ACUERDO Secretarial Núm. 123/2024 por el que se modifica el Catálogo de Faltas de la Armada de México.

Al margen un sello con un Escudo, que dice: Secretaría de Marina.- Armada de México.- Secretario.

ACUERDO SECRETARIAL NÚM. 123/2024.
JOSÉ RAFAEL OJEDA DURÁN, Almirante Secretario de Marina y Alto Mando de la Armada de México, con fundamento en los artículos 2o, fracción I, 9o, 12 y 30, fracciones I y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracciones I y XVII, 4, fracción I, 7, fracción I, 40 y 41 de la Ley Orgánica de la Armada de México; 46, 47, 48 y 74 de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 4, 5 y 6, apartado A, fracciones I y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que a la Secretaría de Marina como dependencia de la Administración Pública Federal, le corresponde organizar, administrar y preparar a la Armada de México, institución militar nacional de carácter permanente, en la cual el Alto Mando lo ejerce el Secretario de Marina, quien es el responsable ante el Mando Supremo de proponer, elaborar y conducir la política y estrategia naval, para el cumplimiento de su misión y ejercicio de las atribuciones que le confieren las leyes orgánicas, de la Administración Pública Federal y de la Armada de México;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el doce de julio de dos mil diecinueve, en los Ejes I. Política y Gobierno, apartado "Cambio de paradigma en seguridad", establece como objetivo 9. "Repensar la seguridad nacional y reorientar a las Fuerzas Armadas", que el gobierno federal procurará incrementar la confianza de la población civil hacia las Fuerzas Armadas, impulsando la colaboración entre una y las otras, enfatizando el papel de éstas como parte de la sociedad; y en el Eje II. Política Social, apartado "Construir un país con bienestar", refiere que el objetivo más importante del gobierno de la Cuarta Transformación es que la población de México esté viviendo en un entorno de bienestar, edificando el bienestar de las mayorías; en su punto "Desarrollo sostenible", que el gobierno de México está comprometido a impulsar el desarrollo sostenible, como un factor indispensable del bienestar, plasmado en los servicios universales de salud;
Que en el Programa Sectorial de Marina 2020-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el tres de julio de dos mil veinte, la Secretaría de Marina estableció en el apartado 6.-Objetivos prioritarios, particularmente en el 6.1.- Relevancia del Objetivo prioritario 1: "Preservar la seguridad nacional y coadyuvar en la seguridad interior del país" y 6.6.-Relevancia del Objetivo prioritario 6: "Mejorar las condiciones de bienestar del personal naval.", a través de la estrategia prioritaria 6.3 "Fortalecer el Sistema de Sanidad Naval, para brindar mejor atención médica y hospitalaria.", y en su acción puntual 6.3.2 "Continuar con los programas de prevención de salud, que permitan mejorar la calidad de vida del personal naval y sus familias";
Que la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, dispone que las faltas a la disciplina naval se clasifican en faltas leves y graves, para lo cual el Alto Mando expedirá un catálogo en el que se establecerán las faltas que correspondan a cada clasificación, así como los criterios para graduarlas y clasificarlas;
Que por Acuerdo Secretarial 403/2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de noviembre de dos mil veinte, se dio a conocer el Catálogo de Faltas de la Armada de México, el cual tiene por objeto el impulso del espíritu rector de la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México;
Que el recurso humano constituye el activo más valioso con que cuenta la Armada de México y el de mayor importancia para hacer frente a los retos actuales y futuros en el cumplimiento de su misión, la cual exige un alto nivel de profesionalismo, adiestramiento y capacitación del personal naval, que debe encontrarse en un óptimo estado físico y de salud, comprobado a través de los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio, y
Que el personal naval rige su conducta conforme a la disciplina como norma que tiene su base en la obediencia y en un alto concepto de honor, justicia y moral, y por objeto, el fiel y exacto cumplimiento de los deberes que dictan las leyes y reglamentos navales, por lo que es necesario se actualice el Catálogo de Faltas de la Armada de México, a fin de establecer un supuesto normativo que permita determinar que el recurso humano de la institución armada cumple con el óptimo desempeño de sus funciones comprobado a través de los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio para el cumplimiento de su misión, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ÚNICO.- Se modifica el Catálogo de Faltas de la Armada de México, dado a conocer mediante Acuerdo Secretarial 403/2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de noviembre de dos mil veinte, para quedar como a continuación se indica:
FALTAS GRAVES
LAS FALTAS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN SON COMPETENCIA DE LOS ORGANISMOS DISCIPLINARIOS.
1. a 42. ...
43. La negativa a que se le realicen los exámenes médicos, psicológicos y/o de laboratorio para diagnosticar su estado de salud para el cumplimiento del deber y de las funciones que le impone el servicio activo de la Armada de México.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
"COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE"
Dado en la Ciudad de México, treinta de mayo de dos mil veinticuatro.- Secretario de Marina, Almirante José Rafael Ojeda Durán.- Rúbrica.