análisis de contexto. |
D.2 METODOLOGÍA
| OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN |
| Fiscalías de Investigación de Delitos de Género y Centros de Atención a Víctimas 1. Realizar peritajes psicológicos y trabajo social que respondan a las solicitudes ministeriales en materia de Delitos vinculados a la violencia de género a fin de contribuir a la eficacia de las investigaciones. | 1.1 Elaboración de oficios de respuesta técnica a peticiones ministeriales de peritajes psicológicos y trabajo social realizados a víctimas directas e indirectas de Delitos de Género. 1.2 Integración de los dictámenes de psicología y trabajo social realizados a víctimas directas e indirectas de Delitos de Género. | Solicitudes de autoridades ministeriales atendidas/solicitudes realizadas en el período *100 Número de peritajes realizados en psicología y trabajo social/Número de solicitudes ministeriales*100 | Informe del desarrollo cuantitativo y cualitativo de las actividades implementadas. Informes individuales por cada prestadora/r por honorarios que refleje el resultado cualitativo y cuantitativo de las actividades realizadas. |
| UNIDAD DE ANÁLISIS Y CONTEXTO DE LOS DELITOS DE GÉNERO 2. Fortalecimiento de la Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos de Género mediante la contratación de 9 personas analistas con distintos perfiles profesionales en ciencias sociales para conformar un equipo multidisciplinario que pueda aplicar una metodología de análisis de contexto a nivel agregado para generar informes integrales sobre los fenómenos criminales que atiende cada una de las fiscalías de investigación de delitos vinculados a la violencia de género contra las mujeres: feminicidio, delitos sexuales, violencia familiar, trata de personas, delitos contra niños, niñas y adolescentes, y delitos contra grupos de atención prioritaria. | 2.1 Procesamiento masivo de la información contenida en todas las carpetas de investigación de cada fiscalía, a través de herramientas informáticas y de análisis de datos. 2.2 Análisis e interpretación de la información procesada aplicando herramientas, conceptos y metodologías propios de las ciencias sociales de forma multidisciplinaria e interdisciplinaria. 2.3 Elaboración de mapas, gráficos y elementos de visualización de datos para evidenciar patrones y tendencias de los fenómenos criminales. 2.4 Incorporación de un enfoque interseccional con perspectiva de género y de Derechos Humanos en los análisis. | (Número de Informes concluidos/6)*100 | Informe bimestral con la descripción cualitativa y porcentaje de avance de los 6 Informes de Análisis de Contexto a nivel agregado. |
| UNIDAD DE ANÁLISIS Y CONTEXTO DE LOS DELITOS DE GÉNERO 3. Fortalecimiento de las capacidades operativas de la Unidad de Análisis y Contexto de Delitos de Género mediante la actualización de las de herramientas y tecnologías informáticas que se requieren para la elaboración de informes de análisis de contexto. | 3.1 Adquisición de siete computadoras con características de hardware de alto rendimiento con No break para procesar y almacenar grandes cantidades de información y para procesar y generar gráficos. 3.2 Adquisición de un escáner multifuncional de alta velocidad y resolución con No break para digitalizar miles los de hojas de papel que componen las carpetas de investigación de casos de feminicidio y otros delitos de género. 3.3 Adquisición de 7 licencias para el uso de herramientas de software diseñadas para elaborar documentos de manera colaborativa; sistematizar, analizar, procesar y información en bases de datos; almacenar información y documentos de manera segura en la nube; y habilitar la aplicación de métodos analíticos especializados de ciencias sociales. | (Cantidad de equipos de cómputo solicitados/cantidad de equipos adquiridos) * 100 (Cantidad de licencias de software solicitadas/cantidad de licencias adquiridas) * 100 | Contrato, resguardo individual e informe fotográfico |
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
| PASO | DESCRIPCIÓN |
| Descripción de las Fiscalías de Investigación de Delitos de Género y Centros de Atención a Víctimas |
| 1 | Contratación de personas que cumplan con los perfiles requeridos bajo la modalidad de prestación de servicios por honorarios asimilables a salarios, para la elaboración de peritajes en psicología y de trabajo social a víctimas directas e indirectas de delitos vinculados con la violencia de género. |
| 2 | Asignar espacios físicos e insumos de trabajo adecuados para que las y los prestadores de servicios por honorarios asimilables a salarios puedan atender a las víctimas directas e indirectas en condiciones dignas. |
| 3 | Asignación de solicitudes ministeriales a cada persona prestadora de servicios por honorarios conforme a una carga de trabajo adecuada. |
| 4 | Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios por honorarios |
| 5 | Integración de expedientes (entrevistas, pruebas, oficio técnico y dictamen) y entrega a las personas agentes del ministerio público que hicieron la solicitud del peritaje. |
| Descripción Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos de Género |
| 1 | Contratación de personas que cumplan con los perfiles requeridos bajo la modalidad de prestación de servicios por honorarios asimilables a salarios, con el fin de fortalecer las capacidades operativas del equipo multidisciplinario que conforma la Unidad de Análisis de Contexto. |
| 2 | Asignar espacios físicos e insumos de trabajo adecuados para que las y los prestadores de servicios por honorarios asimilables a salarios puedan realizar las actividades que les correspondan para la elaboración de los Informes de Análisis de Contexto. |
| 3 | Obtención de datos sobre incidencia de delitos y contenidos de las carpetas de investigación desde la Unidad de Estadística y Transparencia. |
| 4 | Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios para la recopilación y sistematización de información desde fuentes abiertas y literatura científica. |
| 5 | Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios por honorarios para la aplicación de la metodología de análisis de contexto en el procesamiento y análisis de la información necesaria para la elaboración de cada informe. Se aclara que el personal contratado para elaborar análisis de contexto no brindará atención directa a víctimas ni personas usuarias. Todas las personas prestadoras de servicios por honorarios trabajarán simultáneamente en cada informe de manera interdisciplinaria, intercambiando ideas y aportando sus conocimientos científicos y sus habilidades para la investigación y el análisis de información, lo que permite enriquecer la calidad y el alcance del contenido de los informes. |
| 6 | Coordinación y supervisión del trabajo de las personas prestadoras de servicios por honorarios para la redacción, y edición de los informes. |
| Descripción Fortalecimiento de las capacidades de la Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos de Género |
| 1 | Definición de requerimientos tecnológicos para definir las características de los equipos de hardware y licencias de software que serán adquiridos |
| 2 | Implementación del Procedimiento de Adquisición de los 7 equipos de cómputo con no break, y 1 escáner multifuncional de alta velocidad y resolución con no break. |
| 3 | Contratación de las licencias de las herramientas de software que se hayan definido en los requerimientos. |
| 4 | Asignación de los equipos de cómputo adquiridos a las personas analistas de la Unidad de Análisis y Contexto de los Delitos para que sean utilizados en la elaboración de informes. |
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
| TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA |
| SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS | No aplica |
| NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | Mujeres |
| ADULTAS (OS) MAYORES | Mujeres |
| INDÍGENAS | Mujeres |
| MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | Mujeres |
| AFROMEXICANAS (OS) | Mujeres |
| DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | No aplica |
| CON DISCAPACIDAD | Mujeres |
| LGBTI+ | Mujeres |
| MADRES JEFAS DE FAMILIA | Mujeres |
| EN SITUACIÓN DE CALLE | No aplica |
| VÍCTIMAS DIRECTAS | Mujeres |
| VÍCTIMAS INDIRECTAS | Mujeres |
| PRIVADAS DE LA LIBERTAD | No aplica |
| TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | Mujeres |
| USUARIAS DE DROGAS | No aplica |
| OTRAS | No aplica |
| GRUPO ETARIO |
| 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante |
| X | X | X | X | X | X |
| COBERTURA GEOGRÁFICA |
| Todas las Alcaldías de la Ciudad de México. |
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
| # | ACTOR | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO |
| 1 | Unidad de Estadística y Transparencia de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. | Proporciona tablas y datos no procesados sobre incidencia delictiva y contenidos de las carpetas de investigación, los cuales son el insumo principal para el trabajo de procesamiento y análisis de información que realizan las personas prestadoras de servicios por honorarios asimilables a salarios, contratadas para la realización de informes de análisis de contexto. |
| 2 | Fiscalías de Investigación de Feminicidio, Delitos Sexuales, Violencia Familiar, Trata de Personas, Delitos Cometidos en Agravio de Niñas, Niños y Adolescentes, Delitos Cometidos en Agravio de Grupos de Atención Prioritaria y Justicia Penal para Adolescentes | Colaboran en la realización de los informes de análisis de contexto al facilitar el acceso a las carpetas de investigación para que se pueda sistematizar información cualitativa sobre los procesos de investigación, así como datos específicos que todavía no está registrada en bases de datos. También participan en los intercambios de conocimientos con la Unidad de Análisis y Contexto para la generación de propuestas de política pública y política criminal que se derivan de los informes. |
| 3 | Dirección General de Atención a Víctimas del delito de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México | Supervisa la calidad técnica y lleva el control administrativo de la generación oportuna de informes y dictámenes periciales en trabajo social y psicología por parte del personal contratado. |
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
| RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR |
| Contar con los perfiles de contratación conforme a las materias señaladas para la actividad pericial. | Perfiles homologados de acuerdo con las funciones que se realizarán, por lo que hace en materia de psicología, el perfil fue presentado en la primera solicitud de alerta de violencia de género de la Ciudad de México. |
| Contar con espacios e insumos adecuados para el personal contratado para la actividad pericial. | Verificación de la existencia de espacios e insumos de trabajo para las personas prestadoras de servicios por honorarios, asimilables a salarios, donde se garantice la atención a víctimas en espacios dignos y conforme a las necesidades de la actividad pericial. |
| Contar con un equipo que incluya todos los perfiles de contratación necesarios para asegurar el enfoque multidisciplinario en la elaboración de informes de análisis de contexto. | Realizar un proceso de selección riguroso y, en la medida de lo posible, priorizar la contratación de personas que tengan conocimientos o experiencia en más de un área de las ciencias sociales. |
| Contar con espacios e insumos adecuados para el personal contratado para la elaboración de informes de análisis de contexto. | Asignar estaciones de trabajo con una disposición que facilite la colaboración y el intercambio de ideas entre las personas prestadoras de servicios por honorarios; así como realizar oportunamente la adquisición de los equipos de cómputo con las características de hardware y software necesarias para la elaboración de los informes de análisis de contexto. |
| Contagios por COVID u otras enfermedades respiratorias. | Realización de medidas sanitizantes en las áreas de trabajo, uso de cubrebocas y de gel a fin de prevenir y evitar contagios. |
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Ciencias Jurídicas | 1 año | Licenciatura | 1 |
| Ciencias de la Salud | No aplica | | |
| Psicología | 1 año | Licenciatura | 13 |
| Trabajo Social | 1 año | Licenciatura | 4 |
| Otros Perfiles | 1 año | Licenciatura | 7 |
| |
| Total de Prestadores de Servicios a Contratar | 25 |
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Sociología | 1 | Licenciatura | 1 |
| Antropología social | 1 | Licenciatura | 2 |
| Criminología | 1 | Licenciatura | 1 |
| Ciencia forense | 1 | Licenciatura | 2 |
| Geografía | 1 | Licenciatura | 1 |
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
| MARQUE LA CASILLA CORRECTA | SERÁ |
| | Prestadora de Servicios Profesionales |
| | Servicios integrales |
| X | Honorarios Asimilados |
| | Otro |
| Si selecciono "Otro", Especifique a continuación: |
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en siete ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/CDMX/AC04/FGJ/088 en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno de la Ciudad de México: el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, Ricardo Ruiz Suárez.- Rúbrica.- La Secretaria de Administración y Finanzas, Luz Elena González Escobar.- Rúbrica.- El Coordinador General de Investigación Territorial en ejercicio de la suplencia de la persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por Ministerio de Ley, Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Ulises Lara López.- Rúbrica.