Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
EDICTO
 
TERCERO INTERESADO FRANCISCO GUERRERO MORALES.
Dentro del juicio de amparo número 1256/2023, promovido por Gina Marlen de la Garza Cisneros, por proveído de dieciséis de abril de dos mil veinticuatro, se ordenó emplazar al tercero interesado Francisco Guerrero Morales, por medio de edictos que deberán contener una relación sucinta de la demanda y auto admisorio de diecisiete de julio de dos mil veintitrés, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la república, haciéndosele saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la última publicación, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado de distrito, copia simple de la demanda de amparo y del auto admisorio, así como del proveído en mención; se le hace saber que deberá presentarse a defender sus derechos y a señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en el área metropolitana de Monterrey, Nuevo León, apercibida de que en caso de no hacerlo en dicho término, se continuara con el presente juicio y la subsecuentes notificaciones se le hará por medio de lista de acuerdos que se publica en este juzgado de distrito. En consecuencia, la relación sucinta ordenada es la siguiente:
"La quejosa promovió juicio de amparo indirecto en contra de todo lo actuado dentro del juicio 1405/i/01/2020 del índice de la Junta Especial número uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León.
Dicha demanda se admitió a trámite el diecisiete de julio de dos mil veintitrés, en la que se registró con el número de expediente 1256/2023, el dieciocho de agosto de dos mil veintitrés, se CONCEDE LA SUSPENSIÓN DEFNITIVA a Gina Marlene de la Garza Cisneros, para el efecto de que no se le embarguen bienes de su propiedad y no sean adjudicados bienes dentro del expediente laboral 01405/i/01/2020, lo que tendrá vigencia hasta en tanto cause ejecutoria la resolución que se emita dentro del juicio de amparo
Actualmente, está fijada las once horas con cuarenta minutos del veintiuno de mayo de dos mil veinticuatro para la audiencia constitucional.
 
Monterrey, N.L. a 18 de abril del 2024.
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
Lic. Alejandro Tovar Álvarez
Rúbrica.
(R.- 552155)