Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y
de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de tres de mayo de dos mil veinticuatro, dictado en el juicio de amparo 31/2024 promovido por Mario Méndez huerta, José Gabriel Garrido Maldonado y María Brigada Guadalupe Mejía Nava apoderados de la Asamblea General de Ejidatarios de Ignacio Romero Vargas, por propio derecho y en su carácter de apoderados de la Asamblea General de Ejidatarios de Ignacio Romero Vargas, se emplaza a juicio a los terceros interesados Andrés Vera Báez y María Vera Báez, en virtud de que después de una búsqueda oficiosa, no fue posible localizar domicilio cierto en el cual pudieran ser emplazados a juicio. Lo anterior de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria d de la Ley de Amparo. En consecuencia, se les hace saber que cuentan con el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto, para que concurran a este Juzgado de Distrito con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, a hacer valer lo que a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad. Se les apercibe que de incumplir con lo anterior, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por lista. Doy fe.
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, tres de mayo de dos mil veinticuatro.
Secretaria del Juzgado Noveno de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Lic. Sarai González Galicia
Rúbrica.
(R.- 553752)