CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/JAL/AC01/SISMH/080, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES , SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE JALISCO, ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ; ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA; POR EL SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA, JUAN PARTIDA MORALES; POR LA SECRETARIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES, PAOLA LAZO CORVERA, TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Paola Lazo Corvera en su carácter de Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del Estado de Jalisco del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/JAL/AC01/SISMH/080.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,405,731.00, (Un millón cuatrocientos cinco mil setecientos treinta y un pesos 00/100 M.N.), para la ejecución del proyecto AVGM/JAL/AC01/SISMH/080. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/394/2024, de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3. La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4. La Coordinadora de Políticas Públicas para la Prevención y Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Aparatado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00336.
I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN; 1° y 2° de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2. El Gobernador del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 36 y 50, fracciones XVIII y XIX de la Constitución Política del Estado de Jalisco; y 2, numeral 1 y 4, numeral 1, fracciones I, II, III, XI, y XIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
II.3. El Secretario General de Gobierno del Estado de Jalisco, Juan Enrique Ibarra Pedroza, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2, numerales 2 y 3, 3, numeral 1, fracción I, 5, numeral 1, fracción II, 7, numeral 1, fracción III, 14, numeral 1, 15 numeral 1, fracciones I y VI, 16, numeral 1 fracción I y 17, numeral 1, fracciones I, XXXI y XLIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1, 3 y 4 del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno.
II.4. El Titular de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado, Juan Partida Morales, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2, numerales 2 y 3, 3, numeral 1, fracción I, 5, numeral 1, fracción II, 7, numeral 1, fracción III, 14, numeral 1, 15, numeral 1, fracciones I y VI, 16, numeral 1, fracción II y 18 numeral 1, fracciones XIX, XXVII y XLI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1°, 2°, 4° y 11 fracciones IX, XVII, XXXI, XLIV, LX y LXXII del Reglamento Interno de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco.
II.5. La Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y Titular de la Instancia Local Responsable, Paola Lazo Corvera, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2, numerales 2 y 3, 3, numeral 1, fracción 1, 5, numeral 1, fracción II, 7, numeral 1, fracción III, 14, numeral 1, 15, numeral 1, fracciones I y VI, 16, numeral 1, fracción IX y 25, numeral 1 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1, 3 y 5, fracciones X, XI, XVIII, XIX, XXI y XXVII del Reglamento Interno de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del Estado de Jalisco.
II.6. La Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y Titular de la Instancia Local Receptora, Paola Lazo Corvera, Titular de la Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2, numerales 2 y 3, 3, numeral 1, fracción 1, 5, numeral 1, fracción II, 7, numeral 1, fracción III, 14, numeral 1, 15, numeral 1, fracciones I y VI, 16, numeral 1, fracción IX y 25, numeral 1 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; 1, 3 y 5, fracciones X, XI, XVIII, XIX, XXI y XXVII del Reglamento Interno de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del Estado de Jalisco.
II.7. No cuenta con capacidad económica presupuestal para aportar recursos en numerario del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
II.8. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle Pedro Moreno número 281, Colonia Guadalajara Centro, Código Postal 44100, Municipio de Guadalajara, Estado de Jalisco.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: 1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas.
B. Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la atención de las víctimas directas o indirectas de violencias.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/JAL/AC01/SISMH/080, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
| Acción coadyuvante |
| Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas. |
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,405,731.00 [(Un millón cuatrocientos cinco mil setecientos treinta y un pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/JAL/AC01/SISMH/080, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/090/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de la Hacienda Pública en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
| Nombre de la Beneficiaria: | Secretaría de la Hacienda Pública |
| Nombre del Proyecto: | AVGM/JAL/AC01/SISMH/080 |
| Nombre de la Institución Financiera: | Banco Nacional de México S.A. |
| Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 002320701388475842 |
| Número de Cuenta Bancaria: | 7013-8847584 |
| Tipo de Cuenta: | Productiva |
| Tipo de Moneda: | Nacional |
| Número de Sucursal: | 7013 |
| Número de Plaza: | Guadalajara, Jalisco |
| Fecha de apertura de la Cuenta: | 15/02/2024 |
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar, por conducto de la Secretaría de la Hacienda Pública, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j. Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de la Hacienda Pública, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Secretaria de Igualdad Sustantiva Entre Mujeres y Hombres, Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora y por la persona Titular de la Secretaría de la Hacienda Pública y por la Enlace Designado ante "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) de la Secretaria de Igualdad Sustantiva Entre Mujeres y Hombres que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
| Nombre: | Susana Vanessa Otero González. |
| Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. |
| Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 |
| Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx |
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
| Nombre: | Elizabeth Grace Fontes Sánchez |
| Cargo: | Jefa de Seguimiento de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) |
| Dirección: | Francisco de Quevedo no. 169 Col, Arcos Vallarta, Guadalajara. |
| Teléfono institucional: | 3336792470 ext. 13531 |
| Correo electrónico Institucional: | grace.fontes@jalisco.gob.mx |
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres (SISEMH) informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la
conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres (SISEMH).
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 05 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco" en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario de General de Gobierno, Juan Enrique Ibarra Pedroza.- Rúbrica.- El Secretario de la Hacienda Pública, Juan Partida Morales.- Rúbrica.- Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Paola Lazo Corvera.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Estado de Jalisco, de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
| ENTIDAD FEDERATIVA: | Estado de Jalisco |
| NOMBRE DEL PROYECTO: | AVGM/JAL/AC01/SISMH/080 |
| | |
| ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: |
| 1. Atención: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres, las adolescentes y las niñas, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo o vulnerabilidad en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las adolescentes, las niñas y la protección de las víctimas. |
| |
| INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: |
| Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres |
| |
| INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: |
| Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres |
| FECHA DE INICIO DEL PROYECTO: |
| 01 de mayo de 2024 |
| |
| FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 |
| 05 de diciembre de 2024 |
B. MONTO APROBADO
| A. MONTO APROBADO |
| $ 1,405,731.00 | Un millón cuatrocientos cinco mil setecientos treinta y uno pesos 00/100 M.N. |
| | |
| B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR) |
| No aplica | % | Cero 00/100 M.N. |
| | | |
| MONTO TOTAL DEL PROYECTO: (en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado) |
| $ 1,405,731.00 | Un millón cuatrocientos cinco mil setecientos treinta y uno pesos 00/100 M.N. |
| C. DESIGNACIÓN DE ENLACE |
| He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a: |
| Nombre: | Elizabeth Grace Fontes Sánchez |
| Cargo: | Jefa de Seguimiento de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Jalisco (AVGM) |
| Dirección: | Francisco de Quevedo no. 169 Col, Arcos Vallarta, Guadalajara. |
| Teléfono Institucional: | 3336792470 |
| Extensión | 13531 |
| Correo Institucional: | grace.fontes@jalisco.gob.mx |
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
1. Contratación de 4 profesionistas: 1 Abogada, 1 Psicóloga, 1 Trabajadora Social y 1 Interprete para atención de la Unidad de Tuxpan de Bolaños.
El proyecto resulta necesario para dar continuidad en la Unidad de Tuxpan de Bolaños y con el ello fortalecer los servicios especializados, preventivos y de atención integral a la violencia por razón de género en las regiones y/o municipios del estado con población mujeres, adolescentes y niñas indígenas, mismos que se han traducido en una mejora en la vida de las mujeres de la localidad, considerando que el proyecto propuesto tiene 5 años llevándose a cabo, iniciado en el año de 2019 y con la intención que pueda continuar este 2024.
Los resultados obtenidos durante el último año, se constituyen en un total de 1,465 atenciones brindadas, además de 8 asesorías en materia jurídica, 7 en materia psicológica, 6 en materia de trabajo social; así como 2 atenciones integrales y un total de 23 platicas de sensibilización.
Sin duda, esto representa un gran avance tomando en consideración el contexto social, cultural y económico, así como los usos y costumbres de los pueblos originarios; por lo que efectivamente este proyecto ayuda para que las mujeres accedan a una vida libre de violencia.
2. Contratación de 5 profesionistas: 2 Trabajadoras Sociales y 3 Psicólogas para cubrir de manera prioritaria e itinerante los municipios contemplados en la solicitud de la AVGM, pero también ofreciendo los servicios de manera amplia en los 125 municipios cuando exista una mujer o persona gestante en proceso de aborto.
El proyecto tiene como objetivo ofrecer los servicios una mujer o persona gestante en proceso de aborto, a través del acompañamiento, atención oportuna e inmediata, especializada y confidencial; siempre con calidez y empatía.
Es importante señalar que, la violencia a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres es toda acción u omisión que limite o vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y voluntariamente sobre su función reproductiva, en relación con el número y espaciamiento de los hijos, acceso a métodos anticonceptivos de su elección, acceso a una maternidad elegida y segura, así como el acceso a servicios de aborto seguro en el marco previsto por NOM-046, al brindar acompañamiento inmediato y eficaz a las mujeres en esta situación.
De acuerdo a los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública, en el Estado de Jalisco, la cantidad de llamadas de emergencia relacionadas a incidentes de violación es de 232 llamadas de enero a noviembre del 2023 y la incidencia delictiva por el delito de violación de acuerdo a los datos del Instituto de Información Estadística y Geográfica de Jalisco (IIEG), de septiembre de 2022 a agosto de 2023, fue de 469 denuncias por este delito.
Derivado de lo anterior, es necesario que se cuente con profesionistas en Trabajo Social y Psicología que, de manera itinerante, realicen este acompañamiento a las niñas. adolescentes, mujeres y personas gestantes en proceso de aborto evitando con ello su revictimización, favoreciendo su empoderamiento, conteniendo sus emociones y haciendo valer sus derechos ante las autoridades y/o dependencias responsables.
| MEDIDA DE ATENCIÓN | ACCIÓN COADYUVANTE | OBJETIVO GENERAL |
| INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO CONFORMADO PARA ATENDER LA SOLICITUD AVGM/09/2016 DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN EL ESTADO DE JALISCO OCTAVA CONCLUSIÓN, el grupo de trabajo pudo observar que las instancias de atención municipales cuentan con diversos modelos de atención para las mujeres víctimas de violencia, lo que provoca que la atención sea en algunos casos deficiente, mientras que en otros casos se cumpla con los requerimientos mínimos en la materia. En consecuencia, se propone: Homologar los llamados "modelos únicos" de atención municipales al Modelo Único de Atención a las Mujeres Víctimas de Violencia, para garantizar una atención homogénea bajo los parámetros mínimos de calidad. De igual manera, el grupo considera importante la difusión y capacitación al personal de las instituciones sobre dicho Modelo. QUINTA CONCLUSIÓN, de las Acciones Preventivas de la AVGM: Recomendación: Generar campañas permanentes de acuerdo con el Programa Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del estado de Jalisco dirigido hacia hombres y mujeres, con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos y juventudes, con el propósito de visibilizar e identificar los tipos y modalidades de violencia, así como dar a conocer los derechos de las mujeres adolescentes y niñas y las estancias a las que se puede acudir para hacerlas valer. Aunado a lo anterior, deben llevarse a cabo campañas de prevención de la violencia contra las mujeres, focalizadas a los grupos en situación de vulnerabilidad ya mencionados, con enfoque de derechos humanos, interculturalidad y juventudes | ATENCIÓN: Son las acciones destinadas a la atención de las mujeres y las niñas y las adolescentes, tendientes a disminuir las condiciones de riesgo en el que se encuentran, así como garantizar espacios libres de violencia contra las mujeres, las niñas y la protección de las víctimas. INCISO: B. Garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos, especializados y gratuitos para la atención de las víctimas directas o indirectas de violencias. | Dar continuidad a la Unidad Especializada de Atención Integral para Mujeres y Niñez Wirárika, que han sido víctimas de violencia por razón de género en la cabecera comunal de Tuxpan de Bolaños; Unidad creada con el SUBSIDIO CONAVIM y atendida a través de 4 profesionistas que conforman un equipo multidisciplinario. Destacamos los resultados obtenidos en el ejercicio fiscal 2023 y el acierto en la contratación de una persona traductora de la lengua wixárika quién con las personas profesionistas en abogacía, trabajo social y psicología consolidan un equipo de atención integral. Lo anterior, porque se visibiliza el derecho de la población indígena de contar con la asistencia de personas intérpretes/traductoras que tengan conocimiento de su lengua: esto en atención a que la SCJN ha señalado que el derecho a la interpretación constituye un mecanismo óptimo para una defensa adecuada y, por tanto, el pleno acceso a la justicia en condiciones de igualdad, al reducir la distancia cultural que de facto opera entre una persona indígena. En el mismo orden de ideas, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece en su artículo 52 en su último párrafo lo siguiente: "ARTÍCULO 52.- Las víctimas de cualquier tipo de violencia tendrán los derechos siguientes: ....Las mujeres indígenas serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y cultura." En cuanto al ámbito estatal, el derecho de contar con la asistencia de personas intérpretes se encuentra establecido en el artículo 49, en el que se establecen medidas y acciones para que se garantice la exigibilidad los derechos de las mujeres, así como el acceso a la justicia, estableciendo que, las mujeres indígenas serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y cultura. Por otra parte, queremos conformar un equipo de psicólogas y trabajadoras sociales en este año, para cubrir de manera prioritaria e itinerante los municipios contemplados en la solicitud de la AVGM, pero también en los 125 municipios del Estado de Jalisco, ofreciendo los servicios de manera amplia cuando exista una mujer o persona gestante en proceso de aborto. Lo anterior, tiene fundamento y motivación a través de los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública, al señalar que en el Estado de Jalisco la cantidad de llamadas de emergencia relacionadas a incidentes de violación es de 232 llamadas de enero a noviembre del 2023 y la incidencia delictiva por el delito de violación de acuerdo a los datos del Instituto de Información Estadística y Geográfica de Jalisco (IIEG), de septiembre de 2022 a agosto de 2023, fue de 469 denuncias por este delito. Es por ello. que surge la necesidad de contar con profesionistas en Trabajo Social y Psicología que, de manera itinerante, realicen este acompañamiento a las niñas. adolescentes, mujeres y personas gestantes en proceso de aborto evitando con ello su revictimización y haciendo valer sus derechos ante las autoridades y/o dependencias responsables. Finalmente, es importante destacar el esfuerzo del Estado de Jalisco quien con la finalidad de no interrumpir los servicios y/o atenciones en la unidad, asume el costo de la nómina de profesionistas contratados en tanto la CONAVIM realiza la transferencia del recurso, ejercicio fiscal 2024 |
D.2 METODOLOGÍA
Las Actividades deberán ser copiadas en la sección D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO (columna 1)
| OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN |
| UNIDAD TUXPAN DE BOLAÑOS: |
| 1.- Fortalecer la Unidad Especializada en atención a mujeres víctimas de violencia, para lo cual se hará la contratación de 3 personas profesionistas en abogacía, trabajo social y psicología; y 1 persona interprete para garantizar un enfoque intercultural. | 1.1 Seleccionar perfiles idóneos 1.1 Recibir documentación 1.1 Entrevista de profesionistas. | 1.2 Número de Profesionistas contratados / Número de contratos generados | 1.3 Contrato de Prestación de Servicios. 1.3 Recibos/factura de pago |
| 2. Las y los profesionistas que integren la unidad de atención, cuenten con procesos formativos de atención especializada a mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia | 2.1 Cursar y aprobar los procesos formativos para brindar atención a niñas, adolescentes y mujeres receptoras/víctimas de violencia) | 2.2 Profesionistas capacitados / Número de profesionistas que aprobaron los procesos formativos | 2.3 Constancia de capacitación de las personas profesionistas |
| 3. Brindar el acceso a servicios de atención especializada a mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia de la comunidad de indígenas | 3.1 Otorgar servicios de atención especializada (perspectiva de género, enfoque de derechos humanos, interculturalidad y transversalidad) a mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencia, principalmente a mujeres pertenecientes a la comunidad indígena | 3.2 Número de mujeres que solicitan atención / Número de atenciones jurídicas 3.2 Número de mujeres que solicitan atención / Número de atenciones psicológicas 3.2 Número de mujeres que solicitan atención / Número de atenciones de trabajo social 3.2. Número de mujeres que solicitan atención / Número de atenciones por medio de la persona interprete | 3.3 Informes de profesionistas por área |
| 4. Brindar servicios de atención de calidad y calidez considerado la perspectiva de género, transversalidad, interculturalidad, enfoque de derechos humanos e interés superior de la niñez | 4.1 Brindar servicios de calidad y calidez con enfoque de derechos e interculturalidad | 4.1.1 Número total de mujeres atendidas / Número de usuarias atendidas satisfactoriamente 4.1.2 Número total de mujeres atendidas / Número de usuarias atendidas insatisfactoriamente | 4.1.1.1 Encuestas de satisfacción del servicio brindado por las personas profesionistas de la Unidad 4.1.1.2 Informe estadístico de la encuesta de satisfacción del servicio brindado por las personas profesionistas de la Unidad |
| EQUIPO ITINERANTE: |
| 1.- Conformar un equipo itinerante para cubrir de manera prioritaria en los municipios del AMG y de manera amplia, en caso de ser necesario, en los 125 municipios del Estado de Jalisco, los servicios de manera amplia en los casos de niñas, adolescentes y mujeres de los procesos de aborto (NOM 046), para lo cual se hará la contratación de 2 personas profesionistas en trabajo social y 3 personas profesionistas en psicología | 1.1 Seleccionar perfiles idóneos 1.1 Recibir documentación 1.1 Entrevista de profesionistas. | 1.2 Número de Profesionistas contratados / Número de contratos generados | 1.3 Contrato de Prestación de Servicios. 1.3 Recibos/factura de pago |
| 2. Las y los profesionistas que integren el equipo itinerante, cuenten con procesos formativos de atención especializada a mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia | 2.1 Cursar y aprobar los procesos formativos para brindar atención a niñas, adolescentes y mujeres receptoras/víctimas de violencia) | 2.2 Profesionistas capacitados / Número de profesionistas que aprobaron los procesos formativos | 2.3. Constancia de capacitación de las personas profesionistas |
| 3. Brindar la atención en los procesos de aborto a niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes | 3.1 Otorgar servicios de atención especializada (perspectiva de género, enfoque de derechos humanos), a niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes en proceso de aborto | 3.2 Número de mujeres que solicitan atención / Número de atenciones psicológicas 3.2 Número de mujeres que solicitan atención / Número de atenciones de trabajo social | 3.3 Informes parciales y acta cierre |
| 4. Brindar servicios de atención de calidad y calidez considerado la perspectiva de género y enfoque de derechos humanos | 4.1 Brindar servicios de calidad y calidez con enfoque de derechos | 4.2 Número total de mujeres atendidas / Número de usuarias atendidas satisfactoriamente 4.2 Número total de mujeres atendidas / Número de usuarias atendidas insatisfactoriamente | 4.3 Encuestas de satisfacción del servicio brindado por las personas profesionistas del equipo itinerante 4.3 Informe estadístico de la encuesta de satisfacción del servicio brindado por las personas profesionistas del equipo itinerante |
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
Colocar todos los pasos y descripción que considere necesarios insertando filas (clic derecho sobre el recuadro, ventana emergente, insertar, insertar filas debajo)
| PASO | DESCRIPCIÓN |
| 1 | Seleccionar perfiles idóneos |
| 2 | Entrevista de profesionistas |
| 3 | Recibir documentación |
| 4 | Contratación de personas profesionistas / persona interprete (Tuxpan de Bolaños) |
| 5 | Generar acciones de prevención, atención y difusión a las niñas, adolescentes y mujeres de la comunidad de Tuxpan de Bolaños (Tuxpan de Bolaños) |
| 6 | Sesión de sensibilización sobre tipos y modalidades de violencia y los procedimientos de atención (Tuxpan de Bolaños) |
| 7 | Otorgar servicios de atención especializada: abogacía, psicología, trabajo social e interpretación (Tuxpan de Bolaños) |
| 8 | Informes de las profesionistas contratadas para entregar a CONAVIM los informes parciales (Tuxpan de Bolaños) |
| 9 | Contratación de personas profesionistas (Equipo Itinerante) |
| 10 | Generar acciones de atención y acompañamiento ofreciendo los ervicios de manera amplia a mujeres y personas gestantes en proceso de aborto (Equipo Itinerante) |
| 11 | Otorgar servicios de atención especializada: psicología y trabajo social (Equipo Itinerante) |
| 12 | Informes de las profesionistas contratadas para entregar a CONAVIM los informes parciales (Equipo Itinerante) |
| 13 | Acta Cierre |
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
| TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA |
| SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS | MUJERES |
| NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | MUJERES |
| ADULTAS (OS) MAYORES | MUJERES |
| INDÍGENAS | MUJERES |
| MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | MUJERES |
| AFROMEXICANAS (OS) | MUJERES |
| DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | MUJERES |
| CON DISCAPACIDAD | MUJERES |
| LGBTI+ | MUJERES |
| MADRES JEFAS DE FAMILIA | MUJERES |
| EN SITUACIÓN DE CALLE | MUJERES |
| VÍCTIMAS DIRECTAS | MUJERES |
| VÍCTIMAS INDIRECTAS | MUJERES |
| PRIVADAS DE LA LIBERTAD | |
| TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | MUJERES |
| USUARIAS DE DROGAS | MUJERES |
| OTRAS | |
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
| # | ACTOR | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO |
| 1. | Comunidad de Tuxpan de Bolaños, Municipios de Bolaños | Permite la implementación y facilita la operatividad del proyecto |
| 2. | Municipios de la AVGM (EL SALTO, GUADALAJARA, LAGOS DE MORENO, MEZQUITIC, PUERTO VALLARTA, SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, TONALÁ, ZAPOPAN, ZAPOTLÁN EL GRANDE) | Permite la implementación y facilita la operatividad del proyecto |
| 3. | Secretaría de Salud | Seguimiento en los casos correspondientes |
| 4. | Fiscalía Estatal | Seguimiento en los casos correspondientes |
| 5. | Centro de Justicia para las Mujeres | Seguimiento en los casos correspondientes |
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
| RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR |
| UNIDAD TUXPAN DE BOLAÑOS: 1. Dificultades logísticas y condiciones de inseguridad en el municipio. 2. Variable de etnicidad a través de la identificación de población femenina hablante y no hablante de lengua indígena. 3. Migración de profesionistas del área metropolitana | Vinculación directa con la asamblea comunitaria con la finalidad de que exista comunicación asertiva y los procesos de atención se lleven a cabo de manera oportuna en la comunidad |
| EQUIPO ITINERANTE: 1. Complejidad en los traslados de las profesionistas y de las niñas, adolescentes y mujeres que requieran la atención 2. Que la necesidad de las atenciones supere la capacidad operativa de atención 3. Tiempo de respuesta en la atención por las autoridades de Salud/Fiscalía Estatal | Prever logística de traslados con el equipo itinerante, comunicación efectiva con la Secretaría de Salud y la Fiscalía Estatal y agilizar en la medida de lo posible los procesos de acompañamiento y atención de las niñas, adolescentes y mujeres |
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| CIENCIAS JURÍDICAS | 1 AÑO | Licenciatura | 1 |
| CIENCIAS DE LA SALUD | | | |
| PSICOLOGÍA | 1 AÑO | Licenciatura | 4 |
| TRABAJO SOCIAL | 1 AÑO | Licenciatura | 3 |
| OTROS PERFILES | 1 AÑO | Otro | 1 |
| Total de Prestadores de Servicios a Contratar | 9 |
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS] A CONTRATAR |
| Intérprete | 1 año | Preparatoria | 1 |
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
| MARQUE LA CASILLA CORRECTA | SERÁ |
| | Prestadora de Servicios Profesionales |
| | Servicios integrales |
| Será | Honorarios Asimilados |
| | Otro |
| Si selecciono "Otro", Especifique a continuación: |
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/JAL/AC01/SISMH/080, en la Ciudad de México el día 25 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro Ramírez.- Rúbrica.- El Secretario de General de Gobierno, Juan Enrique Ibarra Pedroza.- Rúbrica.- El Secretario de la Hacienda Pública, Juan Partida Morales.- Rúbrica.- Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Paola Lazo Corvera.- Rúbrica.