CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Quintana Roo, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/QROO/AC02/SESESP/087, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES , SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, REPRESENTADO POR LA GOBERNADORA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, MARÍA ELENA HERMELINDA LEZAMA ESPINOSA; ASISTIDA POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, MARÍA CRISTINA TORRES GÓMEZ; POR LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, MARTHA PARROQUIN PÉREZ, Y POR EL SECRETARIO EJECUTIVO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE, ADRÍAN MARTÍNEZ ORTEGA, ASÍ COMO LA TITULAR DEL CENTRO ESTATAL DE PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, VIRGINIA CABRERA RAMÍREZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Adrián Martínez Ortega, en su carácter de Secretario Ejecutivo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Local Responsable del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/QROO/AC02/SESESP/087.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,300,000.00 (Un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/QROO/AC02/SESESP/087. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/401/2024 de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4.   La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Apartado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5.   Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00358.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.    El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN; así como los artículos 1, 2 y 3 y 4 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  La Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, quien acredita su nombramiento con la Constancia de Mayoría y Validez de la Elección para la Gobernatura, expedido por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de fecha 12 de Junio del año dos mil veintidós, y manifiesta que cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 78, 90, fracciones I y XX, 91, fracción VI y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 1, 2, 3, 8 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Quintana Roo.
II.3.  La Secretaria de Gobierno, María Cristina Torres Gómez, quien acredita su personalidad mediante el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, de fecha 25 de septiembre del año dos mil veintidós, y manifiesta que con cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 3, 4, 19, fracción I, 21, 30, fracción VII, y 31, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 8 y 9, fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo.
II.4.  La Encargada del Despacho de la Secretaría de la Finanzas y Planeación, Martha Parroquin Pérez, quien acredita su personalidad mediante el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, de fecha 25 de septiembre del año dos mil veintidós, y manifiesta que con cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 3, 4, 19 fracción 3, 21, 30 fracción VII y 33, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo; 2, 5, 9 y 10, Apartado B, fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación.
II.5.  El Secretario Ejecutivo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo, y Titular de la Instancia Local Responsable, Adrián Martínez Ortega, quien acredita su personalidad mediante el nombramiento expedido a su favor por la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, de fecha 25 de septiembre del año dos mil veintidós, y manifiesta que cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 1, 2, 5, 6, fracción II, XII y XXIV de la Ley que crea el organismo público descentralizado denominado Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo; 7, fracción I y 47 párrafo segundo de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Quintana Roo; 2 y 3 de la Ley de las Entidades de la Administración Pública Paraestatal en el Estado de Quintana Roo.
II.6.  La Titular del Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana, y Titular de la Instancia Local Receptora, Virginia Cabrera Ramírez, quien acredita su personalidad mediante el nombramiento expedido a su favor por Adrián Martínez Ortega, Secretario Ejecutivo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo, de fecha 29 de Septiembre del año dos mil veintidós, con fundamento en el artículo 9, fracción III de la Ley que crea el organismo público descentralizado denominado Secretariado Ejecutivo del sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo.
II.7.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Calle 22 de enero, número 01, Colonia Chetumal Centro, Código Postal 77000, del Municipio de Othón P. Blanco, del Estado de Quintana Roo.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/QROO/AC02/SESESP/087, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
 
Acción coadyuvante
Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,300,000.00 (Un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/QROO/AC02/SESESP/087, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/149/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre de la Beneficiaria:
Nombre del Proyecto:
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO.
AVGM/QROO/AC02/SESESP/087
Nombre de la Institución Financiera:
BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
072 690 012614986140
Número de Cuenta Bancaria:
01261498614
Tipo de Cuenta:
ENLACE GLOBAL PM CON INTERESES
Tipo de Moneda:
PESOS
Número de Sucursal:
0742 CHETUMAL
Número de Plaza:
9142 CHETUMAL
Fecha de apertura de la Cuenta:
16/02/2024
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Finanzas y Planeación, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, Titular del Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana y por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial del Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
 
Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico
Institucional:
 
sotero@segob.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
 
Nombre:
VIRGINIA CABRERA RAMÍREZ
Cargo:
TITULAR DEL CENTRO ESTATAL DE PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Dirección:
Calle 01 de Mayo S/N con Tomás Aznar Barbachano, Col. Proterritorio, C.P. 77086, Chetumal, Quintana Roo.
Teléfono institucional:
9831234567 N/A
Correo electrónico
Institucional:
cepsqroo@sesespqroo.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Auditoría Superior del Estado y/o la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se
publicará en el DOF y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.- Rúbrica.- La Secretaría de Gobierno, María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Local Responsable, Adrían Martínez Ortega.- Rúbrica.- La Titular del Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana y Titular de la Instancia Local Receptora, Virginia Cabrera Ramírez.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
NOMBRE DEL PROYECTO:
AVGM/QROO/AC02/SESESP/087
 
 
ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
1. Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana
 
FECHA DE INICIO DEL PROYECTO:
01 de mayo de 2024
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
01 de diciembre 2024
 
B. MONTO APROBADO
 
A. MONTO APROBADO
$1,300,000.00
Un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.
B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR)
N/A
%
00/100 M.N.
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
$1,300,000.00
Un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
 
Nombre:
Virginia Cabrera Ramírez
Cargo:
Titular del Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana
Dirección:
Calle 1 de mayo s/n con Tomás Aznar Barbachano, Col. Proterritorio, C.P. 77086, Chetumal, Quintana Roo
Teléfono Institucional:
9837520117
Extensión
N/A
Correo Institucional:
cepsqroo@sesespqroo.gob.mx
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
D.1 JUSTIFICACIÓN
Para conocer la identidad del estado, específicamente la violencia en contra de las mujeres, es necesario seguir la línea que da cuenta de la diversidad étnica, cultural y biológica que tiene que ver con temas como la pertenencia, así como de la migración interna que se genera en el país hacia ciudades como Cancún (ubicado en el municipio Benito Juárez) debido a que es a nivel nacional e internacional, un modelo y paradigma de desarrollo; al respecto, un fenómeno social que se presenta es la generación de un modelo que forma "ciudades de orillas, que cuentan con un centro elegante e impoluto, intercomunicado globalmente, con servicios y tiendas de prestigio internacional, rodeado de cinturones de miseria donde se alojan los trabajadores precarizados" (Oehmichen, 2010:22).
Como resultado, se tiene que el impulso que se dio a la industria turística, así como el fenómeno de migración interna hacia ciudades turísticas de Quinta Roo, muestran aspectos demográficos interesantes, uno de los más relevantes, la polarización territorial que a su vez ha creado una problemática social que da cuenta de las diferencias sociales y económicas entre sus habitantes, donde unos gozan de los privilegios que ofrece el territorio y otros por el contrario, día a día experimentan carencias, generándose así un mayor grado de vulnerabilidad que se materializa en el rezago educativo, inseguridad, falta de acceso a viviendas dignas, trabajos precarizados, violencia de género, entre otros factores.
Desde la perspectiva de género, la violencia contra mujeres, adolescentes y niñas se ha visto recrudecida. Como ejemplo, se tiene la primera solicitud para la declaratoria de violencia de género con fecha de 4 de diciembre de 2015, la cual refiere 16 muertes violentas de mujeres cometidas entre enero del 2014 y diciembre del 2015 en el municipio de Benito Juárez, puntualizando que estos hechos, no habían sido investigados como feminicidios a pesar de que llegaron a identificarse características propias presentes en el artículo 89 bis del Código Penal del Estado de Quintana Roo.
En ese mismo orden de ideas, se indicaron también, los niveles altos de violencia reflejados estadísticamente en el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública contra las mujeres, como ejemplo, algunos datos señalan que tan sólo en el año 2015, se registraron 903 denuncias por violación sexual en el estado y también en el 2015, un total de 269 mujeres se encontraban en calidad de desaparecidas. Así mismo, se refirió tener conocimiento de 2222 hechos de violencia contra las mujeres en los años 2012 al 2013, de los cuales se otorgaron sólo 120 órdenes de protección.
Posteriormente después del proceso minucioso que se llevó a cabo con grupos de trabajo de manera interinstitucional, en conjunto con el gobierno de Quintana Roo, sobre la situación de violencia que vivían las mujeres en la entidad, así como de corroborar diversas problemáticas culturales, sociales e institucionales, es que se emite el 7 de julio del año 2017 la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el estado para los municipios de Benito Juárez (Cancún), Solidaridad (Playa del Carmen) y Cozumel, con extensión en Lázaro Cárdenas, por su población indígena.
En este sentido, el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, tiene según su último censo de población y vivienda, una población de 1,857,985 habitantes aproximadamente, siendo el 49.58% de estas personas mujeres, del total de mujeres 74.42% tiene 15 años y más, así mismo, 486,641 niñas y niños de 0 a 15 años, representan el 26% de la población de esa entidad. Los municipios con alerta de violencia de género tienen la siguiente población: Benito Juárez (911,503 habitantes), Solidaridad (333,800 habitantes) y Cozumel (88,626 habitantes), con extensión en Lázaro Cárdenas (29,171 habitantes), por su población indígena.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones de los Hogares (ENDIREH) realizada en 2021 se estima que en el estado de Quintana Roo el 70.4% de las mujeres de 15 años o más, experimentaron algún tipo de violencia, psicológica, física, sexual, económica o patrimonial a lo largo de la vida y el 44.2% en los últimos 12 meses. Estas cifras han ido en incremento pues en comparación del año 2016 era un total de 64.7% de mujeres las que habían experimentado algún tipo de violencia y el 46.1% en ese año ya mencionado.
Otro dato importante que menciona la ENDIREH en el año 2021, es que se estima que, en el estado de Quintana Roo, en el ámbito de pareja, el 37.5% de las mujeres de 15 años y más experimentaron con mayor frecuencia algún tipo de violencia a lo largo de su vida, siendo el 32.5% la violencia psicológica la que más experimentaron las mujeres por parte de su pareja actual o última a lo largo de su relación.
De la misma manera, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en su reporte de Incidencia Delictiva y llamadas de emergencia al 9-1-1, 2023, señala que, de enero a noviembre, el Estado de Quintana Roo, ocupa el décimo lugar en violaciones a mujeres (675 carpetas de investigación), en lesiones dolosas a mujeres el lugar dieciocho (1,247 carpetas de investigación); además, está entre los veinte primeros lugares en feminicidios (16 carpetas de investigación), violencia familiar (6,218 carpetas de investigación) y otros delitos como abuso sexual contra mujeres (305 carpetas de investigación), acoso u hostigamiento sexual contra mujeres (114 carpetas de investigación), homicidio doloso (53 carpetas de investigación) y homicidio culposo (189 carpetas de investigación).
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023, estima que 28.0% de los hogares en el Estado de Quintana Roo en 2022 tuvo, al menos, una víctima de delito; la tasa de víctimas del delito por cada 100 mil habitantes es de 22 713 mujeres; de los 434 880 delitos estimados en el Estado, la víctima estuvo presente en 49.9% de los casos.
Sobre el delito de violencia familiar en la página del Secretariado Ejecutivo, en el año 2023 se detectaron 3207 casos en el municipio de Benito Juárez, así como 9 casos de feminicidio. También se registraron 30 homicidios de mujeres desconociendo si fueron tipificados como feminicidio. Sobre lo anterior, se tiene el dato de que 19 de estas mujeres eran solteras y cinco casadas. Cabe destacar que 28 de estos homicidios se efectuaron en zonas urbanas.
En cuanto a las lesiones en el 2023, por el delito de violencia familiar, se tienen 244 casos de mujeres. Sobre los modos en los que los agresores ejercieron violencia física, se registran 150 casos donde usaron el pie o la mano, 41 casos donde utilizaron un objeto contundente, 37 casos donde se usó un objeto punzocortante y 17 casos donde el agresor efectuó un golpe contra el piso o pared. Un dato relevante es que, en 182 de los casos, los agresores fueron cónyuges, parejas sentimentales o novio de las víctimas.
Sobre el análisis desarrollado anteriormente, es posible señalar que la violencia de género en el municipio Benito Juárez, tiene una marcada presencia. Sobre los agresores, es importante destacar que la mayoría de estos provienen de distintos estados de la República Mexicana en busca de trabajo debido a las características del lugar que se caracteriza por ser turístico, aspecto que genera cierta complejidad en el fenómeno de violencia en contra de las mujeres. Es importante llevar a cabo estrategias para reconocer características sociodemográficas de los hombres que han efectuado violencia en contra de las mujeres en el municipio, para implementar soluciones por medio de un trabajo intenso de sensibilización hacia ellos.
Es importante mencionar que el desarrollo del proyecto estará impactando en el municipio de Benito Juárez como parte de los 50 municipios prioritarios de la estrategia de seguridad que lleva la SSPC y que se concentran acciones en colonias prioritarias de la misma estrategia apoyando las ferias de paz a las que se convoque al municipio.
El proyecto implica establecer una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en las personas funcionarias y funcionarios públicos que atienden de manera directa o indirectamente a las mujeres víctimas de violencia, estableciendo un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres. Con ello se busca, además de dotar de conocimientos, impulsar una cultura de la no violencia contra las mujeres, a través de estrategias psicoeducativas y artísticas que sensibilicen a los funcionarios públicos para atender con mayor empatía a las mujeres víctimas de violencia y respetar, irreductiblemente, sus derechos humanos.
Referencias
DGIS. (2023). Lesiones. Datos abiertos. Recuperado el 22 de enero de 2024, de Dirección General de Información en Salud. Secretaría de Salud del Gobierno de México. website: http://www.dgis.salud.gob.mx/contenidos/basesdedatos/da_lesiones_gobmx.html INEGI. (2020). Censo Población y Vivienda. Recuperado el 21 de octubre de 2021, de https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/default.html INEGI. (2021). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado el 22 de enero de 2024, de https://www.inegi.org.mx/programas/endireh/2021/#documentacion INEGI. (2023a). Impartición de justicia en materia penal. Recuperado el 5 de abril de 2023, de Registros administrativos. Conjunto de datos: Personas procesadas y/o imputadas y sentenciadas website: https://www.inegi.org.mx/programas/justiciapenal/?ps=microdatos#Tabulados INEGI. (2023b). Mortalidad. Recuperado el 22 de enero de 2024, de Demografía y Sociedad website: https://www.inegi.org.mx/temas/mortalidad/#informacion_general SESNSP. (2023). Incidencia Delictiva del Fuero Común. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Recuperado el 22 de enero de 2024, de https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/incidencia-delictiva-del-fuero-federal?idiom=es OEHMICHEN, Cristina. (2010). Cancún: la polarización social como paradigma en un México Resort. Alteridades 20 (40), pgs. 23-34
 
MEDIDA DE ATENCIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
OBJETIVO GENERAL
De acuerdo con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres del estado de Quintana Roo de agosto de 2017, en su resolutivo Segundo, se insta al gobierno del Estado a adoptar las acciones que sean necesarias para ejecutar las medidas de seguridad, prevención y justicia correspondientes a la declaratoria. De las cuales se desprenden las siguientes en materia de prevención:
1. Establecer e impulsar una cultura de no violencia contra las mujeres en el sector educativo público y privado. Para ello, se deberá diseñar una estrategia de educación en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género que busque la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia.
2. Capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia y denunciarlos ante las instancias correspondientes. 3. Generar campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia, así como los servicios institucionales.
Por lo anterior, el gobierno del estado ha decidido proponer el proyecto que se describe a continuación
PREVENCIÓN: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
INCISO:
B. Establecer una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos.
 
Implementar una estrategia educativa en derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales en todos los ámbitos, dirigido a servidores públicos, a través de un enfoque psicopedagógico mediante la impartición de un diplomado y una intervención artística que permita dotarlos de conocimientos y sensibilizarlos respecto a la importancia de impartir justicia con perspectiva de género.
D.2 METODOLOGÍA
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
Análisis, selección y contratación de un servicio integral especializado.
1.- Revisión de perfiles
2.- Selección
3.-Firma de contrato
 
-    1.- Contrato firmado
1.- Existencia o no de un contrato de servicios profesionales
Impartir un diplomado vía remota o híbrido en materia de derechos humanos y perspectiva de género, que impulse la transformación de patrones culturales, dotando de conocimientos especializados y sensibilizando a servidores públicos del Estado, a través de un enfoque psicopedagógico que permita incrementar la eficacia y eficiencia en la impartición de justicia con perspectiva de género.
1.- Seleccionar a las y los funcionarios públicos que cursarán el diplomado
2.- Generar un micro diagnóstico con las y los funcionarios públicos que tomarán el diplomado, para recolectar los requerimientos específicos de aprendizaje y formación, que permitan añadir contenidos ad hoc al programa para satisfacer sus necesidades.
3.- Diseñar el programa del diplomado y desarrollar las cartas descriptivas de cada módulo que se impartirá.
4.- Aplicar un cuestionario de evaluación (pre) que sirva como línea base de los conocimientos y el nivel de sensibilización de los alumnos.
5.- Aplicar un cuestionario de evaluación (post) que sirva para conocer los cambios en los conocimientos y el nivel de sensibilización de los alumnos.
1.- Funcionarios públicos que cursarán el diplomado/ Número de funicionarios que concluyan el diplomado.
2.- Número de
Inscritos/ número de constancias.
3.- Porcentaje de calificación en conocimientos en materia de derechos humanos y perspectiva de género de las y los alumnos.
4.- Porcenetaje de avance en el nivel de cambio en la sensibilización de las y los alumnos respecto a los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia y la importancia de impartir justicia con perspectiva de género.
1.- Listas de asistencia de las y los participantes del diplomado
2.- Instrumentos de evaluación aplicados al inicio y final de la intervención
(Pre y post)
Implementar una estrategia de intervención artística dirigida servidores públicos con la intención de sensibilizarlos y provocar en ellos empatía hacia con las víctimas y lograr que sus conocimientos respecto al respeto de derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia, les permita ejercer sus labores con una auténtica perspectiva de género.
1.- Conformar un grupo de funcionarios públicos que participe en la estrategia de intervención.
2.- Llevar a cabo reuniones (presenciales y en línea) para la organización de las acciones a desarrollar en la estrategia de intervención.
3.- Llevar a cabo acciones culturales y artísticas en tres fases que sensibilice, promueva la reflexión y la empatía acerca del respeto de los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia y realicen sus funciones con una auténtica perspectiva de género.
1.- Número de grupos conformados/ asistencia de funcionarios públicos que participan en la estrategia.
2.- Porcentaje de avance en el nivel de sensibilización acerca de los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia y realicen sus funciones con una auténtica perspectiva de género.
3.- Porcentaje de avance en el nivel de empatía acerca de la necesidad de impartir justicia con perspectiva de género.
1.- Listas de asistencia de los participantes de la intervención
2.- Instrumentos de evaluación aplicados al inicio y final de la intervención
(Pre y post)
Implementar una estrategia de difusión y comunicación de las actividades realizadas
1.- Realizar la difusión de la estrategia de comunicación.
1.- Número de productos de divulgación/ número visualizaciones o reproducciones.
 
1.- Testigos impresos de las publicaciones en redes sociales de los productos generados.
2.- Registro fotográfico de las sesiones.
Implementar un sistema de evaluación de resultados
1.- Generar un testigo analitico de resultados cuantitativos y cualitativos que se aplicarán mediante los instrumentos pre y post.
2.- Aplicar los instrumentos de evaluación al inicio (Pre) de las actividades con el propósito de generar una línea base que sirva como parámetro para medir los cambios, y conocer si se han cumplido con los objetivos propuestos para cada actividad.
3.- Aplicar los instrumentos de evaluación al final (Post) de las actividades para recolectar información que permita conocer el efecto de la intervención en la población objetivo.
4.- Generar un análisis de los resultados obtenidos
5.- Generar un informe con los resultados obtenidos de la evaluación.
1.- Matriz de indicadores.
2.- Testigos de evaluación.
 
1.- Documentos impresos y digitales que muestren la existencia de la matriz de evaluación, los instrumentos y el análisis de resultados.
 
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
 
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Análisis, selección y contratación de servicio integral especializado.
2
Impartir un diplomado vía remota o híbrido en materia de derechos humanos y perspectiva de género que impulse la transformación de patrones culturales, dotando de conocimientos especializados y se sensibilizando a servidores públicos del Estado y de los 11 municipios considerados por el GIM, a través de un enfoque psicopedagógico que permita incrementar la eficacia y eficiencia en la impartición de justicia con perspectiva de género.
Acciones para el desarrollo:
1.- Se realizarán cartas descriptivas de cada uno de los módulos del diplomado que contengan los temas que se abordarán, el tiempo que se tiene programado para cada uno de ellos; las estrategias psicopedagógicas que se implementarán, los materiales que se utilizarán para el desarrollo de las sesiones y la bibliografía que se utilizará para el desarrollo de cada módulo.
2.- Se gestionarán los espacios para la realización de las sesiones presenciales en caso de realizarse. La institución responsable (IEM) deberá de gestionar los espacios y los recursos materiales para poder llevarse a cabo (Computadora, equipo de sonido, acceso a internet, etc.)
3.- Para la fase diagnóstica se implementarán cuestionarios, entrevistas y otras técnicas para la obtención de información.
4.- Se diseñará un cuestionario de evaluación que se aplicará al inicio y al final del diplomado.
5.- Se otorgarán los diplomas de manera física a cada uno de los alumnos que hayan concluido el diplomado.
6.- Gestionar los espacios y la invitación a los medios de comunicación que se requieran para la realización de las ruedas de prensa.
3
Llevar a cabo acciones culturales y artísticas en tres fases que sensibilice, promueva la reflexión y la empatía acerca del respeto de los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia y realicen sus funciones con una auténtica perspectiva de género.
Acciones para el desarrollo:
1.- Diseñar la estrategia con diversas expresiones artísticas que contengan objetivos claros de la intervención y su metodología de aplicación.
2.- Gestionar espacios para la realización de las acciones.
3.- Gestionar los recursos materiales para la implementación de las acciones.
4.- Identificar al grupo de personas con las que se trabajará y convocarlas a una primera sesión informativa.
5.- Aplicar los instrumentos de evaluación al inicio (Pre) de las actividades, con el propósito de generar una línea base que sirva como parámetro para medir los cambios y conocer si se han cumplido con los objetivos esperados.
6.- Implementar la estrategia.
7.- Aplicar los instrumentos de evaluación al final (Post) de las actividades para recolectar información que permita conocer el efecto de la intervención en la población objetivo.
8.- Analizar los resultados obtenidos.
9.- Generar un informe con los resultados obtenidos de la evaluación.
4
Implementar una estrategia de difusión y comunicación de las actividades realizadas.
1.- Diseñar la identidad gráfica del programa
2.- Generar carteles de promoción y difusión del programa
3.- Generar un video promocional
4.- Utilizar las redes sociales existentes o en su caso generar unas específicas para difundir el programa.
5.-Documentar todas las acciones en video y fotografía
5
Generar un testigo analitico de resultados cuantitativos y cualitativos que se aplicarán mediante los instrumentos pre y post.
Aplicar los instrumentos de evaluación pre y post de las acciones
 
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
 
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS
MUJERES, HOMBRES
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
 
ADULTAS (OS) MAYORES
 
INDÍGENAS
 
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
 
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
 
MADRES JEFAS DE FAMILIA
 
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
 
VÍCTIMAS INDIRECTAS
 
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
USUARIAS DE DROGAS
 
OTRAS
 
 
GRUPO ETARIO
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
 
 
x
x
 
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
BENITO JUÁREZ
 
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
 
#
Policías municipales
-Vinculación para la realización del proyecto
1.
Direcciones de Atención a las Mujeres del municipio
Participación en el Diplomado y la estrategia artística
2.
Secretaria de Educación
Participación en el Diplomado y la estrategia artística
3
Secretaria de Salud
Participación en el Diplomado y la estrategia artística
4
Procuraduría Estatal De Protección De La Familia Y De Los Derechos De Las Niñas, Niños Y Adolescentes
Participación en el Diplomado y la estrategia artística
5
Centros escolares
Participación en el Diplomado y la estrategia artística
6
Otras instituciones públicas que puedan participar en el proyecto.
Participación en el Diplomado y la estrategia artística
 
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
 
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Cambio del semáforo epidemiológico.
Adopción de las medidas sanitarias pertinentes para la
ejecución del proyecto
Negativa y/o cancelación de las actividades previamente
programadas por parte de las autoridades educativas.
Búsqueda de nueva calendarización para las actividades.
Falta de interés y participación de los alumnos
Sensibilización y reasignación de actividades
 
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO

 
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
 
ÁREAS DE
ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
Ciencias Jurídicas
 
 
 
Ciencias de la Salud
 
 
 
Psicología
 
 
 
Trabajo Social
 
 
 
Otros Perfiles
 
 
 
 
Total de Prestadores de
Servicios a Contratar
1
 
 
 
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
La sección fue llenada con datos proporcionados en repositorio por lo que usted corresponde a verificar que la información se correcta:
 
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS
A CONTRATAR
Ciencias jurídicas y sociales
3 años
Maestría
n/a
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
 
MARQUE LA
CASILLA
CORRECTA
SERÁ
 
Prestadora de Servicios Profesionales
Será
Servicios integrales
 
Honorarios Asimilados
 
Otro
Si selecciono "Otro", Especifique a continuación:
 
Otro
Elija un elemento.
Elija un elemento.
[Registrar el número]
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/QROO/AC01/SESESP/087, en la Ciudad de México el día 25 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: la Gobernadora del Estado de Quintana Roo, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa.- Rúbrica.- La Secretaría de Gobierno, María Cristina Torres Gómez.- Rúbrica.- La Encargada del Despacho de la Secretaría de Finanzas y Planeación, Martha Parroquin Pérez.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo y Titular de la Instancia Local Responsable, Adrían Martínez Ortega.- Rúbrica.- La Titular del Centro Estatal de Prevención Social del Delito y Participación Ciudadana y Titular de la Instancia Local Receptora, Virginia Cabrera Ramírez.- Rúbrica.