CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Morelos, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto AVGM/MOR/AC04/FGE/064, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "GOBERNACIÓN"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, FÉLIX ARTURO MEDINA PADILLA, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, EN LO SUCESIVO LA "CONAVIM", REPRESENTADA POR LA COORDINADORA DE POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA Y ENCARGADA DE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE LOS ASUNTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, SAYDA YADIRA BLANCO MORFÍN; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO; ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, SAMUEL SOTELO SALGADO; POR EL SECRETARIO DE HACIENDA, JOSÉ GERARDO LÓPEZ HUÉRFANO; Y POR EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE MORELOS Y TITULAR DE LA INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE E INSTANCIA LOCAL RECEPTORA, URIEL CARMONA GÁNDARA; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), establece en su Título II. "Modalidades de la Violencia", Capítulo V. "De la Violencia Feminicida y de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", que la alerta de violencia de género contra las mujeres y tendrá como objetivos garantizar la vida, la integridad, la libertad y la seguridad, así como el acceso a la justicia de las mujeres, adolescentes y niñas; generar las condiciones y políticas públicas que contribuyan a la disminución y cese de la violencia feminicida en su contra, y eliminar la desigualdad y discriminación producidas por ordenamientos jurídicos o políticas públicas que agravian los derechos humanos de las mujeres, adolescentes y niñas.
De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la LGAMVLV, corresponde al Gobierno Federal, a través de "GOBERNACIÓN", declarar la alerta de violencia de género, al respecto notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la Entidad Federativa de que se trate, con la finalidad de detenerla y erradicarla a través de acciones gubernamentales de emergencia, conducidas por "GOBERNACIÓN" en el ámbito federal y en coordinación con las entidades federativas y los municipios.
El 1 de junio de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se crea, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres con el objeto de ejercer las atribuciones que la LGAMVLV y su Reglamento le confieren a "GOBERNACIÓN", en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en los Estados Unidos Mexicanos.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2024 (PEF 2024), publicado en el DOF el 25 de noviembre de 2023 se derivan los recursos asignados para la implementación de medidas que atiendan los estados y municipios que cuenten con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM), así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario, los cuales ascienden a $123,940,472.00 (Ciento veintitrés millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos setenta y dos pesos 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberán, entre otros aspectos: i) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; ii) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii) prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso; de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", destinará los recursos previstos en el PEF 2024 para que se otorguen y apliquen en las Entidades Federativas y en la Ciudad de México en las que se haya decretado la DAVGM, así como a las que cuenten con un Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios, para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS).
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres. De conformidad con el Formato 1. Solicitud de subsidio de fecha 26 de enero de 2024, suscrito por Uriel Carmona Gándara en su carácter de Fiscal General del Estado de Morelos del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a la "CONAVIM" recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: AVGM/MOR/AC04/FGE/064.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $2,039,471.56 (Dos millones treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y un pesos 56/100 M.N.) para la ejecución del proyecto AVGM/MOR/AC04/FGE/064. Dicha situación se notificó a la Entidad Federativa mediante el oficio CONAVIM/CAAEVF/378/2024, de fecha 09 de febrero de 2024.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "GOBERNACIÓN" declara que:
I.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CONSTITUCIÓN); 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2. El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.3. La "CONAVIM" es un órgano administrativo desconcentrado de "GOBERNACIÓN", de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y del Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009 (DECRETO).
I.4. La Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín, cuenta con facultades para la suscripción del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 42 Bis, fracción XII de la LGAMVLV; 2, Apartado C, fracción V, 115, fracción V, 116, fracción IV, 151 y 158 del RISEGOB; y Cuarto, fracción XIII del DECRETO.
I.5. Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00350.
I.6. Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.
II. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1. Con fundamento en los artículos 40, 41, párrafo primero, 42, fracción I, 43 y 116 de la CONSTITUCIÓN, así como 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2. El Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 57, 70, fracciones XXVI y XLIII y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; así como los diversos 2, 6 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos.
II.3. El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74, párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, 3, párrafo tercero,9, fracción II, 13, fracción VI, 14 y 22, fracciones VII y VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 51, fracción VII, último párrafo y 52, fracciones I, V y XII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, así como los diversos 8 y 9, fracciones VII y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno del Estado de Morelos.
II.4. El Titular de la Secretaría de Hacienda, José Gerardo López Huérfano, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 74 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 3, 9, fracción III, 13, fracción VI, 14, 15 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; 53, fracción VI, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, y 11 y 12, fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5. El Fiscal General del Estado de Morelos, Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Uriel Carmona Gándara, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 21 y 116, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 79-A y 79-B de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 1, 3, 5, 21 y 22, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos; así como 3, 22, 23, fracción XXXIV, y 24 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos.
II.6. Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos en numerario para el cumplimiento de su coparticipación establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7. Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, ubicado en Plaza de Armas, sin número, Colonia Centro, Código Postal 62000, Municipio de Cuernavaca, estado de Morelos.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.4. Consideran como acción para prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, la Acción de Coadyuvancia siguiente: Justicia: Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por la "CONAVIM".
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: AVGM/MOR/AC04/FGE/064, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024; y que se encuadra en la siguiente Acción de coadyuvancia:
| Acción coadyuvante |
| Justicia: Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita. |
Dicho Proyecto de Acción de Coadyuvancia, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "GOBERNACIÓN" asignará la cantidad de $2,039,471.56 (Dos millones treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y un pesos 56/100 M.N), para el Proyecto: AVGM/MOR/AC04/FGE/064, aprobado por el COMITÉ en la Instalación y Primera Sesión Ordinaria mediante Acuerdo CEPCONAVIM/1SO/146/09022024.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Hacienda en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, aperturada para tal efecto, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), y la que se identifica con los siguientes datos:
| Nombre de la Beneficiaria: | GOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS |
| Nombre del Proyecto: | AVGM/MOR/AC04/FGE/064 |
| Nombre de la Institución Financiera: | BBVA MEXICO S.A. |
| Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos: | 012540001227252900 |
| Número de Cuenta Bancaria: | 0122725290 |
| Tipo de Cuenta: | Cuenta de cheques 0251 CASH MANAGEMENT GOBIERNO MN PRODUCTIVA |
| Tipo de Moneda: | MXP |
| Número de Sucursal: | 7693 Banca de Gobierno Morelos |
| Número de Plaza: | 540 |
| Fecha de apertura de la Cuenta: | 16 de febrero 2024 |
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "GOBERNACIÓN" la factura Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral Cuadragésimo primero de los LINEAMIENTOS.
Para "GOBERNACIÓN", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "GOBERNACIÓN".
Los recursos que el COMITÉ asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de estos de acuerdo con el PEF 2024 por lo que "GOBERNACIÓN" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "GOBERNACIÓN". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaría Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
"GOBERNACIÓN" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "GOBERNACIÓN" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral Décimo tercero de los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Fiscalía General del Estado de Morelos, Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora aportará la cantidad de $118,188.66 (Ciento dieciocho mil ciento ochenta y ocho pesos 66/100), así como los gastos por concepto de mantenimiento, combustible y demás gastos administrativos derivados de la operatividad de los vehículos compactos adquiridos a través del presente proyecto.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a. Revisar conjuntamente el o los informes parciales que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos del numeral Trigésimo cuarto de los LINEAMIENTOS.
b. Otorgar todas las facilidades para la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c. Apegarse a lo establecido en la LGCG, LFPRH, su Reglamento y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "GOBERNACIÓN". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, "GOBERNACIÓN", a través de la "CONAVIM", se obliga a:
a. Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos del numeral Trigésimo tercero de los LINEAMIENTOS.
b. Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c. Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d. Realizar las visitas de verificación en sitio, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a. Destinar, por conducto de la Secretaría de Hacienda, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b. Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
c. Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d. Realizar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Morelos las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f. Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de la misma.
g. Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h. Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i. Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar.
j. Entregar los informes parciales, por conducto del enlace designado a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", la relación detallada sobre las erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validada por la Secretaría de Hacienda, con su debido soporte documental. Dichos informes deberán entregarse de acuerdo con el calendario señalado en el numeral Quincuagésimo segundo de los LINEAMIENTOS.
k. Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos E015: promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres".
l. En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "GOBERNACIÓN", a más tardar el 15 de enero de 2025, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por el Titular de la Fiscalía General del Estado de Morelos, por la persona Titular de la Secretaría de Hacienda y Enlace Designado ante "CONAVIM", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Entidad Federativa ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2024 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la fracción VIII del numeral Trigésimo Cuarto y Sexagésimo de los LINEAMIENTOS.
m. Una vez que se cumplan los objetivos del Proyecto, deberá generarse un registro puntual de las acciones que se realizan a partir del mismo, con el fin de que con dichos datos se puedan generar indicadores de proceso, de resultados o de impacto, los cuales serán publicados mensualmente en la página de internet oficial de la Fiscalía General del Estado de Morelos como Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, que para ese efecto se habilite.
n. Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y su Reglamento, el PEF 2024, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
ñ. Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita la "CONAVIM" a través del COMITÉ.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de sus Anexos Técnicos, "LAS PARTES" designan como Enlaces a los siguientes servidores públicos:
POR "GOBERNACIÓN"
| Nombre: | Susana Vanessa Otero González. |
| Cargo: | Coordinadora para la Articulación de Acciones para la Erradicación de la Violencia Feminicida. |
| Dirección: | Dr. José María Vértiz número 852, 5º piso, Colonia Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México. |
| Teléfono institucional: | 52098800 extensión 30367 |
| Correo electrónico Institucional: | sotero@segob.gob.mx |
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
| Nombre: | Norma Angélica Toledo Camacho |
| Cargo: | Fiscal Especializada en Representación para Grupos Vulnerables y Asistencia Social. |
| Dirección: | Boulevard Apatlaco número 165, Colonia Campo el Rayo, Código Postal 62590, Municipio de Temixco, Estado de Morelos. |
| Teléfono institucional: | 777 7730810 Ext. 263 |
| Correo electrónico Institucional: | norma.toledo@fiscaliamorelos.gob.mx |
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Fiscalía General del Estado de Morelos como Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora informará a "GOBERNACIÓN" a través de la "CONAVIM", los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, y la fracción VII del numeral Trigésimo Cuarto de los LINEAMIENTOS; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la cual se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Morelos como Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora.
En el caso de "GOBERNACIÓN", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo es la que señalan los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2024 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral Sexagésimo quinto de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "GOBERNACIÓN" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "GOBERNACIÓN" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a la "CONAVIM" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA.- RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "GOBERNACIÓN" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral Quincuagésimo octavo de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión y ordenará al "GOBIERNO DEL ESTADO" la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que la "CONAVIM" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "GOBERNACIÓN", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de la Función Pública y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 60 (sesenta) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a. Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b. En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado la "CONAVIM" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO".
Para tales efectos, se levantará una minuta en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y iii) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe; por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de los Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Asimismo a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, si "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio de Coordinación y Adhesión; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio de Coordinación y Adhesión, y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", Órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de su fecha de suscripción, y entrará en vigor a partir de la fecha de esta.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2024.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "GOBERNACIÓN".
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado de Morelos y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Uriel Carmona Gándara.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA PARA LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN ESTADOS Y MUNICIPIOS, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2024 celebrado entre la Secretaría de Gobernación y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos, de conformidad con el numeral Trigésimo séptimo de los Lineamientos para la obtención y aplicación de recursos destinados a las Acciones de Coadyuvancia para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las mujeres en Estados y Municipios para el Ejercicio Fiscal 2024 (LINEAMIENTOS), se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES
| ENTIDAD FEDERATIVA: | Estado Libre y Soberano de Morelos |
| NOMBRE DEL PROYECTO: | AVGM/MOR/AC04/FGE/064 |
| | |
| ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO: |
| 4. Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita. |
| INSTANCIA LOCAL RESPONSABLE: |
| Fiscalía General del Estado de Morelos |
| INSTANCIA LOCAL RECEPTORA: |
| Fiscalía General del Estado de Morelos |
| FECHA DE INICIO DEL PROYECTO: |
| 01 de junio de 2024. |
| FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 |
| 30 de noviembre de 2024 |
B. MONTO APROBADO
| A. MONTO APROBADO |
| | |
| $2,039,471.56 | Dos millones treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y un pesos 56/100 M.N. |
| | |
| | |
| B. MONTO COPARTICIPACIÓN: (EN CASO DE APLICAR) |
| | | |
| $ 118,188.66 | 5.48% | Ciento dieciocho mil ciento ochenta y ocho pesos 66/100 M.N. |
| | |
| MONTO TOTAL DEL PROYECTO: |
| $2, 157,660.22 | Dos millones ciento cincuenta y siete mil seiscientos sesenta pesos 22/100 M.N |
| C. DESIGNACIÓN DE ENLACE |
| He tenido a bien designar como enlace ante CONAVIM a: |
| Nombre: | Norma Angélica Toledo Camacho |
| Cargo: | Fiscal Especializada en Representación para Grupos Vulnerables y Asistencia Social |
| Dirección: | Boulevard Apatlaco número 165, Colonia Campo el Rayo, Código Postal 62590, Municipio de Temixco, Estado de Morelos. |
| Teléfono Institucional: | 777 773 0810 |
| Extensión | 263 |
| Correo Institucional: | norma.toledo@fiscaliamorelos.gob.mx |
D. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
D.1 JUSTIFICACIÓN
De acuerdo con los datos reportados mensualmente a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), de enero a diciembre del año 2023 se han atendido a un total de 19,961 usuarias de primera vez que han acudido a solicitar alguna orientación relacionada con la situación de violencia que están viviendo, y se han brindado 31,015 servicios de seguimiento a las mujeres que acuden a este espacio especializado, mismos que forman parte de la atención integral que se brinda a las mujeres víctimas de violencias a través de los Centros de Justicia para las Mujeres. Durante el mismo periodo se han desahogado 1089 audiencias en juzgados de control en sus diferentes sedes, esto como resultado de la integración de las carpetas de investigación que radican en las Agencias del Ministerio Público de los CJM. De ahí la importancia de fortalecer mediante este proyecto los trabajos que se realizan en las agencias del Ministerio Público adscritas a los Centros de Justicia para las Mujeres
Aunado a lo anterior, se señala como acción fundamental, realizar la adquisición de vehículos compactos que sirvan como medio de traslado tanto para las víctimas como para el personal que se encuentra adscrito a los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Morelos, lo cual fortalecerá la atención operativa que se desarrolla, otorgando una mejor atención integral, digna y de calidad a las mujeres que acuden a solicitar los servicios que se ofrecen, tomando en cuenta que los Centros de Justicia para las Mujeres otorgan atención a la mujeres víctimas de violencia familiar de todo el Estado y que existe necesidad de llevar a cabo diligencias en distintos municipios y acudir a audiencias a los tribunales cuyas sedes se encuentran en municipios diversos a las sedes en las que se ubican los Centros de Justicia para las Mujeres.
| MEDIDA DE ATENCIÓN | ACCIÓN COADYUVANTE | OBJETIVO GENERAL |
| Medida de Justicia y Reparación 1 (agosto 2015). - Adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio. ... El GIM, en su Reporte de junio de 2020, resalta que la importancia de esta medida en su conjunto busca asegurar que se adopten las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio. ... | Justicia. Son las acciones y medidas destinadas a fortalecer la investigación, que proporcione elementos para sancionar con perspectiva de género y de interseccionalidad, delitos y crímenes relacionados con la violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas para contribuir al acceso a la justicia pronta y expedita. B. Abatimiento al rezago en carpetas de investigación en los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencia contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres, adolescentes y niñas. | Continuar con el estudio y análisis de carpetas de investigación que se encuentran radicadas en las Agencias del Ministerio Público adscritas a los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Morelos, con la finalidad de integrar las carpetas de investigación en los delitos de violencia familiar que atienden los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado, mediante la contratación de personas prestadoras de servicios profesionales de diversos perfiles que coadyuvarán en la integración y/o resolución de las carpetas de investigación, dando seguimiento a los trabajos iniciados por las personas prestadoras de servicios profesionales contratadas con los subsidios destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de alerta de violencia de género contra las mujeres en Estados y Municipios de los ejercicios fiscales 2021, 2022 y 2023. |
| Asimismo, se considera importante conocer el número de carpetas de investigación iniciadas por los delitos de violencia familiar, abandono de personas y delitos sexuales, así como el número de carpetas judicializadas, vinculadas a proceso y sentencias obtenidas de estas. | | |
D.2 METODOLOGÍA
| OBJETIVOS ESPECÍFICOS | ACTIVIDADES | INDICADORES | MEDIOS DE VERIFICACIÓN |
| Reducir los tiempos de integración de carpetas de investigación a cargo de las Agentes del Ministerio Público adscritas a los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado, a fin de evitar revictimizar a mujeres, adolescentes y niñas que han sufrido violencia familiar, a través de la contratación de personas prestadoras de servicios profesionales con perfil en Ciencias Jurídicas. | Realizar revisión de carpetas de investigación para identificar actuaciones pendientes por realizar, a efecto de generar los oficios necesarios y con ello contribuir con las Agentes del Ministerio Público adscritas a los Centros de Justicia para las Mujeres, para que cuenten con los elementos necesarios para perfeccionamiento legal y completa integración. | Carpetas de investigación revisadas / carpetas de investigación integradas por las personas prestadoras de servicios profesionales contratadas con perfil de Ciencias jurídicas | Informes mensuales presentados por cada persona prestadora de servicios profesionales, reportando el número de carpetas de investigación integradas y/o resueltas por período determinado |
| Fortalecer la capacidad institucional de la Fiscalía Especializada en Representación para Grupos Vulnerables y Asistencia Social de la Fiscalía General del Estado de Morelos, para atender carpetas de investigación en materia de violencia familiar radicadas en los Centros de Justicia para las Mujeres, a través de la contratación de personas prestadoras de servicios profesionales con perfil en Psicología. | Colaborar en la realización de peritajes en psicología, que fortalecerán la investigación, a través de la incorporación de datos de prueba en las carpetas de investigación. Asimismo, una vez realizado el peritaje, las personas prestadoras de servicios profesionales coadyuvarán con el área de Psicología Clínica de los Centros de Justicia para las Mujeres, en la atención de terapia para su fortalecimiento emocional. | Total de dictámenes periciales requeridos/ Total de dictámenes periciales entregados Total de servicios de terapia psicológica solicitados/ Total de usuarias que recibieron atención psicológica. | Informes mensuales presentados por cada persona prestadora de servicios profesionales, reportando el número de dictámenes periciales entregados. Informes mensuales presentados por cada persona prestadora de servicios profesionales, reportando el número de servicios de terapia psicológica brindados. |
| Fortalecer la capacidad institucional de la Fiscalía Especializada en Representación para Grupos Vulnerables y Asistencia Social de la Fiscalía General del Estado de Morelos, para atender carpetas de investigación en materia de violencia familiar radicadas en los Centros de Justicia para las Mujeres, a través de la contratación de personas prestadoras de servicios profesionales con perfil en Trabajo Social. | Realizar servicios profesionales de Trabajo Social, con la finalidad de llevar a cabo las acciones necesarias para localizar y contactar a las mujeres víctimas de violencia familiar, para el seguimiento e integración de su carpeta de investigación. Contribuir en la alimentación del Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) | Total de acciones en Trabajo Social requeridas/ Total de acciones en Trabajo Social ejecutadas. | Informes mensuales presentados por cada persona prestadora de servicios profesionales, reportando la descripción y el número de acciones ejecutas. |
| Fortalecer el equipamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres adscritos a la Fiscalía Especializada en Representación para Grupos Vulnerables y Asistencia Social de la Fiscalía General del Estado de Morelos, que mejore la operatividad. | Adquisición de dos vehículos compactos, para el traslado de mujeres víctimas de delito y personal adscrito a los Centros de Justicia para las Mujeres del Estado de Morelos a diversas diligencias y/o audiencias. | Compra de los vehículos. | Factura y Resguardo de los vehículos. |
D.2.1 PASOS A DESARROLLAR
| PASO | DESCRIPCIÓN |
| 1 | Analizar el estado que guardan las carpetas de investigación en materia de violencia familiar al interior de los Centros de Justicia para las Mujeres. |
| 2 | Diseñar el plan para el análisis y atención de carpetas de investigación. |
| 3 | Establecer los perfiles básicos, así como el número de personas prestadoras de servicios profesionales por contratar, mismos que atenderán las actividades y el objetivo de la acción coadyuvante. |
| 4 | Contratación de los perfiles idóneos para la ejecución de la acción de coadyuvancia del subsidio. |
| 5 | Brindar un proceso básico de inducción a las personas prestadoras de servicios profesionales contratadas. |
| 6 | Hacer una presentación de las acciones a emprender a las personas prestadoras de servicios profesionales contratadas. |
| 7 | Formular el diseño del sistema de monitoreo y evaluación. |
| 8 | Organizar y asignar las actividades y objetivos a las personas Prestadoras de Servicios Profesionales. |
| 9 | Efectuar la revisión periódica de los avances. |
| 10 | Llevar a cabo la integración y/o resolución de las carpetas de investigación. |
| 11 | Emitir reportes mensuales de avance de las acciones. |
| 12 | Emitir el informe final. |
| 13 | Hacer una revisión final de resultados. |
| 14 | Realizar el acta de cierre de trabajos. |
| 15 | Efectuar el archivo correspondiente de todos los documentos de las acciones. |
| 16 | Compra de dos vehículos con apego al artículo 16 fracción I de la Ley de Austeridad y con el Visto Bueno de la Secretaría de la Contraloría del Estado de Morelos. |
D.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
| TIPO DE POBLACIÓN BENEFICIADA |
| SERVIDORAS (ES) PÚBLICOS U OPERADORAS (ES) JURÍDICOS | |
| NIÑAS (OS) Y ADOLESCENTES | Mujeres |
| ADULTAS (OS) MAYORES | Mujeres |
| INDÍGENAS | |
| MIGRANTES Y/O REFUGIADAS (OS) | |
| AFROMEXICANAS (OS) | |
| DESPLAZADAS (OS) INTERNAS(OS) | |
| CON DISCAPACIDAD | |
| LGBTI+ | |
| MADRES JEFAS DE FAMILIA | |
| EN SITUACIÓN DE CALLE | |
| VÍCTIMAS DIRECTAS | Mujeres |
| VÍCTIMAS INDIRECTAS | |
| PRIVADAS DE LA LIBERTAD | |
| TRABAJADORAS DEL HOGAR NO REMUNERADAS | |
| USUARIAS DE DROGAS | |
| OTRAS | |
| GRUPO ETARIO |
| 0 a 6 años | 7 a 11 años | 12 a 17 años | 18 a 30 años | 31 a 59 años | 60 años en adelante |
| | | X | X | X | X |
| COBERTURA GEOGRÁFICA |
| El proyecto se ejecutará dentro del territorio del Estado Libre y Soberano de Morelos, atendiendo principalmente a los municipios de Cuautla, Cuernavaca, Jiutepec, Temixco, Xochitepec, Emiliano Zapata, Puente de Ixtla y Yautepec, los ocho municipios de la entidad que en la actualidad cuentan con Alerta de Violencia de Género, con la apertura de brindar la debida atención a usuarias de otros municipios que así lo requieran. |
D.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
| # | ACTOR | CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO |
| 1 | Comisión Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas del Estado de Morelos | Vinculación en los casos que así lo amerite, con la finalidad de coadyuvar en acciones relacionadas con la ejecución del proyecto. |
| 2 | Comisión Estatal de Seguridad Pública del Estado de Morelos. | Vinculación en los casos que así lo amerite, con la finalidad de coadyuvar en acciones relacionadas con la ejecución del proyecto. |
| 3 | Instituciones de Seguridad Pública de los municipios del Estado de Morelos. | Vinculación en los casos que así lo amerite, con la finalidad de coadyuvar en acciones relacionadas con la ejecución del proyecto. |
D.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
| RIESGO | MEDIDAS PARA AFRONTAR |
| Enfrentar situaciones de riesgo, derivadas de alguna variante de virus SARS-CoV-2/COVID-19 | Tomar medidas sanitarias, que mitiguen el efecto de alguna pandemia. |
D.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO
D.7 PERFIL Y EXPERIENCIA QUE DEBERÁ ACREDITAR LA O LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE REALIZARÁN EL PROYECTO, DISTINTAS A AQUELLAS QUE SEAN SERVIDORAS PÚBLICAS, ASÍ COMO SUS ANTECEDENTES RESPECTO A LA ELABORACIÓN DE OTROS PROYECTOS EN OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS
D.7.1 TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| ÁREAS DE ESPECIALIZACIÓN | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| Ciencias Jurídicas | 1 año | Licenciatura | 6 |
| Psicología | 1 año | Licenciatura | 4 |
| Trabajo Social | 1 año | Licenciatura | 3 |
| |
| Total de Prestadores de Servicios a Contratar | 13 | | |
D.7.2 OTRO TIPO DE PERFIL REQUERIDO:
| PERFIL | AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA | GRADO O NIVEL DE ESCOLARIDAD | NÚMERO DE PERSONAS A CONTRATAR |
| N/A | N/A | N/A | N/A |
ESQUEMA DE CONTRATACIÓN:
| MARQUE LA CASILLA CORRECTA | SERÁ |
| Será | Personas Prestadoras de Servicios Profesionales |
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal firman el Anexo Técnico en cuatro ejemplares, en términos del numeral Trigésimo séptimo de los LINEAMIENTOS, para la realización del Proyecto AVGM/MOR/AC04/FGE/064, en la Ciudad de México el día 25 de marzo de 2024.- Por Gobernación: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Félix Arturo Medina Padilla.- Rúbrica.- Por la CONAVIM: la Coordinadora de Políticas Públicas para la Erradicación de la Violencia y Encargada de la Recepción y Atención de los Asuntos de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Sayda Yadira Blanco Morfín.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador Constitucional del Estado, Cuauhtémoc Blanco Bravo.- Rúbrica.- El Secretario de Gobierno del Poder Ejecutivo Estatal, Samuel Sotelo Salgado.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, José Gerardo López Huérfano.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado de Morelos y Titular de la Instancia Local Responsable e Instancia Local Receptora, Uriel Carmona Gándara.- Rúbrica.