CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Tabasco, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/TAB/AC02/IEM/048, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR INTERINO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, CARLOS MANUEL MERINO CAMPOS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ANTONIO PABLO DE LA VEGA ASMITIA; POR LA SECRETARIA DE FINANZAS, LILI GEORGINA DE LA CRUZ ARIAS; Y POR LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL DE LAS MUJERES Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, NELLY DEL CARMEN VARGAS PÉREZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por la Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres, Nelly del Carmen Vargas Pérez del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: [Escribir el nombre del Proyecto AVGM/TAB/AC02/IEM/048.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,900,000.00 (Un millón novecientos mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/TAB/AC02/IEM/048. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/362/2024, de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3. La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4. La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Apartado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria: 00370.
I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN; 1 y 9 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2 El Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Carlos Manuel Merino Campos, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42, 47 y 51 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco.
II.3 El Secretario de Gobierno, José Antonio Pablo de la Vega Asmitia, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 51 fracción II y 52 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco; 14, fracción X, 25, 29, fracción I y 30 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco; 3, 9, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4 La Secretaria de Finanzas, Lili Georgina de la Cruz Arias, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 52, primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco; 14, fracción X, 25, primer párrafo, 29, fracción III y 32, fracción LX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado Tabasco; 3 y 9, fracción XXVI del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas; y 69, párrafo quinto de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, quien acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Carlos Manuel Merino Campos, en fecha 17 de febrero de 2024.
II.5 La Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Nelly del Carmen Vargas Pérez, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 5, 6, fracciones I, III, IV y XII de la Ley del Instituto Estatal de las Mujeres en el estado de Tabasco.
II.6 Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle Abelardo Reyes, número 201-B, Colonia Arboledas, Localidad Villahermosa, Código Postal 86000, Ciudad de Villahermosa, Estado de Tabasco.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULA
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/TAB/AC02/IEM/048, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
| Acción coadyuvante |
| Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tiende a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. |
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,900,000.00 (Un millón novecientos mil pesos 00/100 M.N) para el Proyecto: AVGM/TAB/AC02/IEM/048, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/058/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
| Nombre de la Beneficiaria: | Secretaria de Finanzas del Gobierno del Estado de Tabasco "Proyecto AVGM/TAB/AC02/IEM/048" |
| Nombre del Proyecto: | AVGM/TAB/AC02/IEM/048 |
| Nombre de la Institución Financiera: | BBVA México, S.A Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero. |
| Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 012790001227521821 |
| Número de Cuenta Bancaria: | 0122752182 |
| Tipo de Cuenta: | Cuenta de Cheques Productiva con Intereses |
| Tipo de Moneda: | Moneda Nacional |
| Número de Sucursal: | 7681 |
| Número de Plaza: | Villahermosa, Tabasco (284) |
| Fecha de apertura de la Cuenta: | 22 de febrero de 2024 |
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en
términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar por conducto del Instituto Estatal de las Mujeres las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j. Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular del Instituto Estatal de las Mujeres, por la Titular de la Secretaria de Finanzas, y Enlace Designado ante la "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial del Instituto Estatal de las Mujeres, que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
| Nombre: | Susana Vanessa Otero González. |
| Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. |
| Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 |
| Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx |
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
| Nombre: | Iliana Guadalupe Vadillo Torres. |
| Cargo: | Directora de Proyectos y Enlace Institucional |
| Dirección: | Calle Abelardo Reyes, número 201-B, Fraccionamiento Arboledas, Colonia Centro, Localidad Villahermosa, Código Postal 86000, Ciudad de Villahermosa, Estado de Tabasco. |
| Teléfono institucional: | 9934 270280 Ext. 1300 |
| Correo electrónico Institucional: | dirproyectos.iemtab@tabasco.gob.mx |
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Instituto Estatal de las Mujeres, informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Instituto Estatal de las Mujeres.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaria de la Función Pública del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el medio oficial de difusión oficial de la Entidad Federativa el Periódico Oficial Órgano de Difusión Oficial del Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano del Estado de Tabasco en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 26 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Interino del Estado Libre y Soberano de Tabasco, Carlos Manuel Merino Campos.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, José Antonio Pablo de la Vega Asmitia.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas, Lili Georgina de la Cruz Arias.-
Rúbrica.- La Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Nelly del Carmen Vargas Pérez.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 26 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Tabasco de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
| ENTIDAD FEDERATIVA: | Estado Libre y Soberano de Tabasco |
| NOMBRE DEL PROYECTO: | AVGM/TAB/AC02/IEM/048 |
| |
| ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: |
| 1. Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas. |
| INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: |
| Instituto Estatal de las Mujeres |
| INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: |
| Instituto Estatal de las Mujeres |
| FECHA DE INICIO DEL PROYECTO: |
| 15 de mayo de 2024 |
| FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 |
| 31 de diciembre de 2024 |
B. MONTO APROBADO
| A. MONTO APROBADO |
| | |
| $1,900,000.00 | Un millón novecientos mil pesos 00/100 M.N. |
| Cantidad en número | Cantidad en letra |
| |
| B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR) |
| | | |
| N/A | N/A | 00/100 M.N. |
| cantidad en número | porcentaje | cantidad en letra |
| | |
| MONTO TOTAL DEL PROYECTO: (en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado) |
| | |
| $1,900,000.00 | Un millón novecientos mil pesos 00/100 M.N. |
| C. DESIGNACIÓN DE ENLACE |
| He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a: |
| Nombre: | Iliana Guadalupe Vadillo Torres |
| Cargo: | Directora de Proyectos y Enlace Institucional |
| Dirección: | Calle Abelardo Reyes 201 B, Fraccionamiento Arboledas, Centro, Tabasco Cp. 86000 |
| Teléfono Institucional: | 9933166813 |
| Extensión | 1300 |
| Correo Institucional: | iem@tabasco.gob.mx |
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
Implementar una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos, dirigido a servidores públicos de los 17 municipios considerados por el GIM, a través de un enfoque psicopedagógico mediante la impartición de un diplomado y una intervención artística que permita dotarlos de conocimientos y sensibilizarlos respecto a la importancia de impartir justicia con perspectiva de género.
D.1 JUSTIFICACIÓN
En el Estado Tabasco se emitió una solicitud de alerta de violencia de género el 11 de agosto del 2022. Posteriormente se da a conocer la resolución de la Secretaría de Gobernación respecto a dicha solicitud para los municipios de Cárdenas, Huimanguillo, Jonuta, Tenosique, Centla, Centro, Cunduacán, Macuspana, Balancán, Emiliano Zapata, Tacotalpa, Nacajuca, y Comalcalco; al respecto el 2 de marzo del año 2023 en los resolutivos, se señala que:
No se tuvieron elementos objetivos suficientes, durante el periodo de análisis para declarar procedente la AVGM en el estado de Tabasco, al no encontrar evidencia suficiente que actualicen los supuestos establecidos en el artículo 24 de la LGAMVLV. No obstante, la Secretaría de Gobernación con la finalidad de prever una futura situación de emergencia generada por la violencia feminicida o agravio comparado, determinó que el gobierno de Tabasco debe implementar las recomendaciones vertidas en el informe del GIM y en caso de incumplimiento por parte del gobierno del estado, la CONAVIM procederá la declaratoria de AVGM de acuerdo con los establecido en el artículo 24 de la LGAMVLV.
No obstante, en la resolución emitida por la Secretaría de Gobernación el 2 de marzo de 2023, se insta al gobierno de Tabasco a atender 15 recomendaciones, así como las realizadas por el informe realizado por el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario para Tabasco.
Tras un análisis cuantitativo exhaustivo sobre datos que arrojan información respecto a los distintos delitos de violencia contra la mujer en el estado de Tabasco, se tiene lo siguiente:
Según registros del Censo de Población y Vivienda (INEGI, 2020), el Estado de Tabasco contaba con una población total de 2'402'598 habitantes, de los cuales 51.15% eran mujeres, mientras que el restante 48.85% eran hombres. 72.79% de la población estatal tiene 15 años o más. El Estado de Tabasco se conforma de 17 municipios, el más poblado de ellos es Centro, cuya cabecera municipal alberga a la capital del Estado, es decir, la ciudad de Villahermosa. En Centro viven 683,607 personas que representan el 28.45% del total estatal.
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares (ENDIREH) (INEGI, 2021) estima que, en el estado de Tabasco, 68.7% de las mujeres de 15 años o más, experimentaron algún tipo de violencia: Psicológica, Física, Sexual, Económica o Patrimonial a lo largo de la vida y 39.6% en el año de referencia. Respecto a la misma encuesta, pero en su versión 2016, el porcentaje de mujeres de 15 años o más, que experimentaron algún tipo de violencia, aumentó en 12.9%.
La misma Encuesta (ENDIREH) (INEGI, 2021) estima que, en el estado de Tabasco, el ámbito de pareja es en el que las mujeres de 15 años y más experimentaron con mayor frecuencia algún tipo de violencia a lo largo de la vida (43.2%).
Se estima, además, que, en el estado de Tabasco, 31.8% de la población de mujeres de 15 años y más, ha experimentado situaciones de violencia en la escuela a lo largo de la vida. Mientras que 21.1% vivió este tipo de violencia en los 12 meses de referencia de la encuesta.
La ENDIREH 2021 estima que, en los últimos 12 meses, las mujeres de 15 años y más que experimentaron violencia en el ámbito escolar, 50.8% señaló que la principal persona agresora fue un compañero de la escuela.
La ENDIREH 2021 estima que, en el estado de Tabasco, 27.1% de la población de mujeres de 15 años y
más ha vivido situaciones de violencia en el trabajo a lo largo de la vida. Mientras que 17.4% vivió este tipo de violencia en los 12 meses de referencia de la encuesta.
La ENDIREH 2021 estima que, en el estado de Tabasco, 41.1% de la población de mujeres de 15 años y más, ha experimentado situaciones de violencia en la comunidad a lo largo de la vida. Mientras que 20.2% vivió este tipo de violencia en los 12 meses de referencia de la encuesta.
La ENDIREH 2021 estima que, en el estado de Tabasco, 11.3% de la población de mujeres de 15 años y más ha vivido situaciones de violencia por parte de su familia en los últimos 12 meses.
De acuerdo con la ENDIREH 2021, en el estado de Tabasco, 43.2% de las mujeres de 15 años y más que han tenido una relación de pareja, han sido violentadas por su pareja a lo largo de la relación, y el 21% han vivido situaciones de violencia en los 12 meses de referencia de la encuesta.
La ENDIREH 2021 estima que, en el estado de Tabasco, del total de mujeres de 15 años y más, 45.7% experimentó algún tipo de violencia en la infancia. Mientras que de las mujeres de 60 años y más, el 13.4% de mujeres ha sido violentada.
La ENDIREH 2021 estima que, en el estado de Tabasco, 45.9% de las mujeres de 15 años y más señalaron tener alguna discapacidad para realizar actividades cotidianas, de ellas el 39.4% experimentó algún incidente de violencia en los 12 meses de referencia de la encuesta.
La ENDIREH 2021 estima que, en el estado de Tabasco, 8.6% de las mujeres de 15 años y más, separadas, divorciadas o viudas consideraron que los problemas en la relación de pareja aumentaron durante el periodo de confinamiento por COVID-19.
El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, (SESNSP, 2024) en su reporte Incidencia Delictiva del Fuero Común 2023, señala que, de enero a diciembre, en el municipio de Centro, Tabasco se reportaron un total de 18,399 carpetas de investigación. De las cuales se pueden resaltar los siguientes delitos: Violencia familiar (3,433), Violación simple (142), Incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar (329), Hostigamiento sexual (119) y Feminicidio (8).
Por su parte, la Dirección General de Información en Salud, de la Secretaría de Salud federal, en su informe sobre lesiones (DGIS, 2023) indica que, durante el año 2023, en el municipio de Centro, de un total de 5,256 lesiones atendidas, 423 estuvieron relacionadas con violencia familiar y 123 con violencia no familiar, en mujeres. De estas 546 lesiones violentas, el 71% ocurrió en la vivienda. El 80% de los agresores de estas lesiones violentas fueron hombres. La mitad de ellos compartían un parentesco conyugal con la víctima, 255 de estas lesiones violentas tendrán como consecuencia depresión o malestar emocional. Finalmente, solo 157 de estas lesiones fueron reportadas al Ministerio Público.
Otra fuente de datos que nos habla del grado de violencia que sufren las mujeres, son los registros de mortalidad del INEGI, estos provienen de registros administrativos en su mayor parte del certificado de defunción (INEGI, 2023). En el caso del municipio de Centro, durante el año 2023 se registraron 2,940 defunciones de mujeres, de un total de 6,570. De éstas, 13 fueron clasificadas como homicidio (agresión). De estas 13 defunciones, la mayoría (7) vivía en unión libre, 6 de estas defunciones ocurrieron en la vivienda y 6 en la calle, 7 de ellas ocurrieron en un área urbana y 6 en un área rural. Finalmente, sobre la edad de las víctimas, 6 de ellas tenían menos de 29 años, y las restantes 7 mayores de 30 años.
De acuerdo con datos del Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal (INEGI, 2023) durante el 2022, en el estado de Tabasco se registraron los siguientes delitos en las causas penales ingresadas en primera instancia: de un total de 7,974; 3,819 fueron por violencia familiar (47.95%) con mayor frecuencia, seguido de incumplimiento de obligaciones familiares (6.63%), Robo (6.20%), Otros delitos que atentan contra la libertad y la seguridad sexual (315), Violación (154) y Abuso sexual (105), Feminicidio (61), Hostigamiento sexual (47), etcétera (INEGI, 2023a).
Por todo lo anterior, es posible señalar la importancia que tiene el intervenir en la erradicación de la violencia de género en el estado para evitar así que se llegue a emitir la alerta de violencia de género. Destacando acciones de prevención tanto en lugares públicos como privados con la finalidad de realizar detección temprana de casos de violencia feminicida.
Referencias
DGIS. (2023). Lesiones. Datos abiertos. Recuperado el 22 de enero de 2024, de Dirección General de Información en Salud. Secretaría de Salud del Gobierno de México. website: http://www.dgis.salud.gob.mx/contenidos/basesdedatos/da_lesiones_gobmx.html
INEGI. (2020). Censo Población y Vivienda. Recuperado el 21 de octubre de 2021, de https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/default.html
INEGI. (2021). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado el 22 de enero de 2024, de https://www.inegi.org.mx/programas/endireh/2021/#documentacion
INEGI. (2023a). Impartición de justicia en materia penal. Recuperado el 5 de abril de 2023, de Registros administrativos. Conjunto de datos: Personas procesadas y/o imputadas y sentenciadas website:
https://www.inegi.org.mx/programas/justiciapenal/?ps=microdatos#Tabulados
INEGI. (2023b). Mortalidad. Recuperado el 22 de enero de 2024, de Demografía y Sociedad website: https://www.inegi.org.mx/temas/mortalidad/#informacion_general
SESNSP. (2023). Incidencia Delictiva del Fuero Común. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado el 22 de enero de 2024, de https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/incidencia-delictiva-del-fuero-federal?idiom=es
| MEDIDA DE ATENCIÓN | ACCIÓN COADYUVANTE | OBJETIVO GENERAL |
| De acuerdo con la resolución de la SEGOB respecto a la solicitud de declaratoria de (AVGM) por violencia feminicida para los municipios de Cárdenas, Huimanguillo, Jonuta, Tenosique, Centla, Centro, Cunduacán, Macuspana, Balancán, Emiliano Zapata, Tacotalpa, Nacajuca y Comalcalco del Estado de Tabasco. Del 2 de marzo del 2023; Y en razón del Resolutivo Segundo que insta al gobierno de Tabasco a implementar las recomendaciones vertidas en el Informe 2023 y la CONAVIM a través de la Comisión Especial del Sistema Nacional; y el Resolutivo Cuarto que reafirma el compromiso de nuestro gobierno para "adoptar las medidas necesarias para que en el marco de su política ordinaria continúen impulsando las políticas públicas que permitan prevenir, atender y sancionar y erradicar la problemática de la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas" Se opta por favorecer la atención de las siguientes recomendaciones: Recomendación 4 "Fortalecer a través de presupuestos etiquetados, para recursos materiales y humanos a las instituciones involucradas en la prevención, atención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, mediante el aumento de personal, así como la mejora de sus instalaciones y equipamiento; en particular al Instituto Estatal de las Mujeres, las Direcciones de Atención a las Mujeres de los 17 municipios, las salas de Oralidad y la Fiscalía General del Estado y Fiscalías especializadas" Recomendación 6 "Diseñar una planeación estratégica, coordinada e integral, entre todas las instituciones encargadas de garantizar los derechos a las mujeres, especialmente a nivel municipal, para implementar eficazmente los protocolos y modelos de atención existentes" Recomendación 11 "Realizar con perspectiva de género las investigaciones por los delitos de violación y violencia familiar cometidos en contra de mujeres, jóvenes y niñas. Recomendación 12 "Aumentar la eficiencia y eficacia del tribunal superior de justicia a través de la capacitación a juezas y jueces para que juzguen con perspectiva de género, de modo tal que se aumente el número de sentencias emitidas, particularmente, particularmente en casos de violencia familiar, violación y feminicidio." De igual manera, se busca atender una de las recomendaciones vertidas en el Informe del GIM de 2023, que bajo el numeral 8. Recomendaciones generales de atención a la violencia familiar, violación y feminicidio, en su apartado de prevención se recomienda "Crear e implementar un programa integral de capacitación para servidoras y servidores públicos del orden estatal y municipal, con prioridad para quienes se encuentran en las áreas de fiscalía general del Estado, Tribunal Superior de Justicia, Seguridad Pública, Salud y la Comisión Estatal de Atención a Víctimas" | PREVENCIÓN: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas. B. Establecer una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos. | Implementar una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos, dirigido a servidores públicos de los 17 municipios considerados por el GIM, a través de un enfoque psico-pedagógico mediante la capacitación en modalidad diplomado que permita dotarlos de conocimientos y sensibilizarlos respecto a la importancia de impartir justicia con perspectiva de género. |
D.2 METODOLOGÍA
| OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN |
| Proceso de selección y contratación de servicio integral especializado. | 1. Revisión de perfiles 2. Selección 3. Firma de contrato | 1.- Invitaciones / servicio seleccionado = Contrato firmado | 1. Expediente, CV y constancias de acreditación 2. Contrato 3. Facturas |
| Impartir un diplomado en materia de derechos humanos y perspectiva de género que impulse la transformación de patrones culturales, dotando de conocimientos especializados y se sensibilizando a servidores públicos del Estado y de los 17 municipios considerados por el GIM, a través de un enfoque psico-pedagógico que permita incrementar la eficacia y eficiencia en la impartición de justicia con perspectiva de género. | 1.- Seleccionar de las personas servidoras públicas que cursarán el diplomado 2.- Generar un micro diagnóstico de las personas servidoras públicas que tomarán el diplomado, para recolectar los requerimientos específicos de aprendizaje y formación, que permitan añadir contenidos ad hoc al programa para satisfacer sus necesidades. 3.- Diseñar el programa del diplomado y desarrollar las cartas descriptivas de cada módulo que se impartirá. | 1. Lista de asistencia de las personas servidoras públicas que cursarán el diplomado 2. Número de participantes inicial el diplomado/ Número de participantes que concluyen el diplomado 3. Nivel de conocimientos en materia de derechos humanos y perspectiva de género de las y los alumnos. 4. Nivel de cambio en la sensibilización de las y los alumnos respecto a los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia y la importancia de impartir justicia con perspectiva de género. | 1. Listas de asistencia 2. Cartas descriptivas |
| Implementar un sistema de evaluación de resultados | 1.- Aplicar un cuestionario de evaluación pre (que sirva como línea base de los conocimientos y el nivel de sensibilización de los alumnos) y post para conocer los cambios en los conocimientos y el nivel de sensibilización de los alumnos. | 1. Resultado final de la evaluación respecto del resultado inicial. | 1. Instrumentos de evaluación aplicados al inicio y final de la intervención |
| Comunicación y divulgación de contenidos y resultados | 1.-Implementar una estrategia de difusión y comunicación de las actividades realizadas. | 1. Contenidos generados | 1. testigos impresos de materiales de difusión. 2. capturas de redes sociales y pagina oficial |
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
| PASO | DESCRIPCIÓN |
| 1 | Se realizará un análisis e integración de expedientes para posteriormente seleccionar a los especialistas con mayores capacidades para el desarrollo del proyecto. |
| 2 | Impartir diplomado 1.- Se realizarán cartas descriptivas de cada uno de los módulos del diplomado que contengan los temas que se abordarán, el tiempo que se tiene programado para cada uno de ellos; las estrategias psicopedagógicas que se implementarán, los materiales que se utilizarán para el desarrollo de las sesiones y la bibliografía que se utilizará para el desarrollo de cada módulo. 2.- Se gestionarán los espacios para la realización de las sesiones presenciales en caso de realizarse. La institución responsable (IEM) deberá de gestionar los espacios y los recursos materiales para poder llevarse a cabo (Computadora, equipo de sonido, acceso a internet, etc.) 3.- Para la fase diagnóstica se implementarán cuestionarios, entrevistas y otras técnicas para la obtención de información. 4.- Se diseñará un cuestionario de evaluación que se aplicará al inicio y al final del diplomado. 5.- Se otorgarán los diplomas de manera física a cada uno de los alumnos que hayan concluido el diplomado. 6.- Gestionar los espacios y la invitación a los medios de comunicación que se requieran para la realización de las ruedas de prensa. |
| 3 | Realización de la evaluación de resultados del programa 1.- Aplicar los instrumentos de evaluación pre y post de las acciones 2.- Generar un análisis de los resultados obtenidos 3.- Generar un informe con los resultados obtenidos de la evaluación |
| 4 | Comunicación y divulgación de contenidos y resultados |
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
| TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA |
| SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS | MUJERES, HOMBRES |
| NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | MUJERES, HOMBRES |
| ADULTAS (OS) MAYORES | |
| INDÍGENAS | |
| MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | |
| AFROMEXICANAS (OS) | |
| DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | |
| CON DISCAPACIDAD | |
| LGBTI+ | |
| MADRES JEFAS DE FAMILIA | |
| EN SITUACIÓN DE CALLE | |
| VÍCTIMAS DIRECTAS | MUJERES |
| VÍCTIMAS INDIRECTAS | MUJERES, HOMBRES |
| PRIVADAS DE LA LIBERTAD | |
| TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | |
| USUARIAS DE DROGAS | |
| OTRAS | |
| GRUPO ETARIO |
| 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante |
| | | X | X | X | |
| COBERTURA GEOGRÁFICA |
| TODOS Se realizará la estrategia en todos los municipios del estado de Tabasco. |
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
| # | ACTOR | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO |
| 1 | Direcciones de Atención a las Mujeres y los H. Ayuntamientos de los 17 municipios del Estado de Tabasco | La colaboración para dos acciones: a) generar los espacios para la realización de las actividades y b) facilitar la participación de la población beneficiada en las actividades, en lo que respecta a los grupos psicoeducativos para hombres agresores. |
| 2 | Secretaria de Educación | La colaboración para tres acciones: a) generar los espacios para la realización de las actividades, b) facilitar la participación de la población beneficiada en las actividades. |
| 3 | Secretaria de Salud | La colaboración para tres acciones: a) generar los espacios para la realización de las actividades, b) facilitar la participación de la población beneficiada en las actividades. |
| 4 | Procuraduría Estatal De Protección De La Familia Y De Los Derechos De Las Niñas, Niños Y Adolescentes | La colaboración para dos acciones: a) generar los espacios para la realización de las actividades y b) facilitar la participación de la población beneficiada en las actividades. |
| 5 | Otras instituciones públicas que puedan participar en el proyecto. | La colaboración para dos acciones: a) generar los espacios para la realización de las actividades y b) facilitar la participación de la población beneficiada en las actividades. |
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
| RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR |
| La veda electoral del 30 de mayo al 1 de junio de 2024, derivada de la jornada electoral 2024, que implicaría una pausa en la realización de las actividades. | En el caso de la veda electoral, se contempla calendarizar el menor número de actividades posibles durante dicho periodo. Aquellas actividades que puedan realizarse durante la veda, se apegaran a los lineamientos que establezca el Instituto Nacional Electoral, con el fin de que sean realizadas dentro del marco de la ley. |
| La disposición de la población objetivo para participar en las actividades, debido a su jornada de trabajo. | En el caso de la disponibilidad de la población objetivo, se gestionará con las y los titulares de las instituciones públicas para que estos incentiven la participación de su personal en las actividades del proyecto, las cuales se realizarán en días y horarios que no entorpezcan sus labores diarias. Inclusive se considerará la modalidad virtual y mixta, para aquel personal que no pueda acudir de manera presencial a las actividades. |
| Cumplimiento por parte de los actores estratégicos de los acuerdos para la realización de las acciones previamente convenidas. | Generar un acuerdo de colaboración con los distintos actores estratégicos para asegurar su cumplimiento y con ello garantizar la viabilidad de la implementación. |
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Ciencias Jurídicas | 1 año | Licenciatura | |
| Ciencias de la Salud | | | |
| Psicología | | | |
| Trabajo Social | | | |
| Otros Perfiles | 1 año | Maestría | |
| |
| Total de Prestadores de Servicios a Contratar | 3 | 0 | |
| | | | 0 |
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Ciencias jurídicas y sociales | 3 años | Maestría | N/A |
| Ciencias jurídicas y sociales | 1 año | Licenciatura | N/A |
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
| MARQUE LA CASILLA CORRECTA | SERÁ |
| | Prestadora de Servicios Profesionales |
| Será | Servicios integrales |
| | Honorarios Asimilados |
| | Otro |
| Si selecciono "Otro", Especifique a continuación: |
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| Otro | Elija un elemento. | Elija un elemento. | |
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/TAB/AC02/048 en la Ciudad de México el día 26 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Tabasco, Carlos Manuel Merino Campos.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno, José Antonio Pablo de la Vega Asmitia.- Rúbrica.- La Secretaria de Finanzas, Lili Georgina de la Cruz Arias.- Rúbrica.- La Directora General del Instituto Estatal de las Mujeres y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Nelly del Carmen Vargas Pérez.- Rúbrica.