CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/008, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES , SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, SAMUEL SOTELO SALGADO, EN SU CALIDAD DE INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE; POR EL SECRETARIO DE HACIENDA, JOSÉ GERARDO LÓPEZ HUÉRFANO; Y POR LA COMISIONADA EJECUTIVA PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE MORELOS, Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, RUTH ADRIANA DE LA CRUZ MORALES; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Samuel Sotelo Salgado, en su carácter de Secretario de Gobierno del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/MOR/AC02/SG/008.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/008. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/322/2024, de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.     "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1.   Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3.   La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4.   La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Apartado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00348.
I.6.   Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II.     El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 41, párrafo primero, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN, así como 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.  El Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 57, 70, fracciones XXVI y XLIII y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.
II.3.  El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado, en su calidad de Instancia Local Responsable, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74, párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 3, párrafo tercero,9, fracción II, 13, fracción VI, 14 y 22, fracciones VII, VIII y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 51, fracción VII, último párrafo y 52, fracciones I, V y XII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, así como los diversos 8 y 9, fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno.
II.4.  El Titular de la Secretaría de Hacienda, José Gerardo López Huérfano, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 9, fracción III, 13, fracción VI, 14, 15 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, y 11 y 12, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.  La Titular de la Comisión Ejecutiva Para Prevenir Y Erradicar La Violencia Contra Las Mujeres Del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, Ruth Adriana De La Cruz Morales, en su calidad de Instancia Local Receptora, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 10, fracción III y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, así como 4, fracción XI, del Decreto por el que se crea y regula el órgano desconcentrado denominado Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
II.6.  Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos en numerario para el cumplimiento de su coparticipación establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.  Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Plaza de Armas S/N, Colonia Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Estado de Morelos.
III.    "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/MOR/AC02/SG/008, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
 
Acción coadyuvante
Prevención: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
 
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $1,000,000.00 (Un millón de pesos 00/100 M.N.), para el Proyecto: AVGM/MOR/AC02/SG/008, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/018/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Hacienda en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
 
Nombre de la Beneficiaria:
Gobierno del Estado de Morelos
Nombre del Proyecto:
AVGM/MOR/AC02/SG/008
Nombre de la Institución Financiera:
BBVA BANCOMER
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
012540001227272346
Número de Cuenta Bancaria:
0122727234
Tipo de Cuenta:
Cuenta de Cheques Productiva
Tipo de Moneda:
MXP
Número de Sucursal:
7693 Banca de Gobierno Morelos
Número de Plaza:
540
Fecha de apertura de la Cuenta:
16 de febrero de 2024
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral Décimo tercero de los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo, aportará la cantidad de $700,004.00 (Setecientos mil cuatro pesos 00/100 M.N.).
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b.    Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Hacienda, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría de Gobierno las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j.     Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Hacienda, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Secretaría de Gobierno, Titular de la Comisión Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos y Enlace Designado ante "CONAVIM" y por la persona Titular de la Secretaría de Hacienda, en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m.    Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Secretaría de Gobierno del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos que para ese efecto se habilite.
n.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
 
Nombre:
Susana Vanessa Otero González.
Cargo:
Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida.
Dirección:
Dr. José María Vértiz número 852, piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
52098800 extensión 30367
Correo electrónico Institucional:
sotero@segob.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
 
Nombre:
Ruth Adriana De la Cruz Morales
Cargo:
Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
Dirección:
Plaza de Armas S/N, Colonia Centro, Código Postal 62000, Cuernavaca, Estado de Morelos.
Teléfono institucional:
7773292200 ext. 1307 y 1308
Correo electrónico Institucional:
ruth.delacruz@morelos.gob.mx
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Gobierno informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal
vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Gobierno.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal y Titular de la Instancia Local Responsable, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda del Estado, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- La Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos y Titular de la Instancia Local Receptora, Ruth Adriana de la Cruz Morales.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos, de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A.    DATOS GENERALES
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Estado Libre y Soberano de Morelos
NOMBRE DEL PROYECTO:
AVGM/MOR/AC02/SG/008
ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
2. Prevención. Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres, las adolescentes y las niñas.
INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE:
SECRETARÍA DE GOBIERNO
INSTANCIA LOCAL RECEPTORA:
COMISIÓN EJECUTIVA PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL PODER
EJECUTIVO
 
FECHA DE INICIO DEL PROYECTO:
14 de junio de 2024
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
30 de noviembre de 2024
 
B. MONTO APROBADO
 
A. MONTO APROBADO
$1,000,000.00
UN MILLÓN DE PESOS 00/100 M.N.
Cantidad en número
Cantidad en letra
 
B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR)
$700,004.00
70%
SETECIENTOS MIL CUATRO PESOS 00/100 M.N.
cantidad en número
porcentaje
cantidad en letra
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
(en caso de no tener coparticipación solo colocara el monto solicitado)
$1, 700, 004.00
UN MILLÓN SETECIENTOS MIL CUATRO PESOS 00/
100 M.N.
Cantidad en número
Cantidad en letra
 
C. DESIGNACIÓN DE ENLACE
He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a:
Nombre:
Ruth Adriana De la Cruz Morales
Cargo:
Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos
Dirección:
Plaza de Armas S/N colonia Centro, Cuernavaca C.P. 62000 Morelos.
Teléfono Institucional:
7773292200
Extensión
1307 Y 1308
Correo Institucional:
ruth.delacruz@morelos.gob.mx
 
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
 
D.1 JUSTIFICACIÓN MEDIDA DE
ATENCIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
OBJETIVO GENERAL
Generar campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia.
PREVENCIÓN: Son las acciones, medidas o disposiciones de orden normativo, institucional o funcional que tienden a evitar y prevenir la ocurrencia de los hechos de violencia feminicida y agravio comparado, actuando sobre las causas y los factores que los generan, así como aquellas que eviten otras violaciones a los derechos humanos de las mujeres y las niñas.
INCISO:
A. Programas de reeducación con perspectiva de género para agresores de mujeres.
Desarrollar e implementar una estrategia territorial de intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres en los municipios de (Cuernavaca, Jiutepec, Yautepec, Cuautla, Emiliano Zapata, Xochitepec, Temixco y Puente de Ixtla) con la finalidad de aminorar la violencia feminicida por medio de la transformación de patrones culturales patriarcales que la sostienen.
 
D.2 METODOLOGÍA
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE
VERIFICACIÓN
Generar una estrategia estatal de intervención dirigida a agresores de mujeres, adolescentes y niñas, mediante el diseño de una metodología que considere la generación de espacios físicos de atención para la reeducación y tratamiento a través del acompañamiento de personas especialistas; fomentando vínculos con actoras y actores estratégicos para la apropiación y adopción de la estrategia.
Recolección de información:
4 mesas de trabajo:
Mesa 1: para la determinación del marco conceptual, técnicas de intervención y propuesta de modelo de atención a cargo del grupo de especialistas.
Mesa 2: para la identificación de los escenarios de aplicación de las intervenciones con la participación de instituciones y dependencias que integran los ejes de prevención y atención del SEPASE
Mesa 3: para identificar condiciones territoriales, contextuales, de seguridad y patrones culturales que sostienen la misoginia en las localidades donde ha ocurrido la mayor incidencia de la violencia feminicida. En esta mesa participan personas actoras estratégicas municipales tanto del servicio público como de la sociedad civil. de los 8 municipios con DAVGM.
Mesa 4: presentación de la
estrategia de intervención a
las y los actores estratégicos
de las 3 mesas anteriores
para la validación y en su
caso retroalimentación y la
construcción conjunta de la
ruta de implementación, la
estrategia de difusión y de
convocatoria.
Porcentaje de mesas de trabajo realizadas y sistematizadas.
Porcentaje de avance realizado de la sistematización
Documento que contenga:
producto de la mesa de trabajo número 1: Marco teórico y conceptual, definición de técnicas para la intervención psicoeducativa y atención directa
Listado de asistencia de las instituciones que integran el sistema y participan, así como la convocatoria generada
Documento de sistematización de la información recabada en las mesas de trabajo.
Minuta de trabajo y retroalimentación de la ruta de implementación desarrollada.
Realizar el diseño metodológico de la intervención psicoeducativa y de atención directa para la reeducación de agresores de mujeres, adolescentes y niñas; prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres en los municipios de Cuernavaca, Jiutepec, Yautepec, Cuautla, Emiliano Zapata, Xochitepec, Temixco y Puente de Ixtla, así como Huitzilac, Xoxocotla y Tepoztlán.
Diseño metodológico de la intervención psicoeducativa de reeducación y atención directa para agresores de violencias hacia mujeres, adolescentes y niñas, así como la intervención para la prevención de conductas en hombres jóvenes y mujeres:
Todas las actividades de la intervención tendrán como guía el modelo CECOVIM
Porcentaje de avance de la metodología para la estrategia estatal de intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres.
Documento de Metodología para la intervención psicoeducativa de reeducación y atención directa para la prevención de conductas en hombres jóvenes y mujeres.
Garantizar la participación de personas prestadoras de servicios con el perfil profesional, experiencia y formación comprobada para el desarrollo de la intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres y mujeres, con apego a los principios de transparencia y uso adecuado de los recursos públicos..
Contratación para la prestación de servicios profesionales especializados de facilitadoras/es de las actividades grupales con perfil de psicología (3) y psicopedagogía (3); así como 4 profesionistas con experiencia en áreas sociales y en trabajo con reeducación de agresores y/o masculinidades positivas y 1 coordinación ( con formación en ciencias jurídicas ), con experiencia comprobada en género y DDHH.
Porcentaje de personas profesionistas contratadas para el desarrollo de actividades psicoeducativa y de atención.
Contratos de honorarios por la prestación de servicios profesionales debidamente requisitados
Formar teórica y técnicamente de recursos humanos con calidad, calidez, eficiencia y ética. para la implementación de la intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres.
Capacitación de las y los prestadores de servicios profesionales especializados en las intervenciones diseñadas, así como en el uso de los materiales, además de homologar sus conocimientos en Perspectiva de género, Derechos Humanos e Interseccionalidad, cultura de paz y buen trato además de dotarles de herramientas técnicas y teóricas para el trabajo con masculinidades no violentas, así como el desarrollo de un plan de trabajo.
Porcentaje de personas capacitadas para la implementación de la intervención psicoeducativa y atención directa
Informe de capacitación que incluya:
-Contenido temático
-Cartas descriptivas
-Relatoría
-Número de participantes
-Memoria fotográfica
-Resultados cualitativos y cuantitativos
-Listas de asistencia.
Posicionar en la agenda pública, política y gubernamental del Estado de Morelos el trabajo necesario con los hombres generadores de violencias contra las mujeres, niñas y adolescentes para la prevención y erradicación de la violencia feminicida
Presentación de la Estrategia Estatal de intervención que contemple la participación de las y los tomadores de decisiones Estatales, federales y Municipales para el posicionamiento público y político de la estrategia
Panel de expertas/os, de entidades de la república que ya cuentan con centros CECOVIM y organizaciones de la sociedad civil que trabajan con nuevas masculinidades
Porcentaje de personas servidoras públicas que conocen la Estrategia Estatal de intervención para la reeducación de agresores de mujeres, adolescentes y niñas.
Convocatorias para la participación.
Registros de asistencia.
Memoria fotográfica
Sistematización del panel de nuevas masculinidades.
Territorialización de la intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres para aminorar la violencia feminicida los 8 Municipios con DAVGM y 3 con mayor índice de violencia
Implementación de la intervención conforme a lo proyectado en el diseño metodológico.
Integración de 3 equipos de trabajo para la intervención grupal; cada equipo será responsable de operar la intervención en 2 o 3 de los 8 municipios con DAVGM, cada equipo podrá realizar sus intervenciones en escuelas de nivel medio superior y superior, en espacios públicos con población adulta de mujeres y hombres convocados por instancias locales., así como con grupos conformados según lo propuesto por la mesa de trabajo con integrantes del SEPASE y actoras locales.
Para la intervención individual se proyecta un/a psicólogo/a para cada municipio con DAVGM quien recibirá a generadores de violencia contra las mujeres canalizados de la intervención grupal, de la Fiscalía General del Estado, de Centros de Justicia para las Mujeres, del Tribunal de Justicia o generadores de violencia que asistan voluntariamente.
La coordinadora será responsable de la asesoría y acompañamiento técnico y logístico de los equipos de trabajo, así como de generar los insumos necesarios para la sistematización de la información, vinculación de actoras y actores estratégicos este perfil será subsidiado por la coparticipación del Estado.
La abogada será responsable de la asesoría legal que requieran los equipos tanto de trabajo grupal como individual, respecto a la situación jurídica de los participantes en las intervenciones que hayan sido por referencia de alguna autoridad.
Los equipos de trabajo tendrán encuentros de asesoría técnica y ajustes estratégicos una vez cada 15 días, para garantizar que las intervenciones se den con oportunidad y conforme a la metodología desarrollada.
La gestión de las sedes de operación se solicitará a las instancias municipales de las mujeres en los 8 municipios con DAVGM y los Servicios de Salud Morelos, a través de la coordinación de la Secretaría de Salud del Ejecutivo Estatal.
Territorialización de la intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres para aminorar la violencia feminicida los 8 Municipios con DAVGM y 3 con mayor índice de violencia.
Informe cualitativo y cuantitativo de resultados que contenga a detalle las actividades implementadas, emitidos por el personal de servicios profesionales, los mecanismos de coordinación, información cuantitativa sobre las personas beneficiarias de las intervenciones, interpretación de los resultados de los instrumentos de evaluación y resultados obtenidos.
Coadyuvar en el proceso de institucionalización de la intervención psicoeducativa para la prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres, así como dotar de herramientas teóricas y metodológicas al funcionariado municipal y estatal que por la naturaleza de sus funciones puede replicar la intervención
Formación de replicadoras/es locales con la finalidad de que la intervención logre la permanencia de su operación en el territorio.
El equipo de coordinación y de facilitadoras/es implementará un taller de 10 horas para la capacitación de replicadoras /es locales con personal de las dependencias estatales y municipales que por sus características de operación puedan implementar la intervención (docentes, orientadoras/es, mediadores/as de lectura, promotores culturales, personal de salud estatal, sociedad civil organizada)
Porcentaje de personas formadas como replicadores locales de la estrategia
Reporte de la formación que incluya:
Número de participantes
Contenido temático
Cartas descriptivas
Relatoría
Memoria fotográfica
Resultados cualitativos y cuantitativos
Listas de asistencia
Conocer los resultados de la intervención para la identificación de su efectividad, áreas de oportunidad, obstáculos y amenazas. Así como los diferentes efectos de la estrategia en la modificación de patrones culturales que perpetúan la violencia feminicida.
Sistematización de las intervenciones
Proceso que permita identificar los logros de la intervención mediante los análisis de los instrumentos de evaluación desarrollados en la metodología.
Porcentaje de avance del documento de sistematización de la intervención y desarrollo de información
Documento de sistematización de la intervención y desarrollo de información, con base en los resultados de las intervenciones que permita la construcción de los documentos técnicos para la elaboración del programa de reeducación de agresores en el Estado de Morelos
Promover un mecanismo de continuidad de la intervención, y contribuir a la institucionalización de la estrategia para la reeducación de agresores de mujeres. adolescentes y niñas.
Cierre de la intervención mediante un encuentro de autoridades locales y estatales involucradas en la estrategia para la firma de compromiso para replicar la intervención y transitar al programa Estatal de reeducación de agresores
Porcentaje de instituciones que adquieren el compromiso de continuidad de la Estrategia.
Ejemplares de los compromisos firmados por los Municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
 
PASO
DESCRIPCIÓN
1
El primer paso es la etapa que contempla la implementación de la actividad 1 donde por medio de 4 mesas de trabajo con objetivos específicos cada una se recolectará la información necesaria para la generación de la metodología de intervención tanto individual como grupal, iniciando por la construcción del marco conceptual por medio de la primera mesa con personas especialistas en trabajo de reeducación de agresores, nuevas masculinidades, resolución no violenta de conflictos cultura del buen trato y cultura de paz; la generación del marco conceptual permitirá la delimitación de las variables para medir los resultados de la intervención, se propone generar una mesa de trabajo con personas de los 8 Municipios con DAVGM para analizar e identificar las condiciones territoriales, contextuales, de seguridad y de patrones culturales que sostienen la misoginia en las localidades donde ha ocurrido la violencia feminicida, cómo son los hombres de esos lugares, qué arquetipo de masculinidad les permea y les determina. Esta reflexión permitirá describir a detalle y de primera mano de las personas que están en el primer lugar de proximidad para la atención de las violencias la magnitud del problema que enfrentamos y nos permitirá ser asertivas con el planteamiento metodológico.
En este punto del desarrollo de proyecto se prevé que la consultoría que resulte electa para llevar a cabo este proceso, genere la metodología especializada de la estrategia de intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres en los municipios de (Cuernavaca, Jiutepec, Yautepec, Cuautla, Emiliano Zapata, Xochitepec, Temixco, Puente de Ixtla) cuando este documento esté finalizado se presentará a las y los actores estratégicos para su último ajuste.
En este primer paso no se obvia el proceso administrativo para la contratación de los servicios y productos necesarios para la operación del proyecto según la normatividad.
2
El segundo paso considera la generación de las condiciones técnicas, materiales y operativas para la implementación de la intervención, es decir, la definición de los escenarios de aplicación, localidades, escuelas, espacios físicos municipales para las intervenciones personales, el perfil de las y los participantes, la sinergia en el ámbito estatal y municipal para coadyuvar, la difusión de la estrategia, así como la construcción, diseño e impresión de las Guías a las que hace alusión en el apartado de actividades, además de la construcción de los instrumentos de medición de resultados. Todos los materiales serán construidos desde la perspectiva de género y enfoque intercultural, se privilegiará el uso del lenguaje sencillo que pueda adaptarse a las características contextuales del Estado y los municipios, que sea además no revictímizante para las mujeres, teóricamente sustentado y con elementos de metodología de educación popular feminista.
En este segundo paso se propone la contratación de los servicios profesionales eventuales especializados para la intervención psicoeducativa y atención directa para la reeducación de hombres agresores de mujeres y prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres por medio de una convocatoria pública con apego a los procesos administrativos marcados por la normativa aplicable.
En ese sentido se propone la contratación de servicios profesionales eventuales especializados de facilitadoras/es de las actividades grupales con perfil de psicología (3) y psicopedagogía (3); así como 4 profesionistas con experiencia en áreas sociales y en trabajo con reeducación de agresores y/o masculinidades positivas y 1 coordinación ( con formación en ciencias jurídicas ), con experiencia comprobada en género y DDHH, asimismo esta etapa contempla la articulación con instituciones locales y estatales así como sociedad civil para la disposición y apertura de espacios a intervenir.
En esta etapa se desarrollará el proceso formativo para las y los prestadores de servicios profesionales para garantizar sus conocimientos y habilidades en la aplicación de las intervenciones diseñadas, así como en el uso de los materiales, además de homologar sus conocimientos en Perspectiva de género, Derechos Humanos e Interseccionalidad, cultura de paz y buen trato además de dotarles de herramientas técnicas y teóricas para el trabajo con masculinidades no violentas.
3
El tercer paso considera el arranque de la implementación de la Estrategia de intervención, se proyecta un evento público que contemple una apertura por parte de las y los tomadores de decisiones del Estado de Morelos para colocar en la agenda pública, política y gubernamental la necesidad de trabajar con la modificación de patrones culturales que sostienen la violencia feminicida por medio del trabajo con los hombres agresores así como con un enfoque sistemático de prevención y propuesta de educación para la paz, resolución no violenta de conflictos y nuevas masculinidades, se propone que esta presentación sea acompañada por expertas/os en los temas citados y acompañe esta presentación un panel de funcionarias públicas de estados donde ya operan los centros CECOVIM para comunicar sus retos, alcances y buenas prácticas.
Se considera importante contar en esta parte del proceso con las autoridades locales de los 8 municipios con DAVGM para la incidencia en la territorialización de la estrategia. Esta actividad de presentación dará los insumos mediáticos y de reflexión que permitan desarrollar una campaña permanente en medios digitales para acompañar la implementación de la estrategia y que a su vez se convierta en un mecanismo de prevención.
4
La cuarta fase es el desarrollo en territorio de la estrategia, se prevé que los equipos desarrollen el plan de trabajo que generaron en su capacitación, iniciando por su presentación con actoras locales estratégicas, instancias municipales de las mujeres, instancias de la juventud, direcciones de educación y prevención del delito de los municipios participantes con la finalidad de concretar los espacios a intervenir, para ese momento ya estarán identificados los grupos etarios que según cada municipio son los que más relevancia tendrían en la intervención en relación a la información recabada en la metodología, los equipos junto con la COEVIM se encargaran de generar las comunicaciones institucionales para la gestión formal de los espacios a intervenir, formarán un calendario de intervenciones cuando las poblaciones no sean escuelas o espacios donde la población es cautiva se utilizarán los medios de difusión que sean los más efectivos entre la comunidad a intervenir para realizar la convocatoria.
Por otro lado, para la atención directa de hombres generadores de violencias contra las mujeres se habilitarán los espacios físicos para tal fin en las sedes de diferentes hospitales de la red de servicios de los Servicios de Salud en Morelos donde ya anteriormente funcionaba el programa federal de prevención y atención a la violencia familiar y de género específicamente los Grupos CONVIVEMH Generando una comunicación efectiva para una sana convivencia en pareja, dicho programa dejó de operar en el Estado de Morelos, en los espacios que se propone ya existe la infraestructura material para la implementación de los servicios que se proponen y se prevé la colaboración de los Servicios de Salud de Morelos para coadyuvar en dicho fin.
Para ésta actividad se prevé que sean la Fiscalía General del Estado, el Tribunal Superior de Justicia, el Juzgado Familiar y demás autoridades quienes hagan la canalización de los hombres generadores de violencia contra las mujeres; así como aquellos casos que las y los facilitadores de la intervención psicoeducativa canalicen a la atención directa.
Cada una de las actividades será sistematizada en los formatos diseñados para tal fin, se propone que la coordinadora del programa facilite un proceso de acompañamiento técnico al equipo de facilitadores/as para verificar el desarrollo de la intervención
Asimismo, se prevé desarrollar con el grupo de facilitadoras y el acompañamiento de la consultoría, dos capacitaciones con la finalidad de que la intervención logre la permanencia de su operación en el territorio. Se propone que el equipo de coordinación y de facilitadoras/es implemente como parte de sus funciones un taller de 10 horas para la capacitación de replicadoras /es locales de las instancias municipales como (instancias de las mujeres, juventud, prevención del delito, DIF Municipales ) de los 8 Municipios con DAVGM Cuernavaca, Jiutepec, Yautepec, Cuautla, Emiliano Zapata, Xochitepec, Temixco y Puente de Ixtla así como agregar a este proceso formativo a los municipios de Huitzilac, Tepoztlán y Xoxocotla los cuales pese a que no se encuentran decretados como municipio con DAVGM, si han tenido recurrentemente incidencia de violencia feminicida; y un taller más de la misma duración con los equipos de trabajo territorial de las dependencias estatales que por sus características de operación puedan implementar la intervención (docentes, orientadoras/es, mediadores/as de lectura, promotores culturales, personal de salud del estado, sociedad civil organizada.
5
La quinta y última etapa contempla la sistematización de la información generada en la intervención, misma que se irá recogiendo en el proceso con informes mensuales, se propone una sistematización con indicadores de proceso, resultados e impacto que permitan conocer los cambios que generó la estrategia y dotar de los insumos necesarios para promover un análisis de resultados con miras al mejoramiento de la estrategia para su operación continua en el territorio morelense, se contempla que las sistematización incluya: análisis geográfico, y social de las localidades intervenidas, análisis cualitativo de los datos demográficos de las personas participantes divididos por género , tanto en la intervención psicoeducativa para hombres jóvenes y mujeres, como en la atención individual de hombres generadores de violencias contra las mujeres, niñas y adolescentes, análisis de resultados de las evaluaciones previas y posteriores de ambos procesos, principales hallazgos en las sesiones de ambas intervenciones, propuesta de metodología de marco lógico para articulación del programa Estatal para reeducación de agresores al que hace referencia la Cuarta medida de prevención: Generar campañas permanentes, disuasivas, reeducativas, expansivas e integrales, encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer a la sociedad en general los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente el derecho a una vida libre de violencia.
Desarrollar programas para la reeducación de hombres generadores de violencia de la DAVGM para el Estado de Morelos, finalmente se propone un cierre público de la estrategia mediante un encuentro de autoridades locales y estatales involucradas en la estrategia para la firma de compromiso para replicar la intervención y transitar al programa Estatal de reeducación de agresores, en este evento se propone hacer la invitación a la firma del compromiso a los Municipios de Huitzilac Tepoztlán y Xoxocotla quienes debieron participar en la capacitación para replicadoras/es.
Finalmente se proyecta una presentación de resultados ante el pleno del Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres SEPASE, así como un acuerdo para que el sistema impulse y se adopte la estrategia en todos los municipios del estado de Morelos como medida emergente para contribuir a la eliminación de la violencia feminicida en el Estado.
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
 
TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA
SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS
U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS
POBLACIÓN HOMBRES /MUJERES
NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES
POBLACIÓN HOMBRES /MUJERES
ADULTAS (OS) MAYORES
POBLACIÓN HOMBRES /MUJERES
INDÍGENAS
POBLACIÓN HOMBRES /MUJERES
MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS)
 
AFROMEXICANAS (OS)
 
DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS)
 
CON DISCAPACIDAD
 
LGBTI+
 
MADRES JEFAS DE FAMILIA
 
EN SITUACIÓN DE CALLE
 
VÍCTIMAS DIRECTAS
 
VÍCTIMAS INDIRECTAS
 
PRIVADAS DE LA LIBERTAD
 
TRABAJADORAS DEL HOGAR
NO REMUNERADAS
 
USUARIAS DE DROGAS
 
OTRAS
 
 
GRUPO ETARIO
0 a 6 años
7 a 11 años
12 a 17 años
18 a 30 años
31 a 59 años
60 años en adelante
 
 
X
X
X
X
 
COBERTURA GEOGRÁFICA
CUAUTLA, CUERNAVACA, EMILIANO ZAPATA, JIUTEPEC, PUENTE DE IXTLA, TEMIXCO, XOCHITEPEC,
YAUTEPEC
 
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
 
#
ACTOR
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Sistema Estatal Para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (SEPASE)
Intervención directa para darle certeza jurídica e institucional a la estrategia de intervención propuesta mediante la generación de los compromisos necesarios para la operación del proyecto además de acuerpar institucionalmente todas las acciones que del proceso emanen
2
Organizaciones de la Sociedad Civil Organizada
Intervención directa para la observación y fortalecimiento de todas las etapas del proyecto y su ciudadanización
3
Instancias Municipales de las Mujeres
Intervención directa como Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en el ámbito local responsables de la transversalización de la perspectiva de género en el ámbito local su intervención gestiona, promueve y facilita las intervenciones que se proponen en el gobierno del Estado para territorializar la política pública a favor de la erradicación de la violencia feminicida además de ser el primer contacto en el ámbito municipal para el abordaje integral de las violencias contra las mujeres.
4
Instancias Municipales de la Juventud
Directa: para participar como replicadores de la estrategia de intervención psicopedagógica
5
Direcciones Municipales de prevención del Delito
Directa: para participar como replicadores de la estrategia de intervención psicopedagógica
6
Fiscalía General del Estado de Morelos
Para la canalización de hombres generadores de violencia contra las mujeres a las atenciones individuales propuestas en la intervención.
7
Tribunal Superior de Justicia
Para la canalización de las atenciones individuales propuestas en la intervención.
8
Secretaria de Salud Morelos
Directa: para el seguimiento y asesoría en la intervención individual.
9
Servicios de Salud de Morelos
Directa: para el suministro de los espacios físicos para la atención individual de hombres generadores de violencia contra las mujeres.
10
Secretaria de Educación
Directa: Para facilitar el acceso a los espacios educativos de Nivel Medio Superior y Superior, así como para dar seguimiento a la estrategia con miras a la materialización del programa estatal de reeducación como presidencia del eje de prevención del SEPASE.
11
Secretaria de Cultura
Directa: para promover con las y los mediadores de lectura, así como con las y los promotores de cultura el proceso de intervención psicoeducativa de prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres
12
Comisión Estatal de Seguridad Pública
Directa: para promover, dada su vinculación directa con las áreas de prevención del delito municipales, el proceso de intervención psicoeducativa de prevención de conductas violentas en hombres jóvenes y mujeres
13
Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de las Familias (Procuradurías de Protección para Niñas Niños, Adolescentes y la Familia)
Para la canalización de las atenciones individuales propuestas en la intervención
 
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
 
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Resistencia al proceso por ser una actividad para la modificación de patrones culturales que perpetúan la violencia contra las mujeres
Se considera importante visibilizar que las resistencias inherentes a los procesos de atención y prevención de las violencias contra las mujeres que presupone vivir en un sistema patriarcal sin embargo gracias a la progresividad de los Derechos Humanos de las mujeres se puede invocar la obligatoriedad de la implementación de acciones para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencias y con ello la participación activa y responsable de los tres órdenes de gobierno así como de los poderes del Estado en su Conjunto.
Desinterés por parte de las personas participantes.
Promover la cultura de paz para el desarrollo social integral con la participación activa de los hombres mediante la adopción de formas no violentas de relacionarse
Repunte de casos de COVID y sus eventuales medidas de distanciamiento social como su principal indicación preventiva.
Previsión en la metodología la migración de la estrategia de intervención en sus dos modalidades a una metodología virtual.
Resistencia al proceso por ser una actividad para la modificación de patrones culturales que perpetúan la violencia contra las mujeres.
Se considera importante visibilizar que las resistencias inherentes a los procesos de atención y prevención de las violencias contra las mujeres que presupone vivir en un sistema patriarcal sin embargo gracias a la progresividad de los Derechos Humanos de las mujeres se puede invocar la obligatoriedad de la implementación de acciones para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencias y con ello la participación activa y responsable de los tres órdenes de gobierno así como de los poderes del Estado en su Conjunto
 
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO


 
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
 
ÁREAS DE
ESPECIALIZACIÓN
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS
A CONTRATAR
Ciencias Jurídicas
02 a 05 años
Liceciatura
2
Ciencias de la Salud
 
 
 
Psicología
1 año
Licenciatura
2
Trabajo Social
02 a 05 años
Licenciatura
1
Otros Perfiles
02 a 05 años
Maestría/Licenciatura
4
Total de Prestadores de
Servicios a Contratar
 
 
9
 
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
 
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
NÚMERO DE PERSONAS
A CONTRATAR
Psicopedagogía
02 a 05 años
Licenciatura
2
Consultoría especializada en
servicios integrales de
contenidos con PG, enfoque
de D.D.H.H. Interculturalidad
03 a 05 años
Maestria/Licenciatura
2
 
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
 
MARQUE LA
CASILLA
CORRECTA
SERÁ
x
Prestadora de Servicios Profesionales
x
Servicios integrales
 
Honorarios Asimilados
x
Otro
Si selecciono "Otro", Especifique a continuación:
 
Otro
Consultoria especializada
Licenciatura
 
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/MOR/AC02/SG/008, en la Ciudad de México el día 25 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal y Titular de la Instancia Local Responsable, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- La Comisionada Ejecutiva para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres del Poder Ejecutivo y Titular de la Instancia Local Receptora, Ruth Adriana de la Cruz Morales.- Rúbrica.