Estados Unidos MexicanosX
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco
Villahermosa, Tabasco
Sección de Amparo
Juicio de Amparo 1055/2023-5
EDICTO
 
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON RESIDENCIA EN VILLAHERMOSA.
CARLOS ALBERTO SALA DEL RIVERO, quien tiene el carácter de TERCERO INTERESADO, dentro del juicio de amparo 1055/2023-5, se ordenó emplazarlo a juicio en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, y se hace de su conocimiento que la parte quejosa María Elena Chinchillas Torres, promovió demanda de amparo contra actos de la Jueza Tercera Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Centro, Tabasco y otras autoridades, en la que señaló como actos reclamados: "... a) La PRIVACIÓN ILEGAL de la posesión física y material del inmueble ubicado en Avenida Real del Sur, número 201, en el Lote 36 y 37 de la Manzana IV del Fraccionamiento Real del Sur, de la Colonia Tamulté, en Villahermosa, Tabasco; b) El acto PRIVATIVO consistente en la ordende lanzamiento dictada en el Juicio Especial de Desahucio bajo el expediente 510/2021, del índice de la autoridad responsable, promovido por CARLOS ALBERTO SALA DEL RIVERO en contra de la suscrita MARIA ELENA CHINCHILLAS TORRES; c) La falta de notificación y emplazamiento legal al Juicio Especial de Desahucio bajo el expediente 510/2021, así como todo lo actuado con posterioridad;d) La realización de todas y cada una de las supuestas notificaciones personales realizadas aparentemente a la quejosa, en el citado Juicio Especial de Desahucio; e) La total falta de notificación personal de todas y cada una de las diligencias practicadas durante la secuela del procedimiento dentro del juicio natural del cual derivan los actos reclamados; f) todo lo actuado, dentro del expediente 510/2021 relativo al Juicio Especial de Desahucio promovido por CARLOS ALBERTO SALA DEL RIVERO en contra de la suscrita MARIA ELENA CHINCHILLAS TORRES; g) cualquier actode ejecución futuro e inminente de la Sentencia Definitiva dictada dentro del expediente 510/2021, del índice del Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial del Centro, Villahermosa, Tabasco; h) Los actos futuros, inminentes y de realización cierta consistentes en privar de la posesión jurídica y de la propiedad de los bienes inmuebles de la propiedad de la quejosa, mediante embargo, remate y/o escrituración que sea ordenada en el Juicio Especial de Desahucio del cual derivan los actos reclamados, así como la inscripción de dicho acto de molestia en el folio 239416 correspondiente al inmueble ubicado en la Unidad Condominal 69-4-303, lote 1-02, manzana 27, supermanzana zona hotelera, Avenida Bonampak y Boulevard Kukulkan, del condominio denominado "Puerto Cancún", de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo; y/o en el folio 239417 correspondiente al inmueble ubicado en la Unidad Condominal 69-4-304, lote 1-02, manzana 27, supermanzana zona hotelera, Avenida Bonampak y Boulevard Kukulkan, del condominio denominado "Puerto Cancún" de la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estadode Quintana Roo, ambos inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Cancún, Quintana Roo..."; se le previene para que se presente al juicio de garantías de mérito dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, y señale domicilio en esta ciudad para oír y recibir notificaciones, ya que en caso de no hacerlo, éste juicio se seguirá conforme a derecho y las subsecuentes notificaciones se harán por medio de lista que se fije en los estrados de este JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TABASCO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, quedando a su disposición en la Secretaría las copias simples de la demanda de amparo para su traslado. El que se expide para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de mayor circulación en el país, que deberá de efectuarse por tres veces consecutivas de siete en siete días naturales.
 
 
Villahermosa, Tabasco, 29 de noviembre de 2023.
La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco
Rocío de los Ángeles Pérez Pérez
Rúbrica.
(R.- 553391)